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Análisis Noticiosos

El PLD va a su congreso sin claro liderazgo y acosado por la fuerte atracción de Leonel

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Por Juan Bolívar Díaz

La incertidumbre es el signo del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) que enfrentaría por primera vez un congreso renovador de sus dirigentes sin un líder que lo unifique, y sin haber hecho una catarsis sobre su desguañangue en un ejercicio gubernamental que llegó a controlar casi absolutamente el Estado y gran parte de los organismos sociales.

El ahora principal partido de oposición está amenazado por el polo de atracción que representa su exlíder Leonel Fernández, mientras se teme que pasen factura los dirigentes relegados por el expresidente Danilo Medina cuando impuso la candidatura presidencial de Gonzalo Castillo, quien no pudo levantar vuelo ni para competir por el liderazgo del partido.

El desafío de su Congreso

La reunión del Comité Político del PLD del pasado domingo ratificó la convocatoria de su IX Congreso con el propósito de renovar sus dirigentes, tanto del Comité Ejecutivo Nacional como del Comité Político y los organismos intermedios, anquilosados durante los últimos 16 años que estuvo en el gobierno, con un poder tan absoluto que para muchos era insuperable hasta las aplastantes derrotas tanto en las elecciones municipales de marzo como en las presidenciales de julio.

El desafío no es poco para una organización que durante casi dos décadas mantuvo los mismos dirigentes nacionales, incluyendo presidente y secretario general, y que apenas realizó ampliaciones de la matrícula de sus organismos superiores, constituido en refugio de una casta de dirigentes que se llegaron a sentir por encima de la sociedad y proclamaban que el poder era para utilizarlo, que no se cedía y que se imponía por encima de todo.

La otrora maquinaria disciplinada por el genio del profesor Juan Bosch devino en una corporación con dirigencia inamovible y la ambición de poder terminó por dividirla profundamente, con la partida en octubre, tras una traumática convención electiva, de Leonel Fernández, quien encarnó el mayor liderazgo tras el final del fundador, y que condujo a los peledeístas al disfrute del poder durante sus primeros tres períodos de gobierno.

El congreso que está programado para iniciarse con el próximo mes de octubre y culminar con el año, enfrenta el desafío de la renovación, sin el liderazgo y el arbitraje que encarnó Bosch y sin la fuerza de moderación que se derivaba del poder ejercido por tres períodos presidenciales de Leonel y los últimos dos de Danilo Medina, en virtud de la “repartición de los cobrecitos” y un presidencialismo cada vez más pronunciado, pero que no pudo evitar la división.
¿Podrá Danilo sobrevivir?

La primera interrogante sobre el próximo congreso peledeísta gira en torno a si el expresidente Medina podrá retener el poder que ejerció casi omnímodamente en la organización durante sus ocho años de gobierno, tras sus fracasos políticos del último cuatrienio, al intentar una segunda reelección consecutiva, al haber impuesto un candidato presidencial sacado del bolsillo a costa de la división del partido y por el fracaso en las elecciones generales, tras asumir que él las ganaría, aún sin ser candidato.

El principal hándicap de Medina es que ha quedado con una prohibición constitucional de volver a ser candidato presidencial, tras agotar los dos períodos de orden constitucional, y no se vislumbra posibilidad de que pueda cambiarlo para el próximo torneo electoral, dado que necesitaría dos terceras partes del actual Congreso Nacional.

Medina es un gran trabajador de la política, armador de juegos, pero carece del carisma necesario para entusiasmar a sus partidarios. Su liderazgo de los últimos años estaba fundamentado en el poder del Presidente de la República, repartidor de favores que llevó a extremos el clientelismo y la corrupción de sus partidarios, perfeccionando los mecanismos de cooptación del liderazgo social iniciado en los períodos de su antecesor Fernández.

El infortunio de Medina fue tan grande que su delfín Gonzalo Castillo, fue incapaz de levantar vuelo para ser una real opción presidencial, pero ni siquiera para quedar con posibilidad de disputar ahora el liderazgo del PLD, pues ha quedado con más enemigos dentro del partido, donde lo consideran un impostor, que en el resto de la sociedad, donde se le percibe con piedad, al considerarse que “fue un invento de Danilo”. .

