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Diputados aprueban proyecto que modificaría el Código de Trabajo.
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1 mes agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, R.D.-Fue aprobado en primera lectura en la Cámara de Diputados el proyecto que tiene el objetivo de reformar la Ley 16-92 del Código de Trabajo, el cual contiene diversas variaciones con respecto al documento actual.
Una de las alteraciones está centrada en la licencia por paternidad otorgada a los trabajadores. Para el Gobierno, el nuevo contenido que tendría la regulación laboral representa “un aumento del 100%”, ya que elevaría el periodo de dos a cuatro días.
“Hemos logrado consensos en aumento en un 100% de la licencia por paternidad a cargo de la empresa”, comunicó el 26 de agosto de 2024 el entonces ministro Luis Miguel De Camps, quien dirigió los diálogos realizados con empresarios y sectores sindicales antes de presentar la base del proyecto de ley que en la actualidad conoce el Congreso Nacional.
En las discusiones que han desarrollado durante más de un año, los legisladores habían acordado elevar la cantidad de días a siete, pero, finalmente, se limitaron a respaldar la recomendación enviada por el Poder Ejecutivo.
“Cuatro días laborables de licencia por paternidad con disfrute de salario para el caso de alumbramiento de la esposa o de la pareja debidamente registrada en la empresa”, dicta el nuevo texto que contendría el artículo 54 del documento.
Asimismo, algunos congresistas entendían necesario incluir a los hermanos en la lista de parientes que son considerados cuando el empleado requiera de una licencia por duelo establecida en cuatro días.
Esto significa que únicamente los familiares que aplican para ese caso son los abuelos, padres, hijos o la pareja del asalariado.
Por otro lado, los representantes de la cámara baja aprobaron también la realización de un cambio en la entrega de las propinas a los empleados de hoteles, restaurantes, cafés, barras y bares, “en general en los establecimientos comerciales donde se expande comida o bebida para su consumo en esos mismos lugares”.
Aunque se registraron intentos por parte de algunos senadores y diputados de eliminar ese apartado, la propuesta legislativa mantuvo el 10% de gratificación que debe entregar el empleador, recolectado de un tributo colocado a cuenta pagada por el consumidor. Esta bonificación no incluye al personal que integra el área gerencial y administrativa.
Según establece la pieza, los trabajadores y empleadores de los establecimientos podrán acordar que el repartimiento porcentual de la propina derive de criterios que “tomen en consideración la generación del porcentaje de propina en cada una de las áreas de servicios de los establecimientos, así como la posibilidad de incluir a quienes no asistieron a sus labores ese día”.
Uno de los temas más conflictivos dentro del proceso de debate que ha causado el tema de la reforma laboral es la cesantía, luego de que el sector empresarial haya manifestado en diversas ocasiones la intención que tienen de modificarla, a través de la colocación de un límite.
El proyecto legislativo también agrega una figura antes no contemplada para los procesos judiciales: El juez conciliador.
Este tendría la responsabilidad de proponer soluciones razonables, a través de reflexiones que considere oportunas, para intentar que el empleador y el asalariado logren un acuerdo cuando tengan conflictos reportados ante los juzgados.
Asimismo, los diputados colocaron un tope para establecer una duración máxima de 24 meses para el término de los procesos judiciales.
Momentos después de que la sociedad conociera sobre la aprobación del documento legislativo, alrededor de 80 colectivos comerciales se pronunciaron a través del Consejo Nacional de las Empresas Privadas (Conep) para expresar su rechazo, ya que “aspectos pueden incrementar costos laborales, generar incertidumbre jurídica y dificultad para generar nuevos empleos formales”.
Los diputados aún no han reaccionado a las debilidades, según aseguran los comerciantes, que contiene supuestamente el proyecto de ley.
