Opinión
El Gran Santo Domingo
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12 años agoon
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Miguel CearaEl Gran Santo Domingo (GSD) fue definido en 2007 como la suma del Distrito Nacional, la provincia de Santo Domingo y el Municipio de Bajos de Haina, convirtiéndose en el principal conglomerado urbano del país, cuyas dinámicas económicas, territoriales y urbanos la convierten en una sola estructura territorial de carácter metropolitano. Según datos de la ONE, en 2010 tenía una población total de 3.5 millones de habitantes y una extensión total de 1,420 km2 de los cuales 292.79 km2 eran urbanos.
La población del GSD representa el 37% de la población total del país, de los cuales el 90% es urbano y es el 44% de la población urbana nacional. Además son territorios con una elevada densidad de población. La densidad promedio del GSD es 12 veces superior al promedio nacional de 196 habitantes por km2, la del Distrito Nacional es 53.6 veces superior, el municipio cabecera de Santo Domingo Este es 36.8 veces, la de Santo Domingo Oeste es 34.2 veces, Los Alcarrizos es 33 y Bajos de Haina es 33.5.
Es una región que ha mostrado un gran dinamismo poblacional. Tomando como referencia la definición actual del GSD y aplicándose a censos anteriores se observa que su población urbana SD ha crecido a una tasa anual de 4.3% entre 1960 y 2010 en línea con el crecimiento urbano nacional de 4.0%. Es probable que la diferencia sea mayor por que los datos nacionales de población urbana podrían estar sobrestimados, debido a que lo «urbano» se ha definido como aquella que reside en las cabeceras de los municipios y distritos municipales, lo que hace que una sección pase a distrito municipal sin que exista la complejidad urbana, sin embargo no ocurre lo mismo en el GSD donde ha sido evidente el crecimiento del tejido urbano.
Además se observa una aceleración en la atracción de población del GSD en el tiempo, ya que en los 40 años transcurrido entre 1960 y 2000, aproximadamente 4 de cada 10 personas en los que aumentaba la población total se concentraba en el GSD, sin embargo en la década del 2000 esa proporción sube a 7 de cada 10.
En resumen, el GSD es un concepto relativamente reciente que ocupa el 3% del territorio nacional y cuya zona urbana representa el 0.58% del territorio pero que concentra más de una tercera parte de la población en el 2010, más que ha duplicando su participación en la población total en el último medio siglo y con una capacidad de atracción de población creciente.
Las dificultades que plantean este conglomerado urbano de casi 300 km2 y 11 mil personas por km2 son formidables. Problemas de servicios públicos, transporte y coordinación que parecen no satisfacerse creando espacios invivibles.
Articulo de opinion original del periódico Hoy
Por Isaías Ramos
Hoy, más que nunca, el pueblo dominicano se encuentra en una encrucijada crítica. Después de casi tres décadas marcadas por el despilfarro y el endeudamiento, nuestra élite política y económica parece estar preparando una segunda oleada de saqueo sin precedentes. Estas castas insensibles a la justicia social han tejido un entramado legal diseñado para expropiar sistemáticamente lo que pertenece al pueblo, dejando tras de sí un legado de injusticia y desigualdad que amenaza con perpetuarse en el tiempo.
Recordemos cómo la «Ley de Capitalización», implementada el 30 de abril de 1997, arrasó con nuestro patrimonio colectivo. Esta ley no solo destruyó a CORDE —que incluía más de 30 empresas estatales— sino que también dejó a miles de trabajadores enfrentando la incertidumbre laboral. Las pérdidas acumuladas por el desmantelamiento del sector eléctrico superan los 25 mil millones de dólares en subsidios; recursos que hoy podrían haber sido invertidos en educación, salud y bienestar social para todos los dominicanos.
A pesar del sufrimiento visible causado por estas decisiones erradas y lesivas, nuevos mecanismos como las alianzas público-privadas intentan disfrazar esta depredación como progreso o modernización. Nuestros aeropuertos han sido entregados bajo condiciones peores que las del primer escándalo registrado en 1999; proyectándose esta situación hasta el año 2060 sin ningún beneficio claro para el pueblo dominicano. Este usufructo ha generado ya más de 4 mil millones para unos pocos privilegiados mientras nosotros seguimos mendigando dignidad y acceso a servicios básicos.
