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Análisis Noticiosos

El peligroso costo de imponer la reforma

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Por Juan Bolívar Díaz

El gobierno aborta el pretendido pacto fiscal, fundamento de le Estrategia Nacional de Desarrollo, y termina su luna de miel con la sociedad al negarse a confrontar a fondo la malversación y el clientelismo

La firme posición de los sectores integrados en el Consejo Económico y Social (CES) de no discutir nuevos impuestos sin que antes se pactara una profunda revisión de la totalidad del gasto y la malversación de los recursos públicos y de la calidad de la inversión no constituyó sorpresa. La sociedad está indignada y exige rectificaciones.

Lo que sí sorprendió fue la celeridad con que el Gobierno rompió las conversaciones con los sectores sociales y su disposición a jugársela imponiendo un nuevo parche fiscal, sin transar más allá de una reducción del 14 por ciento en el paquete impositivo enviado al Congreso Nacional.

Una resistencia avisada.  Durante los últimos años, con mayor énfasis en la campaña electoral, y tras los comicios de mayo, los más diversos sectores sociales, relevantemente el empresarial y las organizaciones sociales comprometidas en la promoción del desarrollo y la pulcritud democrática, advirtieron sistemáticamente que no aceptarían nuevos parches tributarios en aras del dispendio, la corrupción, el clientelismo.

El reclamo de un pacto fiscal que incluyera una revisión del gasto y la exigencia de prioridades para el desarrollo y la competitividad aparecieron en todos los escenarios de concertación política y social y llegaron a la Constitución del 2010 y a la Estrategia Nacional de Desarrollo (END) discutida durante años y promulgada en enero pasado.

El Informe de la Comisión Internacional encabezada por Jacques Attalí por encargo del gobierno del doctor Leonel Fernández diagnosticó en noviembre del 2010, la distancia entre los poderes públicos y la sociedad y especificó como primera de siete grandes iniciativas la adopción de disposiciones “para devolver la confianza en las instituciones”, como requisito para lograr un pacto fiscal.

Desde la campaña electoral y en su discurso de juramentación, el presidente Danilo Medina se abanderó con los tres pactos fundamentales proclamados en la END comenzando con el fiscal. De inmediato anunció que convocaba al CES para buscarlo y este organismo, integrado por representantes de los sectores empresarial, sindical y social, no tuvo dificultad en consensuar  nueve “Principios Orientadores del Pacto Fiscal, resumidos en este espacio el 2 de septiembre.

Una y otra vez los dirigentes sociales insistieron en que esta vez no se dejarían engañar ni dividir de los políticos, como había ocurrido en seis reformas tributarias de la última década, que no aceptarían mayores gravámenes sin un pacto integral que  rectifique la calidad del gasto y de la inversión, en orden al desarrollo humano y productivo, con participación y contraloría social, con sostenibilidad fiscal y que supere la discrecionalidad, el despilfarro y la malversación.

 Rechazo a otro parche.  Cuando el 3 de octubre el Gobierno presentó al CES su proyecto para recaudar en el 2013 más de 55 mil millones de pesos adicionales, el mismo ministro de Economía advirtió que no encontraron forma de reducir significativamente el gasto “sin echar más leña al fuego”, sellándolo como estrictamente tributario, provocando rechazo general de los sectores sociales, la dispersa oposición y de los medios de comunicación.

En conocimiento de que el abuso inconstitucional e ilegal y la politiquería más descaradas habían llevado el déficit presupuestario de este año a un 8 por ciento del producto bruto, entre 183 mil y 187 mil millones de pesos y en medio de innumerables escándalos de liquidaciones y pensiones desorbitadas de altos funcionarios, los principios consensuados en el CES tomaron más fuerza.

De ahí el rechazo formal al paquete impositivo y la reiteración de la discusión de “un pacto fiscal integral como lo dispone el artículo 36 de la ley 1-12” (END). El CES con la asesoría de un amplio equipo de economistas y expertos fiscales planteó un “presupuesto de transición” para el 2013, pero no a partir del desorbitado de este año,  sino del año pasado, que “representa un 23 por ciento de incremento del gasto ejecutado en el 2011 sin la necesidad inmediata de establecer nuevos gravámenes”. Sería de 410 mil millones de pesos sin incluir las aplicaciones financieras. (Comunicado íntegro en HOY, 26 de octubre, página 3-A).

