Opinión
El mayor fraude inmobiliario
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12 años agoon
Por Juan Bolívar Díaz
Ley prohibe el traspaso o venta de las parcelas de asentamientos

Puede ser parte del costo de la pasada campaña electoral, ya que el Poder Especial 7-13 con que el Presidente Danilo Medina autorizó a su consultor jurídico para suscribir un Acuerdo Transaccional con quienes “poseen derechos registrados” sobre una enorme parcela colindante con la Bahía de las Águilas, Pedernales, deja constancia, en su último párrafo, que el 7 de mayo del 2012, (a 13 días de las elecciones), el Procurador General de la República emitió un acto identificando los abogados apoderados por el Estado para que lo representaran en la litis.
Con fecha 15 de enero pasado el gobierno desistió del recurso judicial que buscaba anular los títulos de terrenos obtenidos irregularmente según comprobó y documentó la doctora Piky Lora Iglesias, quien hasta su temprana y lamentada muerte en 1999 fue apoderada del Estado para perseguir a quienes se asociaron para expropiarse de la parcela 215-A, en el municipio Enriquillo. Trascendió esta semana cuando lo reveló el periódico digital 7 días.com.
El poder autoriza un fideicomiso para la explotación turística del terreno, otorgándole el 45 por ciento de su beneficio a quienes compraron títulos de reforma agraria. Si alguno de los poseedores lo prefiere, podrá emprender camino propio, pagando al Estado el 55 por ciento del monto en que vendan, según el numeral 7 del Poder Especial 7-13, pero sin precisar cómo se establecería el valor actual del terreno que para explotación turística podría cotizarse en miles de millones de pesos. Seguro que algunos preferirán quedarse con parcelas propias.
El expediente completo de la investigación de Piky Lora fue entregado al presidente Leonel Fernández en 1999 por su hija la doctora Laura Acosta Lora. El 5 de diciembre de 1995, el director del Instituto Agrario Dominicano (IAD) Jaime Rodríguez Guzmán, mediante oficio 10790 solicita al Registrador de Títulos de Barahona el traspaso de la parcela 215-A “para un asentamiento agrícola”. Rápido, ese mismo día y sin ninguna averiguación, el doctor Ramírez Suberví transfiere al IAD la totalidad de la parcela (de 36 mil hectáreas). Dos meses después, el 5 de febrero de 1996, con el oficio 433, el Administrador de Bienes Nacionales, Carlos Eligio Linares, remite el expediente, con su aprobación, al Registrador de Títulos de Barahona, quien al otro día ya lo inscribe en el folio 387, número 1547 y expide un nuevo título a nombre del IAD, pero esta vez por sólo 943 hectáreas, aparentemente bien seleccionadas.
El director del IAD procede a realizar un “asentamiento campesino” en terrenos inútiles para la producción agrícola o pecuaria. Piky Lora estableció que muchos de los supuestos asentados no sabían que eran propietarios de las parcelas de reforma agraria, y que ni vivían en la región y algunos eran difuntos. Pero ya “habían vendido” las parcelas a un grupo entre los cuales figuraba el senador de Pedernales Antonio Féliz Pérez y otros políticos como Puro Pichardo, así como a numerosas empresas que serían ahora los beneficiarios del fideicomiso.
La maniobra implicó la violación de procedimientos y leyes. Rodríguez Guzmán pidió el traspaso sin la aprobación del directorio del IAD. Tampoco obtuvo autorización legal del Poder Ejecutivo, y la ley de reforma agraria prohibe el traspaso o venta de las parcelas de asentamientos. Pese a todo eso, la complicidad de los funcionarios de cuatro gobiernos de tres partidos ha operado para que el tribunal de tierra no haya deshecho un fraude tan claro y comprobable. Y según dijo el jueves el ministro de Turismo, Francisco Javier García, pretendiendo justificar la última decisión, podrían pasar 40 o 50 años más antes que el tribunal dictamine. O sea que no hay estado de derecho.