Necesidad de una catarsis
Para cualquier analista es obvio que el PLD necesitaría una profunda catarsis primero para regenerarse internamente y escoger nuevo liderazgo, dejando atrás una legión de momias políticas, y segundo para recuperar crédito ante la sociedad. Ninguna de las dos resultarán fáciles después que durante años fue aniquilada toda criticidad y dependerá en gran medida de la capacidad de las nuevas autoridades para documentar y sancionar la enorme corrupción denunciada.

Podría ser contraproducente el desafío del presidente del PLD, Temístocles Montás, para que las nuevas autoridades procesen sus denuncias de corrupción, por lo que ya el líder de Alianza País, Guillermo Moreno, le recordó que él fue el único de los vinculados a los sobornos de Odebrecht que admitió, y por escrito, que había recibido financiamiento del agente de la constructora brasileña, Angel Rondón, para tres campañas electorales.

El desafío o la arrogancia son contraproducentes cuando hay tantos escándalos que pueden ser fácilmente documentados, por ejemplo el que ya fue tramitado el jueves al Ministerio Público, de los 11 mil 500 millones de pesos en contratos para comprar asfalto repartidos nada menos que por Gonzalo Castillo, meses antes de asumir la candidatura presidencial peledeísta.

Más imprudente porque la periodista Alicia Ortega pudo documentar que violó la ley de Compras y Contrataciones, y José Rijo que se saltó la ley de presupuesto gastando diez veces lo establecido, y porque no resulta difícil rastrear los beneficiarios para encontrar vinculados.

Tampoco será difícil demandar a Odebrecht que identifique los 28 seudónimos de los que, según documentó el consorcio internacional de periodistas de investigación, recibieron sobornos por 39 millones de dólares para la contratación de las plantas de Punta Catalina y otras obras del gobierno de Medina. La transnacional está obligada a identificarlos, por el acuerdo de lenidad de que fue beneficiaria. Y hay muchos casos más que originarían procesos judiciales con bastante fundamento.

Las nueva autoridades no deberán inventar persecuciones ni apresurarse para caer en el vacío, pero están compelidas por la inmensa y sostenida demanda nacional, en gran medida generadora del cambio político de este año, de sanción a los que colocaron al país entre los líderes mundiales en corrupción y malversación, con decenas de denuncias públicas y según informes tan autorizados como los del Indice de Competitividad Global del Foro Económico Mundial y los de Transparencia Internacional.

El polo de Leonel Fernández
El futuro del PLD está signado por el polo de atracción que representa en sus militantes medios y de bases el expresidente Fernández, que los llevó al poder por los primeros tres períodos y los prolongó por otros dos al imponer en el 2012 a Danilo Medina utilizando todo el poder del Estado, con un déficit fiscal de todo el Estado ese año del 8%, y más de 150 mil millones de pesos solo del gobierno central.

Leonel con su nuevo partido Fuerza del Pueblo (FP) sigue atrayendo dirigentes medios y de las bases del PLD, y casi todas las semanas recibe desertores, en la última juramentó a 20 presidentes de comité intermedios capitalinos, y al recuperar dos de los senadores del PLD electos, desplazó a este como segunda fuerza senatorial.

Con la ventaja de que no tiene impedimento para optar por la candidatura presidencial en el 2024 y podría incubar una posibilidad de relevar al debutante Partido Revolucionario Moderno.

El líder de la FP tiene otra ventaja: que aunque fue impulsor de la degeneración del peledeísmo histórico, que Temístocles Montás documentó el 19 de enero del 2019 en crisis orgánica, moral e ideológica, quedó superado por los escándalos de la gestión de Danilo Medina, ahora primera opción para pagar las desproporciones del poder y sancionar la corrupción. Hasta tácticamente habría que concentrarse en los últimos dos períodos.

Varias facturas pendientes
Danilo Medina tiene varias facturas pendientes de quienes dentro de su partido se sintieron “traicionados” o por lo menos relegados en la carrera por la candidatura presidencial, a quienes había incentivado a buscarla sobre la base de que él no aspiraría a un tercer período consecutivo.

