Conecta con nosotros

Nacionales

Tribunal Electoral dice órganos electorales deben ganarse la confianza

Published

on

 

Román Jáquez Liranzo,  presidente del Tribunal Superior Electoral (TSE), consideró que lograr la confianza es uno de los grandes desafíos que tienen los órganos electorales, pero que el juez no debe ser “timorato y debe fallar en dignidad y apegado a la Constitución”.

El magistrado, durante su discurso de rendición de cuentas en ocasión del octavo aniversario de la Alta Corte, sostuvo que en la jurisdicción electoral, como debe dar respuesta a conflictos políticos partidarios a través del derecho, el que pierde desacredita la jurisdicción.

“La jurisdicción electoral tiene el delicado compromiso de dar solución jurídica a problemas políticos partidistas. Entonces, cuando la jurisdicción electoral soluciona en derecho el enrevesado partidista, por idiosincrasia, el que pierde, en su interés, ve la política en la aplicación del derecho, y lo desacredita. Este Tribunal Superior Electoral es firme en mirar números de expedientes al momento de fallar y aplicar el derecho, pues, como debe ser, ‘aquí el que lleva el derecho es quien se lleva el voto”, manifestó.

Llamó a la sociedad política a entender que aquellos caminos al “margen de los principios democráticos, aquellos caminos torcidos de antaño, sin derechos”, deben ser encauzados y alineados por las vías de la democracia.

“El juez no debe ser timorato, debe fallar en dignidad, apegado a la Constitución, al principio de legalidad, a los valores democráticos, a los principios de integridad, apegado con firmeza a su carácter y absorto a lo malsano, pues, en ninguna norma, en ningún texto constitucional, en ningún texto legal, en ninguna jurisprudencia como fuente del derecho, como base para el juzgamiento de lo contencioso electoral o de cualquier área jurisdiccional he leído la palabra temor”, acotó enérgicamente.

El presidente del TSE adujo que las leyes electorales, 33-18, de Partidos Políticos, y 15-19, Orgánica de Régimen Electoral, han establecido ocho fases que impactan la jurisdicción electoral, “pues los conflictos contenciosos electorales se presentan ineludiblemente en cada una de ellas”.

Primero a la etapa de las preprimarias, convenciones y otros métodos de elección de candidaturas; segundo, a la de postprimarias; preelecciones municipales; cuarto, postelecciones municipales; quinto, preelecciones congresuales y presidenciales; sexto, postelecciones congresuales y presidenciales; séptimo, pre posible segunda vuelta; y octavo, postposible segunda vuelta.

“Sin dudas, este es un proceso electoral impregnado por un formato con características inéditas y nunca antes vistas en nuestra historia democrática”, dijo en la audiencia solemne que se efectuó en la Sala Augusta de la Suprema Corte de Justicia donde además estuvo acompañado por los jueces titulares del TSE, Rafaelina Peralta, Ramón Madera Arias, Cristian Perdomo y Santiago Sosa.

Jáquez Liranzo subrayó además, que en las elecciones generales de 2016 el TSE conoció y emitió 639 sentencias con ocasión de los conflictos electorales surgidos durante todo el año. Sin embargo, solamente en este año preelectoral 2019, en las fases pre y postprimarias simultáneas y de la fase preelecciones municipales, se recibieron 441 expedientes, equivalentes al 70% de lo que se recibió en el 2016.

Añadió que, faltando cinco fases (dos de ellas condicionadas) y con la aplicación del voto preferencial, la proyección de casos contenciosos electorales para el 2020, pronostica un significativo aumento que hace complejo el trabajo de la jurisdicción electoral, “esto al margen de los casos penales electorales que puedan llegar impactará inevitablemente en necesidades pecuniarias”.

Con relación a la etapa previa a las elecciones, el TSE recibió, desde el 16 de diciembre de 2019 al 9 de enero de 2020, 250 recursos de apelaciones y 21 acciones de amparos relativas a la admisión o rechazo de candidaturas por parte de 96 de las 158 Juntas Electorales a nivel nacional.

El tribunal ha deliberado y fallado más del 90% de los 250 casos y ha notificado más del 65% de esas sentencias.

El juez presidente aprovechó el escenario para explicar cómo han transcurrido los días desde que venció el plazo de las juntas electorales para la inscripción de candidaturas el pasado 11 de diciembre.

