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El Estado es el único que puede resolver incumplimiento de Fenatrado a las leyes
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8 años agoon
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LA REDACCIÓN
SANTO DOMINGO. El Estado y el gobierno son los únicos que puede resolver el incumplimiento de las sentencias de los tribunales que, en materia de transporte de carga, prohiben las competencias desleales bajo el amparo de la libertad de empresa establecida en la Constitución de la República.
La inobservancia que en ese sentido mantiene la Federación Nacional de Transporte Dominicano (Fenatrado), es calificada como un problema de seguridad jurídica que podría ahuyentar las inversiones, y en el que las autoridades deben actuar.
Juristas y empresarios sostienen que las presiones de Fenatrado para tener participación en el transporte de cargas, demuestra debilidad institucional.
Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), sostiene que a pesar de los empresarios tener ganancia de causa con sentencias judiciales, no hay forma de someter a los transportistas al orden, pues es un sector donde hay vinculadas personas de la política, militares, policías y otros.
“El Estado ha sido el responsable de que no se cumpla con la ley. Tenemos leyes que establecen las reglas, pero sucede que como no hay forma de someterlo al orden, este sector anda de su cuenta, entonces los responsables no son ellos, sino el Estado de que ha querido hacer que la ley se cumpla”, precisó.
A su juicio, se deberán tomar acciones y someter al orden a un sector que ha provocado mucho daño a la producción y la competitividad del país.
Antonio Taveras, presidente de la Asociación de Empresas Industriales de Herrera (AEIH), entiende que el Presidente de la República tiene que hacer cumplir el artículo 50 de la Constitución que prohíbe los monopolios; “porque ese es un monopolio”.
“Hay un monopolio en los muelles que data de décadas y ningún gobierno se ha atrevido a romper eso, eso demuestra debilidad institucional y demuestra a los gobiernos que se arrodilla ante el chantaje de sectores y eso no puede ser”, afirmó.
Lamentó que los empresarios tengan que depender de un grupito de empresarios del transporte para movilizar las mercancías de los muelles.
El jurista Eduardo Jorge Prats afirma que la sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA) en contra de Fenatrado, es histórica y sin precedentes, ya que marca una nueva etapa del transporte de carga en la República Dominicana, al reconocer el derecho de todas las personas de dedicarse libremente a este sector sin más limitaciones que las prescritas en la Constitución y las leyes.
Reconoce que como toda transformación, la inclusión efectiva de la libre competencia en el transporte de carga no se realizará de la noche a la mañana, sino que requiere de un proceso paulatino y coordinado de todas las instituciones públicas que intervienen en el transporte de carga.
“Es innegable que estamos hoy día encaminados hacia una transformación radical y estructural del transporte de carga en nuestro país, lo que requiere de una decidida colaboración público-privada”, reafirmó.
A su entender es clave que las asociaciones sindicales modifiquen sus estructuras organizativas, y se conviertan en empresas, cuando así proceda conforme los términos de la Ley No. 63-17, y se abstengan de emplear cualquier tipo de práctica anticompetitiva que afecte el desarrollo sostenible del sector transporte.
Fenatrado realizó en esta semana un paro por tres días que provocó pérdidas diarias de RD$960 millones, y afectó las operaciones de las zonas francas, de la producción de pollos y de alimentos para la temporada navideña. La huelga de los transportistas obedecía a un conflicto que mantenían con la empresa constructora Malespín en Montecristi, debido a que esta se negaba a darle participación en el transporte de los agregados.
La situación con Fenatrado se registra, pese a la sentencia número 00416-2016 emitida por el TSA, que ordena al Estado “el cumplimiento de las disposiciones necesarias para eliminar toda especie de práctica anticompetitiva e impidiendo a cualquier entidad que intervenga o domine la concertación de precios en materia de transporte”.
diariolibre.com
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Director de La República advierte que Congreso Nacional no tiene la facultad para anular candidaturas independientes.
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1 día agoon
marzo 19, 2026Por Elba García
El doctor José Cabral Salcedo, especialista en derecho constitucional, además de periodista y empresario, quien ostenta la dirección del diario La República, aclaró que no es verdad que el proyecto que se conoce actualmente en la Cámara de Diputados y que ya fue aprobado en el Senado de la República elimine las candidaturas independientes.
El profesional del derecho sostuvo que el esfuerzo de los diputados y senadores más que en contra de las candidaturas independientes se trata de una aspiración que pone en peligro todo el sistema legal e institucional de la nación.
Dice que intentar eliminar las candidaturas independientes es conspirar en contra de la propia Constitución de la República, ya que es la carta magna la que otorga la facultad al TC de interpretar las normas que chocan con la ley sustantiva de la nación, a los fines de procurar que las mismas se ajusten al control de la constitucionalidad.
La intención de eliminar las candidaturas independientes es lo mismo que conspirar en contra del sistema democrático e institucional de la nación, lo que indica el estado de desesperación de los partidos políticos ante el descredito que les afecta, añadió el periodista, abogado y empresario.
Cabral Salcedo advirtió que de aprobarse el proyecto de ley que se conoce ahora en la Cámara de Diputados deja el problema en manos del presidente Luis Abinader, quien tiene la opción de promulgarla u observarla en virtud de que la misma sería un contrasentido jurídico que cuestionaría todo el régimen jurídico interno y externo.