Varios de ellos corrieron durante par de años con las riendas tensas, dándose cuenta del doble juego del mandatario, que siguió pretendiendo continuar.

Pero fue peor cuando en julio del 2019 a Medina se le cerraron las posibilidades de la segunda reforma constitucional y entonces se sacó de la manga la precandidatura de Gonzalo Castillo, y la impuso por encima de los que llevaban años persiguiéndola, para lo cual utilizó todo el poder del Estado, nombrando promotores a los ministros y altos funcionarios y forzando el retiro de varios aspirantes con viejos méritos partidistas.

Luego selló la división del PLD y su salida del poder, al extender la votación por varias horas, cuando los cómputos de la elección primaria otorgaban la candidatura presidencial al expresidente Fernández.

Por lo menos el secretario general Reinaldo Pared Pérez, con influyentes hermanos, y otros dos precandidatos, Carlos Amarante Baret, y Manuel Crespo expresaron públicamente su indignación por el abuso del Estado en la campaña interna. Pared dejó por escrito que “se han violado todas las normas de equidad y justicia”.

Amarante: “se ha generado una desigualdad que no estoy dispuesto a tolerar”. Otro de los influyentes, Temístocles Montás, que con Leonel y Danilo constituía una trilogía de herederos de Bosch, se conformó con que le dieran la presidencia del PLD, mientras Francisco Domínguez Brito guardaba discreto silencio.

Ninguno de ellos puso entusiasmo por la candidatura de Gonzalo y se cree que no apostarán por el liderazgo de un Danilo Medina, a no ser que esperen heredarlo de dedo.

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Análisis Noticiosos

El Caribe lleva la delantera en legislación contra el plástico en América Latina.

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Legislar contra el plástico en América Latina: el Caribe lleva la delantera y Centroamérica se queda atrás

Bogotá.-El plástico es uno de los materiales más ubicuos de nuestra sociedad. Está en los celulares, en la ropa y en los empaques en los que llegan los domicilios. Es tanta su ubicuidad que, en forma de microplásticos, también se ha identificado en el hígado, el intestino y el cerebro humano, y en la fosa de las Marianas, a 6.800 metros de profundidad en el océano Pacífico. La relación con el plástico encaja perfectamente en lo que es una “relación tóxica”: contamina ecosistemas terrestres y marinos, afecta la salud humana y, pese a esto, en 2023, según la Organización de las Naciones Unidas, su producción mundial alcanzó los 436 millones de toneladas métricas.

A pesar de la evidencia, no hemos podido terminar esa relación. En 2025, casi cuatro años después de que los países acordasen crear un tratado global contra la contaminación por plástico, las negociaciones entraron en un paréntesis: se suspendieron en agosto y Luis Vayas-Valdivieso, el ecuatoriano que las presidía, renunció. El 7 de febrero de 2026, tras una votación en Ginebra (Suiza), el cargo volvió a quedar en manos de un latinoamericano: en las del chileno Julio Cordano, director de la División de Medio Ambiente de la Cancillería y de quien, se espera, le pueda dar un nuevo aire a las negociaciones. “Tenemos el reto de lograr consensos que sean realistas, pero ambiciosos, algo crucial para el éxito del acuerdo”, señaló en un comunicado Cornado tras ser elegido.

“La lucha contra los plásticos ha sido una con un sello latinoamericano desde el origen”, comenta Alberto Quesada, experto internacional en contaminación marina y gestión de residuos plásticos, y que ha participado como observador de las negociaciones desde su inicio. “Perú, de la mano de Ruanda, fue la que presentó la resolución para el tratado”. De forma más lenta de lo que requiere la emergencia —una que se empezó a anunciar desde los años 60—, los países de América Latina y el Caribe también han creado leyes para regular el plástico, una necesaria carrera en la que las islas del gran Caribe van liderando.

