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Economía

Empresa del sector Mipymes demanda al Estado por incumplimiento de la cuota en compras y contrataciones públicas

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SANTO DOMINGO. Una empresa del sector de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes) depositó un recurso de amparo ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) en contra de varias instituciones del Estado por supuesto incumplimiento de la cuota legal del 20% a la Mipymes del presupuesto general de las compras y contrataciones públicas.

La empresa ESC-GROUP, SRL depositó el recurso de amparo en contra de la Presidencia de la República, del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), la Oficina Supervisora de Obras del Estado (OISOE), el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS), el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), los Comedores Económicos del Estado Dominicano y de la Dirección General de Compras y Contrataciones Públicas.

La empresa, que se dedica a la fabricación nacional luminarias LED en la República Dominicana, asegura que a la fecha no ha podido aprovechar las prerrogativas legales de estímulo e incentivo a las Mipymes, supuestamente por razones atribuibles a las constantes violaciones del sistema de compras y contrataciones por parte de diversas instituciones públicas.

La accionante ESC-GROUP, SRL. ostenta una serie de prerrogativas legales que la favorecen en el marco de procesos de compras y contrataciones, dada su condición de empresa Mipymes, dirigida por mujeres, Mipymes de producción nacional y considerada proveedor único de fabricación nacional luminarias LED en la República Dominicana.

Explica que para un mejor entendimiento del problema jurídico que se plantea ante el Tribunal Superior Administrativo, expone de manera específica, que la forma como ha sido malinterpretada y distorsionada, en la práctica, toda la normativa que regula el sector Mipymes, incluyendo, pero no limitándose a la Ley número 340-06 y sus modificaciones, la Ley 488-08 (que establece un Régimen Regulatorio para el Desarrollo y Competitividad de las Mipymes y los decretos números 543- 12 y 164-13, así como los principios de participación, de libre concurrencia, equidad e igualdad de trato y de competencia efectiva.

“A esos fines, procedemos a clasificar el conflicto jurídico que trata la presente acción, en tres grupos y escenarios de incumplimientos por parte de las Accionadas que perjudican directamente a la Accionante, a saber: incumplimiento de la cuota legal del 20% a la Mipymes, en cada proceso de selección de las compras y contrataciones públicas; contratación de grandes obras públicas bajo modalidad de llave en mano, sin la debida supervisión de la entidad contratante para asegurar que el contratista o concesionario de la obra adquiera los bienes y servicios de Mipymes para asegurar el cumplimiento de la cuota legal del 20%; incumplimiento de la cuota legal del 20% a las Mipymes (del presupuesto general) de las compras y contrataciones públicas”, indica el documento.

Precisa que el incumplimiento de la cuota legal del 20% a las Mipymes en cada proceso de selección de las compras y contrataciones públicas es notorio y la referida ley 488-08, dispone en su artículo 25 que las instituciones estatales, al momento de realizar las compras de bienes y servicios, deben de efectuar el 15% de las mismas a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), siempre que los bienes y servicios demandados por dichas instituciones sean ofertados por las Mipymes.

“ESC GROUP SRL., es una sociedad comercial con una triple condición jurídica de relevancia para el sistema de compras y contrataciones que la protege, otorgadas por las normas del ordenamiento jurídico citado: i) MIPYME de mujer; ii) MIPYME de producción nacional; iii) MIPYME y/o proveedores con la condición de proveedor único fabricante del mercado sobre la actividad económica a la que se dedica, en este caso fabricación de luminarias LED de alta eficiencia y ahorro de energía”, explica el recurso.

Se recuerda que mediante el decreto 164-13 el presidente Danilo Medina dispuso el 10 de junio de 2013 que todas las instituciones públicas, sujetas a la Ley 340-06 y sus modificaciones, deberán en lo adelante realizar sus compras y contrataciones a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes).

La disposición gubernamental establece que los bienes y servicios que adquieran las instituciones públicas tendrán que ser exclusivamente de origen, manufactura o de producción nacional, siempre y cuando existan Mipymes que puedan ofrecerlos.

El artículo 2 del decreto establece que para los productos manufacturados o industriales sean considerados de producción nacional, su valor total de insumos importados no deberá superar el 65 por ciento del precio de venta del bien terminado.

En caso de los productos farmacéuticos, la fabricación debe realizarse en un laboratorio farmacéutico cuyas instalaciones estén establecidas en la República Dominicana, mientras que los bienes primarios agrícolas y pecuarios, su cultivo y nacimiento deben tener la condición de nacional.