Sin embargo, advirtió que ante la conversión en ley del proyecto que se conoce ahora en la Cámara de Diputados y si es promulgado por el presidente Abinader implicaría la presentación de una acción directa de inconstitucionalidad ante el mismo Tribunal Constitucional que es el único facultado para interpretar la constitucionalidad de una norma.
Explico que decir que la Constitución habla de que las aspiraciones políticas sólo pueden ser canalizadas a través de los partidos, según la interpretación que se le ha querida dar al artículo 216 de la carta magna, pese a que la ley sustantiva de la nación debe leerse íntegramente y naturalmente incluyendo el artículo 22 que habla de los derechos ciudadanos, sobre todo en lo que respecta al principio de elegir y ser elegido.
El abogado, periodista y empresario advierte que la jurisprudencia del TC sólo puede ser eliminarla por el propio alto tribunal mediante la figura del overrruling, la cual es la técnica jurídica mediante la cual un tribunal constitucional revoca o cambia un precedente vinculante anterior, sustituyéndolo por una nueva doctrina, a los fines de adaptar el derecho a nuevos contextos sociales, morales, económicos y políticos, lo que permite superar normas jurisprudenciales obsoletas, injustas o incompatibles con el ordenamiento actual.
Sin embargo, el profesional del derecho aclara que ese no es el caso de la sentencia que sienta jurisprudencia sobre las candidaturas independientes, la TC/0788/24, ya que para que el TC cambie el criterio en esta materia tiene que producirse una afectación de un derecho fundamental cuando en la misma se produce todo lo contrario con la protección del principio de elegir y ser elegido, pero además del de igualdad, proporcionalidad, legalidad, pro participación y el de dignidad humana.
Esta situación hace prácticamente imposible la posibilidad de que las pretensiones de los diputados y senadores se concrete, porque sencillamente no hay forma de que sus acciones al margen del principio de legalidad tengan éxito, ya que la interpretación del Tribunal Constitucional se ajusta del artículo 47 de la Ley 137-11 y también al 184 y 185 de la constitución de la República.
Cabral Salcedo sostuvo que con el proyecto de ley que busca eliminar las candidaturas independientes el Congreso Nacional no sólo se pone al margen del régimen legal, sino también de la institucionalidad de la nación y además deja claro que los legisladores de la llamada partidocracia se creen dueños del sistema, principalmente los perremeistas que fundamentaron su llegada al poder en que en la República Dominicana se consolidaba un partido-Estado a través del PLD, pero resulta que ahora ellos son más antidemocráticos que las pasadas autoridades.
Cabral Salcedo llamó al presidente Luis Abinader a no ser parte de un plan que compromete la responsabilidad civil y penal del Estado por tratarse de la violación de un derecho fundamental como el de elegir y ser elegido, consignado, además, en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos de San José, Costa Rica.
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Mantienen en arresto domiciliario a coronel acusado de pertenecer a red de sobornos
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1 día agoon
marzo 19, 2026
Santo Domingo, R.D.-El mantenimiento del arresto domiciliario dispuso la jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en contra del coronel Andrés Pacheco Valera, implicado en la Operación Lobo.
La magistrada Yanibet Rivas tomó la decisión tras rechazar una solicitud de variación de la medida presentada por el acusado, a través de su abogado Félix Portes Núñez.
De inmediato, el abogado del imputado anunció que apelará la decisión, alegando violación al principio de igualdad, ya que otros coimputados han recibido medidas menos severas.
El imputado es acusado de formar parte de una red que se dedicaba a la distribución de sobornos para agenciarse la contratación y el mantenimiento de contratos de seguridad privada en instituciones públicas.
Entre las instituciones se encuentran el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EdeNorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste) y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur).
Entre los implicados se encuentran el mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz, así como los coroneles de ese organismo Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández Vásquez y Elías Camaño Pérez.
Además, el coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar y el primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos, el empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González y el coronel de la Policía Ramón Quezada Ortiz. En Santiago fue arrestado Bolívar Nicolás Fernández Espinal.
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Apelarán no ha lugar que favorece a hombre imputado de crimen.
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1 día agoon
marzo 19, 2026
Santo Domingo, R.D.-La decision de el Septimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional será apelada por el Ministerio Público mediante la cual otorgó un auto de no ha lugar en favor de Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado de ultimar a una mujer y herir a otras cinco personas en un hecho ocurrido en el sector Naco.
El órgano acusador rechazó, en un comunicado de prensa, la decisión del juez Deiby Antonio Timoteo Peguero, al considerar que no se corresponde con las pruebas aportadas durante el proceso.
Sostiene que existen méritos suficientes para recurrir la decisión, al entender que el tribunal incurre en contradicción, ya que en principio no acoge la declaratoria de inimputabilidad, pero termina aplicando los efectos jurídicos de dicha figura al dictar el auto de no ha lugar.
La acusación presentada por el Ministerio Público, representado por la fiscal Vidalis Mora, explica que el 23 de julio de 2025 el imputado irrumpió en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV, donde agredió a distintos residentes, incluyendo a Yolanda Handal Abugabir, a quien le provocó la muerte.
Durante el hecho, también hirió a Gricelda Ozuna Torres, Francisco Texano, Teresa Fabián de Heredia, Victoria Heredia y Guillermo Ramón Pumarol Castellanos, además de ocasionar la muerte de una mascota.
El Ministerio Público recordó que, en atención a la gravedad de los hechos y las evidencias presentadas, previamente, le fue impuesta prisión preventiva como medida de coerción, la cual cumplía en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, en Higüey, provincia La Altagracia.