Caribe a la vanguardia, Centroamérica atrás

La avalancha de plásticos no es ajena a América Latina y el Caribe. En los años 80, el consumo promedio anual por habitante era de 7 kilogramos, pero actualmente alcanzó los 35. Aunque es una cifra por debajo del promedio global (50 kilogramos), las proyecciones indican que, si no cambian las tendencias, en dos décadas será de entre 60 y 80 kilogramos. Los cálculos son de la Alianza Global de Alternativas a la Incineración (GAIA) y Break Free From Plastics (BFFP), organizaciones que también hicieron el ejercicio de rastrear si los países de la región tienen alguna ley o marco que los regule.

De 34 países –y para mediados de 2025–, 23 tenían alguna legislación nacional específica, tres contaban con normas departamentales o estatales, y solo siete (el 20%) estaban en blanco. Pero si se tiene en cuenta el reciente decreto federal de Brasil que, entre otras cosas, exige un contenido mínimo de material reciclado en envases de plástico, empezando porque sea del 22% desde 2026 y aumente gradualmente a 2040, el número de países con legislación actual es de 24. Mientras en el Caribe todos los países han aprobado alguna normal nacional, en Centroamérica y México solo lo han hecho el 38% y, en Sudamérica, un 50%.

Legislación contra los plásticos en América Latina y el Caribe

“El panorama aún es algo tímido”, comenta Felipe Rodríguez Torres, investigador de la Universidad de Sao Paulo, asesor de BFFP y autor del último informe. “Pero hay países con avances significativos” y que van más allá de prohibir las bolsas de plásticos en los mercados. Cita, por ejemplo, la responsabilidad extendida del productor que, por lo menos en el papel, tienen Chile, Costa Rica y Colombia. Se trata de una política ambiental que obliga ya sea al fabricante o al importador a gestionar sus productos de plástico durante todo su ciclo de vida, incluyendo lo que pasa después del consumo. “Normalmente se responsabiliza al consumidor por la contaminación, por las externalidades, pero es una estrategia de las empresas para no pagar por esos impactos negativos”, agrega.

En el Caribe, por estar conformado de islas, donde el mar es cercano, el exceso de plásticos evidente, y el cambio climático golpea fuerte (el petróleo es la principal materia prima para la fabricación de la mayoría de plásticos), los países han sabido actuar más pronto. Como recuerda Quesada, en 2007 se convirtieron en uno de los primeros lugares en crear un plan regional sobre basura marina. Pocos años después, en 2012, Haití fue pionero en el subcontinente al prohibir ciertos productos plásticos de un solo uso, aunque, como señala el reporte, “la puesta en práctica de la legislación enfrenta desafíos significativos”. Con diversas leyes, además, Antigua y Barbuda dio la parada para hacer las normas más estrictas. Desde 2018 prohibió los recipientes de poliestireno expandido (conocido como icopor, unicel, telgopor y plumavit), así como los plásticos de un solo uso. Algo que no han logrado muchos.

En América Latina y el Caribe, los productos que más se han prohibido son las bolsas plásticas (88%), las pajillas, popotes o pitillos (63%), el poliestireno expandido (51%) y los contenedores de alimentos (43%).

Prohibición específica de productos plásticos en América Latina y el Caribe

Que la región logre navegar la crisis –más allá de si el tratado internacional sale adelante o no– implica romper tres obstáculos: que no se están implementando las normas y que no han escalado las alternativas al plástico. Pero, también, como comenta Rodríguez, pasa porque los productores y empresas asuman su parte. “Se siguen sumando al mito del reciclaje y no a cambiar lo que producen”, señala. “Y se puede reciclar eternamente, pero porque se consume eternamente”. Para 2015, según datos de un estudio publicado en Science, en el mundo se habían generado aproximadamente 6.300 toneladas métricas de residuos plásticos, pero solo alrededor del 9 % se había reciclado, el 12 % se incineró y el 79 % se acumuló en vertederos y ecosistemas.

