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Opinión

El infinito vuelo de Bernarda Jiménez

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Por Juan Bolívar Díaz

Bernarda Jiménez ha levantado su vuelo infinito sin dar el menor preaviso, expandiendo consternación en la comunidad dominicana en España y en todos los que la conocieron en la República Dominicana de donde partió hace cuatro décadas para consagrarse como la mayor defensora de los derechos y la dignidad de los dominicanos que buscaron en el viejo continente las oportunidades de progreso que no encontraban en el país.

Es difícil descubrir en toda la diáspora dominicana por el mundo una persona que acumulara tantos méritos como Bernarda Jiménez Clemente y que luchara con tanta valentía, involucrando a su esposo español y sus dos hijos, contra las discriminaciones y exclusiones desde 1987 cuando lideró la fundación del Voluntariado de Madres Dominicanas en España (VOMADE) hasta su triste partida este 3 de septiembre presidiendo la Fundación Dominicana para Prevenir la Violencia Juvenil creada hace casi tres años para gestionar el proyecto que auspicia la Embajada dominicana en España con el objetivo de ofrecer atención y tratar de rescatar a los muchachos inadaptados que se refugian en dos agrupaciones de liderazgo dominicano que operan en los barrios de Madrid.

VOMADE es referencial en España, por haber ayudado a regularizar el estatus migratorio de entre 45 mil y 50 mil mujeres, en su mayoría trabajadoras del hogar, que emigraron a este país en las dos últimas décadas del siglo pasado y en la primera del actual. También les prestó otros servicios, de formación técnica, inserción laboral, salubridad y para la reunificación familiar.

La conocí en la Navidad de 1992 cuando la entrevisté en el telediario Uno+Uno de Teleantillas y en varias visitas a Madrid tuve la oportunidad de comprobar personalmente el alcance del trabajo que desarrollaba junto a su esposo, el filósofo Pedro Alvarez, al que incorporó a sus hijos Pedro Luis y Stephanie. VOMADE acumuló tanto éxito que se expandió a servir a los inmigrantes de otros países, especialmente iberoamericanos, contando con apoyo del Gobierno central, del comunitario y municipal. Con los años se profundizó mi relación con esta familia.

En diciembre pasado el presidente Luis Abinader concedió a Pedro Alvarez la nacionalidad dominicana a título privilegiada por los servicios prestados a nuestros migrantes, así como a dirigentes políticos y sociales, incluyendo a José Francisco Peña Gómez y Hatuey de Camps.

Bernarda era médica, especialista en endocrinología y nutrición, así como en medicina estética, y nunca abandonó su profesión, combinándola con el inmenso activismo social que le llevó por gran parte de Europa, Estados Unidos y República Dominicana, para participar en seminarios y dictar conferencias sobre los movimientos migratorios y la inclusión social. También sacó tiempo para escribir varios libros, incluyendo un Manual del Inmigrante del que se imprimieron 20 mil ejemplares, y otro que lleva tres ediciones sobre el asesinato de Lucrecia Pérez, que relata los comienzos de la migración dominicana a Europa.

Se puso al frente de las manifestaciones para exigir justicia frente al asesinato de esa inmigrante dominicana, ocurrido en el sector Aravaca, de Madrid, el 13 de noviembre de 1992. Su firme carácter y determinación contribuyeron a movilizar a amplios segmentos de la sociedad española, al arresto y condena ejemplar de 50 años de cárcel al guardia civil que le disparó y 20 años a sus dos cómplices, logrando que fuera declarado como el primer crimen de odio y racismo en España.

La tenacidad de aquellas movilizaciones fueron determinantes para que España actualizara sus políticas migratorias y adoptara la inclusión social de los inmigrantes, con varios procesos de regularizaciones que han incluido facilidades para la reunificación familiar y la adquisición de la nacionalidad. El Instituto Nacional de Estadística actualiza en 123 mil la cantidad de “españoles de origen dominicano”, aparte de otros 70 mil “ciudadanos dominicanos con estatus de residentes”.