El caso del “peaje sombra” ilustra esta voracidad insaciable: más de 2 mil millones pagados sin consecuencias ni rendición de cuentas para sus autores intelectuales resaltan una alarmante realidad donde los grupos privilegiados buscan despojar nuestras infraestructuras mediante concesiones similares o nuevas figuras legales bajo la ley 46-20 sobre «alianzas público-privadas».
Además, hemos sido testigos del uso opaco e irresponsable de fideicomisos públicos; figuras como RDVIAL han comprometido nuestras carreteras destinando más del 50%de sus ingresos solo al pago exorbitante de intereses, mientras nuestras vías continúan deteriorándose por falta mantenimiento adecuado e inversión real. Nos preocupa seriamente si algún acreedor termina interviniendo nuestras carreteras hasta cubrir sus préstamos; esto podría ser similar a lo ocurrido con Buenaventura Báez frente a Hartmont Brothers and Co., resultando décadas después en intervenciones extranjeras que arruinaron aún más nuestra soberanía.
Desde el Frente Cívico y Social (FCS) hacemos un llamado urgente al pueblo dominicano: despierten antes que sea demasiado tarde; no queremos ser protagonistas trágicos como aquella fábula sobre la rana hervida, donde cada día nos adaptamos lentamente a la injusticia hasta perderlo todo sin darnos cuenta. La historia nos observa atentamente; no permitamos ser comparsas ante este saqueo sistemático orquestado desde las esferas del poder.
Juntos tenemos la fuerza necesaria para revertir este rumbo destructivo: denunciemos con firmeza e integridad cada acto injusto cometido contra nuestros derechos fundamentales y proponemos alternativas viables centradas en la defensa colectiva del bien común y nuestro futuro compartido.
La hora del despertar ha llegado; hagámoslo no solo por nosotros mismos sino también por aquellos que vendrán después: nuestros hijos e hijas merecen vivir en un país justo, equitativo y digno. Que resuene nuestra voz fuerte ante quienes han hecho su propio juego con nuestros recursos naturales y nuestro trabajo arduo.
Despierta RD!
Por Miguel Guerrero
A la larga todos resultan iguales tan pronto como alcanzan el poder. Al principio muestran diferencias de matices. Nadie, sin embargo, quiere ya parecer distinto o establecer una distancia razonable de lo que hacían los otros. Ni los que llegaron con otras banderas resultaron ser una excepción a la regla.
Escuchando esta reflexión, alguien me preguntó si creía que el sistema político nacional era básica y esencialmente corrupto. Le respondí que hiciéramos un listado de dirigentes políticos que hayan ocupado cargos públicos importantes en los últimos veinte años y comparemos después cómo vivían antes con su estatus actual. La conclusión, con pocas excepciones, produciría un gran espasmo nacional.
Hay un acuerdo, obviamente tácito, de la clase política para protegerse mutuamente y eso es lo que ha permitido que detrás de unos lleguen los otros. Con idénticos resultados. Intentemos algunos ejemplos patéticos. Las ciudades están hechas verdaderos desastres, con grandes acumulaciones de basura. Los servicios públicos elementales no funcionan y el gasto del Gobierno no responde a prioridades nacionales, sino a intereses de grupos o de partidos.
Lo más deplorable de esa crisis moral es el cinismo que caracteriza algunas acciones, cuando se pretende justificar con falsas motivaciones morales lo que se criticaba al adversario o antecesor. Al final, terminan cometiendo el mismo pecado. Una clara evidencia de ese proceder es el otorgamiento de contratos de grado a grado, que se da a casi todos los niveles del sector público, en los gobiernos centrales como en los municipios. Tratando de justificar con ello una violación a las normas y al buen sentido, en el pretexto de solucionar un problema urgente o simplemente atender un reclamo de la población que se ha ido haciendo vieja con el paso del tiempo y la indiferencia de regímenes anteriores.