“Sepa la sociedad dominicana que, desde el 18 de diciembre del año pasado al día de hoy, 16 de enero de 2020, han transcurrido apenas 14 días hábiles como consecuencia de los días feriados de Navidad, Año Nuevo y Reyes Magos, a lo que se suma el acostumbrado receso de las jurisdicciones ordinarias por dichas festividades que impactan aspectos tan fundamentales como las notificaciones de los autos a través de los alguaciles. A pesar de ello, este Tribunal ha deliberado y fallado al día de hoy más del 90% de los 250 casos y ha notificado más del 65% de esas sentencias, y reitera, el compromiso de que esta semana terminará de deliberar y notificará el 100% de los casos. Esto ha implicado fijar audiencias y deliberar sábados y domingos ¿Qué jurisdicción resuelve, con las complejidades de los casos contenciosos electorales, 250 recursos de apelación en tan solo 14 días hábiles?”, expresó.

Subrayó, en ese sentido, la necesidad de capacitar en materia contenciosa electoral a los miembros y suplentes de las 158 juntas electorales, a los fines de que puedan contar con los conocimientos y herramientas necesarias en su función de jueces electorales de primer grado para el proceso que se avecina.

“En la medida que tenemos juntas electorales capacitadas en lo contencioso electoral, los procesos democráticos adquieren mayor seguridad, certidumbre y fluidez, garantizado con ello principios fundamentales como el de la participación que constituye la espina dorsal de cualquier democracia”, añadió.

El magistrado reiteró la urgencia de que inicie el funcionamiento de la Procuraduría Especializada en Asuntos Electorales pues “es el motor de arranque” para juzgar los delitos electorales”.

“En la República Dominicana, históricamente, no existen antecedentes de ninguna condena penal por violación a la norma electoral. La importancia del Ministerio Público en lo electoral es fundamental, pues es el motor de arranque; es el actor procesal que impulsa la acción en procura de que opere el sistema de consecuencias negativas para que los jueces electorales puedan valorar las pruebas, en sana crítica, y condenar o absolver a la persona acusada de un delito o crimen electoral”, apuntó.

Puntualizó que las infracciones electorales pueden ocurrir en cualquier etapa del proceso electoral y el sistema debe estar preparado para que los delitos y crímenes electorales no queden impunes.

En ese aspecto, recalcó que esa jurisdicción necesita los recursos económicos para operar efectivamente en la materia penal electoral.

El TSE solicitó una asignación presupuestaria de mil cuarenta millones de pesos para este año, sin embargo le fue concedido 600 millones, el mismo monto del año pasado.

“Por eso se hace necesario que esta jurisdicción obtenga las condiciones económicas que le permitan materializar toda una estructura procesal penal electoral, con un juez de atención permanente, un centro de citaciones, un cuerpo de seguridad especializado, una infraestructura independiente a la contenciosa electoral, y una formación transversal que impacte a los actores del sistema”, agregó.

Sobre la jurisprudencia dictada por el máximo órgano jurisdiccional electoral, señaló casos que las leyes electorales trajeron consigo conflictos en aspectos que antes nunca habían sido juzgados.

“Uno de esos casos que impactaron el sistema electoral en beneficio de los derechos de la mujer, fue el de la sentencia TSE085-2019 del 30 de octubre de 2019, relativa a la aplicación de la proporción de género en las candidaturas, en la cual el TSE estableció que la proporción debe ser garantizada no de la propuesta nacional, sino en cada demarcación electoral donde los partidos presentarán candidaturas plurinominales, es decir, diputados, regidores y vocales”.

Asimismo recordó la sentencia TSE027-2019, donde el Tribunal estableció que las reservas de candidaturas se utilizan para alianzas, así como para las cuotas de género y la cuota de la juventud, y que las reservas del 20% corresponde al total de las candidaturas por los puestos de elección.

Jáquez Liranzo informó que pasado los procesos electorales, someterá un anteproyecto de ley que reivindique la competencia que tiene esa corte. “La disgregación en otras jurisdicciones de una competencia que es propia de esta alta corte, lo cual se traduce en incertidumbre e inseguridad jurídica para aquellas personas que pretenden conseguir la tutela de sus derechos políticos yacen confundidos en las direcciones de distintos tribunales”.