Con justicia Bernarda Jiménez fue condecorada en 1995 por el Rey Juan Carlos y electa en el 2008 como integrante del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Socialista Obrero Español en representación de los inmigrantes, para un período de 4 años, y por seis años fue integrante de su Comité Político Nacional.

La médica mocana mantuvo vivas sus raíces dominicanas viajando varias veces al año al país, con un apartamento en Santo Domingo y vinculándose a innumerables actividades políticas y sociales. Su simpatía natural e inmensa generosidad le confirieron una inmensa legión de amigos, admiradores y colaboradores en todos los ámbitos donde incidió.

Como Embajador de la República Dominicana en España me beneficié de su profunda amistad, de sus consejos y sugerencias, por lo que su sorpresiva partida deja un vacío inconmensurable que han sentido todos los integrantes de nuestra delegación diplomática y mi esposa Ada Wicovitch. Casi siempre se hizo presente en nuestras decenas de actividades con la comunidad dominicana en los últimos tres años y medio. Consternados nos solidarizamos con su querida familia y su legión de amigos, consolándonos con la convicción de que ha viajado al infinito de donde precedía y al que pertenecía.-

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Opinión

Poder capitalista-patriarcal: fábrica de feminicidios

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Por Narciso Isa Conde

Vivimos una sociedad de grandes injusticias, discriminaciones y opresiones, las que son mayores si se examinan en la relación hombre-mujer; lacerantes y crueles en temas como el acceso al empleo y los ingresos, derecho a la salud, relación de poder en la familia y la sociedad, forma de participar en la política y cruel despliegue de la violencia masculina.

La violencia no se detiene ni se revierte con Estados y Gobiernos que se niegan a combatir la ideología patriarcal-machista, a educar en torno a la teoría de género, a defender los derechos de la población femenina, a superar los fundamentalismos religiosos, a impartir educación sexual y promover la enseñanza basada en los permanentes adelanto de la ciencia.

La matriz de las modalidades de violencia de género es ideológica-cultural, constantemente reproducida por la clase dominante y el Estado bajo su tutela, incluido su poderoso sistema de comunicación, sus instancias educativas públicas y privadas, sus poderes eclesiales y sus diversos.

No es solo cuestión de reconocer y condenar verbalmente los feminicidios.

No es asunto que se solucione con establecer, como simple formalidad, un Ministerio de la Mujer.

No es tema para limitarse expresar pesares o allantar con medidas superficiales y con leyes que no se cumplen.

A eso se limita la clase dominante-gobernante dominicana, su Estado, su Gobierno, las cúpulas de sus iglesias y el propio presidente Abinader con su equipo de gobierno.

Aquí el sistema educativo, los aparatos de comunicación y cultura han sido asaltados por la ideología machista.

El Estado ha pisoteado el laicismo y el valor de las humanidades y las ciencias sociales, con la anuencia y participación de Luis Abinader,

Importa mucho por eso destacar esa realidad y detenernos siempre en dos características relevantes de la sociedad dominicana: la opresión y la explotación de las mujeres:

La opresión tiene sus raíces en un sistema capitalista plagado de desigualdades, que le da continuidad a una cultura dominante machista que coloca a las mujeres en posición subordinada frente a los hombres; quienes abusivamente se asumen como propietarios de sus vidas y de sus cuerpos.

En ese contexto toda independencia femenina, toda resistencia a ser propiedad masculina, todo desamor provocado por el maltrato y el menosprecio, se paga con agresiones y hasta con la vida, pasando por sufrimientos inenarrables.

Así opera la sociedad patriarcal-machista dirigida por un Estado generador y complaciente frente a distintas formas de violencia y exclusión machista (física, psicológica, económica) contra mujeres y niñas. Todo un poder dominante que opera como una fábrica de feminicidios

La explotación se sustenta en una cultura dominante clasista que empobrece hombres y mujeres trabajadoras -y que mezclada con la división sexual del trabajo y basada en el interés exclusivo del capital por la ganancia- genera y se apropia de más riquezas en base al trabajo desvalorizado de las mujeres en múltiples labores y también en el trabajo absolutamente no remunerado, asignándoles unilateralmente a las mujeres las tareas del cuidado de la familia y del hogar.

