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Por retrasos en obras en el AILA Senado contempla interrogar a ejecutivos de Aerodom.

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Santo Domingo, R.D.-Ricardo de los Santos,  presidente del Senado, aseguró este lunes que el órgano que dirige está contemplado usar su facultad fiscalizadora para citar e interrogar a los ejecutivos de Vinci Airports, la empresa matriz de Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI (Aerodom), por el retraso en las obras prometidas para el Aeropuerto Internacional Las Américas (AILA).

De los Santos precisó que se encuentra «plenamente identificado» con la postura del presidente Luis Abinader, quien advirtió el lunes que estaría en disposición de llevar a los tribunales el caso del retraso en las obras del aeropuerto.

«De no cumplir, vamos a invitar a Aerodom para que vaya al Senado de la República a explicar el por qué la tardanza en los inicios de los trabajos, tal y como está establecido en el contrato«, sentenció el presidente de los senadores.

El senador de la provincia Sánchez Ramírez citó el artículo 93 de la Constitución, en el que se atribuye la facultad de fiscalización al Congreso y de revisar los contratos estatales.

Asimismo, mencionó la nueva Ley 84-25, sobre Fiscalización y Control del Congreso Nacional, que regula las citas, interrogatorios, cuestionamientos en el pleno y juicios políticos encabezados por los legisladores para fiscalizar el funcionamiento estatal.

En diciembre del 2023, el Senado, bajo la presidencia de Ricardo de los Santos, aprobó en única lectura el contrato renegociado entre el Estado y Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI (Aerodom), un convenio que se extenderá hasta el año 2060.

Aunque el contrato fue aprobado sin trabas por la mayoría del Partido Revolucionario Moderno (PRM), fue rechazado con seis votos de la oposición y registró un informe disidente depositado por el entonces senador Yván Lorenzo, quien era el vocero del Partido de la Liberación Dominicana (PLD).

En el documento disidente, Lorenzo alegó que el contrato aprobado por los senadores «es un adefesio» que no debe ser considerado por la Cámara Alta porque, a su juicio, los fondos que dejará la negociación serían usados para planes reeleccionistas del presidente Luis Abinader de cara a las pasadas elecciones del 2024.

El informe disidente del vocero del PLD consideró que el Congreso «ha festinado el contrato» ya que el proyecto solo duró un mes bajo estudios en el Congreso.

El primer picazo para la nueva terminal del AILA fue dado por Abinader y ejecutivos de Vince Airports en agosto del 2025, pero el proyecto no presenta avances.

En el encuentro, Abinader indicó que otorgó la renovación del contrato de operación de los aeropuertos dominicanos a la empresa francesa con el propósito de que tuviera el tiempo y las condiciones para hacer las mejoras, pero sus ejecutivos no han cumplido con el plazo a pesar de las conversaciones.

Como respuesta, la empresa rechazó las acusaciones de incumplimiento reiterado de sus obligaciones contractuales con el Estado dominicano.

En un comunicado oficial, la compañía, regenteada por la francesa Vinci, aseguró que los señalamientos de Abinader «no reflejan la realidad» y reafirmó que ha cumplido y continúa cumpliendo plenamente con todos los compromisos establecidos en el contrato de concesión.

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Ministerio Público pide tribunal rechace solicitud de extinción de la acción penal a Jean Alain

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Santo Domingo, R.D.-El Ministerio Público solicitó a las juezas del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazar la petición de extinción de la acción penal presentada por la defensa del exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, principal acusado en un expediente por presunta corrupción administrativa.

Durante la audiencia, la titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Mirna Ortiz, sostuvo que la extinción procesal constituye una sanción ante la inactividad o la conducta defectuosa de las partes. En ese sentido, argumentó que la dilatación en el tiempo del presente caso no es atribuible a faltas del órgano acusador, sino a la propia naturaleza y complejidad del expediente.

Ortiz afirmó que el artículo 146 del Código Procesal Penal, reformado por la Ley 97-25, establece los parámetros objetivos para determinar la razonabilidad de los plazos procesales, y destacó que el proceso maneja una cantidad de elementos probatorios sustancialmente superior a los 4,000 analizados en otros expedientes de corrupción.

