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Diputados aprueban proyecto que modificaría el Código de Trabajo.
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3 semanas agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, R.D.-Fue aprobado en primera lectura en la Cámara de Diputados el proyecto que tiene el objetivo de reformar la Ley 16-92 del Código de Trabajo, el cual contiene diversas variaciones con respecto al documento actual.
Una de las alteraciones está centrada en la licencia por paternidad otorgada a los trabajadores. Para el Gobierno, el nuevo contenido que tendría la regulación laboral representa “un aumento del 100%”, ya que elevaría el periodo de dos a cuatro días.
“Hemos logrado consensos en aumento en un 100% de la licencia por paternidad a cargo de la empresa”, comunicó el 26 de agosto de 2024 el entonces ministro Luis Miguel De Camps, quien dirigió los diálogos realizados con empresarios y sectores sindicales antes de presentar la base del proyecto de ley que en la actualidad conoce el Congreso Nacional.
En las discusiones que han desarrollado durante más de un año, los legisladores habían acordado elevar la cantidad de días a siete, pero, finalmente, se limitaron a respaldar la recomendación enviada por el Poder Ejecutivo.
“Cuatro días laborables de licencia por paternidad con disfrute de salario para el caso de alumbramiento de la esposa o de la pareja debidamente registrada en la empresa”, dicta el nuevo texto que contendría el artículo 54 del documento.
Asimismo, algunos congresistas entendían necesario incluir a los hermanos en la lista de parientes que son considerados cuando el empleado requiera de una licencia por duelo establecida en cuatro días.
Esto significa que únicamente los familiares que aplican para ese caso son los abuelos, padres, hijos o la pareja del asalariado.
Por otro lado, los representantes de la cámara baja aprobaron también la realización de un cambio en la entrega de las propinas a los empleados de hoteles, restaurantes, cafés, barras y bares, “en general en los establecimientos comerciales donde se expande comida o bebida para su consumo en esos mismos lugares”.
Aunque se registraron intentos por parte de algunos senadores y diputados de eliminar ese apartado, la propuesta legislativa mantuvo el 10% de gratificación que debe entregar el empleador, recolectado de un tributo colocado a cuenta pagada por el consumidor. Esta bonificación no incluye al personal que integra el área gerencial y administrativa.
Según establece la pieza, los trabajadores y empleadores de los establecimientos podrán acordar que el repartimiento porcentual de la propina derive de criterios que “tomen en consideración la generación del porcentaje de propina en cada una de las áreas de servicios de los establecimientos, así como la posibilidad de incluir a quienes no asistieron a sus labores ese día”.
Uno de los temas más conflictivos dentro del proceso de debate que ha causado el tema de la reforma laboral es la cesantía, luego de que el sector empresarial haya manifestado en diversas ocasiones la intención que tienen de modificarla, a través de la colocación de un límite.
El proyecto legislativo también agrega una figura antes no contemplada para los procesos judiciales: El juez conciliador.
Este tendría la responsabilidad de proponer soluciones razonables, a través de reflexiones que considere oportunas, para intentar que el empleador y el asalariado logren un acuerdo cuando tengan conflictos reportados ante los juzgados.
Asimismo, los diputados colocaron un tope para establecer una duración máxima de 24 meses para el término de los procesos judiciales.
Momentos después de que la sociedad conociera sobre la aprobación del documento legislativo, alrededor de 80 colectivos comerciales se pronunciaron a través del Consejo Nacional de las Empresas Privadas (Conep) para expresar su rechazo, ya que “aspectos pueden incrementar costos laborales, generar incertidumbre jurídica y dificultad para generar nuevos empleos formales”.
Los diputados aún no han reaccionado a las debilidades, según aseguran los comerciantes, que contiene supuestamente el proyecto de ley.
Nacionales
Exprocurador sostiene que declaraciones de Wilson Camacho debilitan acusación en su contra
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12 horas agoon
junio 10, 2026
Santo Domingo.- Jean Alain Rodriguez, exprocurador general de la República, afirmó este miércoles que las recientes declaraciones del director de Persecución del Ministerio Público, Wilson Camacho, respaldan los cuestionamientos que ha realizado sobre la investigación y la acusación presentada en su contra.
Durante un receso de la audiencia del proceso judicial que enfrenta, Rodríguez respondió a los señalamientos de Camacho sobre una supuesta estrategia de amedrentamiento contra los fiscales vinculados al caso.
Según explicó, al manifestar públicamente que se sintió amedrentado mientras él dirigía la Procuraduría General de la República, Camacho estaría reconociendo una situación que, a juicio del exfuncionario, le impedía participar en una investigación relacionada con su persona.
«Siendo así, él acaba por destruir la acusación, porque un fiscal que se siente amedrentado sencillamente está inhibido o inhabilitado”, sostuvo Rodríguez.
El exprocurador reiteró que desde hace años ha señalado que algunos miembros del Ministerio Público no debieron intervenir en el proceso debido a circunstancias que, según afirma, comprometían su imparcialidad.
- Asimismo, criticó que los fiscales respondieran con señalamientos personales, en lugar de abordar los argumentos planteados en una demanda impulsada por el abogado Carlos Balcácer.
Rodríguez concluyó asegurando que las declaraciones de Camacho constituyen una nueva evidencia de las presuntas irregularidades que, según sostiene, afectan el expediente judicial en su contra.
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Por intento de homicidio y estafa Ministerio Público pedirá prisión para “Mantequilla”.
