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El Ministerio Público exhibe altos niveles de deficiencia que promueven impunidad en el pais.

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Por Elba García

La crisis institucional de la República Dominicana se expresa en algunos niveles con mayor crudeza que en otros, lo cual es observable en el Ministerio Público.

El asunto resulta tan grave que no hay forma de que las cosas caminen aceptablemente en un órgano con tanta importancia en la persecución del crimen y el delito.

La función del Ministerio Público se queda en una pretensión que nunca se cumple, dado que su personal, principalmente los fiscales, nunca se interesan en darles la respuesta esperada o adecuada a las víctimas de los hechos delincuenciales que se producen regularmente en el país.

En el marco de esta deficiencia parece existir una cierta complacencia por parte de los jueces de instrucción, quienes generalmente siguen las mismas líneas del Ministerio Público en los casos de delitos y crímenes que se les presentan.

Es una crisis de una dimensión insospechada, ya que de la gran cantidad de denuncias y querellas que se presentan muy pocas tienen el seguimiento que garantiza el sistema.

Los únicos casos que tienen un cierto seguimiento son aquellos que tienen un profundo componente político, como los que se inscriben en el marco de la corrupción administrativa.

Ahora no hay forma de que los accidentes automovilísticos tengan la respuesta que debe corresponderse cuando hay pérdidas de vidas humanas, los cuales quedan generalmente impune porque casi siempre la recomendación del Ministerio Público es que el caso se quede en la instancia civil.

La explicación de esta conducta del Ministerio Público tiene que ver con el hecho de que los conductores responsables de los accidentes que han provocado muertes reciben inexplicablemente una especie de protección que raya en lo inconcebible.

En estos momentos el país está frente al caso de la joven venezolana Skarle Valentina Mujica Zapata, quien es señalada como la responsable de causarle la muerte al hijo del presidente de una organización que lucha en contra de la corrupción en el país.

En este caso se ha determinado que la joven extranjera no tiene documentos migratorios en el país y que además no tiene licencia de conducir, aunque tiene un vehículo registrado a su nombre.

Pero igual situación han tenido familiares de personas que han sido víctimas de accidentes de tránsito en Santiago y en otros lugares del territorio nacional, donde los miembros del Ministerio Público mantienen un pulso con los familiares de los fallecidos para que los casos no se conozcan en un tribunal penal, sino a nivel civil, a fin de que el responsable de la desgracia no reciba la sanción que establece la ley, aparentemente por haber recibido alguna compensación para exhibir esa conducta.

La Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre y Seguridad Vial establece sanciones muy claras y contundentes en lo que respecta a la conducción de un vehículo de motor sin licencia y seguro, entre otros requerimientos en esta materia, pero en realidad esta norma no surte el efecto esperado y los fiscales están más atentos al dinero que reciben de paga para su inacción que a cumplir con su rol en la sociedad.

 Skarle Valentina Mujica Zapata, de 27 años, es acusada de violar varios artículos de la Ley 63-17  de República Dominica, de acuerdo al documento de solicitud de medida de coerción contra la imputada que entregaron las fiscales Minerva Batista y Carmen Espinal Geo, adscritas a la Fiscalía de la Casa del Conductor, aunque se había producido una denuncia del padre de la víctima de algún tipo de componenda.

A Mujica Zapata, de 27 años, la acusan de ocasionar la muerte del ciudadano Julio César de la Rosa Peralta y de violar el artículo 303, numeral 5, que está contenido en la norma, según las fiscales.

El Ministerio Público también le imputa conducir de manera temeraria o descuidada, cuyo agravio está consignado en el artículo 220 de la Ley 63-17.

Asimismo, las fiscales le imputan la violación al artículo 207 y 208, sobre licencia extranjera y no cumplimiento con la obtención de una licencia en el país, respectivamente.

El artículo 207 establece que “los titulares de una licencia de conducir extranjera que residan en el país podrán solicitar la expedición de una acreditación nacional cuando el documento extranjero mantenga su vigencia, así como  previo cumplimiento de las formalidades que mediante el reglamento correspondiente establezca el Intrant”.

Mujica Zapata también es acusada, de acuerdo al documento, de violar el artículo 306 sobre responsabilidad del conductor frente a un accidente.

“El conductor de un vehículo implicado en un accidente del cual resulten personas lesionadas, daños a otro vehículo, a la propiedad pública o privada, detendrá inmediatamente su vehículo en el lugar del accidente de manera que no obstruya el tránsito, y dará cumplimiento a todas las obligaciones que esta ley dispone, sin arriesgar su seguridad”, establece la ley en el artículo 306.

MP acusa a la extranjera que atropelló a Julio César de Rosa Peralta de mentir y abandonar a la víctima y consideró una medida de coerción como una forma de garantizar la presencia de la imputada en el proceso.

