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¡Pronto se acabará el abuso de algunos embargos sin cumplir con la ley!, según proyecto.
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2 años agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, R.D.-Un proyecto de ley podría producir cambios significativos en los embargos retentivos gracias a una iniciativa de la ex-senadora Faride Raful, el cual ya fue aprobado en primera lectura en el Senado.
La pieza legislativa busca regular y restringir el uso de embargos retentivos, cuya vía ha sido ha sido utilizada de manera abusiva por algunos acreedores para bloquear cuentas bancarias sin los debidos procesos legales.
El embargo retentivo es una medida que permite a un acreedor inmovilizar bienes o sumas de dinero de un deudor que se encuentran en posesión de un tercero, comúnmente una entidad bancaria. Aunque esta herramienta es útil para garantizar el cumplimiento de deudas, la falta de regulación específica ha permitido que se convierta en un arma de doble filo, utilizada para presionar a los deudores de manera desproporcionada y, en algunos casos, sin un título válido.
Desde la columna La Banca Dominicana por Dentro, publicada el 3 de marzo de 2024, se había dado la voz de alerta sobre las cifras alarmantes de embargos de cuentas bancarias en la República Dominicana y se plantearon propuestas clave para enfrentar este problema. La columna destacó que la Superintendencia de Bancos había revelado que en 2023, más de 157 mil cuentas fueron embargadas en 28 entidades financieras, con depósitos congelados que superaron los RD$26,600 millones mensuales. Estas cifras son alarmantes, afectando a más de 100,000 personas, equivalente al 1% de la población dominicana.
La columna también advirtió sobre los tipos de abusos que se estaban cometiendo, como la congelación de cuentas sin notificación previa y el embargo de cuentas de nómina, a pesar de que la Constitución y el Código Laboral protegen estos salarios. Ante esta situación, se propuso que la Superintendencia de Bancos y el Congreso de la República actuaran para regular esta práctica y proteger a los ciudadanos.
Además, se sugirió la creación de un nuevo tipo de cuenta de nómina que no pueda ser embargada, y se resaltó la necesidad de supervisar la venta de carteras de crédito a empresas de cobros compulsivos, exigiendo un código de ética que respete los derechos fundamentales de los deudores. La columna hizo un llamado al Defensor del Pueblo para que se involucrara en la defensa de los afectados, subrayando la responsabilidad civil de los abogados, acreedores y terceros que participen en embargos que violen las disposiciones legales, obligándolos a resarcir los daños causados.
Entre los abusos más comunes que se han identificado con el uso de embargos retentivos se encuentran la congelación de cuentas bancarias sin una notificación previa al deudor, lo que deja a la persona o empresa afectada sin acceso a sus fondos de manera inesperada y sin tiempo para tomar medidas legales. Además, se han documentado casos donde se han embargado cantidades mucho mayores a la deuda real, lo que genera una asfixia económica innecesaria. Otro abuso frecuente es la repetición del embargo por la misma deuda en diferentes cuentas, multiplicando el daño al deudor.
La iniciativa de Raful tiene como objetivo corregir estas prácticas, estableciendo procedimientos más claros y justos. Entre los puntos clave del proyecto de ley se encuentra la obligación de presentar pruebas suficientes antes de ejecutar un embargo, así como la imposición de sanciones a quienes utilicen este recurso de manera temeraria. Además, se busca proteger a los deudores de embargos injustificados y evitar que se abuse de esta herramienta sin cumplir con los requisitos legales necesarios.
El proyecto de ley también introduce responsabilidad civil para los abogados, acreedores y terceros que participen en embargos retentivos violando las disposiciones establecidas. Esto significa que, en caso de que se demuestre que un embargo fue solicitado o ejecutado sin el debido fundamento legal, estos actores podrán ser obligados a resarcir los daños causados al deudor, incluyendo los costos legales, daños morales, y cualquier perjuicio económico derivado de la inmovilización indebida de bienes. Esta medida busca disuadir el uso arbitrario de los embargos y garantizar que se utilicen únicamente en situaciones que verdaderamente lo ameriten.
La importancia de esta legislación radica en su potencial para equilibrar la balanza entre acreedores y deudores, asegurando que los derechos de ambas partes sean respetados y que se evite el uso arbitrario de embargos que puedan paralizar las operaciones financieras de personas y empresas sin un debido proceso. Con la aprobación final de esta ley, los dominicanos podrían estar ante el fin de los abusos en los embargos bancarios, logrando una mayor transparencia y justicia en los procedimientos legales relacionados con las deudas
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Tu Consultorio Financiero es una columna desarrollada por Jesús Geraldo Martínez sobre finanzas personales, para orientar a las personas con conocimientos básicos en finanzas y economía a mejorar su entendimiento. Para consultar con el autor puede escribir al correo jesusgeraldo@tuconsultoriofinanciero.com, o en Instagram @Jesusgeraldomartinez.
Nacionales
Reunion bilateral se produce entre Abinader y la mandataria electa de Costa Rica, Laura Fernández
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2 días agoon
mayo 7, 2026
Santo Domingo, R.D.-El presidente Luis Abinader sostuvo una reunión bilateral en el Museo de Arte Costarricense con la presidenta electa de Costa Rica, Laura Fernández Delgado, en la que abordaron diversos temas de interés común orientados a continuar fortaleciendo los lazos fraternales, comerciales y diplomáticos entre ambas naciones.
