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Ministerio Público sin eficiencia y persecución del crimen y el delito no pasa de una percepción mediática.
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Elba GarcíaPor Elba García
El instrumento legal del Estado para la instrumentación de expedientes en contra del crimen y el delito ha dejado mucho que desear no sólo en los casos definidos como macros, que involucra a figuras notables del escenario político nacional, sino también hechos que alcanza a rateros y personas del más bajo estrato social.
Si bien los llamados casos macros tienen un seguimiento permanente de los medios de comunicación, no ocurre igual con los cientos de denuncias y querellas que son presentadas en los centros de recepción de delitos y crímenes que operan en todo el territorio nacional, lo cual indica la precaria funcionabilidad del Estado en lo que respecta a estas instancias del Ministerio Público.
Una de la causa de la deficiencia del Ministerio Público es lo que parece ser la falta de capacidad profesional de los fiscales, ya que una razón para la precaria actuación de este órgano incluye hasta la falta de formación para distinguir cuándo se está frente a un delito penal o un caso de derecho civil.
Esta falta de distinción puede ser fácilmente encontrada en los casos que maneja el Ministerio Público en torno a los condominios, que se rigen por la Ley 5038, cuyos fiscales siempre manejan los conflictos que generalmente degeneran en delitos penales, pero que este órgano siempre les otorga la calificación de problemas sociales.
Tanto es así, que en la practica el Ministerio Público promueve más que cualquier otra cosa la vía de hecho, porque todo aquel que no encuentra una solución al problema planteado a través de una querella, la cual casi siempre termina en un archivo definitivo, decide a hacer justicia con sus propias manos.
El archivo es un mecanismo que tiene el Ministerio Público para justificar su incapacidad o para darle cabida a la complicidad que implica que algunos fiscales reciben una paga para que los casos no sigan el curso que indica el sistema de justicia, ya que miles de casos nunca son judicializados aunque haya razón para ello.
En los últimos meses ha vuelto a ser puesto en tela de juicio en los tribunales casos manejados por el Ministerio Público que han sido desechados por falta de pruebas, incluido unos que el propio órgano de persecución solicitó su archivo provisional por las mismas razones.
El último más sonado es el que tiene que ver con Marisol Franco, compañera sentimental de “César el Abusador”, y otras tres personas, para quienes este sábado 14 solicitó prisión preventiva por supuesta asociación de malhechores, crímenes y delitos contra la propiedad, entre otros, y la jueza de Atención Permanente del Distrito Nacional se la negó.
El rechazo de la magistrada Fátima Veloz se fundamentó en que los elementos de prueba que aportó el MP no eran suficientes para ella poder determinar la violación del tipo penal previsto en los artículos 265, 266, 379, 381 y 382 del Código Penal Dominicano (CPD).
En la etapa preliminar de cualquier caso es suficiente la presentación de una cintila probatoria que no requiere la presentación de elementos concluyentes, pero debe haber detalles legítimos que permitan a la juzgadora vincular al imputado con el hecho investigado, bajo los criterios establecidos por el legislador”, lo cual, a juicio de la juzgadora, no ha ocurrido en este caso”.
Sostuvo la magistrada que los elementos de prueba aportados por el Ministerio Público y que conforman la cintila probatoria “por sí solos, resultan insuficientes para poder crear un vínculo robusto, certero e inequívoco que permita en esta fase procesal individualizar a los imputados como los autores o cómplices de la conducta que se les atribuye…”.
De acuerdo con la jueza que conoció el caso en cuanto al fondo de la solicitud de la medida de coerción, no se cumplía con los requerimientos legales del artículo 227 numeral 1 del Código Procesal Penal (CPP) y en consecuencia dispuso la “libertad pura y simple” de los imputados, mediante la Resolución penal 0670-2024-SMDC-01610.
Igual ocurrió con el caso de la violación y posterior muerte de Paula Santana Escalante, crimen ocurrido en la zona franca de Las Américas el 24 de febrero y el Ministerio Público basado en pruebas testimoniales logró que la jueza de Atención Permanente de SDE, Karen Casado, enviara a prisión preventiva a Joaquín Alexander Hidalgo Marte (Alex) y a Alex Elvin Cruz Díaz (Chuki), principales sospechosos.
En este caso el archivo dispuesto contó con el aval del Ministerio Público a través de la fiscal del caso Dahiana Castillo Antigua, quien suscribió el mismo sobre la base de que el órgano persecutor del crimen y el delito no contaba con la base para sostener quién cometió los hechos.