El órgano argumentó que la coerción es necesaria por el comportamiento de la imputada después de la ocurrencia de los hechos, además, porque la joven venezolana no tiene arraigo en el país, debido a que se su pasaporte está vencido.

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Ofensiva contra derechos fundamentales es la más grande de todos los tiempos en EE.UU.

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Si por una cosa se caracteriza el gobierno que preside el republicano Donald Trump es por representar la más fuerte agresión en contra del constitucionalismo moderno, cuyas órdenes ejecutivas son emitidas sin ningún miramiento ni cuidado para no dañar  el Estado de Derecho en los Estados Unidos y el resto del mundo.

Lo extraño de lo que ocurre en la nación más poderosa de la tierra es que Trump, como todo un emperador, se ha burlado de la tradición de los Estados Unidos, ya que el Parlamento y hasta la Corte Suprema parecen haberse plegado a sus irracionalidades, la cual durante el pasado año otorgó al mandatario «amplia inmunidad», cuya medida fue criticada por colocar al jefe de Estado por encima de todo el mundo con lo que socava el principio de igualdad en que se fundamenta el Estado de derecho.

Expertos en asuntos jurídicos sostienen que «Decir que un presidente no puede ser procesado por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones es categóricamente incorrecto», dice a Richard Painter, jurista de la Universidad de Minnesota, Estados Unidos, que trabajó para la administración de George W. Bush.

Añade este experto que: «Creo que existe una preocupación muy real sobre la señal que envía el resultado de estos casos: que Donald Trump está por encima de la ley y de los delitos por los que cualquier otro ciudadano de los Estados Unidos habría pagado un precio». Subraya, por su parte, Costas Panagopoulos, politólogo de la Universidad del Noreste. Estados Unidos, dice: «No rinde cuentas y no paga realmente un precio».

Advierte que «la democracia no puede sobrevivir de esta manera». Según él, la forma más probable de cambiar el nuevo statu quo es «mediante una enmienda a la Constitución de Estados Unidos o persuadiendo a la Corte Suprema para que cambie de opinión al respecto».

Consideran estos especialistas que hay otra consideración no escrita que puede actuar como freno a los excesos presidenciales: su legado.

«Donald Trump es consciente (…) de que, si se recuerda por algo su primer mandato, será por cómo manejó la pandemia [de COVID-19], por el 6 de enero y por perder las elecciones de 2020″, dice el politólogo.

«Ninguna de esas cosas es muy positiva para Donald Trump. Es posible que quiera esforzarse al máximo para asegurarse de que se le recuerde en su segundo mandato por cosas que reflejen un aspecto más favorable», sostiene.

La pregunta que predomina en el campo internacional es con qué moral los Estados Unidos puede hablarles a los países que están bajo su influencia de respeto a la ley cuando las autoridades de la potencia del norte no creen en eso.

El problema más peligroso es que la democracia norteamericana ha pasado de buenas a primeras de un presidencialismo puro a un hiperpresidencialismo, donde el primer mandatario de la nación ha roto con el histórico «check and balance», conocido también como controles y equilibrios, que ha caracterizado a la nación del norte.

Ahora todo depende de las acciones de Trump sin tomar en cuenta las decisiones de los jueces en asuntos que están dentro de su competencia y lo peor de todo es que el asunto toma fuerza y que allí ya las cosas fuera de la ley se ven como normales.

Si el fenómeno Trump no impacta rápidamente de muy mala manera a las naciones que están bajo su control, ya sea por colonización política o económica, la razón podría estar en que ahora reina más el miedo a las sanciones en contra de los gobiernos, principalmente latinoamericanos, que la violación de derechos humanos y que se promueva la corrupción administrativa, pero no por otra causa.

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Existe realmente en el país el Estado Social Democrático y de Derecho o se trata de una seudo-constitución?

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La Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) celebró este primero de mayo del 2025 en su biblioteca un panel sobre las candidaturas independientes, donde participaron algunos partidos pequeños y sólo uno de los grandes tuvo una representación allí.

En esta actividad los planteamientos fueron realmente fundamentados en muchas hipótesis que pueden o no ocurrir, pero también hubo quien destacó un aspecto muy delicado para la democracia dominicana como lo es el proyecto de ley sometido por la Junta Central Electoral en el Congreso Nacional, el cual hace trizas los pocos logros alcanzados en términos de igualdad por el constitucionalismo dominicano.

El país desde el año 2010 tiene de forma más funcional el derecho constitucional concentrado y el difuso, pero el primero, que recae directamente sobre el Tribunal Constitucional, ha dado algunos frutos en lo que respecta al derecho, valor y principio de igualdad, a cuyo resultado hay que agregar el que tiene que ver con la sentencia TC/0788-24 sobre las candidaturas independientes.