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12 horas agoon
junio 10, 2026
Santo Domingo, RD. – Wilkin Garcia Peguero< «Mantequilla», tendrá que afrontar qie el Ministerio Público solicitr en su contra prisión preventiva como medida de coerción al imputarlo de asociación de malhechores, tentativa de homicidio agravada, agresión física y estafa en perjuicio del joven Yeison Mata Albuey.
El imputado se encuentra bajo custodia en la Fiscalía de Monte Plata para ser interrogado, y luego ser sometido a la justicia por los hechos que se le atribuyen. García Peguero fue arrestado mediante una orden emitida por un juez de la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción de Monte Plata, mientras se desplazaba como pasajero en una motocicleta por el sector Arroyo Hondo Viejo, en el Distrito Nacional.
El órgano acusador trabaja en la instrumentación de la solicitud de medida de coerción contra García Peguero, la cual será depositada ante la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Monte Plata dentro del plazo de 48 horas establecido por el Código Procesal Penal. Dicho plazo vence antes de las 10:00 de la noche de este jueves.
Tras su arresto, García Peguero (Mantequilla)imputado fue trasladado al Centro de Atención y Privación de Libertad de Ciudad Nueva.
La operación fue ejecutada por miembros de la Unidad de Captura de Prófugos, Rebeldes y Condenados (Ucaprec), bajo la dirección de la fiscal Andry De Los Santos, en coordinación con el Departamento Operativo II de la Unidad Central de Búsqueda y Captura de Prófugos, Rebeldes y Condenados de la Policía Nacional.
Cabe recordar que Wilkin García Peguero, conocido como “Mantequilla”, cumplió una condena de dos años de prisión luego de que los jueces del Tribunal Colegiado de Monte Plata lo declararan culpable de abuso de confianza en perjuicio de varias personas del municipio Sabana Grande de Boyá. La sentencia fue emitida el 22 de marzo de 2024.
En ese proceso, el Ministerio Público sometió a García Peguero a la justicia tras recibir más de 25 querellas por presunta estafa, además de diez denuncias que posteriormente fueron convertidas en querellas para integrarse al expediente judicial.
Según la acusación, García Peguero captó millones de pesos a través de una empresa no regulada denominada 3.14 Inversiones World Wide, que operaba desde un local comercial y una residencia ubicados en el municipio Sabana Grande de Boyá, provincia Monte Plata.
El caso de “Mantequilla” ha generado gran atención pública debido a las múltiples denuncias relacionadas con presuntas estafas financieras y ahora por las nuevas acusaciones de intento de homicidio, agresión física y asociación de malhechores en perjuicio de joven Yeison Mata Albuey.
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Tribunales disciplinarios son eliminados de Ley del Colegio de Abogados.
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12 horas agoon
junio 10, 2026
Santo Domigo, R.D.-La Ley 3-19 que crea el Colegio Dominicano de Abogados de la República Dominicana incorrectamente tenia la existencia simultánea de tribunales disciplinarios nacionales y distritales, lo que en opinión del Tribunal Constitucional genera incertidumbre sobre cuál era el juez para procesar a los abogados acusados de cometer irregularidades,
Mediante la Sentencia TC/0331/26, la alta corte acogió parcialmente una acción directa de inconstitucionalidad presentada por el Movimiento para el Rescate del CARD (Moreca) y anuló los artículos 56 y 58 de la legislación, que creaban tribunales disciplinarios en los distintos distritos judiciales del país.
La decisión deja como único órgano disciplinario al Tribunal Disciplinario de Honor, con sede en el Distrito Nacional, y ordena al Congreso Nacional adecuar la legislación para corregir las deficiencias detectadas en el régimen disciplinario del gremio.
El TC determinó que la ley creó dos estructuras con competencias prácticamente idénticas para conocer denuncias disciplinarias contra abogados en primera instancia: el Tribunal Disciplinario de Honor y los tribunales disciplinarios distritales.
Según la sentencia, esa coexistencia impedía identificar con claridad cuál era el órgano competente para conocer cada caso, vulnerando principios constitucionales como la seguridad jurídica, el debido proceso y la garantía del juez natural.
Para llegar a esa conclusión, la alta corte aplicó el denominado «test de razonabilidad» y reconoció que el objetivo del legislador —acercar la justicia disciplinaria a los distintos territorios del país— era legítimo. Sin embargo, consideró que el mecanismo escogido resultó irrazonable y desproporcionado porque generó un sistema paralelo de tribunales con funciones superpuestas.
El tribunal advirtió que esa estructura también podía producir desigualdades procesales. Mientras un abogado sometido ante un tribunal distrital disponía de una vía recursiva adicional ante el Tribunal Disciplinario de Honor, quienes eran procesados directamente por este último no contaban con el mismo esquema de revisión, creando diferencias injustificadas entre profesionales sometidos a procedimientos similares.
La sentencia también rechazó uno de los principales argumentos de Moreca, que sostenía que los abogados no debían ser juzgados disciplinariamente por otros miembros del gremio.
En consecuencia, la alta corte validó la permanencia del Tribunal Disciplinario de Honor como órgano competente para ejercer el control ético y disciplinario de los profesionales del derecho.
Aunque la decisión elimina hacia el futuro los tribunales disciplinarios distritales, el TC dispuso que los expedientes que actualmente se encuentran en trámite ante esas instancias podrán continuar hasta su conclusión para evitar afectar procesos ya iniciados.