Los resultados de todas las prendas de vestir analizadas, tanto de los dos imputados como de Santo Samuel, no arrojaron ningún fluido femenino, de hecho, sólo en una pieza interior apareció restos de semen, por lo que hasta el momento no resulta elemento suficiente para instrumentar una acusación”, afirmó
El fondo de la objeción presentada por los familiares de la víctima el 13 de este mes en el Tercer Juzgado de la Instrucción de Santo Domingo confirmó el “archivo provisional del caso; Alex y Chuki fueron liberados, lo cual llenó de felicidad a los imputados y de mucha tristeza a los familiares de la víctima.
Pero estos casos, aunque más sonoros, representan algo insignificante con relación a lo que ocurre en los centros de recepción de querellas y denuncias del Ministerio Público, como por ejemplo Santiago, donde las mismas son depositadas en el zafacón del olvido no importa las pruebas aportadas.
Esta realidad parece que podría generar en los próximos días la presentación de demandas en contra del Ministerio Público y de su auxiliar la Policía Nacional por no cumplir con el mandato de sus leyes orgánicas, el Código Procesal Penal y la Constitución de la República.
Incluso ya hay grupos de abogados que podrían recurrir al sistema de justicia interamericana para presentar en contra del Estado dominicano demandas por violación de los derechos humanos y de las convención regionales e internacionales en esta materia.
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Baja calidad de educación no garantiza desarrollo cognitivo en el país pese inversión del 4% del PIB.
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2 días agoon
diciembre 18, 2024Por Elba García
Las quejas han sido constantes y permanentes del bajo nivel de la educación dominicana a pesar de la relativa alta inversión económica hecha en el sector.
Más de un billón de dólares ha invertido el país en un sistema educativo que cada día se degrada y en el que prevalece una corrupción que avergüenza a todos y cada uno de los dominicanos decentes.
Desde 2013 cuando se acordó destinar el 4% del Producto Interno Bruto (PIB) de República Dominicana a la educación, el país ha destinado una buena parte de estos recursos para alimentar y estimular el principal flagelo de que adolece la nación, que no es otra cosa que la corrupción administrativa.
El Ministerio de Educación (Minerd) en el 2023 ejecutó el 3.88% del 4% del PIB, lo que equivale a unos 226 mil 232 millones de pesos, la cual es la segunda inversión más alta desde 2013.
En el 2020 fue el año en que se cumplió con el 4%, debido a la pandemia de COVID-19. En ese año, el gasto fue de RD$201,501,223,632.
En cuanto al gasto público per cápita en educación, en 2022 fue de 383 euros por habitante, un aumento del 41,85% respecto a 2021.
En el ranking de países por importe invertido en educación, República Dominicana subió del puesto 70 en 2021 al 63 en 2022. Sin embargo, sigue estando entre los países con un bajo gasto público en educación.
Está demostrado que la educación es el instrumento más ideal y eficiente para lograr un verdadero desarrollo nacional.
Estudios hechos por psicólogos han dado como resultado que el coeficiente intelectual más alto se produce en aquellas naciones donde hay una alta inversión en educación.
Entre todos los países latinoamericanos Uruguay es el que aparece con un más alto coeficiente de inteligencia con 96 puntos, seguido por Argentina con 93 y Chile con 90, pero el nombre de la Republica no figura por ningún lado, lo cual también habla de la poca inversión en esta materia.
El cociente intelectual (CI) ha sido por años un indicador clave para medir las capacidades cognitivas de las personas y un estudio global al respecto, liderado por los psicólogos Richard Lynn y Tatu Vanhanen, destaca a Uruguay como el país con el promedio más alto en América Latina, seguido por Argentina.
En este renglón es importante preguntarse sobre los factores detrás de este desempeño y las implicaciones para el desarrollo socioeconómico de la región.
El caso uruguayo, uno de los países más pequeños del hemisferio, ha captado la atención en el mundo, no solo por su desempeño, sino también por las posibles políticas y condiciones que podrían haber permitido el nivel de desarrollo cognitivo.
El estudio presenta un ranking con los puntajes promedio de CI en los países latinoamericanos, evidenciando una considerable brecha entre las naciones.
Según el análisis de Lynn y Vanhanen, Uruguay tiene un promedio de CI de 96 puntos, ubicándose a la cabeza de América Latina (Archivo)Nicolás Janowski – Lugares
- Uruguay: 96
- Argentina: 93
- Chile: 90
- Costa Rica: 89
- Ecuador y México: 88
- Bolivia y Brasil: 87
- Cuba y Perú: 85
- Colombia, Paraguay y Venezuela: 84
- Honduras: 81
En la investigación quedan claras diferencias sustanciales que podrían estar influenciadas por factores como la inversión en educación, la estabilidad económica y el acceso a recursos básicos.