“En las compras y contrataciones de bienes y servicios, destinadas a Mipymes, se privilegiará también la contratación con micro, pequeñas y medianas empresas, personas físicas, técnicos, profesionales y artesanos, preferiblemente domiciliados en la región, provincia o municipio en el que se vaya a realizar la compra o contratación, cuyos proveedores deberán acreditar tal condición de acuerdo a las disposiciones que se establezcan en los pliegos de condiciones”, indica el artículo 3.

Esta acción de amparo fue depositada el cinco de mayo del presente año y la próxima semana tendrán audiencia.

Proceso de demanda del Estado

Desde el 2016 el Gobierno viene siendo demandado por incumplimiento de la cuota que les corresponde a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes) en los procesos de compras y contrataciones públicas.

“Se concluyó al fondo hace cerca de dos meses, y la sentencia que emitió el tribunal fue que, de oficio, o sea, a motu proprio, declaró una reapertura de los debates para que compareciera la Presidencia de la República bajo el precepto del derecho fundamental de la defensa porque no había comparecido. Para garantizar el derecho a la defensa la Presidencia debe estar presente en las audiencias. La primera audiencia después de la reapertura de los debates fue la semana pasada y la próxima audiencia será el jueves 16 de noviembre a las 9:00 de la mañana”, según el abogado Félix Pujols Jerez, quien dijo que desde octubre de 2016 se ha estado procediendo con todo lo que se puede hacer en materia de derecho administrativo.

Dijo que desde solicitudes de información desde octubre de 2016 a Obras Públicas y la OISOE, a depositado acciones de amparo por derecho a la información contra Obras Públicas “para que nos entreguen información y ganamos el derecho de que se nos entregaran las informaciones y no se nos entregó”.

“Desde octubre se vienen construyendo el caso y en febrero o marzo se emplazó a todas las instituciones que hoy son demandadas para que en 15 días laborables cumplieran con todas las normas jurídicas que se les están imputando. Y fue después de todo este proceso que se depositó la acción de amparo, se notificó a las partes y desde principio de año hasta la fecha aún estamos en el proceso porque siguen incumpliendo”, expresó.

Reveló, y así lo indica la acción de amparo, que la información de que están incumpliendo con la cuota legal que les corresponde a las Mipymes, la entregó precisamente la dirección de Compras y Contrataciones Pública.

“Nosotros solicitamos no solo de esas que están demandadas sino a 20 instituciones para saber si estaban cumpliendo y todas estaban incumpliendo, o sea, eso lo dice Compras y Contrataciones, no nosotros”, expuso el abogado Félix Pujols Jerez, representante de los demandantes.

diariolibre.com

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Economía

El dólar era vendido este jueves a 60.25 pesos en Rep. Dominicana

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Santo Domingo, R.D.- El dólar era vendido este jueves a 60.25 pesos en República Dominicana.

El Banco Central fijó el cambio para de la siguiente manera:

Compra: 60.05

Venta: 60.25.

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Economía

El Ministerio de Trabajo revela los días feriados del 2025

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Santo Domingo, R.D.-El Ministerio de Trabajo informó este jueves cuales serán los días feriados del calendario para este 2025 en el país, dando cumplimiento a la Ley 139-97, la cual establece el traslado de algunos días para que puedan ser disfrutados por la población, en especial, por la clase trabajadora.

A través de nota de prensa, la entidad recordó que la ley establece el traslado para los lunes de los días feriados que coincidan con los martes, miércoles, jueves o viernes.

«La ley fue publicada en la Gaceta Oficial 9957, de fecha 25 de junio de 1997, entró en vigor el 27 del mismo mes y año, por lo que, de conformidad con lo establecido por nuestra legislación, debe ser aplicada en todos los establecimientos del país», dice el documento.

En esta ocasión, el Ministerio de Trabajo resaltó solo dos fechas que deben ser trasladadas, los demás días se celebrarán en su fecha original.

Los días feriados del 2025 se aplicarán de la siguiente manera:

El miércoles 1 de enero, fecha de celebración de Año Nuevo, no se cambia.

El lunes 6 de enero, día de los Santos Reyes, no se cambia.

El martes 21 de enero, día de Nuestra Señora de la Altagracia, no se cambia.