El planteamiento reclamaba al Gobierno identificar y cuantificar la reducción del gasto por vía de la corrupción, de la malversación, de los altos sueldos y pensiones, de la eliminación de organismos inoperantes reductos de clientelas políticas, de la fusión de otros de similares funciones, de revisión de onerosos contratos mineros y eléctricos, del achicamiento de la escandalosa nómina de vicecónsules y diplomáticos, de consejos directivos, de barrilitos y cofrecitos de repartos, no sólo del Congreso sino también de los ayuntamientos e innumerables instituciones estatales. Nada nuevo, lo que se venía reclamando por años, lo que el informe Attalí consignó como condición para el pacto fiscal: restaurar la confianza de la sociedad.

Lo que siempre se ha hecho.  Cuando se esperaba una contraoferta del Gobierno, asumiéndose que su propuesta original podría ser objeto de negociación, sus representantes precipitaron el rompimiento, apenas dos semanas después de iniciada la consulta y con más de dos meses para el nuevo año. El ministro de Economía Temístocles Montás había dicho el 14 de octubre que el presupuesto del 2013 estaría entre 430 y 350 mil millones de pesos por lo que la diferencia con la propuesta del CES oscilaba de 20 a 40 mil millones. Se rechazó la transacción que a la mitad hubiese conllevado entre ingresos y reducción de gastos de 10 a 20 mil millones de pesos.

El problema de fondo es que como dijo Montás al presentar el plan original “las finanzas públicas se hacen insostenibles con esos niveles del déficit” y ahora se depende más que nunca de un acuerdo con el Fondo Monetario Internacional que reclama un saneamiento radical. La alternativa para el equilibrio sería cortar a fondo el clientelismo y la malversación, pero el sistema político no luce aún en capacidad para emprenderlo.

Contradiciendo el discurso y el compromiso del presidente Medina, su Gobierno optó por lo que siempre se ha hecho: pedirle a la población que siga financiando el dispendio, porque no es posible apretar los cinturones de los políticos. El decreto de austeridad del 22 de agosto fue un buen comienzo, pero no rebasa los de austeridad de Leonel Fernández, incluyendo la ley del 2007, que nunca se cumplieron, por lo que queda todavía en veremos.

Es obvio que la desconfianza de la población es muy grande, y está más que diagnosticada y justificada. El Gobierno perdió la oportunidad de “hacer lo que nunca se ha hecho”, cambió su propósito original y volvió a optar por el parche, desconociendo el mandato constitucional y la ley de END que crean el escenario del CES. Previamente ya habían comenzado a descalificar el organismo y un dirigente oficialista llegó al extremo de definirlo como “mezcla de macos y cacatas”.

Un camino muy costoso.  El proyecto sometido al Congreso implica una reducción del paquete tributario original de 7 mil 717 millones de pesos, equivalentes al 14 por ciento, al pasar de 55 mil 14 millones a 47 mil 297. Pero sigue siendo gravoso para todos los sectores sociales, en mayor o menor medida y en vez de promover productividad y competitividad, en lo inmediato implicaría serias dificultades, no sólo para los grandes intereses empresariales como vende la política, sino hasta para pequeñas y micros empresas. Por ejemplo, el cobro de 12 mil pesos anuales, ajustables a la inflación, a los detallistas de mercancías “que no tributen en el régimen ordinario”.