Al Poder Especial de Danilo Medina le faltó algo: una reparación, tal vez en especie, al ingeniero Rodríguez Guzmán por los meses de prisión que sufrió cuando la maniobra fraudulenta fue denunciada por el actual senador Wilton Guerrero, entonces director del IAD, de lo que sabe el actual Procurador General de la República, Francisco Domínguez Brito, para aquellos años Fiscal del Distrito Nacional.
Artículo publicado originalmente en el periódico HOY.
Opinión
Impugnación de la competencia de la Corte Penal Internacional
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12 horas agoon
marzo 13, 2025Por Rommel Santos Díaz
La Corte Penal Internacional se cerciorará de ser competente en todas las causas que le sean sometidas. La CPI podrá determinar de oficio la admisibilidad de una causa de conformidad con el artículo 17 del Estatuto de Roma.
De acuerdo con el Estatuto de Roma podrán impugnar la admisibilidad de la causa, por uno de los motivos mencionados en el artículo 17, o impugnar la competencia de la Corte Penal Internacional:
- a)El acusado o la persona contra la cual se haya dictado una orden de detención o una orden de comparecencia con arreglo al artículo 58;
- b)Un Estado que tenga jurisdicción en la causa porque esta investigando o enjuiciando o lo ha hecho antes; o
- c)Un Estado cuya aceptación se requiera de conformidad con el artículo 12.
El Fiscal podrá pedir a la Corte Penal Internacional que se pronuncie sobre una cuestión de competencia o de admisibilidad. En las actuaciones relativas a la competencia o la admisibilidad, podrán presentar asimismo observaciones a la Corte quienes hayan remitido la situación de conformidad con el artículo 13 del Estatuto de Roma y las víctimas
.
La admisibilidad de una causa o la competencia de la CPI sólo podrán ser impugnadas una sola vez por cualquiera de las personas o los Estados a que se hace referencia en el párrafo 2. La impugnación se hará antes del juicio o a su inicio.
En circunstancias excepcionales la Corte Penal Internacional podrá autorizar que la impugnación se haga más de una vez o en una fase ulterior del juicio. Las impugnaciones a la admisibilidad de una causa hechas al inicio del juicio, o posteriormente con la autorización de la Corte, sólo podrán fundarse en el párrafo 1 c) del artículo 17 del Estatuto de Roma.
Antes de la confirmación de los cargos, la impugnación de la admisibilidad de una causa o de la competencia de la CPI será asignada a la Sala de Cuestiones Preliminares. Después de confirmados los cargos, será asignada a la Sala de Primera Instancia. Las decisiones relativas a la competencia o la admisibilidad podrán ser recurridas ante la Sala de Apelaciones de conformidad con el artículo 82 del Estatuto de Roma.
Hasta antes de que la Corte Penal Internacional se pronuncie, el Fiscal podrá pedirle autorización para:
- a)Practicar las indagaciones necesarias de la índole mencionadas en el párrafo 6 del articulo 18 del Estatuto de Roma;
- b)Tomar declaración a un testigo o recibir su testimonio, o completar la recolección y el examen de las pruebas que hubiere iniciado antes de la impugnación; y
- c)Impedir, en cooperación con los Estados que corresponda, que eludan la acción de la justicia personas respecto de las cuales el Fiscal haya pedido ya una orden de detención en virtud del artículo 58 del Estatuto de la Corte.
La impugnación no afectará a la validez de ningún acto realizado por el Fiscal, ni de ninguna orden o mandamiento dictado por la CPI, antes de ella.
Si la CPI hubiere declarado inadmisible una causa de conformidad con el artículo 17 del Estatuto de Roma, el Fiscal podrá pedir que se revise esa decisión cuando se haya cerciorado cabalmente de que han aparecido nuevos hechos que invalidan los motivos por los cuales la causa había sido considerada inadmisible de conformidad con dicho artículo.
Finalmente, el Fiscal, si habida cuenta de las cuestiones a que se refiere el artículo 17 del Estatuto de Roma suspende una investigación, podrá pedir que el Estado de que se trate ponga a su disposición información sobre las actuaciones. A petición de ese Estado, dicha información será confidencial. El Fiscal, si decide posteriormente abrir una investigación, notificará su decisión al Estado cuyas actuaciones hayan dado origen a la suspensión.