Adméas, a través de metodologías que se han realizado para otros artículos científicos, el trabajo de Rodríguez apunta que, en la región, la producción primaria de resinas plásticas se concentra casi en su totalidad en cinco países asociados a la existencia de la industria petrolera: Brasil, México, Argentina, Colombia y Venezuela. Hacerle trazabilidad a la botella de plástico que llega a nuestras manos no es fácil: tiene varias materias primas y no hay transparencia desde los sectores en decir desde dónde vienen los insumos. Esa falta de información pública se suma a la lista de por qué no hemos sido capaces de cortar la relación con los plásticos.

elpais.com

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La jurisdicción contenciosa administrativa, una caricatura del sistema de justicia.

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Por José Cabral.

En una sociedad como la dominicana, donde los antivalores aparecen en todos los escenarios, fruto de una herencia histórico- cultural fundamentada en el caudillismo, el machismo, el patriarcado, el amiguismo, entre otras distorsiones, es lo que explica que el país haya caído en dictaduras férreas como las de Pedro Santana, Ulises Heureaux (Lilí y la de Rafael Leónidas Trujillo Molina.

Esta vocación dictatorial todavía perdura en muchos dominicanos, ya que, aunque se salió de esos gobiernos violadores de derechos humanos fundamentales, pero aún perdura la tendencia en el país, máxime cuando una persona adquiere cierta autooridad a través de la administración pública, la inclinación por las arbitrariedades que provienen del poder.

Entonces, a partir de esa premisa se puede decir que la jurisdicción contenciosa administrativa juega un papel de primer orden en el sistema de justicia nacional, porque tiene la sagrada misión de juzgar a la administración frente a los abusos que se cometen en contra del administrado.

Los avances en esta rama del derecho que se observan en los textos de las leyes 13-07 y 107-13, las cuales son una continuación de lo que consignan los artículos 164 y 167 de la Constitución de la Republica, no parecen que jueguen su papel en el marco del proceso de constitucionalización del derecho que se produce en el país desde el año 2010.

La jurisdicción contenciosa administrativa parece que se ha quedado estacionaria en lo que disponía la Ley 1494 de que a través de ella la administración se juzgaba a sí misma, mediante la llamada justicia tenida, ya que sus sentencias son una especie de bochorno y evitan que el ciudadano pueda recurrir en contra de la conducta abusiva del funcionario público.

Las sentencias de los jueces de la jurisdicción contenciosa administrativa son la principal frustración y negación del proceso de constitucionalización del derecho, cuyas ponderaciones dejan mucho que desear y son decepcionantes para que el administrado logre sobreponerse a los atropellos de la administración que ya no encajan en el contexto del neo-constitucionalismo.

Naturalmente, hay que decir que el fenómeno no es exclusivo de la jurisdicción contenciosa administrativa, sino de todo el sistema de justicia, en el que se observa que se producen graves violaciones a la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, así como de principios como el de celeridad procesal, el plazo razonable que devienen en justicia tardía, que no es otra cosa que denegación de justicia.

Todo este cuadro dice claramente que en el país todavía no se ha superado la denominada constitución de fachada, es decir, que la misma es muy bonita en el papel, pero que la práctica es una negación de ella, lo cual deja muy mal parada a la democracia nacional.

Sin embargo, hay que ratificar que lo que se observa en la jurisdicción contenciosa administrativa llena de vergüenza a los que de alguna manera abogan por una mejor administración de justicia, cuyas principales decisiones casi siempre terminan en nulidad mediante los recursos de revisión en esta materia elevados ante el Tribunal Constitucional (TC)

Lo interesante de las debilidades que se observan en todo el sistema de justicia es que en los discursos de los que lo representan, como el presidente de la Suprema Corte de Justicia, el país camina tan bien en esta materia que habría que compararlo con las naciones donde el estado de derecho tiene un real y contundente empoderamiento.

¿Percepción o realidad?

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Análisis Noticiosos

Una Constitución de fachada.

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Por José Cabral

En la República Dominicana se estila hablar de que en el país se ha avanzado en lo referente al Estado Social Democrático de Derecho, lo cual sólo existe en la cabeza de los que se la pasan proyectando una percepción que nada tiene que ver con la realidad.

Puede decirse que el proceso de constitucionalización del derecho se produce en el papel, pero no en la realidad, lo que crea una serie de incertidumbres en la sociedad.

