Conecta con nosotros

Nacionales

Ted Turner, fundador de CNN, un pionero de la televisión, muere a los 87 años

Published

on

Agencia AP

Ted Turner, un pionero de la televisión, audaz y franco, que participaba en regatas de yates, poseía grandes extensiones de terreno en el oeste estadounidense y transformó el negocio de las noticias al lanzar CNN en 1980, falleció a los 87 años.

CNN informó que falleció el miércoles, citando un comunicado de prensa de Turner Enterprises.

Turner fue propietario de equipos deportivos profesionales en Atlanta, defendió la Copa América de vela en 1977 y donó la asombrosa suma de mil millones de dólares a organizaciones benéficas de las Naciones Unidas. Se casó con tres mujeres —la más famosa de ellas, la actriz Jane Fonda— y se ganó los apodos de «Capitán Escandaloso» «La Boca del Sur».

En una ocasión, alardeó: «Si tuviera un poco de humildad, sería perfecto».

En sus últimos años, la demencia con cuerpos de Lewy ralentizó su actividad. Tras haberse retirado del mundo de la televisión, se dedicó a la filantropía y a sus más de dos millones de acres de propiedad, que incluyen la mayor manada de bisontes del país.

Su personalidad locuaz a veces eclipsaba su ambiciosa y arriesgada visión para los negocios. Para cuando vendió su Turner Broadcasting System a Time Warner Inc. en una megaoperación mediática en 1996, Turner había convertido la empresa de vallas publicitarias de su difunto padre en un conglomerado global que incluía siete importantes cadenas de televisión por cable, tres equipos deportivos profesionales y dos exitosos estudios cinematográficos.

En parte, la propia frustración de Turner con las noticias televisivas fue el detonante. A menudo trabajaba después de las 8 de la noche, cuando los noticieros nocturnos de ABCCBS NBC ya habían terminado, y estaba en la cama cuando sus estaciones locales emitían sus propios noticieros a las 11 de la noche.

Se arriesgó al iniciar la operación, a veces ridiculizada como la «cadena de fideos de pollo» en los primeros tiempos de la televisión por cable, viviendo en un apartamento encima de su oficina en Atlanta.

El momento decisivo para CNN llegó durante la Guerra del Golfo con Irak en 1991. La mayoría de los periodistas de televisión habían huido de Bagdad, advertidos de un inminente ataque estadounidense. CNN se quedó, capturando imágenes impactantes del estallido de la guerra, con las balas antiaéreas surcando el cielo y los corresponsales estremeciéndose por la onda expansiva de las bombas.

A Turner se le prometió que seguiría desempeñando un papel importante en CNN tras la venta de su empresa a Time Warner por 7.300 millones de dólares en acciones, pero poco a poco fue apartándose, para su gran pesar.

Ese mismo año, 1996, nació Fox News Channel y llegó un nuevo magnate dominante a la televisión por cable: Rupert Murdoch. La opinión política se convirtió en el principal atractivo de cadenas como Fox News MSNBC. Si bien CNN construyó una organización de noticias global, particularmente fuerte en línea, aún hoy enfrenta dificultades debido a la disminución del interés por los noticieros televisivos más convencionales.

Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Nacionales

Ministerio Público pide tribunal rechace solicitud de extinción de la acción penal a Jean Alain

Published

on

Santo Domingo, R.D.-El Ministerio Público solicitó a las juezas del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazar la petición de extinción de la acción penal presentada por la defensa del exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, principal acusado en un expediente por presunta corrupción administrativa.

Durante la audiencia, la titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Mirna Ortiz, sostuvo que la extinción procesal constituye una sanción ante la inactividad o la conducta defectuosa de las partes. En ese sentido, argumentó que la dilatación en el tiempo del presente caso no es atribuible a faltas del órgano acusador, sino a la propia naturaleza y complejidad del expediente.

Ortiz afirmó que el artículo 146 del Código Procesal Penal, reformado por la Ley 97-25, establece los parámetros objetivos para determinar la razonabilidad de los plazos procesales, y destacó que el proceso maneja una cantidad de elementos probatorios sustancialmente superior a los 4,000 analizados en otros expedientes de corrupción.