Los autores del estudio, identifican variables como la calidad del sistema educativo, la equidad en el acceso a la educación, y factores socioeconómicos como determinantes en los niveles promedio de CI.
Países con políticas que priorizan la educación, programas de nutrición infantil y acceso a tecnología suelen tener mejores resultados en el desarrollo cognitivo de su población.
Por ejemplo, la exposición a entornos que estimulan la creatividad y el pensamiento crítico desde la infancia es crucial. En contraste, los países que enfrentan desigualdades económicas y educativas tienden a registrar promedios más bajos de CI.
En este tema Singapur saca la cabeza con (108), Corea del Sur (106) y Japón (105), cuyas naciones no solo se destacan por sus inversiones en educación de calidad, sino también por sus avanzados sistemas de investigación, tecnología y políticas públicas orientadas a potenciar el capital humano.
De acuerdo con los autores, variables como la calidad del sistema educativo, la equidad en el acceso a la educación y factores socioeconómicos son determinantes en los niveles promedio de CI.
El estudio también subraya la relación entre el CI promedio de un país y su capacidad de desarrollo económico. Países con mayores índices de inteligencia suelen ser más innovadores y eficientes en la resolución de problemas, lo que les permite mantener economías más avanzadas. En este sentido, América Latina tiene una oportunidad significativa: priorizar políticas educativas y sociales que fomenten el desarrollo intelectual como una estrategia para potenciar su crecimiento económico.
El liderazgo de Uruguay en el ranking de CI en América Latina no es casualidad. Su enfoque en políticas públicas inclusivas y su inversión en educación de calidad han sido factores clave para este logro, destaca el estudio. Este ejemplo puede servir como un modelo para otros países de la región que buscan mejorar sus índices de inteligencia y, con ello, su proyección económica a largo plazo.
Sin embargo, el caso de la República Dominicana radica en un problema integral, donde la inversión en educación no es una prioridad y el hecho de que se destinen más recursos al sector no implica una mejoría en la misma, sino un mayor aprovechamiento para el enriquecimiento ilícito.
El 4 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB) para Educación, aunque todavía es uno de los más bajos de la región, el monto no deja de ofrecer una buena oportunidad para que el país ocupe otros niveles mundiales en este renglón.
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El “talón de Aquiles” del TC es la revisión de acciones de amparo, vía para reponer derechos fundamentales.
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2 semanas agoon
diciembre 9, 2024Por Elba García
El Tribunal Constitucional decide con celeridad algunos casos que, si bien envían el mensaje de una cierta fortaleza del Estado de Derecho, hay otros que son manejados mediante lo que se conoce como denegación de justicia.
Es evidente que todos aquellos procesos que tienen una mayor importancia política, el TC los falla en un tiempo relativamente corto, mientras que los recursos de revisión de las acciones de amparo de extrema urgencia duermen el sueño eterno sin que se determine claramente la razón de ello.
Resulta inconcebible que un recurso de revisión de una acción de amparo sea fallado por el Tribunal Constitucional hasta dos años después de haber sido sometido en violación de su propia legalidad, cuya Ley 137-11 habla de 30 días para que se produzca una decisión, pero, además, es como que, si se tratara de la violación del principio de igualdad, el cual ha sido el más trabajado por la referida alta corte.
El criterio con que el TC maneja estos casos deja la impresión de que sus decisiones son retrasadas cuando se trata de examinar jurídicamente la conducta de los partidos políticos, cuyas sentencias no surten el efecto esperado.
No se sabe con claridad cuál es el criterio que la Presidencia del Tribunal Constitucional aplica en los casos que son depositados en su secretaria, pero se entiende que el lugar de mayor preponderancia debía tenerla la revisión de los recursos de amparo porque son asuntos que se refieren a los derechos fundamentales, los cuales son sumarios y se caracterizan por la celeridad.
El tema parece ser una de las principales razones para que mucha gente entienda que el TC tiene la tendencia a no priorizar aquellos casos que tienen que ver con los derechos fundamentales, sobre todo cuando están involucrados los partidos políticos.
La explicación que muchos ciudadanos ven es que los obstáculos para conocer los recursos de revisión de las acciones de amparo electorales provienen de que los partidos políticos juegan un papel fundamental para que se tome una decisión al respecto porque son los que controlan el Consejo Nacional de la Magistratura, órgano que tiene la responsabilidad de escoger a los jueces, incluidos a los del Tribunal Constitucional.
Y ciertamente no parece haber otra razón para que el TC viole en estos casos el articulo 102 de su propia ley orgánica, la 137-11, que manda que los recursos de revisión de amparo sean fallados en un plazo de 30 días.