Durante la reunión, ambos líderes intercambiaron muestras de afecto y reafirmaron la cercanía histórica entre la República Dominicana y Costa Rica; además, abordaron la importancia de mantener un diálogo permanente y de continuar trabajando de manera conjunta en iniciativas que contribuyan al desarrollo, la integración regional y el fortalecimiento de las relaciones entre ambos pueblos.
La presidenta electa expresó su interés en continuar consolidando los lazos fraternales entre ambos países, promoviendo mayores oportunidades de intercambio comercial y fortaleciendo la cooperación en áreas estratégicas para el desarrollo de ambas naciones.
De igual forma, reafirmó el compromiso de Costa Rica con la Alianza para el Desarrollo en Democracia (ADD), destacando que su gobierno continuará formando parte activa de este mecanismo regional de cooperación.
De su lado, el presidente Abinader reiteró la disposición del Gobierno dominicano de continuar afianzando las relaciones de amistad, cooperación y entendimiento mutuo con Costa Rica. Asimismo, destacó la importancia de mantener una agenda conjunta orientada al crecimiento económico, la defensa de la democracia y el fortalecimiento de los vínculos regionales entre ambas naciones.
Nacionales
Incautan 1,295 paquetes de drogas en costas de Pedernales
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2 días agoon
mayo 7, 2026
Santo Domingo, R.D.-Un cargamento de 1,295 paquetes de presunta cocaina y marihuana fueron confiscados por agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) durante dos operaciones simultáneas ejecutadas en las costas de Pedernales.
En la intervención fueron arrestados tres dominicanos y un venezolano.
El vocero del organismo antinarcóticos, Carlos Devers, identificó a los detenidos como Walkin Marino Montás Tapia, Luis Alberto Figueroa Ariza, Manolo Resello Amador y Luis Alberto Acosta Santana.
Señaló que los 1,295 paquetes fueron enviados al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), bajo estrictos protocolos de cadena de custodia, para determinar el tipo y peso exacto de la sustancia.
Devers explicó que las operaciones fueron realizadas por efectivos de la Armada de República Dominicana (ARD), la Fuerza Aérea (FARD) y organismos de inteligencia del Estado, con el apoyo de la Fuerza de Tarea Interagencial Sur (JIATFS) y la DEA de los Estados Unidos.
Indicó que la primera lancha era una embarcación de 24 pies con motores de 100 HP. Allí se arrestó a Resello Amador y Acosta Santana, incautando 16 pacas que contenían 314 paquetes de cocaína y 89 de marihuana (403 en total).
Mientras que, en la segunda lancha, fue neutralizada tras una intensa persecución en coordenadas cercanas. En esta se ocuparon 836 paquetes de marihuana y 56 de cocaína (892 en total). Fueron arrestados Montas Tapias y Figueroa Ariza.
El vocero reafirmó que se continuarán fortaleciendo las operaciones de interdicción como parte de la política de seguridad del Gobierno dominicano para garantizar la soberanía y la paz nacional.
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Rechazan traslado de proceso de Donni Santana a otra jurisdicción
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2 días agoon
mayo 7, 2026
Santo Domingo, R.D.-Por sospecha legitima el Pleno de la Suprema Corte de Justicia desestimó la demanda en declinatoria por causa interpuesta por Donni Mayobanex Santana Cuevas, exembajador del Consejo Nacional de Frontera.
Este hombre, que cumple una condena de 20 años de prisión por la violación sexual de su hijastra menor de edad, buscaba que su proceso judicial fuera transferido fuera de la jurisdicción de San Cristóbal.
Santana Cuevas, quien se encuentra en libertad tras un permiso laboral, presentó el recurso contra la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Cristóbal.
El Pleno de la Suprema Corte, encabezado por su presidente Luis Henry Molina Peña, determinó que la defensa de Santana no logró probar hechos graves o concordantes que permitieran inferir una falta de imparcialidad u objetividad por parte de los magistrados de San Cristóbal.
En su resolución, la Suprema fue enfática al aclarar que “la simple discrepancia con decisiones judiciales desfavorables no constituye un fundamento válido para alegar sospecha de parcialidad”.
Asimismo, la Suprema ratificó como correcta la actuación de la Corte de Apelación al fallar sobre recusaciones previas con sus propios integrantes, siempre que se cumpla con el cuórum legal requerido.
La solicitud de declinatoria, depositada el pasado 9 de diciembre de 2025, argumentaba que existía un «ambiente hostil» debido a la presión mediática y un supuesto comportamiento prejuiciado de los jueces.
Pese a la decisión mayoritaria, el fallo contó con el voto disidente de los magistrados Fran Soto, María Garabito Ramírez, Rafael Vásquez Goico y Yorlin Vásquez Castro.
Los jueces disidentes argumentaron que la figura de la «declinatoria por sospecha legítima» no está contemplada de forma expresa en la normativa procesal penal vigente, lo cual ha provocado decisiones contradictorias dentro del mismo órgano judicial en ocasiones anteriores.
Sostienen que el ejercicio de un poder público debe realizarse acorde a la ley vigente y su jurisdicción; por tanto, el examen de la cuestión planteada por ante esta Alzada lesiona el principio de legalidad, como se ha indicado precedentemente.
En ese orden, alegan que su posición radica en establecer que en todos los casos de solicitud de declinatoria por seguridad pública o sospecha legítima, lo que procede es declarar la inadmisibilidad de la misma, por carecer de base legal, como ocurre en otras materias y se ha expuesto en el cuerpo del presente voto.
Con esta resolución, el expediente de Donni Santana permanecerá en San Cristóbal, donde se decidirá finalmente la validez de los beneficios carcelarios que reclama el condenado.