Sin embargo, el órgano creado por el Estado para manejar todos los asuntos electorales del país se ha encargado de dejar la idea en amplios sectores de la vida nacional de que su trabajo es socavar en este ámbito los avances, si es que se les pueden llamar así, que representan las decisiones del TC sobre los derechos fundamentales en el país.

El asunto se torna más que preocupante porque cualquiera de los dos sistemas que se tomen como referencia, es decir, el Estado Social o el Estado Liberal, ambos conceden una importancia capital a los conceptos de libertad individual y de igualdad social, lo cual indica que la sentencia se enmarca perfectamente tanto en uno como en el otro modelo.

El proyecto de ley de regulación de las candidaturas independientes elaborado por la Junta Central Electoral (JCE) busca imponer una serie de criterios descabellados sobre esta figura jurídica, que rompen medularmente con el principio de igualdad y con todo el proceso de constitucionalización del derecho que impacta el país desde el año 2010.

Entre algunas de sus desacertadas ideas está exigirle al candidato independiente que tenga personalidad jurídica a través de la Ley 122-05 de asociaciones sin fines de lucro, pese a que esa figura no existe en  esta norma, además que este aspirante presente una cantidad de firmas que consiste en el 2 por ciento de  las contenidas en el padrón electoral, no de la última votación como lo consignan las leyes del régimen electoral y que es lo que se les pide a los partidos políticos, lo cual raya en un abuso imperdonable de un órgano que no debe tener como propósito romper con el derecho, valor y principio de igualdad, el cual es transversal a todos los demás derechos.

Pero debe decirse también que buscar darle personalidad jurídica al candidato independiente mediante la figura de las asociaciones accidentales, la cual no está contemplada en la Ley 122-05, sino en la 479-08 de empresas que tienen fines de lucro, saca de contexto el fallo emitido por el Tribunal Constitucional.

De igual modo, plantea el proyecto de la JCE que las candidaturas independientes sólo tengan financiamiento privado, pero  no público, lo que quiere decir que las leyes del régimen electoral que establecen este privilegio sólo tendrá validez cuando se trate de un partido político, lo cual también es desigual, pero además plantea una búsqueda de recursos económicos para esta modalidad de aspirante que se haría muy difícil lograr, dado que se sabe que la donación de dinero sólo tiene un efecto importante cuando el que busca la  presidencia de la Republica tiene una real vocación de poder o en su defecto tendrá que solicitar donaciones en el bajo mundo.

De manera, que el proyecto de ley de la JCE no sólo hace pedazos el principio de igualdad que tanto ha trabajado a nivel concentrado el TC, sino que pone en tela de juicio si la República Dominicana es impactada por una seudo constitución en la que la violación de los derechos fundamentales es su base de sustentación.

Este debate de anoche en la UASD, permitió establecer que el enfoque que se tiene en el país sobre el fenómeno del neo-constitucionalismo es muy pobre y que no se corresponde con lo que ocurre en el derecho comparado, ya que esta figura jurídica es encontrada desde los países latinoamericanos hasta los altamente desarrollados, como Estados Unidos e Inglaterra, pero lo propio hay que decir de los que están localizados en toda Europa.

El debate en torno a las candidaturas independientes sigue su curso y ahora habría que esperar que la comisión que estudia los proyectos de leyes sometidos, tanto por la Junta Central Electoral como por diputados que así lo han anunciado, se discutan en vistas públicas convocadas para esos fines.

La sentencia del TC ha dejado claro que a través de ella se verifica en el país lo que muchos teóricos sobre el tema han planteado, de que el empoderamiento del neo-constitucionalismo frente al control o monopolio que tienen los partidos del sistema electoral y del poder público plantea una confrontación entre la ciencia política y el derecho.

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Tragedia del Jet Set revela falta de planificación estratégica y la improvisación del Gobierno de R.D.

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Por Elba García

A más de una semana del desplome del techo de la discoteca del Jet Set que dejó un saldo hasta ahora de 226 personas muertes y casi igual cantidad de heridos, todavía no se sabe que provocó la desgracia que ha consternado a la sociedad dominicana.

De lo que sí el pueblo dominicano o por lo menos la mayoría de la gente está segura es que en este caso está comprometida la responsabilidad penal y civil del Estado y de los propietarios del establecimiento.

En lo que respecta al Estado dominicano hay que decir que su responsabilidad por omisión es algo del diario vivir y no hay forma de que nada le sirve escarmiento, porque la realidad es de que se trata de un problema profundamente cultural.