Nacionales
Obispos se reunen con Abinader en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado
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3 horas agoon
julio 3, 2026
Santo Domingo. – La Conferencia del Episcopado Dominicano (CED) en el marco de su 64ª Asamblea Plenaria, recibió este viernes la visita del presidente de la República, Luis Abinader, en un encuentro celebrado en la Casa Arquidiocesana María de la Altagracia, donde se abordaron distintos temas de interés nacional.
Durante su intervención, el mandatario destacó la importancia de mantener un diálogo permanente con la Iglesia católica, señalando que estos espacios permiten conocer de primera mano las necesidades de las diócesis y socializar las medidas adoptadas por el Gobierno.
“Siempre es bueno tener el contacto con los obispos, escuchar las necesidades de sus diócesis y también explicarles los grandes temas nacionales”, expresó.

El jefe de Estado agregó que estos encuentros se han convertido en una práctica habitual de su gestión, como parte de la relación de cooperación con la jerarquía eclesiástica.
El presidente fue recibido por la nueva directiva de la CED para el período 2026-2029, encabezada por el obispo de San Francisco de Macorís, Ramón Alfredo de la Cruz Baldera, quien asumió la presidencia de la institución.

También participaron el arzobispo coadjutor de Santo Domingo, Carlos Tomás Morel Diplán, en calidad de vicepresidente, y el obispo auxiliar de Santo Domingo, José Amable Durán Tineo, como secretario general.
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Garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa”.
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3 horas agoon
julio 3, 2026
Santo Domingo, R.D.-Una garantia economica impone el Tribunal del Distrito Judicial de San Cristóbal de RD$200,000, impedimento de salida del país y presentación periódica al Ministerio Público contra el imputado Elvis Manuel Santos Alcántara (Onguito Wa), acusado de porte ilegal de armas de fuego, tras acoger de forma parcial la solicitud del Ministerio Público.
La decisión judicial se produce luego de que el procesado fuera arrestado en flagrante delito el pasado 21 de junio, cuando agentes de la Policía Nacional realizaban labores de patrullaje en la carretera Sánchez Vieja, en San Cristóbal.
Durante el operativo, el imputado se desplazaba en un vehículo Honda CR-V, color negro, junto a otra persona, y al ser registrado se le ocupó una pistola Glock, calibre 9 mm, con 17 cápsulas, sin documentación legal.

La magistrada Chadalis E. Rosario Melenciano, jueza suplente del Tercer Juzgado de la Instrucción y de la Oficina Judicial de Atención Permanente, ordenó además que el imputado deberá presentarse los días 29 de cada mes durante seis meses ante el Ministerio Público, como parte de las medidas impuestas.
Asimismo, el tribunal dispuso la notificación a la Dirección General de Migración (DGM) para garantizar el impedimento de salida del país, mientras que el Primer Juzgado de la Instrucción de San Cristóbal fue designado como tribunal de control del caso.
El Ministerio Público, representado por las fiscales Belkis Tejeda e Ingris Maribel Guerrero Polanco, había solicitado prisión preventiva por tres meses; sin embargo, el tribunal optó por medidas no privativas de libertad, al considerar parcialmente la solicitud.
El órgano acusador también obtuvo un plazo de seis meses para presentar el requerimiento conclusivo del proceso.
De acuerdo con el expediente, Santos Alcántara ya había sido condenado previamente mediante la Sentencia Penal núm. 523-2025-SSEN-00015 por violaciones a la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, lo que fue recordado por el Ministerio Público durante la audiencia.
Con esta decisión, el caso sigue bajo investigación judicial mientras el imputado permanece bajo estrictas condiciones de control.
El uso, porte y tenencia ilegal de armas de fuego constituye uno de los delitos más vigilados por las autoridades judiciales y de seguridad en la República Dominicana, debido al impacto que tiene en la criminalidad, la seguridad ciudadana y la violencia urbana.
«En el país, este tipo de infracciones está regulado por la legislación penal vigente y por normativas específicas que establecen los requisitos para la adquisición, registro y porte legal de armas».