La jurisdicción contenciosa administrativa es una que no hay forma de que tenga un desempeño en función de una buena administración de justicia, porque si el funcionario público incurre en graves violaciones de los derechos fundamentales, peor pasa con los jueces de la misma, quienes no hay forma de que demuestren que se manejan en función del impacto de los valores y principios constitucionales en sus decisiones, lo cual es definitivamente una negación de los supuestos avances en esta materia.

Las sentencias de la jurisdicción contenciosa administrativa son una especie de caja de resonancia de los pedidos en sus conclusiones de la  Procuraduría General Administrativa, cuyos contrasentidos jurídicos son el pan de cada día en las audiencias de sus diferentes salas, lo que impacta negativamente al ciudadano.

Por el momento quiero reproducir una carta enviada al presidente del Tribunal Superior Administrativa ante una decisión tomada en virtud de la solicitud de una medida cautelar frente a los abusos que comete la empresa Distribuidora del Norte (EDENORTE) en contra de los usuarios.

Sin embargo, la falta de razonabilidad y racionalidad de los jueces del Tribunal Superior Administrativo (TSA), principalmente de su presidente, causa más indignación que los atropellos que comete el órgano del Estado que maneja la referida empresa.

A continuación reproduzco la carta enviada al presidente del TSA a propósito de su sentencia mediante la cual niega una medida cautelar, cuyo razonamiento, aparte de ridículo, revela hasta donde en el país se cuenta con una Constitución de fachada, cuyo respeto a los derechos fundamentales sólo existe en el texto, pero no en la realidad.

Señor

Magistrado Diomedes Y. Villalona G.

Presidente del Tribunal Superior Administrativo

Magistrado Villalona:

La presente es para dejar sentada mi indignación por la reiteración de decisiones que dejan muy mal parada a la jurisdicción contenciosa administrativa en la República Dominicana, cuyo desempeño deja mucho que desear, a pesar de que se enarbola que su base de sustentación es el nuevo constitucionalismo que se rige por valores y principios.

El mejor ejemplo de que la jurisdicción contenciosa administrativa se maneja con un nivel de razonabilidad y de racionalidad que no supera lo que ocurre en los juzgados de paz o tribunales inferiores, donde las decisiones son generalmente muy superficiales y carentes de una aceptable ponderación, es la sentencia emitida y que genera la presente comunicación.

La última joya del presidente del Tribunal Superior Administrativo ante los abusos cometidos por la Distribuidora de Electricidad del Norte (EDENORTE), la cual ha incurrido en una serie de atropellos que revelan que los derechos de los consumidores y de los administrados están en manos de juzgadores que sólo sirven como caja de resonancia de los funcionarios públicos que actúan al margen de la Ley 13-07 y de la 107-13, así como de la 1494, ya que su misión no parece ser otra que imponer una carga procesal y económica que se agrava cuando  finalmente se emite un fallo carente de toda lógica jurídica en detrimento del impetrante y en favor del impetrado..

En este sentido, he querido dejar sentado mi rechazo al comportamiento y el daño que genera esta jurisdicción contenciosa administrativa en detrimento de un buen derecho, de una buena administración de justicia, que deteriora la  imagen del sistema de justicia en la República Dominicana, dado que en el fallo se establece qué tan grande es su falta de razonabilidad al negar una medida cautelar en virtud de un corte del servicio de electricidad que lleva varios meses bajo el argumento de que no se aportaron pruebas de que el recurrente no tiene el referido servicio, pese a que  la propia ley ofrece la respuesta al respecto.

Cómo se puede entender semejante decisión, ya que es un contrasentido que el recurrente diga que se le cortó arbitrariamente el servicio de energía eléctrica y que mediante la medida cautelar solicite la reconexión del mismo, pero que, en un choque con cualquier razonamiento lógico, máxime cuando la parte recurrida no ha invocado lo contrario de lo alegado por el cliente, el tribunal niegue el pedido sustentándose en que no se aportaron las pruebas al respecto, sobre todo cuando el órgano se niega a entregar documentos que comprometan su irresponsabilidad e ilegalidad.