 

Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Nacionales

Obispos se reunen con Abinader en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

Published

on

Santo Domingo. – La Conferencia del Episcopado Dominicano (CED) en el marco de su 64ª Asamblea Plenaria, recibió este viernes la visita del presidente de la República, Luis Abinader, en un encuentro celebrado en la Casa Arquidiocesana María de la Altagracia, donde se abordaron distintos temas de interés nacional.

Durante su intervención, el mandatario destacó la importancia de mantener un diálogo permanente con la Iglesia católica, señalando que estos espacios permiten conocer de primera mano las necesidades de las diócesis y socializar las medidas adoptadas por el Gobierno.

“Siempre es bueno tener el contacto con los obispos, escuchar las necesidades de sus diócesis y también explicarles los grandes temas nacionales”, expresó.

Abinader se reúne con obispos en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

El jefe de Estado agregó que estos encuentros se han convertido en una práctica habitual de su gestión, como parte de la relación de cooperación con la jerarquía eclesiástica.

El presidente fue recibido por la nueva directiva de la CED para el período 2026-2029, encabezada por el obispo de San Francisco de Macorís, Ramón Alfredo de la Cruz Baldera, quien asumió la presidencia de la institución.

Abinader se reúne con obispos en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

También participaron el arzobispo coadjutor de Santo Domingo, Carlos Tomás Morel Diplán, en calidad de vicepresidente, y el obispo auxiliar de Santo Domingo, José Amable Durán Tineo, como secretario general.

Continue Reading

Nacionales

Garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa”.

Published

on

Santo Domingo, R.D.-Una garantia economica impone el Tribunal del Distrito Judicial de San Cristóbal de RD$200,000, impedimento de salida del país y presentación periódica al Ministerio Público contra el imputado Elvis Manuel Santos Alcántara (Onguito Wa), acusado de porte ilegal de armas de fuego, tras acoger de forma parcial la solicitud del Ministerio Público.

La decisión judicial se produce luego de que el procesado fuera arrestado en flagrante delito el pasado 21 de junio, cuando agentes de la Policía Nacional realizaban labores de patrullaje en la carretera Sánchez Vieja, en San Cristóbal.

Durante el operativo, el imputado se desplazaba en un vehículo Honda CR-V, color negro, junto a otra persona, y al ser registrado se le ocupó una pistola Glock, calibre 9 mm, con 17 cápsulas, sin documentación legal.

Imponen garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa” por porte ilegal de arma
Imponen garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa” por porte ilegal de arma

La magistrada Chadalis E. Rosario Melenciano, jueza suplente del Tercer Juzgado de la Instrucción y de la Oficina Judicial de Atención Permanente, ordenó además que el imputado deberá presentarse los días 29 de cada mes durante seis meses ante el Ministerio Público, como parte de las medidas impuestas.

Asimismo, el tribunal dispuso la notificación a la Dirección General de Migración (DGM) para garantizar el impedimento de salida del país, mientras que el Primer Juzgado de la Instrucción de San Cristóbal fue designado como tribunal de control del caso.

El Ministerio Público, representado por las fiscales Belkis Tejeda e Ingris Maribel Guerrero Polanco, había solicitado prisión preventiva por tres meses; sin embargo, el tribunal optó por medidas no privativas de libertad, al considerar parcialmente la solicitud.

El órgano acusador también obtuvo un plazo de seis meses para presentar el requerimiento conclusivo del proceso.

De acuerdo con el expediente, Santos Alcántara ya había sido condenado previamente mediante la Sentencia Penal núm. 523-2025-SSEN-00015 por violaciones a la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, lo que fue recordado por el Ministerio Público durante la audiencia.

Con esta decisión, el caso sigue bajo investigación judicial mientras el imputado permanece bajo estrictas condiciones de control.

El uso, porte y tenencia ilegal de armas de fuego constituye uno de los delitos más vigilados por las autoridades judiciales y de seguridad en la República Dominicana, debido al impacto que tiene en la criminalidad, la seguridad ciudadana y la violencia urbana.

«En el país, este tipo de infracciones está regulado por la legislación penal vigente y por normativas específicas que establecen los requisitos para la adquisición, registro y porte legal de armas».

