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El fraude de la Lotería Nacional lo maquinaron desde julio 2020

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Santo Domingo, RD.-Luis Maisichell Dicent y William Lizandro Rosario Ortiz comenzaron a tramar la estafa al sistema de juegos del país desde mediados de julio de 2020, según recogen las investigaciones de los fiscales en la denominada “Operación 13” por el amañado sorteo del 1 de mayo de 2021 en la Lotería Nacional.

Las investigaciones han documentado que Dicent y Rosario Ortiz son buenos amigos, con experiencia en materia en manejo de bancas de apuestas en el país, en vista de que Dicent fungió como vocero durante la gestión de Rosario Ortiz en la Federación Nacional de Bancas (Fenabanca) del país.

El Ministerio Público señala que la estafa a las bancas de lotería ha tenido un valor de 500 millones de pesos.

Parte de las revelaciones hechas por el Ministerio Público es que algunos de los detenidos se asociaron con varios meses de anticipación para planificar la operación fraudulenta del sorteo nocturno del primero de mayo de la Lotería Nacional.

“A mediados del mes de julio del año 2020, el imputado William Lizandro Rosario Ortiz se dedicó a planificar conjuntamente con los co-imputados Luis Maisichell Dicent, Leonidas Medina Arvelo (A) Nazaret y/o Naza, Eladio Batista Valerio (A) El Gago y Felipe Santiago Toribio (A) Chago el modo en que podían realizar un fraude al sorteo de la Lotería Nacional, para sustraer de manera fraudulenta el dinero a los propietarios de bancas, consorcios y concesionarios de los juegos de azar en el territorio nacional y algunos países como Estados Unidos, España y Jamaica», señalan documentos del caso, a los que tuvo acceso este diario.

Las investigaciones indican que desde antes de la designación del suspendido administrador de la Lotería Nacional, Luis Maisichell Dicent, se hicieron encuentros “con el objetivo de tener acercamientos con empleados de la entidad e imputados que participaron en los hechos, para darles garantías de quién sería el designado como administrador y de lo que implicaba para la realización de las maniobras fraudulentas, la designación de Luis Maisichell Dicent al ser este parte esencial de la misma”.

Los fiscales, en la documentación presentada en la solicitud de medida de coerción, dicen que Dicent y su entramado perfilaron y escogieron de manera estratégica a cada uno de los miembros de la red dentro de la Lotería Nacional, estudiando los perfiles en función de la necesidad de la participación de determinado roles y analizando el comportamiento y destreza de los empleados seleccionados.

“En lo que respecta a los participantes externos primó el criterio de la experiencia que tenían en los juego de azar y su facilidad para hacer grandes jugadas sin llamar la atención”, dice la solicitud de medida de coerción.

Dicen que luego de seleccionar a los implicados fueron realizados diversos ensayos del sorteo fraudulento, grabando los mismos con el objetivo de “corregir los posibles errores que se veían en los ensayos”.

Los implicados utilizaron bolos reales de la Lotería Nacional para realizar los ensayos del sorteo y darle mayor realidad. También se simularon las tómbolas y se utilizaron micrófonos proporcionados por el entramado criminal.

El sorteo estaba planificado para realizarse el 10 de abril del 2021, “pero debido a que no fue posible colocar los empleados de conformidad a lo planificado, el sorteo fracasó para los intereses de la estructura criminal”.

Los miembros de la red habían invertido fuertes sumas de dinero para “el tumbe” que tenían planificado, que finalmente perdieron al tener que abortar la idea.
Los implicados en la red hicieron cambios en el del “Salón de Sorteos” para que en el siguiente sorteo participaran gran parte de los miembros de la red.

La tarde del lunes el Ministerio Público depositó la medida de coerción contra Luis Dicent, administrador suspendido de la Lotería; William Lisandro Rosario Ortiz, Valentina Rosario Cruz, Jonathan Brea, Carlos Berigüete, Miguel Mejía, Felipe Santiago Toribio, Rafael Mesa, Eladio Batista Valerio y Edison Perdomo Peralta.

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JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres

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Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.

Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.

Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.

Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.

La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.

Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.

Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.

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Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3

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Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.

Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».

«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).

Derechos de Franasyl

La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.

En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.

La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.

  • Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.

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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar

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Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.

El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.

La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.

La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.

El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.

Ejecución del peritaje

Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.

La CD modificó el artículo 48 de la pieza

Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.

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