La paternidad irresponsable, del abandono total de la familia por los hombres, que determina que la mitad de los hogares estén a cargo de mujeres, se suma a ese despliegue de calamidades.

Aquí y en gran parte del planeta. las mujeres viven múltiples formas de maltrato y discriminación que son tanto más graves y dolorosas cuando ellas son más pobres, negras y con menos oportunidades.

La lucha de las mujeres por la igualdad es cuestión de poder y contra ese poder es necesario que juntos encaucemos la lucha para alcanzar la liberación de todos/as los/as oprimidos/as y explotados/as.

Se ha dicho con razón, que lo personal, en este y muchos casos es también político, y lo político implica valorar que la base de esta gran trampa opresora es el sistema y que hay que cambiarlo por otro que desplace y reemplace la alianza criminal del patriarcado con el capital.

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Opinión

Cumplimiento de las solicitudes  de la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Diaz

Las solicitudes de asistencia se cumplirán de conformidad con el procedimiento aplicable en el derecho interno del Estado requerido y, salvo si ese derecho lo prohíbe, en la forma especificada en la solicitud, incluidos los procedimientos indicados en ella y la autorización a las personas especificadas en ella para estar presentes y prestar  asistencia en el trámite.

En el caso de una solicitud urgente y cuando la Corte Penal Internacional lo pida, los documentos o pruebas incluidos en la respuesta serán transmitidos con urgencia.

El Estatuto de Roma establece que las respuestas del Estado  Parte requerido serán transmitidas en su idioma y forma original.

Cuando resulte necesario en el caso de una solicitud que pueda ejecutarse sin necesidad de medidas coercitivas, en particular la entrevista a una persona o la recepción de pruebas de una persona voluntariamente, aun cuando sea sin la presencia de las autoridades del Estado Parte requerido si ello fuere esencial para la ejecución de la solicitud, y el reconocimiento de un lugar u otro recinto que no entrañe un cambio en el , el Fiscal podrá ejecutar directamente la solicitud en el territorio de un Estado.

Cuando el Estado Parte requerido fuere un Estado en cuyo territorio se hubiera cometido presuntamente el crimen, y hubiere habido una de admisibilidad de conformidad con los artículos 18 o 19, el Fiscal podra ejecutar directamente la solicitud tras celebrar todas las consultas posibles con el Estado Parte requerido.

En los demás casos, el Fiscal podra ejecutar la solicitud tras celebrar consultas con el Estado Parte  requerido y con sujeción a cualquier condición u observación razonable que imponga  o haga ese Estado Parte.

Cuando el Estado Parte requerido considere que hay problemas para  la ejecución de una solicitud de conformidad con  las solicitudes a que se hace referencia en los artículos 933 y 96 del Estatuto de Roma, celebrará consultas sin demora con la Corte Penal Internacional para resolver la cuestión.

Finalmente, las disposiciones en virtud de las cuales una persona que sea oída o interrogada por la Corte Penal Internacional con arreglo al artículo 72 podrá hacer valer las restricciones previstas para impedir la divulgación de información  confidencial relacionada con la seguridad nacional serán igualmente aplicables al cumplimiento de las solicitudes de asistencia a que se hace referencia en el presente  artículo.

Rommelsantsodiaz@gmail.com

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Opinión

La dignidad humana y los procesos político-electorales en la República Dominicana (2006–2026).

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Por Robinson Lebrón

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El presente artículo analiza de manera crítica la evolución, los hitos normativos y las persistentes vulneraciones a la dignidad humana en el marco de los procesos político-electorales de la República Dominicana durante el periodo 2006–2026. A partir de la reforma constitucional de 2010, la dignidad humana se consagró como el principio fundante del Estado Social y Democrático de Derecho, transformando la dimensión procedimental del voto en un derecho fundamental sustantivo. Mediante un enfoque cualitativo y dogmático, la investigación examina el balance entre la expansión formal de los derechos ciudadanos evidenciada en políticas de inclusión como el Voto Accesible, el Voto Penitenciario y la tutela judicial efectiva del debido proceso partidario por parte del Tribunal Superior Electoral (TSE) y la realidad fáctica de los procesos electorales dominicanos.