El Tribunal Constitucional con la facultad que le otorga la Constitución de la Republica y su ley orgánica, la 137-11, debía cuidar su imagen para que no se contamine como ocurre con todo el sistema de justicia, el Congreso Nacional y el propio Poder Ejecutivo.
El desbalance temporal que se observa en el conocimiento de casos que no tienen la misma prioridad que la violación de un derecho fundamental, que generalmente es planteado a través de una acción de amparo, causa preocupación de que el TC caiga en la misma deficiencia que se observa en prácticamente todo el sistema de justicia dominicano.
En los últimos días se ha observado que el Tribunal Constitucional le da prioridad a la acción directa de inconstitucionalidad frente a los recursos de amparo, pese que éste último trata cuestiones que tienen mayor urgencia.
En los actuales momentos hay recursos de revisión de acciones de amparo que tienen depositados en el TC hasta dos años y que no han sido fallados, lo cual pone en tela de juicio en el principal tribunal del país el principio que dice que sentencias tardías es denegación de justicia.
El problema con relación a los recursos de revisión de las acciones de amparo puede ser una causa para el sometimiento de los casos en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, lo cual puede derivar en comprometer civil y penalmente al Estado dominicano.
Pese a que juristas y otros doctrinarios del país no conciben lo ocurrido con el TC en lo que respecta a los recursos de revisión de las acciones de amparo falladas por jurisdicciones especializadas, como el Tribunal Superior Electoral, lo cierto es que parece que todavía pesa mucho la escogencia de los primeros jueces de la alta corte a través del llamado pacto de las corbatas azules.
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Basura y dinero tratados con el mismo criterio en alcaldía de Santiago, cuya carta de presentación es el dispendio.
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noviembre 29, 2024Son preocupantes las sumas que supuestamente ha invertido la alcaldía de Santiago en recogida de basura, cuyo monto alcanza los tres mil cincuenta y dos millones cuarenta y cuatro mil novecientos treinta pesos con dos centavos (3,052,144,930.72) para la recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos, según lo ha denunciado un regidor de la oposición.
Sólo en el mes de septiembre del corriente año hubo una licitación con la autorización y firmada por la directora financiera del cabildo, Rosa Morel, por la astronómica suma de dos mil millones cuatrocientos cuarenta y un millones quinientos quince mil doscientos sesenta y cinco pesos (2,441,515,00, lo cual revela las peligrosas andanzas del alcalde Ulises Rodríguez.
El dinero destinado sólo en el mes de octubre del 2024 para los fines indicados, según lo establece la ejecución de ingresos y fuentes de financiamiento correspondientes al referido periodo, llega a los doscientos noventa y siete millones seiscientos ochenta y ocho mil quinientos treinta y ocho pesos con sesenta y dos pesos (297,688,538.72.
Pero los gastos excesivos no se paran ahí, sino que en el mes de noviembre se dispuso de la suma de trescientos doce millones novecientos diecisiete pesos (312,941,117 pesos, lo cual advierte que, con la política de compromisos asumidos por el ayuntamiento de Santiago para el pesaje, control y de mantenimiento de las instalaciones y gestión interna de la disposición final de los residuos sólidos en el ecoparque de Rafey Santiago, lleva a una quiebra segura a la ciudad.
El periódico Listín Diario en una investigación realizada al respecto pudo comprobar que los montos establecidos en documentos consultados alcanzan un total de DOP$3,052,144,930.72 (Tres mil cincuenta y dos millones ciento cuarenta y cuatro mil novecientos treinta pesos con setenta y dos centavos), destinados por los trabajos concernientes a la recolección y disposición de los desechos sólidos del municipio en los últimos tres meses del año.
Las alertas al respecto han sido dadas, mientras el municipio de Santiago camina hacia una situación financiera insostenible, todo como resultado de la improvisación y la incapacidad que caracteriza a los funcionarios de la actual administración, encabezada por Ulises Rodríguez.
Además, está sobre la mesa que la mayoría de los contratos de las compañías recolectoras de basura están vencidos, pero que se les paga normalmente. La pregunta que está en el aire y que se espera que alguien pueda responder es por qué los acuerdos de recogida de basura han subido a casi mil millones de pesos, sin que haya una reacción de los regidores del cabildo de Santiago.
Históricamente el ayuntamiento ha sido una fuente de empleos parasitarios utilizados por el partido político en el poder para satisfacer las aspiraciones que se crean a través del llamado clientelismo político, pero además de promover un nivel de corrupción que se expresa a través del principal problema de la ciudad como es la recogida de basura.
Sin embargo, lo que ocurre en la actualidad con la recogida de basura parece ser el nivel más alto de corrupción por parte del actual incumbente, Ulises Rodríguez, lo cual se veía venir por tratarse de un funcionario con una conducta que deja mucho que desear.