El domingo 26 de enero, fecha en que se conmemora el natalicio de Juan Pablo Duarte, no se cambia.

El jueves 27 de febrero, día de la Independencia Naciónl es inamovible.

El viernes 18 de abrilViernes Santo, festividad religiosa en que se conmemora la muerte de Jesucristo, inamovible.

El jueves 1 de mayo, día del Trabajo, se trabaja y se cambia para el lunes 05 de mayo.

El jueves 19 de junio, día en que se celebra la festividad religiosa Corpus Christi, no se cambia.

El sábado 16 de agosto, día de la Restauración de la República, no se cambia.

El miércoles 24 de septiembre, día de Nuestra Señora de las Mercedes, no se cambia.

En tanto que, el jueves 06 de noviembre, día de la Constitución, se trabaja y se cambia para el lunes 10 de noviembre.

El jueves 25 de diciembre, día de Navidad o nacimiento de Jesús, no se cambia.

Puntos para entender por qué algunos días se cambian, según la Ley 139-97:

Traslado de días feriados a lunes:

  • Los días feriados que caen entre martes y viernes se trasladarán al lunes más cercano. Esto incluye feriados como:
  • Día de Duarte (26 de enero)
  • Día del Trabajo (1 de mayo)
  • Día de la Constitución (6 de noviembre)
  • Si el día feriado cae en sábado, domingo o lunes, se mantiene en esa fecha.

Excepciones: algunos días festivos se celebran siempre en su fecha original, sin traslado. Estos son:

  • Día de la Independencia Nacional  (27 de febrero)
  • Viernes Santo (fecha variable)
  • Día de la Restauración (16 de agosto)
  • Día de la Virgen de la Altagracia (21 de enero)
  • Día de Navidad (25 de diciembre)

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Moody’s, Standard & Poor’s y Fitch Ratings mantienen sin cambios su evaluación riesgo país RD

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Las firmas calificadoras Moody’s, Standard & Poor’s y Fitch Ratings mantuvieron sin cambios su evaluación sobre la economía dominicana, según el último informe trimestral de riesgo-país, publicado por la Secretaría Ejecutiva del Consejo Monetario Centroamericano (Secmca).

Según la publicación del Informe de Riesgo País, tercer trimestre 2024, cortado a septiembre, su evaluación al alza está condicionada a la implementación de medidas de política que fortalezcan la flexibilidad fiscal y mejoren la composición, por moneda, de la deuda gubernamental, para futuras revisiones.

También, el retorno a alto crecimiento (en el contexto de estabilidad externa y macroeconómica) que conlleven a una convergencia del PIB per cápita con países con mejores calificaciones.

A la baja, no obstante, señalan que es necesario considerar “si hubiese un fuerte deterioro de las razones de deuda gubernamental a PIB y de intereses a ingresos; por ejemplo, a través de un relajamiento de la política fiscal, menor crecimiento al esperado o pérdidas financieras de las empresas de electricidad estatales”.

El informe precisa que al tercer trimestre 2024, no se realizaron revisiones para el país, por lo cual las calificaciones se mantienen en ´BB-´ positiva de Fitch, ´Ba3´ positiva de Moody´s y ´BB´ estable de S&P.

Deuda

La deuda pública se situó en US$73,419.2 millones a abril de 2024, con una tasa de crecimiento de 1.46%.

• Historial de robusto crecimiento económico.

• Matriz exportadora diversificada.

• Altos indicadores sociales y PIB per cápita.

Centroamérica

Para el cierre del tercer trimestre del año 2024, la agencia calificadora de riesgo Moody’s realizó revisiones y actualizaciones en las calificaciones de deuda soberana y perspectivas de riesgo país para Costa Rica y Guatemala, señala la publicación.

En Costa Rica, la revisión fue al alza en su calificación de riesgo, mientras que, para Guatemala, la revisión consistió en una reafirmación tanto de su calificación de deuda como de perspectiva de riesgo país.

No obstante, en octubre, Standard & Poor’s elevó la calificación de Nicaragua, pasando de ‘B’ a ‘B+’ con perspectiva estable.

Las revisiones se realizaron tomando en cuenta el desempeño de indicadores como la evolución de la actividad económica, déficit fiscal, necesidades de financiamiento (local y externo), análisis de ratios deuda pública/PIB, de intereses de deuda/ingresos fiscales, e indicadores del sector externo, entre otras.

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