«La extinción es una sanción procesal. ¿A quién se castiga? A la parte que ha actuado de manera contraria a las normas. El Ministerio Público no ha incurrido en negligencia ni en inactividad defectuosa que amerite la ‘muerte procesal’ de esta causa», aseveró la magistrada.

Para sustentar la postura del órgano persecutor, Ortiz citó la resolución jurisprudencial dictada por el mismo tribunal el 17 de marzo de 2025 en el expediente seguido contra Juan Alexis Medina Sánchez, a quien también se le rechazó una solicitud de extinción de la acción penal.

Estrategia dilatoria de la defensa

Por su parte, el fiscal Emmanuel Ramírez, de la Dirección de Persecución del Ministerio Público, sostuvo que el alegado retardo del juicio responde a una deliberada estrategia dilatoria implementada por las defensas de los procesados a lo largo de la investigación y del proceso judicial.

Para fundamentar su postura, Ramírez detalló que solo una de las defensas presentó cinco recusaciones consecutivas contra los fiscales del caso con el objetivo de paralizar las investigaciones. El representante del Ministerio Público señaló que todas y cada una de esas recusaciones fueron rechazadas por los tribunales por carecer de fundamento jurídico, demostrando que su único propósito fue ralentizar el curso normal de la justicia.

El magistrado también abordó la magnitud del expediente para contextualizar la administración de los tiempos procesales, recordando que se trata de uno de los casos de corrupción administrativa más voluminosos en la historia judicial dominicana:

El Ministerio Público depositó en estrados las pruebas físicas relativas a las recusaciones rechazadas para que consten en el récord del tribunal al momento de decidir sobre la petición de la defensa.

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Procuradora dice que memes, caricaturas y parodias no constituyen delito bajo nuevo Código Penal

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Santo Domingo, R.D.-La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynosoafirmó que crear o publicar una caricatura, un meme, una parodia, una sátira, un video o una imagen con fines periodísticos, artísticos, humorísticos o como vehículo de crítica social no constituye un delito, debido a que ni el Código Penal aprobado ni su reforma lo tipifican o sancionan con penas de prisión o multa.

La procuradora sostuvo que el artículo 169 de la Constitución dominicana establece que el Ministerio Público es el órgano encargado de formular e implementar la política de persecución penal contra la criminalidad, dirigir la investigación penal y ejercer la acción pública en representación de la sociedad.

En ese sentido, la procuradora consideró pertinente esclarecer el tema que, según señaló, ha recibido una interpretación errónea por parte de algunos sectores que inciden en la opinión pública.

Asimismo, recordó que el derecho penal solo sanciona acciones u omisiones dolosas o culposas, y que el principio de legalidad penal exige que toda conducta sancionable esté descrita de manera expresa, precisa e inequívoca en la ley.

La titular del Ministerio Público advirtió además que es un error realizar interpretaciones extensivas o recurrir a la analogía en contra de una persona, ya que el derecho penal lo prohíbe de forma estricta, salvo que dicha interpretación favorezca al procesado.

Precisó que la alteración de videos o audios con fines ilícitos para perjudicar a un tercero no extiende sus efectos a la elaboración de memes, caricaturas o parodias desarrolladas dentro del ejercicio de la libre expresión y la creación artística, actividades que subrayó se encuentran plenamente protegidas por la Constitución.

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Fiscal Rosalba Ramos considera insuficiente pena de dos años en el caso Jet Set

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Santo Domingo, R.D.-La fiscal del Distrito Nacional, Rosalba Ramos, afirmó este miércoles que el Ministerio Público entiende que el caso de la tragedia ocurrida en el 

Jet Set corresponde a un homicidio involuntario, de acuerdo con la legislación vigente.

Ramos sostuvo que, aunque la pena contemplada para este tipo de delito es de dos años, considera que ese tiempo resulta insuficiente debido a la magnitud de la tragedia, en la que fallecieron 236 personas.

Además, señaló que la entrada en vigencia del nuevo Código Penal permitirá establecer sanciones mucho más severas para casos que se asemejan a este.

Indicó que una pena de hasta diez años habría sido más adecuada, aunque reconoció que el proceso debe regirse por la legislación aplicable al momento en que ocurrieron los hechos.

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