«La extinción es una sanción procesal. ¿A quién se castiga? A la parte que ha actuado de manera contraria a las normas. El Ministerio Público no ha incurrido en negligencia ni en inactividad defectuosa que amerite la ‘muerte procesal’ de esta causa», aseveró la magistrada.

Para sustentar la postura del órgano persecutor, Ortiz citó la resolución jurisprudencial dictada por el mismo tribunal el 17 de marzo de 2025 en el expediente seguido contra Juan Alexis Medina Sánchez, a quien también se le rechazó una solicitud de extinción de la acción penal.

Estrategia dilatoria de la defensa

Por su parte, el fiscal Emmanuel Ramírez, de la Dirección de Persecución del Ministerio Público, sostuvo que el alegado retardo del juicio responde a una deliberada estrategia dilatoria implementada por las defensas de los procesados a lo largo de la investigación y del proceso judicial.

Para fundamentar su postura, Ramírez detalló que solo una de las defensas presentó cinco recusaciones consecutivas contra los fiscales del caso con el objetivo de paralizar las investigaciones. El representante del Ministerio Público señaló que todas y cada una de esas recusaciones fueron rechazadas por los tribunales por carecer de fundamento jurídico, demostrando que su único propósito fue ralentizar el curso normal de la justicia.

El magistrado también abordó la magnitud del expediente para contextualizar la administración de los tiempos procesales, recordando que se trata de uno de los casos de corrupción administrativa más voluminosos en la historia judicial dominicana:

El Ministerio Público depositó en estrados las pruebas físicas relativas a las recusaciones rechazadas para que consten en el récord del tribunal al momento de decidir sobre la petición de la defensa.

Continue Reading

Nacionales

Procuradora dice que memes, caricaturas y parodias no constituyen delito bajo nuevo Código Penal

Published

on

Santo Domingo, R.D.-La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynosoafirmó que crear o publicar una caricatura, un meme, una parodia, una sátira, un video o una imagen con fines periodísticos, artísticos, humorísticos o como vehículo de crítica social no constituye un delito, debido a que ni el Código Penal aprobado ni su reforma lo tipifican o sancionan con penas de prisión o multa.

La procuradora sostuvo que el artículo 169 de la Constitución dominicana establece que el Ministerio Público es el órgano encargado de formular e implementar la política de persecución penal contra la criminalidad, dirigir la investigación penal y ejercer la acción pública en representación de la sociedad.

En ese sentido, la procuradora consideró pertinente esclarecer el tema que, según señaló, ha recibido una interpretación errónea por parte de algunos sectores que inciden en la opinión pública.

Asimismo, recordó que el derecho penal solo sanciona acciones u omisiones dolosas o culposas, y que el principio de legalidad penal exige que toda conducta sancionable esté descrita de manera expresa, precisa e inequívoca en la ley.

La titular del Ministerio Público advirtió además que es un error realizar interpretaciones extensivas o recurrir a la analogía en contra de una persona, ya que el derecho penal lo prohíbe de forma estricta, salvo que dicha interpretación favorezca al procesado.

Precisó que la alteración de videos o audios con fines ilícitos para perjudicar a un tercero no extiende sus efectos a la elaboración de memes, caricaturas o parodias desarrolladas dentro del ejercicio de la libre expresión y la creación artística, actividades que subrayó se encuentran plenamente protegidas por la Constitución.

Continue Reading

Nacionales

Fiscal Rosalba Ramos considera insuficiente pena de dos años en el caso Jet Set

Published

on

Santo Domingo, R.D.-La fiscal del Distrito Nacional, Rosalba Ramos, afirmó este miércoles que el Ministerio Público entiende que el caso de la tragedia ocurrida en el 

Jet Set corresponde a un homicidio involuntario, de acuerdo con la legislación vigente.

Ramos sostuvo que, aunque la pena contemplada para este tipo de delito es de dos años, considera que ese tiempo resulta insuficiente debido a la magnitud de la tragedia, en la que fallecieron 236 personas.

Además, señaló que la entrada en vigencia del nuevo Código Penal permitirá establecer sanciones mucho más severas para casos que se asemejan a este.

Indicó que una pena de hasta diez años habría sido más adecuada, aunque reconoció que el proceso debe regirse por la legislación aplicable al momento en que ocurrieron los hechos.

Continue Reading

Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
www.larepublicaonline.com  / Email: periodico@larepublicaonline.com
Copyright © 2021 Blue National Group