Parece obvio que se impuso la línea política leonelista que niega toda reducción de gasto y se sustenta en un clientelismo exacerbado y compra de conciencia arriba, en el medio y debajo de la sociedad, (se sacan dos pesos de cada galón de combustibles para los transportistas) y apela al pragmatismo político salvaje de simplemente utilizar el poder. Fernández no tuvo empacho en reunirse esta semana con sus senadores para que venzan escrúpulos y aprueben el paquete derivado de su descomunal déficit fiscal.  La decisión de imponer la reforma en un Congreso bajo su control y a cualquier precio, es alentada por la división del principal partido de oposición que Fernández ha  financiado y sostenido y el gobierno de Danilo Medina será cada vez más dependiente del camino viejo que prometió corregir. Rompe prematuramente su luna de miel con la población y se expone a graves problemas de gobernabilidad y hasta de legitimidad, sobre todo si aprueban la reforma sin las dos terceras partes de los votos, que no los tienen en la Cámara de Diputados. Ya el pragmático secretario general del PLD y presidente del Senado, Reinaldo Pared, ha negado que sea una ley orgánica, aunque el experto constitucionalista Cristóbal Gómez y el diputado Hugo Tolentino han recordado que el artículo 112 de la Constitución incluye en esa categoría “el régimen económico financiero; el presupuesto, planificación e inversión pública”.

Todavía en el Congreso tendrán que hacer concesiones, sobre todo si sirven para dividir a sectores empresariales y sindicales, pero parece que se impuso la decisión de marchar solos contra vientos y mareas sin importar lo que piense el resto de la sociedad, confiados en que vencerán las resistencias. Conlleva el riesgo de generar nuevos protagonismos y liderazgos sociales que sustituyan el desgaste de la oposición política y un estado de insubordinación que anule o reduzca lo que se pretende recaudar y derive en mayores confrontaciones. Los políticos no advierten el estado exacerbado de indignación y disposición a la resistencia que se refleja en todos los ambientes y en los medios de comunicación y las redes sociales.

Artículo original publicado en el periódico HOY.

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Análisis Noticiosos

La jurisdicción contenciosa administrativa, una caricatura del sistema de justicia.

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Por José Cabral.

En una sociedad como la dominicana, donde los antivalores aparecen en todos los escenarios, fruto de una herencia histórico- cultural fundamentada en el caudillismo, el machismo, el patriarcado, el amiguismo, entre otras distorsiones, es lo que explica que el país haya caído en dictaduras férreas como las de Pedro Santana, Ulises Heureaux (Lilí y la de Rafael Leónidas Trujillo Molina.

Esta vocación dictatorial todavía perdura en muchos dominicanos, ya que, aunque se salió de esos gobiernos violadores de derechos humanos fundamentales, pero aún perdura la tendencia en el país, máxime cuando una persona adquiere cierta autooridad a través de la administración pública, la inclinación por las arbitrariedades que provienen del poder.

Entonces, a partir de esa premisa se puede decir que la jurisdicción contenciosa administrativa juega un papel de primer orden en el sistema de justicia nacional, porque tiene la sagrada misión de juzgar a la administración frente a los abusos que se cometen en contra del administrado.

Los avances en esta rama del derecho que se observan en los textos de las leyes 13-07 y 107-13, las cuales son una continuación de lo que consignan los artículos 164 y 167 de la Constitución de la Republica, no parecen que jueguen su papel en el marco del proceso de constitucionalización del derecho que se produce en el país desde el año 2010.

La jurisdicción contenciosa administrativa parece que se ha quedado estacionaria en lo que disponía la Ley 1494 de que a través de ella la administración se juzgaba a sí misma, mediante la llamada justicia tenida, ya que sus sentencias son una especie de bochorno y evitan que el ciudadano pueda recurrir en contra de la conducta abusiva del funcionario público.

Las sentencias de los jueces de la jurisdicción contenciosa administrativa son la principal frustración y negación del proceso de constitucionalización del derecho, cuyas ponderaciones dejan mucho que desear y son decepcionantes para que el administrado logre sobreponerse a los atropellos de la administración que ya no encajan en el contexto del neo-constitucionalismo.

Naturalmente, hay que decir que el fenómeno no es exclusivo de la jurisdicción contenciosa administrativa, sino de todo el sistema de justicia, en el que se observa que se producen graves violaciones a la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, así como de principios como el de celeridad procesal, el plazo razonable que devienen en justicia tardía, que no es otra cosa que denegación de justicia.