La realidad es que ese desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa es una vergüenza ante el proclamado empoderamiento del neoconstitucionalismo, que se basa en la aplicación de valores y principios que van de las manos con los derechos humanos fundamentales.

La decisión tomada en torno a la medida cautelar es una especie de anuncio anticipado de que el recurso que tiene que ver con el fondo también será fallado en contra, en razón de que, como digo más arriba, la decisión tomada deja muy claro que las acciones de cualquier administrado es un esfuerzo perdido por los criterios con que se maneja la jurisdicción contenciosa administrativa en el país, convirtiéndose en una vergüenza para el derecho comparado, interamericano e internacional.

El mejor consejo para cualquier administrado abusado por la administración es desistir de buscar justicia en la jurisdicción contenciosa administrativa por representar una vergüenza para el sistema de justicia nacional, ya que como lo dije más arriba sus decisiones están determinadas por los contrasentidos jurídicos que invoca generalmente la Procuraduría General Administrativa, cuyos procesos para lo único que sirven es para aumentar la carga procesal y costos económicos en desfavor del  ciudadano a través de notificaciones arbitrarias y abusivas.

Este desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa, la cual todavía está estacionaria en la llamada justicia retenida, mediante la cual la administración se juzga a sí misma y cuyos jueces eran designados por el Poder Ejecutivo, igual que el que preside la Procuraduría General Administrativa, llena de vergüenza a cualquier buen dominicano, dado que  se supone que el Tribunal Superior Administrativa está bajo el control y la tutela de la Suprema Corte de Justicia en virtud del mandato de la Ley 13-07.

Evidentemente que la decisión de negar la medida cautelar tiene el propósito de condenar al fracaso la demanda principal en razón de que impone que el recurrente tenga que negociar con EDENORTE para restablecer el servicio y de ese modo disponer la inadmisibilidad de la misma por existir un acuerdo que deja sin sentido el pedido principal de la parte recurrente que, entre otras cosas, busca una indemnización por los daños morales y materiales causados.

No está de más recordar que el artículo 22 de la Ley 107-13 sobre Derechos de las Personas ante la Administración y el derecho a la defensa establece que la administración debe probar sus alegatos. El procedimiento sancionador obliga a la administración a sustentar la validez de sus actos y pruebas, además que existe la carga de la prueba que en los procedimientos sancionadores la administración pública tiene la obligación de probar los hechos que fundamentan sus decisiones contra un ciudadano en función del principio de legalidad, ya que el funcionario público está limitado por las normas de procedimiento y la Constitución, no pudiendo actuar sin sustento probatorio, ya que la presunción de validez no es absoluta.  Otro principio violado por la jurisdicción contenciosa administrativa es el de celeridad, consignado en el artículo 19 de la Ley 107-13, en cuya virtud las actuaciones administrativas se realizarán optimizando el uso del tiempo, resolviendo los procedimientos en plazo razonable que, en todo caso, no podrá superar los dos meses a contar desde la presentación de la solicitud en el órgano correspondiente, salvo que la legislación sectorial indique un plazo mayor. En especial, las autoridades impulsarán oficiosamente los procedimientos e incentivarán el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones a los efectos de que los procedimientos se tramiten con diligencia y sin dilaciones injustificadas, de manera escrita o a través de técnicas y medios electrónicos.  La medida cautelar solicitada por el impetrante  fue fallada en contra de lo que dispone al articulo 7 de la Ley 13-07, Orgánica del Tribunal Superior Administrativo, la cual se conoció el 16 de diciembre y fue fallada el 22 de enero, pese a que se habla de cinco días después  de la celebrada la audiencia en la que las partes plantean sus conclusiones, principalmente cuando hay una afectación mayor, porque el recurrente no tiene servicio de energía eléctrica y que en consecuencia todas las labores comerciales y empresariales están paralizadas y la reactivación está determinada por el fallo de la misma.

Este es un ejemplo de que en el país existe una Constitución de fachada que niega los supuestos avances y fortalecimiento del Estado Social Democrático de Derecho, lo cual es una explicación de que República Dominicana es una sociedad que vive más de la percepción que de la realidad.

Sin otro particular,

José Antonio Cabral Salcedo.

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