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Empresas de Eddy Santana recibieron más de RD$494 millones de la OMSA
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8 años agoon
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LA REDACCIÓN
SANTO DOMINGO. La trama de presunta corrupción administrativa que envuelve al exdirector de la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA), Manuel Rivas, y el empresario Eddy Santana Zorrilla, asciende a más de RD$494 millones de pesos.
Desde noviembre del 2012 hasta septiembre de 2017, las empresas Tech Solution EKR y Grupo Martisdom propiedad de Santana Zorrilla recibieron transferencias por pagos de servicios y contratos de la OMSA por unos RD$494,806,944.89, detalla la solicitud de medida de coerción hecha por la Fiscalía de Santo Domingo Oeste por asociación de malhechores para cometer estafa contra el Estado dominicano y corrupción Administrativa, no así por el asesinato del abogado Yuniol Ramírez Ferrera pese a detallar en la instancia los encuentros entre ambos, así como los motivos.
El Ministerio Público detalla que aunque Martisdom declaró pérdidas ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) en el 2016, desde ese año hasta la fecha recibió RD$47,607,967,07 de la OMSA, según los documentos provisionales suministrados por el actual director de esa entidad Héctor Mojica.
A pesar de que en menos de cinco años las empresas recibieron casi RD$500 millones sólo de la OMSA, las mismas no cuentan con registro de personal en el Ministerio de Trabajo ni ninguna documentación en los archivos de esa institución estatal, dice la fiscalía en su instancia.
Agrega, además, que aunque Martisdom es representada por Rosary Hernández Santana, sobrina de Eddy Santana, ésta es recepcionista de dicha entidad y firmaba los contratos de adjudicación de la empresa sin recibir beneficios, más allá de un salario mensual de 20 mil pesos y una bonificación anual de RD$40 mil, lo cual demostrará con el interrogatorio que le realizaron el 17 de octubre.
Los documentos negados al abogado y catedrático de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), Yuniol Ramírez, por lo cual interpuso un recurso de amparo en el Tribunal Superior Administrativo, tenían que ver con las licitaciones para la adjudicación de contratos o servicios a las referidas empresas de quien presuntamente le entregó un millón de pesos en una estación de combustibles en la avenida Rómulo Betancourt como adelanto para desistir del recurso de amparo.
En marzo de este año mediante el proceso de Excepción Urgencia número OMSA-CCC-PE-2017-248 en una licitación en la que participaron las dos empresas de Santana Zorrilla junto a Last Minute Solution, Distribuidora Agrícola y Pecuaria, las mismas resultaron beneficiadas; Tech Solution con un contrato de RD$42,665,260.00 y Grupo Martisdom con RD$15,133,832.76.
Según las declaraciones del empresario que tuvo comunicación telefónica con el occiso dos horas antes de ser raptado en la UASD y asesinado en la camioneta marca Ford, Azul, placa EL03636 el 11 octubre, eran dos millones que iba a entregarle a Ramírez Ferreras en la estación de combustibles.
“A Yuniol primero le entregué un desistimiento que le había mandado Faustino Rosario (coronel y gerente financiero de la OMSA) en donde retiraba la demanda, a lo que Yuniol se negó a firmarlo por lo que le dije que no podía entregarle el dinero ante la ausencia de garantía, diciéndome que no había problema que se lo podría entregar todo cuando pasara la audiencia, que estaba fijada para el 12 de octubre del 2017, por lo que acordamos dejarle un millón que éste alegadamnente recibió con el compromiso de que se le entregue lo demás inmediatamente concluida la referida audiencia”.
“Dicho dinero se lo entregué en efectivo, en un sobre manila amarillo e inmediatamente le informé al señor Faustino Rosario, estableciéndome este que me lo devolvía cuando el director regrese, puesto que se encontraba de viaje”, dijo.
“Luego me contacté con Yuniol vía telefónica el miércoles 11 de octubre, en eso de las 2:00 pm, y me dijo que no era necesario vernos ese mismo día, sino que mejor el día siguiente, fue lo último que supe de él”, dijo Santana Zorrilla en el interrogatorio del 15 de octubre.
El empresario al ser cuestionado sobre la función del prófugo Argenis Contreras González en la bomba dijo: “La idea principal era que él participara, pero como Yuniol nunca se montó en mi vehículo, no pudo participar. Él debía desde varios vehículos, montado en el de él, ver todo”. ¿Qué hace Argenis? Preguntan los investigadores y él respondió: “Cuando parqueo el vehículo, Argenis pone un celular para grabar, pero al no montarse en el vehículo no pudo grabarse nada, fue a buscarlo, lo retira de mi vehículo al final y se va”, respondió.
La Oficina de Atención Permanente de Santo Domingo Oeste conocerá mañana la solicitud de un año de prisión preventiva como medida de coerción al empresario Eddy Santana. La familia del abogado Ramírez informó que se querellaron en su contra y que solicitarán prisión por complicidad en el asesinato.
diariolibre.com
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JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres
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1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.
Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.
Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.
Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.
La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.
Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.
Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.
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Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3
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1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.
Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».
«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).
Derechos de Franasyl
La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.
En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.
La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.
- Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.
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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar
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1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.
El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.
La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.
La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.
El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.
Ejecución del peritaje
Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.
La CD modificó el artículo 48 de la pieza
Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.