Todo este cuadro dice claramente que en el país todavía no se ha superado la denominada constitución de fachada, es decir, que la misma es muy bonita en el papel, pero que la práctica es una negación de ella, lo cual deja muy mal parada a la democracia nacional.

Sin embargo, hay que ratificar que lo que se observa en la jurisdicción contenciosa administrativa llena de vergüenza a los que de alguna manera abogan por una mejor administración de justicia, cuyas principales decisiones casi siempre terminan en nulidad mediante los recursos de revisión en esta materia elevados ante el Tribunal Constitucional (TC)

Lo interesante de las debilidades que se observan en todo el sistema de justicia es que en los discursos de los que lo representan, como el presidente de la Suprema Corte de Justicia, el país camina tan bien en esta materia que habría que compararlo con las naciones donde el estado de derecho tiene un real y contundente empoderamiento.

¿Percepción o realidad?

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Análisis Noticiosos

Una Constitución de fachada.

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Por José Cabral

En la República Dominicana se estila hablar de que en el país se ha avanzado en lo referente al Estado Social Democrático de Derecho, lo cual sólo existe en la cabeza de los que se la pasan proyectando una percepción que nada tiene que ver con la realidad.

Puede decirse que el proceso de constitucionalización del derecho se produce en el papel, pero no en la realidad, lo que crea una serie de incertidumbres en la sociedad.

La jurisdicción contenciosa administrativa es una que no hay forma de que tenga un desempeño en función de una buena administración de justicia, porque si el funcionario público incurre en graves violaciones de los derechos fundamentales, peor pasa con los jueces de la misma, quienes no hay forma de que demuestren que se manejan en función del impacto de los valores y principios constitucionales en sus decisiones, lo cual es definitivamente una negación de los supuestos avances en esta materia.

Las sentencias de la jurisdicción contenciosa administrativa son una especie de caja de resonancia de los pedidos en sus conclusiones de la  Procuraduría General Administrativa, cuyos contrasentidos jurídicos son el pan de cada día en las audiencias de sus diferentes salas, lo que impacta negativamente al ciudadano.

Por el momento quiero reproducir una carta enviada al presidente del Tribunal Superior Administrativa ante una decisión tomada en virtud de la solicitud de una medida cautelar frente a los abusos que comete la empresa Distribuidora del Norte (EDENORTE) en contra de los usuarios.

Sin embargo, la falta de razonabilidad y racionalidad de los jueces del Tribunal Superior Administrativo (TSA), principalmente de su presidente, causa más indignación que los atropellos que comete el órgano del Estado que maneja la referida empresa.

A continuación reproduzco la carta enviada al presidente del TSA a propósito de su sentencia mediante la cual niega una medida cautelar, cuyo razonamiento, aparte de ridículo, revela hasta donde en el país se cuenta con una Constitución de fachada, cuyo respeto a los derechos fundamentales sólo existe en el texto, pero no en la realidad.

Señor

Magistrado Diomedes Y. Villalona G.

Presidente del Tribunal Superior Administrativo

Magistrado Villalona:

La presente es para dejar sentada mi indignación por la reiteración de decisiones que dejan muy mal parada a la jurisdicción contenciosa administrativa en la República Dominicana, cuyo desempeño deja mucho que desear, a pesar de que se enarbola que su base de sustentación es el nuevo constitucionalismo que se rige por valores y principios.

El mejor ejemplo de que la jurisdicción contenciosa administrativa se maneja con un nivel de razonabilidad y de racionalidad que no supera lo que ocurre en los juzgados de paz o tribunales inferiores, donde las decisiones son generalmente muy superficiales y carentes de una aceptable ponderación, es la sentencia emitida y que genera la presente comunicación.

