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A conocer la historia de la Constitución con motivo de su día este miércoles.

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La primera Constitución data del 6 de noviembre de 1844 cuando la República Dominicana dio un paso fundamental hacia su independencia y organización política con la promulgación de su carta magna, hito que marcó el nacimiento del Estado.

Este importante evento, que se conmemora anualmente, se llevó a cabo en la ciudad de San Cristóbal, un hito que marcó el nacimiento del Estado dominicano

La Constitución Dominicana ha experimentado 40 modificaciones desde 1844 hasta 2024. A lo largo de su historia, estos cambios han respondido, en su mayoría, a intereses políticos más que a necesidades sociales.

Las reformas constitucionales han sido impulsadas por varios presidentes, incluidos figuras históricas como Pedro Santana, Buenaventura Báez, Ulises Heureaux, Horacio Vásquez, Rafael Leónidas
Trujillo, Joaquín Balaguer, Hipolito Mejia, Leonel Fernandez, Danilo Medina y Luis Abinader
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1854: Primeras restricciones al poder ejecutivo

En 1854, se suprimió el artículo 210, restringiendo los poderes del Ejecutivo y ampliando las facultades del Poder Judicial y del Congreso. Se extendió el período presidencial de 4 a 6 años y se estableció, de forma transitoria, que el presidente podría ocupar el cargo por dos períodos consecutivos.

1865: La Constitución de Moca

Conocida como la más democrática, esta Constitución garantizó libertades fundamentales como el libre tránsito y la libre expresión. Aunque no incluía a las mujeres, marcó un avance en el reconocimiento de derechos.

1924: Voto directo y recuperación democrática

Tras la ocupación estadounidense, la Constitución fue modificada para hacer obligatorio el voto directo popular. Este cambio buscó fortalecer la democracia y garantizar la participación ciudadana en el proceso electoral.

1994: Fin de la reelección indefinida

Esta reforma eliminó la reelección presidencial, redujo el período presidencial de 4 a 2 años y estableció un sistema de doble vuelta electoral. Estos cambios respondieron a la necesidad de un sistema más equitativo y menos propenso a abusos de poder.

2010: Avances en derechos fundamentales

Considerada la más consensuada desde 1844, esta reforma fortaleció las instituciones políticas dominicanas y estableció derechos fundamentales no antes reconocidos, como el derecho a la vida desde la concepción.

Modificaciones recientes y el futuro constitucional

En 2024, el presidente Luis Abinader propuso una nueva reforma constitucional. Esta búsqueda de cambios apunta a consolidar la independencia del Ministerio Público, garantizar la estabilidad en las elecciones presidenciales y reducir el número de diputados.

La reforma incluye:

  • Reducción de la cantidad de diputados de 190 a 170.
  • Unificación de las elecciones presidenciales, congresuales y municipales para 2032.
  • La elección del procurador general por el Consejo Nacional de la Magistratura.
  • Inclusión del presidente del Tribunal Constitucional en dicho organismo.

La historia de la Constitución dominicana

La Constitución de la República Dominicana, promulgada el 6 de noviembre de 1844, representa el documento fundacional del país. Este texto legal fue resultado del esfuerzo conjunto de los miembros de la Junta Central Gubernativa, quienes se reunieron en San Cristóbal para establecer las bases políticas del nuevo Estado. La Constitución se inspiró en modelos como la francesa y la estadounidense, y en su redacción participaron figuras clave de la historia dominicana.

La gestación de la primera Constitución comenzó tras la proclamación de la independencia. El 24 de julio de 1844, la Junta Central Gubernativa emitió un decreto que convocó a elecciones para elegir a los miembros de una Asamblea Constituyente.

El General Pedro Santana, quien se adueñó de la Presidencia de la Junta, ejerció una fuerte influencia sobre el contenido de la Constitución. Inicialmente, se incluyó un artículo (el 210) que otorgaba amplios poderes al presidente en tiempos de guerra, lo que marcó un cambio significativo en la estructura del gobierno. Este artículo permitía al presidente organizar el ejército y tomar decisiones sin rendir cuentas, algo que generó debate entre los constituyentes.

La Constitución de 1844 estableció un gobierno civil, republicano y representativo, consagrando la soberanía del pueblo. Su primer artículo declaraba a la nación dominicana como libre e independiente, con un sistema que limitaba el poder del Ejecutivo y establecía la independencia del Poder Judicial. Esta estructura buscaba evitar los abusos de poder que habían caracterizado períodos anteriores en la historia dominicana.

Conmemoración anual

Desde 1844, el 6 de noviembre se celebra en la República Dominicana como el Día de la Constitución. Este día no solo conmemora la promulgación de la primera Carta Magna, sino que también resalta la importancia de los valores democráticos y la soberanía nacional. San Cristóbal, el lugar donde se gestó este importante documento, se convierte en el epicentro de las celebraciones, llenándose de actividades culturales y educativas que fomentan el respeto a la historia y a la legalidad.

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Reunion bilateral se produce entre Abinader y la mandataria electa de Costa Rica, Laura Fernández

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Santo Domingo, R.D.-El presidente Luis Abinader sostuvo una reunión bilateral en el Museo de Arte Costarricense con la presidenta electa de Costa Rica, Laura Fernández Delgado, en la que abordaron diversos temas de interés común orientados a continuar fortaleciendo los lazos fraternales, comerciales y diplomáticos entre ambas naciones.