Rommelsantosdiaz@gmailcom
Por Nelson Encarnación
Son muchos los dominicanos que no se reponen del shock que les provocaron las diversas manipulaciones y mentiras vertidas por el expresidente Danilo Medina durante su comparecencia de la semana pasada en un importante medio radial de nuestro país.
Cuando se anunció días antes que el líder del Partido de la Liberación Dominicana aparecería en un medio público, hubo la apreciación generalizada de que aprovecharía el alcance de este para al menos desvestir su alma y bajar al terreno de la humildad para pedir algún tipo de perdón—aun fuese en voz baja—por las muchas culpas que necesitan urgentemente su expiación.
Sin embargo, es evidente que Danilo está convencido de que todas sus actuaciones en el Gobierno estuvieron ajustadas a la decencia más absoluta, cuando la realidad apunta precisamente en otra dirección.
Para él, los expedientes que involucran a familiares y entorno político más estrecho, son simples majaderías urdidas para molestarle, o una manifestación de la llamada judicialización de la política o politización de la justicia, mediante la cual han sido quitados del camino potenciales competidores de la corriente predominante.
Con ese convencimiento resulta improbable que el expresidente se humanice y entienda que admitir los errores hace grandes a las personas, y que, por el contrario, encerrarse en una convicción pueril las reduce.
Hay más de una evidencia que Danilo fue advertido por cercanos acerca del comportamiento depredador de algunos de sus íntimos, pero obvió tomar las medidas aconsejables, para dejar campo abierto a la continuación de los desmanes, muchos de los cuales se han reflejado en los casos que actualmente se ventilan en justicia, y que él los atribuye a “persecución política”.
En el campo de la lucha propiamente política, Medina trata de convencernos de que su laborantismo encaminado a propiciar el escenario para una segunda reelección en 2020 es un espejismo o un invento de sus adversarios.
Eso de que no tenía votos para modificar la Constitución es un ardid y una expresión fehaciente de su condición de simulador, pues todos vivimos aquel trance que mantuvo en vilo a la nación hasta que la administración Trump—en una intromisión inaceptable, eso sí—le apeó del carro reeleccionista que pudo haberse descarrilado hacia una situación de manejo muy complejo.
Danilo podrá decir lo que quiera, pero la historia no se puede borrar.
Por Narciso Isa Conde
Una PGR manipulada por la EMBAJADA-EU, Leonel y Abinader y un Poder Judicial maleado y muy influido por el PLD, están descalificados para ponerle fin a la impunidad.
La que debe ser emplazada NO ES MIRIAM, es Yeni Berenice, acompañada de Camacho, el del PEPCA y ahora ascendido, ambos con fuertes vínculos con la Embajada, FBI, DEA…Leonel, Abinader…Ahora la PGR cae bajo control absoluto de esa tríada, vía los ascensos de Berenice y Camacho.
Miriam German ha sido víctima de su entorno, de un acorralamiento programado en medio de una gran soledad y de su propio institucionalismo (excesivo respeto a la separación de funciones dentro de la PGR). Además, la amenaza del cártel del Cibao y del tal J, fue manipulada para amarrarla más. Hicieron un gran bulto desde la DNCD y dejaron todo igual: el cartel sigue impune. Abinader, Cabrera-DNCD y la DEA dirigieron esa operación.
Berenice y el PEPCA han bloqueado muchos expedientes, incluso los presentados por nosotros. El caso de ANTENA LATINA es emblemático y yo lo entregué personalmente, y muchas veces demandé respuesta y nada. A esos encargados de investigar y perseguir los delitos, se le entregaron numerosas denuncias del Archivo Abierto de Marcha Verde y no hicieron nada: siguen abundando las vacas sagradas oligárquicas y transnacionales denunciadas; y estas abundan junto a la impunidad del leonelismo, de políticos ladrones y generales asesinos.
Una PGR manipulada por la EMBAJADA-EU, Leonel y Abinader y un Poder Judicial maleado y muy influido por el PLD, están descalificados para ponerle fin a la impunidad.