La última joya del presidente del Tribunal Superior Administrativo ante los abusos cometidos por la Distribuidora de Electricidad del Norte (EDENORTE), la cual ha incurrido en una serie de atropellos que revelan que los derechos de los consumidores y de los administrados están en manos de juzgadores que sólo sirven como caja de resonancia de los funcionarios públicos que actúan al margen de la Ley 13-07 y de la 107-13, así como de la 1494, ya que su misión no parece ser otra que imponer una carga procesal y económica que se agrava cuando  finalmente se emite un fallo carente de toda lógica jurídica en detrimento del impetrante y en favor del impetrado..

En este sentido, he querido dejar sentado mi rechazo al comportamiento y el daño que genera esta jurisdicción contenciosa administrativa en detrimento de un buen derecho, de una buena administración de justicia, que deteriora la  imagen del sistema de justicia en la República Dominicana, dado que en el fallo se establece qué tan grande es su falta de razonabilidad al negar una medida cautelar en virtud de un corte del servicio de electricidad que lleva varios meses bajo el argumento de que no se aportaron pruebas de que el recurrente no tiene el referido servicio, pese a que  la propia ley ofrece la respuesta al respecto.

Cómo se puede entender semejante decisión, ya que es un contrasentido que el recurrente diga que se le cortó arbitrariamente el servicio de energía eléctrica y que mediante la medida cautelar solicite la reconexión del mismo, pero que, en un choque con cualquier razonamiento lógico, máxime cuando la parte recurrida no ha invocado lo contrario de lo alegado por el cliente, el tribunal niegue el pedido sustentándose en que no se aportaron las pruebas al respecto, sobre todo cuando el órgano se niega a entregar documentos que comprometan su irresponsabilidad e ilegalidad.

La realidad es que ese desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa es una vergüenza ante el proclamado empoderamiento del neoconstitucionalismo, que se basa en la aplicación de valores y principios que van de las manos con los derechos humanos fundamentales.

La decisión tomada en torno a la medida cautelar es una especie de anuncio anticipado de que el recurso que tiene que ver con el fondo también será fallado en contra, en razón de que, como digo más arriba, la decisión tomada deja muy claro que las acciones de cualquier administrado es un esfuerzo perdido por los criterios con que se maneja la jurisdicción contenciosa administrativa en el país, convirtiéndose en una vergüenza para el derecho comparado, interamericano e internacional.

El mejor consejo para cualquier administrado abusado por la administración es desistir de buscar justicia en la jurisdicción contenciosa administrativa por representar una vergüenza para el sistema de justicia nacional, ya que como lo dije más arriba sus decisiones están determinadas por los contrasentidos jurídicos que invoca generalmente la Procuraduría General Administrativa, cuyos procesos para lo único que sirven es para aumentar la carga procesal y costos económicos en desfavor del  ciudadano a través de notificaciones arbitrarias y abusivas.

Este desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa, la cual todavía está estacionaria en la llamada justicia retenida, mediante la cual la administración se juzga a sí misma y cuyos jueces eran designados por el Poder Ejecutivo, igual que el que preside la Procuraduría General Administrativa, llena de vergüenza a cualquier buen dominicano, dado que  se supone que el Tribunal Superior Administrativa está bajo el control y la tutela de la Suprema Corte de Justicia en virtud del mandato de la Ley 13-07.

Evidentemente que la decisión de negar la medida cautelar tiene el propósito de condenar al fracaso la demanda principal en razón de que impone que el recurrente tenga que negociar con EDENORTE para restablecer el servicio y de ese modo disponer la inadmisibilidad de la misma por existir un acuerdo que deja sin sentido el pedido principal de la parte recurrente que, entre otras cosas, busca una indemnización por los daños morales y materiales causados.