 El análisis revela que, a pesar del blindaje institucional y jurisprudencial, subsisten patologías estructurales arraigadas como el clientelismo sistémico, la mercantilización del voto y la instrumentalización político-electoral del gasto social del Estado. Asimismo, se constata que la transición del debate hacia el entorno digital ha generado nuevas amenazas a la integridad moral a través de campañas de desinformación automatizada mediante robots y violencia política de género en redes sociales. Se concluye que la plena realización de la dignidad ciudadana en las urnas sigue supeditada a una profunda transformación cultural del sistema de partidos y a la aplicación efectiva de regímenes sancionatorios que erradiquen la coerción basada en la vulnerabilidad económica de la población.

El sistema democrático contemporáneo ha superado la concepción procedimental del voto para orientarse hacia un modelo sustantivo, donde el ciudadano es el eje central de las decisiones públicas. En el ordenamiento jurídico de la República Dominicana, esta visión adquirió un carácter vinculante a partir de la reforma constitucional del 26 de enero de 2010. Dicha reforma refundó el Estado dominicano bajo el modelo de un Estado Social y Democrático de Derecho, consagrando explícitamente en su artículo 5 que la Constitución se fundamenta en el respeto irrestricto a la dignidad humana. De este modo, la dignidad dejó de ser un enunciado meramente filosófico para convertirse en un principio jurídico superior, una norma transversal y un derecho fundamental absoluto e inviolable (artículo 38) que debe guiar la actuación de todos los poderes públicos, incluidos los órganos electorales.

Bajo este marco constitucional, los procesos político-electorales celebrados en el país durante las últimas dos décadas (2006–2026) han experimentado una profunda transformación normativa e institucional. El ejercicio de los derechos de ciudadanía —concebidos como el derecho a elegir y ser elegido en condiciones de equidad— se vincula directamente con la autonomía moral y la libertad del individuo. Durante este periodo, la promulgación de normativas clave como la Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, la Ley No. 15-19 (y su posterior evolución hacia la Ley No. 20-23 Orgánica del Régimen Electoral), así como las jurisprudencias del Tribunal Superior Electoral (TSE) y del Tribunal Constitucional (TC), han buscado estructurar un ecosistema político que garantice la inclusión social, el debido proceso partidario, la paridad de género y el acceso al sufragio de poblaciones históricamente vulnerabilidades, tales como los internos preventivos y las personas con discapacidad.

Sin embargo, el análisis del periodo 2006–2026 revela una persistente desigualdad entre el marco garantista del derecho positivo y la realidad fáctica de las campañas electorales dominicanas. A pesar de los significativos avances tecnológicos y logísticos implementados por la Junta Central Electoral (JCE), la dignidad de los electores continúa enfrentando serios desafíos culturales y estructurales. Fenómenos sistémicos como el clientelismo arraigado, la compra abierta de voluntades en los recintos electorales, la desproporción en el financiamiento de los candidatos y el uso instrumentalizado de los recursos asistenciales del Estado tienden a cosificar al ciudadano, reduciendo su condición de agente político soberano a la de una mercancía económica.

Asimismo, el auge de los entornos digitales en la última década ha introducido nuevas amenazas a la integridad personal a través de campañas de difamación automatizada y la vulneración del derecho al honor. Frente a este escenario, el presente artículo tiene como objetivo analizar de manera crítica la evolución, los hitos normativos y las persistentes vulneraciones a la dignidad humana en el marco de los procesos políticos electorales de la República Dominicana durante los últimos veinte años. A través de un enfoque cualitativo y dogmático, se examina el balance entre la expansión formal de los derechos políticos y la persistencia de prácticas tradicionales que erosionan la autonomía del votante. Se sostiene como tesis central que, si bien el Estado dominicano ha blindado institucional y jurisprudencialmente las garantías del sufragio, la pervivencia de una cultura política de subordinación económica y el desborde ético en las campañas digitales constituyen los principales reductos que limitan la plena realización de la dignidad ciudadana en las urnas.

Robinson Jesús Lebrón Céspedes.

rlebroncespedes@gmail.com

El autor es abogado y Docente Universitario.

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