Tras lo ocurrencia de la desgracia ha salido a la luz pública la Oficina Nacional de Evaluación Sísmica y de Vulnerabilidad de Infraestructuras y Edificaciones Públicas y Privadas (ONESVIE), la cual fue creada mediante el decreto No. 715-01, emitido por el presidente Hipólito Mejía en el año 2001, pero que nadie conocía hasta la ocurrencia de la tragedia del Yet Set.

Esta oficina que no luce que tenga los técnicos competentes para hacer el trabajo que está en el marco de su competencia, pero además es como si hubiera estructurado al vapor para responder a los hechos producidos y si funcionaba realmente no tenía ninguna operatividad, sólo gente trabajando sin rendir ninguna labor.

Sin embargo, hay que darle el margen de la duda, ya que esta hace el levantamiento en el lugar de la tragedia, pese a que el Estado ha perdido toda su credibilidad, porque nadie cree en lo que hace.

A este respecto el reconocido geólogo Osiris de León advirtió sobre la falta de respaldo técnico y jurídico de los informes preliminares que han circulado tras el trágico colapso del techo de la discoteca Jet Set.

Este profesional de la geología enfatizó que las teorías planteadas hasta el momento son simplemente hipótesis carentes de fundamento técnico, al no incluir evaluaciones detalladas de columnas, vigas, losas y demás componentes estructurales.

«Por el momento, esos informes que circulan son simples ejercicios de opinión pública, sin ninguna fuerza profesional y jurídica ante un tribunal«, afirmó.

El profesional solicitó paciencia mientras avanzan las investigaciones formales, señalando que los resultados de estas auditorías serán cruciales para que los tribunales puedan determinar responsabilidades.

Dijo que es indispensable realizar análisis exhaustivos de laboratorio y auditorías forenses certificadas para determinar con precisión las causas del colapso.

De León no les quitó importancia a   «Las hipótesis, las cuales siempre son interesantes cuando vienen de personas técnicamente autorizadas, pero destacó que en casos de gran dimensión, los tribunales trabajan con auditorías forenses certificadas por profesionales e instituciones de gran experiencia forense y de alta experiencia en casos similares, las cuales que quizás tengan que ser repetidas varias veces por más de un equipo técnico de alto nivel, porque siempre hay alguien que acepta los resultados y alguien que cuestiona y no los acepta», advierte.

El experto citó que factores como la carbonatación del concreto, la exposición al salitre, las vibraciones sísmicas y del tránsito, así como sobrecargas y modificaciones estructurales, podrían haber contribuido al desastre.

Empero, subrayó que estas hipótesis sólo pueden ser confirmadas mediante evaluaciones científicas rigurosas y modelado computacional de las condiciones de la estructura al momento de la tragedia.

«Se esperan muchos números resultantes de muchas pruebas de laboratorio y de modelos computacionales digitales que permitan simular las condiciones reales de la estructura al momento de fallar y las cargas, propias o añadidas, que pudieron romper su precario estado de equilibrio isostático, quizás agravado por el tiempo, por el salitre, por la carbonatación, por las vibraciones sísmicas y del tránsito, por sobrecargas, y por cualquier otro detalle no visible desde la calle, pero hay detalles visibles al microscopio y medibles en las pruebas de compresión simple y en los cálculos de los módulos elásticos».

El colapso de la discoteca Jet Set ha generado una gran   consternación nacional, y las palabras de De León reflejan la urgencia de un enfoque técnico responsable para esclarecer los hechos y evitar tragedias similares en el futuro.

El presidente Luis Abinader luego del derrumbe en la discoteca Jet Set, declaró que el Gobierno está comprometido a esclarecer los hechos y a prevenir que situaciones similares ocurran en el futuro y admitió la existencia de un vacío legal que debe ser abordado para garantizar mayor seguridad en las infraestructuras.

Admitió que no existe una supervisión obligatoria para las obras privadas, lo que representa un desafío que debe ser atendido. El mandatario informó que el Ministerio de Vivienda y Edificaciones (Mived) está trabajando en un proyecto de ley, que busca establecer medidas más estrictas para la supervisión de infraestructuras privadas y públicas.

En otro orden, garantizó que el Gobierno no interferirá en el proceso judicial relacionado con el colapso del techo de la discoteca. Subrayó el compromiso de su administración con el respeto a los procesos legales y la justicia, asegurando que no habrá injerencia gubernamental en las investigaciones ni en las decisiones judiciales.

Pese a las palabras del presidente Abinader, quien se supone que fue elegido para corregir el nivel de improvisación de que adolece el Estado dominicano, plantea ahora buscar una solución a un problema, así como hay otros que en su momento saldrán la superficie, que se conoce y que ha sido debatido ampliamente por los medios de comunicación, lo cual deja claro que en términos de políticas públicas todos los gobierno de los últimos años han tenido el mismo comportamiento, fundamentado en la improvisación y la falta de planificación estratégica.

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