- En los últimos años, el Ministerio Público y la Policía Nacional han intensificado los operativos de prevención y persecución del porte ilegal de armas, especialmente en zonas urbanas y carreteras donde se registran mayores incidencias de delitos flagrantes.
- Estos operativos suelen incluir patrullajes, requisas selectivas y controles de vehículos, con el objetivo de reducir la circulación de armas no registradas.
El sistema judicial dominicano contempla medidas de coerción que pueden ser privativas o no privativas de libertad, dependiendo de la gravedad del hecho, los antecedentes del imputado y el riesgo procesal.
Nacionales
Prisión preventiva solicitan para falso odontólogo tras causar graves lesiones en La Vega
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3 horas agoon
julio 3, 2026
Santo Domingo, R.D.-La imposición de prision preventiva como medida de coercion contra un acusado de ejercer la odontología solicitará el Ministerio Público en las próximas horas la imposición contra un hombre acusado de ejercer la odontología sin exequátur en La Vega en un caso de presunto intrusismo profesional que dejó a una paciente con lesiones permanentes en el rostro y daños neurológicos severos.
El imputado, identificado como Franklin José Almánzar Escarramán, de 51 años, habría realizado procedimientos odontológicos de alta complejidad sin la debida autorización legal en el consultorio de su hermano, ubicado en el Centro Médico V Centenario, en la provincia de La Vega.
Su hermano, William Radhamés Almánzar Escarramán, también fue arrestado por su presunta complicidad en los hechos, ambos tras entregarse a las autoridades policiales en cumplimiento de una orden judicial.

De acuerdo con la investigación del Ministerio Público, la víctima acudió el pasado 17 de enero a recibir atención odontológica y fue evaluada en el consultorio de los imputados, donde se le indicó la extracción de cuatro terceros molares mediante un procedimiento quirúrgico.
Según el expediente, durante la intervención, el imputado habría aplicado anestesia y posteriormente realizado maniobras violentas con instrumentos odontológicos, incluyendo golpes en la zona afectada, sin lograr completar la extracción tras varias horas de intento.
La paciente posteriormente presentó dolor intenso, inflamación facial y complicaciones severas, lo que la llevó a buscar atención médica especializada, donde se determinó la existencia de daños permanentes en su salud bucal, incluyendo nervios atrofiados, edema facial, trismo, parestesia mandibular y otras lesiones complejas.
La procuradora de corte de La Vega, Aura Luz García Martínez, explicó que el Ministerio Público procederá a solicitar la medida de coerción garantizando el debido proceso.
“Vamos a presentar la solicitud de medida de coerción ante la autoridad competente, garantizando el debido proceso y los derechos fundamentales de los imputados”, afirmó.
Las autoridades indicaron que el imputado principal ejercía la odontología sin exequátur, según certificación del Ministerio de Salud Pública, lo que constituye una violación a la Ley General de Salud 42-01 y la normativa que regula el ejercicio profesional odontológico.
- El órgano persecutor también sostiene que la actuación de los hermanos Almánzar Escarramán pudo haber tenido consecuencias aún más graves
- Incluso la muerte de la paciente, debido a la naturaleza del procedimiento realizado sin habilitación legal.
El caso ha sido calificado provisionalmente como violación a varios artículos del Código Penal dominicano y de la legislación sanitaria vigente, mientras el tribunal evalúa la solicitud de medida de coerción presentada por el Ministerio Público.
El ejercicio de la odontología y otras profesiones de la salud en la República Dominicana está regulado por un marco legal que exige la obtención de un exequátur y la debida habilitación profesional, con el objetivo de garantizar la seguridad de los pacientes y la calidad de los servicios médicos.
Estas disposiciones forman parte de las políticas sanitarias orientadas a prevenir el intrusismo profesional, una práctica que consiste en ejercer una profesión sin la autorización correspondiente.