Durante la reunión, ambos líderes intercambiaron muestras de afecto y reafirmaron la cercanía histórica entre la República Dominicana y Costa Rica; además, abordaron la importancia de mantener un diálogo permanente y de continuar trabajando de manera conjunta en iniciativas que contribuyan al desarrollo, la integración regional y el fortalecimiento de las relaciones entre ambos pueblos.

La presidenta electa expresó su interés en continuar consolidando los lazos fraternales entre ambos países, promoviendo mayores oportunidades de intercambio comercial y fortaleciendo la cooperación en áreas estratégicas para el desarrollo de ambas naciones.

De igual forma, reafirmó el compromiso de Costa Rica con la Alianza para el Desarrollo en Democracia (ADD), destacando que su gobierno continuará formando parte activa de este mecanismo regional de cooperación.

De su lado, el presidente Abinader reiteró la disposición del Gobierno dominicano de continuar afianzando las relaciones de amistad, cooperación y entendimiento mutuo con Costa Rica. Asimismo, destacó la importancia de mantener una agenda conjunta orientada al crecimiento económico, la defensa de la democracia y el fortalecimiento de los vínculos regionales entre ambas naciones.

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Incautan 1,295 paquetes de drogas en costas de Pedernales

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Santo Domingo, R.D.-Un cargamento de 1,295 paquetes de presunta cocaina y marihuana fueron confiscados por  agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) durante dos operaciones simultáneas ejecutadas en las costas de Pedernales.

En la intervención fueron arrestados tres dominicanos y un venezolano.

El vocero del organismo antinarcóticos, Carlos Devers, identificó a los detenidos como Walkin Marino Montás Tapia, Luis Alberto Figueroa Ariza, Manolo Resello Amador y Luis Alberto Acosta Santana.

Señaló que los 1,295 paquetes fueron enviados al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), bajo estrictos protocolos de cadena de custodia, para determinar el tipo y peso exacto de la sustancia.

Devers explicó que las operaciones fueron realizadas por efectivos de la Armada de República Dominicana (ARD), la Fuerza Aérea (FARD) y organismos de inteligencia del Estado, con el apoyo de la Fuerza de Tarea Interagencial Sur (JIATFS) y la DEA de los Estados Unidos.

Indicó que la primera lancha era una embarcación de 24 pies con motores de 100 HP. Allí se arrestó a Resello Amador y Acosta Santana, incautando 16 pacas que contenían 314 paquetes de cocaína y 89 de marihuana (403 en total).

Mientras que, en la segunda lancha, fue neutralizada tras una intensa persecución en coordenadas cercanas. En esta se ocuparon 836 paquetes de marihuana y 56 de cocaína (892 en total). Fueron arrestados Montas Tapias y Figueroa Ariza.

El vocero reafirmó que se continuarán fortaleciendo las operaciones de interdicción como parte de la política de seguridad del Gobierno dominicano para garantizar la soberanía y la paz nacional.

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Rechazan traslado de proceso de Donni Santana a otra jurisdicción

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Santo Domingo, R.D.-Por sospecha legitima el Pleno de la Suprema Corte de Justicia desestimó la demanda en declinatoria por causa interpuesta por Donni Mayobanex Santana Cuevas, exembajador del Consejo Nacional de Frontera.

Este hombre, que cumple una condena de 20 años de prisión por la violación sexual de su hijastra menor de edad, buscaba que su proceso judicial fuera transferido fuera de la jurisdicción de San Cristóbal.

Santana Cuevas, quien se encuentra en libertad tras un permiso laboral, presentó el recurso contra la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Cristóbal.

El Pleno de la Suprema Corte, encabezado por su presidente Luis Henry Molina Peña, determinó que la defensa de Santana no logró probar hechos graves o concordantes que permitieran inferir una falta de imparcialidad u objetividad por parte de los magistrados de San Cristóbal.

En su resolución, la Suprema fue enfática al aclarar que “la simple discrepancia con decisiones judiciales desfavorables no constituye un fundamento válido para alegar sospecha de parcialidad”.

Asimismo, la Suprema ratificó como correcta la actuación de la Corte de Apelación al fallar sobre recusaciones previas con sus propios integrantes, siempre que se cumpla con el cuórum legal requerido.

La solicitud de declinatoria, depositada el pasado 9 de diciembre de 2025, argumentaba que existía un «ambiente hostil» debido a la presión mediática y un supuesto comportamiento prejuiciado de los jueces.

Pese a la decisión mayoritaria, el fallo contó con el voto disidente de los magistrados Fran Soto, María Garabito Ramírez, Rafael Vásquez Goico y Yorlin Vásquez Castro.

Los jueces disidentes argumentaron que la figura de la «declinatoria por sospecha legítima» no está contemplada de forma expresa en la normativa procesal penal vigente, lo cual ha provocado decisiones contradictorias dentro del mismo órgano judicial en ocasiones anteriores.

Sostienen que el ejercicio de un poder público debe realizarse acorde a la ley vigente y su jurisdicción; por tanto, el examen de la cuestión planteada por ante esta Alzada lesiona el principio de legalidad, como se ha indicado precedentemente.

En ese orden, alegan que su posición radica en establecer que en todos los casos de solicitud de declinatoria por seguridad pública o sospecha legítima, lo que procede es declarar la inadmisibilidad de la misma, por carecer de base legal, como ocurre en otras materias y se ha expuesto en el cuerpo del presente voto.

Con esta resolución, el expediente de Donni Santana permanecerá en San Cristóbal, donde se decidirá finalmente la validez de los beneficios carcelarios que reclama el condenado.

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