Opinión
Responsabilidad de los Jefes y Otros Superiores ante la Corte Penal Internacional
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3 días agoon
diciembre 11, 2024Por Rommel Santos Díaz
El derecho internacional requiere que todas las personas en cargos de autoridad estén obligados a prevenir que sus subordinados violen las reglas del derecho internacional humanitario. Los artículos 86 y 87 del Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra regularon este principio.
Así como lo estipula el Tribunal Penal Internacional en el caso Detali c, los comandantes militares de cada Estado Parte del Estatuto de Roma deberán instruir correctamente a sus soldados las reglas del derecho internacional humanitario, y asegurar que estas reglas se observen en la toma de decisiones en operaciones militares, y crear una red de comunicaciones que permita la rápida comunicación a los comandantes de cualquier violación a las leyes de guerra cometidas por sus soldados. Deberán también aplicar las medidas correctivas para cada violación del derecho internacional humanitario.
El artículo 28 del Estatuto de Roma describe la responsabilidad de los jefes y otros superiores , el cual se divide en dos secciones. El párrafo (a) trata la responsabilidad de los jefes militares. El párrafo (b) detalla la responsabilidad de los jefes civiles.
Los jefes militares pueden ser responsables por aquellos crímenes que cometan sus soldados, si los jefes conocían o deberían haber conocido que estos crímenes se estaban cometiendo, y si por negligencia no tomaron las medidas necesarias para prevenir o impedir la comisión de tales delitos.
La responsabilidad de los jefes militares esta constituida por estos tres elementos esenciales:
- La jefatura y control efectivos sobre las personas que cometan estos crímenes;
- El jefe conocía o debería haber conocido que el crimen estaba por cometerse o ya se había cometido;
- El jefe no tomó todas las medidas necesarias y razonables dentro de su poder para prevenir el crimen o sancionar a su autor.
Los superiores no militares podrán ser responsables por los crímenes que cometan sus subordinados cuando tenían el conocimiento o conscientemente eludieron la información que claramente indicaba que los subordinados estaban cometiendo o estaban por cometer un crimen de la CPI; cuando los crímenes estaban relacionados con las actividades bajo el control del superior; y cuando el superior negligentemente no tomó las medidas necesarias para prevenir o impedir los crímenes o para informar a las autoridades civiles competentes para investigar o iniciar el proceso judicial oportuno.
Los elementos de la ofensa son los mismos para los jefes militares con la excepción del elemento relacionado al conocimiento de la comisión del crimen. El artículo 28 (b) del Estatuto de Roma indica que en el caso de un jefe civil, la carga de la prueba para condenarlo es mayor que aquella requerida para condenar a un jefe militar.
Ya sea el conocimiento de la comisión del crimen o la negligencia deberán ser demostrados. En otras palabras, para establecer la intención culpable de un superior no militar, es necesario demostrar la disponibilidad de la información que indicaba la posibilidad de que los subordinados habían cometido o estaban por cometer un crimen, y la posesión de esta información por parte del superior , así como la decisión de este de no actuar al respecto.
Los civiles a quienes se refiere esta disposición son los líderes políticos, hombres de negocios y altos mandatarios. Los jefes militares están sujetos a estándares mas estrictos según el derecho internacional humanitario, debido a la estructura militar y la necesidad de mantener la disciplina militar que hacen esta medida necesaria y conveniente
La presencia de una jerarquía de poder es una condición necesaria para determinar la responsabilidad de un superior. Sin embargo, el poder no deriva solamente de la posición oficial de la persona acusada. El factor determinante es el ejercicio efectivo de autoridad y control sobre las acciones de los subordinados.
El control puede ser otorgado oficialmente o simplemente ejercido de hecho. Además, el poder legal sobre los subordinados no constituye una condición absoluta para establecer la responsabilidad de un jefe, quien puede ser en algunos casos parte de una línea indirecta de poder.
Por ejemplo, los líderes militares podrán ser responsables por actos cometidos por individuos que no estén oficialmente bajo su control dentro de la jerarquía de poder, pero sobre los cuales si hubiesen podido ejercer poder de hecho para prevenir o impedir la comisión del crimen.