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En manos del Tribunal Constitucional acuerdo entre EEUU y República Dominicana.

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Santo Domingo, R.D.-El Gobierno dio permiso a los Estados Unidos, amparado en el Acuerdo de Interdicción Marítima y Aérea firmado en 1995, autorizado por el expresidente Joaquín Balaguer,  a fin de  utilizar de manera “temporal” espacios restringidos en la Base Aérea de San Isidro y en el Aeropuerto Internacional de Las Américas (AILA) en la lucha contra el tráfico de drogas, pero el mismo fue rechazado por el Tribunal Constitucional y parece que la misma suerte podría correr  el autorizado ahora por Luis Abinader en el mismo sentido

El Gobierno no hizo público qué tiempo específico se realizarán estas operaciones.

Este punto fue uno de los que el Tribunal Constitucional de 2015 se basó para declarar inconstitucional el “Acuerdo sobre Estatus del Personal de los Estados Unidos en la República Dominicana”, en el Gobierno de Danilo Medina.

Asimismo, el acuerdo aplicaba a todo el personal de esa nación estadounidense presente temporalmente en el país en conexión con visitas, actividades de capacitación, ejercicios, labores humanitarias y otras mutuamente acordadas por ambos gobiernos.

El mismo fue firmado el 20 de enero de 2015, por el entonces ministro de Relaciones Exteriores, Andrés Navarro y el embajador de Estados Unidos, James W. Brewster; con la presencia del ministro de Defensa, William Muñoz Delgado y el comandante del Comando Sur de los Estados Unidos, general John Kelly.

En la sentencia TC/031/, el organismo apuntó que la Constitución prevé la posibilidad de que el Estado dominicano autorice la presencia de tropas extranjeras, y en relación con ello precisa, que el Estado dominicano determinará, en todo caso, “el tiempo y las condiciones de su estadía”.

“La presencia de tropas militares en el territorio dominicano siempre debe estar supeditada a un plazo concreto, es decir, que no es permisible la permanencia por un lapso indeterminado de cuerpos militares extranjeros en territorio dominicano, cuya estancia también habrá de encontrarse regulada por condiciones puntuales”, expresó el TC en su sentencia.

El TC declaró “no conforme con la Constitución”, que la República Dominicana otorgara privilegios e inmunidades a miembros de las Fuerzas Armadas y funcionarios civiles del Departamento de Defensa de Estados Unidos presentes en el país, equivalentes a las concedidas al personal administrativo y técnico de una misión diplomática, conforme a la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, del 18 de abril de 1961.

El convenio contemplaba que República Dominicana aceptara como válidas las licencias profesionales otorgadas por Estados Unidos, por sus subdivisiones políticas, o por sus mismos estados al personal de esa nación para la provisión de servicios al personal autorizado.

El acuerdo establecía que el Departamento de Defensa de los Estados Unidos podía contratar cualquier material, suministros, equipos y servicios a ser provistos o hechos en la República Dominicana sin restricción en cuanto a la elección del contratista. Además, que los contratistas de Estados Unidos no estarán sujetos al pago de ningún impuesto o cargo.

“El Departamento de Defensa de los Estados Unidos y el personal de los Estados Unidos pueden importar, exportar, y usar en la República Dominicana cualquier propiedad personal, aparatos, suministros, provisiones, tecnología, capacitación o servicios en relación con sus actividades”, apuntaba.

De igual forma, autorizaba que el Departamento de Defensa de los Estados Unidos y el personal de los Estados Unidos no estarían sujetos al pago de ningún impuesto o cargo similar estipulado en la República Dominicana.

“Las aeronaves propiedad del Departamento de Defensa de los Estados Unidos, u operadas por o en ese momento exclusivamente para el Departamento de Defensa de los Estados Unidos, no estarán sujetas al pago de cargos por navegación, sobrevuelo, terminal u otros cargos similares en el territorio de la República Dominicana”, resaltaba.

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Jueza escuchó varios testigos del Ministerio Público contra Elizabeth Silverio y aplaza juicio

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SANTO DOMINGO.- La jueza de la Novena Sala de la Cámara Penal del Distrito Nacional, Milagros Ramírez, aplazó este lunes para el próximo 16 de marzo la continuación del nuevo juicio contra Elizabeth Silverio (neurocientífica), directora del Centro de Terapias Neurocognitivas y Psicopedagógicas Kogland, acusada de ejercer la medicina de manera ilegal en el país.

La decisión fue tomada luego de que el tribunal escuchara a varios testigos presentados por el Ministerio Público, entre ellos madres y padres de las presuntas víctimas del caso. Los testigos relataron las situaciones que vivieron y pidieron justicia por los perjuicios que, según denunciaron, sufrieron sus hijos.

Durante la audiencia también ofreció su testimonio el director de Habilitación del Ministerio de Salud Pública, como parte de las pruebas presentadas por el Ministerio Público.

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Previo al inicio del proceso, Elizabeth Silverio aseguró que demostrará su inocencia frente a los hechos que se le imputan.

De acuerdo con la acusación del Ministerio Público, Silverio ejercía la medicina sin contar con el exequátur correspondiente, en violación de la ley, lo que presuntamente afectó la salud de decenas de menores con condiciones especiales.

Asimismo, se le atribuye el uso de títulos falsos, con los cuales hacía creer que era psicóloga con especialidad en neurociencia.