  • En los últimos años, el Ministerio Público y la Policía Nacional han intensificado los operativos de prevención y persecución del porte ilegal de armas, especialmente en zonas urbanas y carreteras donde se registran mayores incidencias de delitos flagrantes.
  • Estos operativos suelen incluir patrullajes, requisas selectivas y controles de vehículos, con el objetivo de reducir la circulación de armas no registradas.

El sistema judicial dominicano contempla medidas de coerción que pueden ser privativas o no privativas de libertad, dependiendo de la gravedad del hecho, los antecedentes del imputado y el riesgo procesal.

Continue Reading

Nacionales

Prisión preventiva solicitan para falso odontólogo tras causar graves lesiones en La Vega

Published

on

Santo Domingo, R.D.-La imposición de prision preventiva como medida de coercion contra un acusado de ejercer la odontología solicitará el Ministerio Público  en las próximas horas la imposición  contra un hombre acusado de ejercer la odontología sin exequátur en La Vega en un caso de presunto intrusismo profesional que dejó a una paciente con lesiones permanentes en el rostro y daños neurológicos severos.

El imputado, identificado como Franklin José Almánzar Escarramán, de 51 años, habría realizado procedimientos odontológicos de alta complejidad sin la debida autorización legal en el consultorio de su hermano, ubicado en el Centro Médico V Centenario, en la provincia de La Vega.

Su hermano, William Radhamés Almánzar Escarramán, también fue arrestado por su presunta complicidad en los hechos, ambos tras entregarse a las autoridades policiales en cumplimiento de una orden judicial.

Instrumentos odontológicos en un consultorio, vinculados al caso de un falso odontólogo acusado de causar lesiones
Instrumentos dentales en un consultorio, en el contexto de la solicitud de prisión preventiva contra un falso odontólogo.

De acuerdo con la investigación del Ministerio Público, la víctima acudió el pasado 17 de enero a recibir atención odontológica y fue evaluada en el consultorio de los imputados, donde se le indicó la extracción de cuatro terceros molares mediante un procedimiento quirúrgico.

Según el expediente, durante la intervención, el imputado habría aplicado anestesia y posteriormente realizado maniobras violentas con instrumentos odontológicos, incluyendo golpes en la zona afectada, sin lograr completar la extracción tras varias horas de intento.

La paciente posteriormente presentó dolor intenso, inflamación facial y complicaciones severas, lo que la llevó a buscar atención médica especializada, donde se determinó la existencia de daños permanentes en su salud bucal, incluyendo nervios atrofiados, edema facial, trismo, parestesia mandibular y otras lesiones complejas.

La procuradora de corte de La Vega, Aura Luz García Martínez, explicó que el Ministerio Público procederá a solicitar la medida de coerción garantizando el debido proceso.

“Vamos a presentar la solicitud de medida de coerción ante la autoridad competente, garantizando el debido proceso y los derechos fundamentales de los imputados”, afirmó.

Las autoridades indicaron que el imputado principal ejercía la odontología sin exequátur, según certificación del Ministerio de Salud Pública, lo que constituye una violación a la Ley General de Salud 42-01 y la normativa que regula el ejercicio profesional odontológico.

  • El órgano persecutor también sostiene que la actuación de los hermanos Almánzar Escarramán pudo haber tenido consecuencias aún más graves
  • Incluso la muerte de la paciente, debido a la naturaleza del procedimiento realizado sin habilitación legal.

El caso ha sido calificado provisionalmente como violación a varios artículos del Código Penal dominicano y de la legislación sanitaria vigente, mientras el tribunal evalúa la solicitud de medida de coerción presentada por el Ministerio Público.

El ejercicio de la odontología y otras profesiones de la salud en la República Dominicana está regulado por un marco legal que exige la obtención de un exequátur y la debida habilitación profesional, con el objetivo de garantizar la seguridad de los pacientes y la calidad de los servicios médicos.

Estas disposiciones forman parte de las políticas sanitarias orientadas a prevenir el intrusismo profesional, una práctica que consiste en ejercer una profesión sin la autorización correspondiente.

Continue Reading

Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
www.larepublicaonline.com  / Email: periodico@larepublicaonline.com
Copyright © 2021 Blue National Group