No está de más recordar que el artículo 22 de la Ley 107-13 sobre Derechos de las Personas ante la Administración y el derecho a la defensa establece que la administración debe probar sus alegatos. El procedimiento sancionador obliga a la administración a sustentar la validez de sus actos y pruebas, además que existe la carga de la prueba que en los procedimientos sancionadores la administración pública tiene la obligación de probar los hechos que fundamentan sus decisiones contra un ciudadano en función del principio de legalidad, ya que el funcionario público está limitado por las normas de procedimiento y la Constitución, no pudiendo actuar sin sustento probatorio, ya que la presunción de validez no es absoluta.  Otro principio violado por la jurisdicción contenciosa administrativa es el de celeridad, consignado en el artículo 19 de la Ley 107-13, en cuya virtud las actuaciones administrativas se realizarán optimizando el uso del tiempo, resolviendo los procedimientos en plazo razonable que, en todo caso, no podrá superar los dos meses a contar desde la presentación de la solicitud en el órgano correspondiente, salvo que la legislación sectorial indique un plazo mayor. En especial, las autoridades impulsarán oficiosamente los procedimientos e incentivarán el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones a los efectos de que los procedimientos se tramiten con diligencia y sin dilaciones injustificadas, de manera escrita o a través de técnicas y medios electrónicos.  La medida cautelar solicitada por el impetrante  fue fallada en contra de lo que dispone al articulo 7 de la Ley 13-07, Orgánica del Tribunal Superior Administrativo, la cual se conoció el 16 de diciembre y fue fallada el 22 de enero, pese a que se habla de cinco días después  de la celebrada la audiencia en la que las partes plantean sus conclusiones, principalmente cuando hay una afectación mayor, porque el recurrente no tiene servicio de energía eléctrica y que en consecuencia todas las labores comerciales y empresariales están paralizadas y la reactivación está determinada por el fallo de la misma.

Este es un ejemplo de que en el país existe una Constitución de fachada que niega los supuestos avances y fortalecimiento del Estado Social Democrático de Derecho, lo cual es una explicación de que República Dominicana es una sociedad que vive más de la percepción que de la realidad.

Sin otro particular,

José Antonio Cabral Salcedo.

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Análisis Noticiosos

Santo Domingo está entre los destinos para viajar en 2026, según la BBC de Londres

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Santo Domingo figura entre los destinos recomendados para viajar en el año 2026, de acuerdo con una selección especial de BBC Travel, que destaca destinos mundiales con capacidad para  de ofrecer experiencias mientras promueven el turismo sostenible y la preservación del patrimonio cultural.

La capital dominicana aparece en una lista que incluye 11 destinos internacionales, cinco de ellos ubicados en América Latina, elegidos a partir de recomendaciones de periodistas de la BBC, expertos en viajes y autoridades globales en turismo responsable.

El criterio central fue identificar lugares que reciben al visitante con entusiasmo y donde el impacto del turismo sea positivo y duradero.

Según la BBC2026 será un año clave para Santo Domingo, ya que la ciudad albergará los Juegos Centroamericanos y del Caribe, del 24 de julio al 8 de agosto, en el marco del centenario de la competencia. Este evento reunirá a atletas de 37 países y ha impulsado una serie de mejoras urbanas y deportivas en la capital.

Asimismo, el Centro Olímpico Juan Pablo Duarte fue modernizado, incorporando infraestructura inclusiva como senderos de pavimentación táctil para personas con discapacidad visual.

La BBC subraya que Santo Domingo ofrece mucho más que historia. La ciudad es el epicentro del merengue y la bachata, ritmos que marcan el pulso de celebraciones como el Carnaval de febrero y el Festival del Merengue.

En 2026, además, regresan grandes citas musicales como el Isle of Light, en marzo, y el Presidente Festival, que vuelve tras una pausa de una década como uno de los eventos musicales más emblemáticos de América Latina.

Puerta al ecoturismo del Caribe

BBC Travel también resalta la conexión de Santo Domingo con Samaná, conocida por sus calas, selvas tropicales y aguas turquesas. El hotel Ocama, por ejemplo, ofrece traslados en helicóptero desde la capital hacia esta región, facilitando el acceso a uno de los destinos naturales más atractivos del país.

Otros destinos citados por la BBC, según el orden alfabético

  •   Abu DhabiEmiratos Árabes Unidos
  •   Costa de OregónEstados Unidos
  •   Costa Rica
  •   GuimarãesPortugal
  •   Islas HébridasEscocia
  •   IshikawaJapón
  •   LoretoBaja California SurMéxico
  •   Montenegro
  •   Uruguay
  •  Valle de ColchaguaChile

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