Por Elba García
La sentencia emitida por el Tribunal Superior Electoral (TSE) sobre las elecciones celebradas por el Colegio Dominicano de Abogados ratifica el camino equivocado de esta alta corte.
No hay interpretación jurídica que valga para justificar una decisión que está fuera del marco de su competencia establecida claramente en los artículos 214 y 215 de la Constitución de la República, así como en su ley orgánica, la 29-11, y la 137-11, que crea el Tribunal Constitucional.
Ciertamente que a partir del mandato de las referidas normas el país está frente a una peligrosa amenaza del estado de derecho.
Pero este no es el primer manejo inadecuado y al margen de la ley del TSE, sino que hay otros en los que han primado la falta de razonabilidad y cuyos casos han caído en la violación de los principios de legalidad y seguridad jurídica.
Estas son razones más que suficientes de que esa alta corte está comprometida con una de las partes en conflicto, lo cual pone en tela de juicio su idoneidad.
Sin embargo, debe decirse también que los abogados que participan del debate sobre la crisis ocurrida en el CARD, tienen un enfoque jurídico equivocado cuando colocan el referido ente como un gremio cuando no es así, lo cual tampoco justifica la decisión tomada por el TSE.
El Colegio de Abogados es una institución cuando menos de servicio público y en consecuencia su conflicto debe ser ventilado en el Tribunal Superior Administrativo (TSA) o en la jurisdicción civil ordinaria.
Lo otro es que no se puede tolerar que el partidarismo político tome el control del CARD como pasa ahora, porque su carácter no lo permite, ya que el aspecto obligatoriedad puede poner en riesgo esta figura jurídica, lo cual es válido para todos los demás colegios como el de médicos, ingenieros, entre otros.
Es importante recordar que todos los profesionales de las diferentes ciencias del saber no tienen la opción de ejercer la profesión sin antes estar matriculados en su colegio correspondiente.
Por esta razón no se puede tolerar que la Fuerza del Pueblo de Leonel Fernández, el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y el Partido Revolucionario Moderno (PRM), entre otras organizaciones, desnaturalicen y distorsionen la misión de los colegios profesionales.
El tribunal competente no debe solamente abocarse a ventilar las irregularidades ocurridas en las elecciones del CARD, sino también examinar primariamente la intromisión de los partidos en un tipo de asociación que cuenta con poderes públicos y que tiene la delicada función de vigilar con capacidad sancionadora a todos los profesionales académicos.
De manera, que tanto unos como otros tienen una visión equivocada del manejo del problema interno que se produce en el Colegio de Abogados de la República Dominicana.
Esto deja claro el nivel de ignorancia que existe en el país en torno a entes que no son otra cosa que corporaciones autónomas de derecho público que tienen el poder otorgado por el Estado de autorregularse, lo cual puede desnaturalizarse si son usadas para la retaliación político-partidista.
Ojalá estas equivocadas acciones puedan ser corregidas a la mayor brevedad posible para no dañar una figura jurídica que tiene mucho sentido en una sociedad peligrosamente impactada por la falta de ética y de institucionalidad