Se recuerda que el 10 de octubre de 2025, los jueces de la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional anularon la sentencia que condenaba a Silverio a siete años de prisión, dictada el 21 de octubre de 2024 por las magistradas del Tercer Tribunal Colegiado.
Tras esa decisión, la corte ordenó la celebración de un nuevo juicio.

Centro Kogland fue clausurado

El Centro de Terapias Neurocognitivas y Psicopedagógicas Kogland, ubicado en el sector Gascue, fue creado en diciembre de 2021. Su directora, Elizabeth Silverio, de 30 años, afirmaba poseer cinco maestrías.

La situación provocó que Silverio fuera intimada a presentar su exequátur ante el Ministerio de Salud Pública y, ante la inexistencia de la documentación correspondiente, se procedió al cese de las operaciones del centro Kogland.

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Aplazan para abril inicio de la audiencia preliminar del exjefe de la DEA en República Dominicana

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Santo Domingo, R.D.-El Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito de Columbia concedió un aplazamiento de la audiencia inicial en el caso por presunta corrupción contra el dominicano Melitón Cordero, acusado de gestionar más de 100 solicitudes de visado abusando del programa para informantes confidenciales mientras se desempeñaba como supervisor de la oficina de la Administración para el Control de Drogas (DEA) en República Dominicana.

La audiencia inicial, prevista para el 6 de marzo, fue pospuesta por un plazo de 30 días para permitir que la defensa se reorganice y el gobierno prepare la evidencia, con la posibilidad de que el caso se resuelva antes de llegar a un juicio formal, según establecen documentos judiciales a los que este medio tuvo acceso.

En ese sentido, la audiencia preliminar quedó programada para el próximo 6 de abril a las 12:30 de la tarde.

La decisión del juez también incluye detener temporalmente el conteo del plazo legal que permite la celebración de un juicio rápido. Esto significa que los días entre el 6 de marzo y el 6 de abril no contarán para el cálculo de ese plazo.

Esto se debe a que, normalmente, el gobierno estadounidense dispone de 30 días desde el arresto para presentar cargos ante un gran jurado.

La decisión de posponer la audiencia preliminar fue tomada por el tribunal el 26 de febrero de 2026, un día después de que la defensa presentara la solicitud.

Motivos para la prórroga

Los documentos judiciales explican varias razones por las que se concedió el aplazamiento en el caso penal federal contra Cordero. La primera de ellas es la contratación de una nueva abogada por parte del dominicano, quien pasa de ser representado por un defensor público federal a la abogada Mary Carpenito, que aún se encuentra en proceso de incorporarse formalmente al caso.

Otro de los motivos es que el gobierno entregará evidencia previa a la acusación formal, así como la intención de ambas partes de contar con más tiempo para prepararse.

Además, existe la posibilidad de resolver el caso antes de una acusación formal, lo que podría evitar un juicio, según se desprende de los documentos.

El pasado 12 de febrero, la embajadora estadounidense en República Dominicana, Leah Francis Campos, informó el cierre de la oficina de la DEA en el país «hasta nuevo aviso», mediante un comunicado difundido en redes sociales en el que calificó la corrupción como «una violación repugnante y deshonrosa de la confianza pública».

La acusación sostiene que  Cordero, de 47 años, habría utilizado su posición en la DEA para tramitar al menos 119 solicitudes de visa bajo un esquema fraudulento, presentando a los solicitantes como supuestas «fuentes confidenciales» de la agencia antidrogas. A cambio, se habrían pagado hasta 10,000 dólares por cada trámite.

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Tribunal ratifica medida de coerción contra ejecutivas del colegio Da Vinci por muerte de Stephora

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Santo Domingo, R.D.-El Tribunal Colegiado de la Cámara Penal de la Corte de Apelación ratificó la medida de coerción impuesta contra varias ejecutivas del colegio Leonardo Da Vinci, en el proceso judicial por la muerte de la niña Stephora Anne-Mircie Joseph, de 11 años, quien falleció ahogada durante una excursión escolar.

El tribunal confirmó la decisión dictada en primera instancia, que establece como medida de coerción una garantía económica de 500 mil pesos mediante compañía aseguradora, presentación periódica ante las autoridades e impedimento de salida del país contra las cuatro imputadas.

Las imputadas en el caso son Yris del Carmen Reyes Adames, directora administrativa del centro educativo; Gisela Altagracia de las Mercedes González Estrella, coordinadora general y asesora del equipo directivo; Francisca Josefina Tavares Vélez, orientadora, y Vilma Altagracia Vargas Morel, coordinadora del nivel secundario. Acudieron a la audiencia, y gozan de libertad, ya que cumplen medida poco gravosa.

A la salida de la audiencia, el abogado de la familia de la niña, Miguel Valdez Mar Díaz, cuestionó que en el proceso no se haya incluido a otros posibles responsables vinculados al centro educativo y al lugar donde ocurrió la tragedia.

El jurista indicó que durante la audiencia se discutió que las personas señaladas no serían las únicas responsables del descuido que provocó la muerte de la menor.

Valdez Mar Díaz también criticó el accionar del Ministerio Público, al señalar que el proceso ha sido complejo para la familia y que, hasta el momento, la madre de la niña no ha recibido las pertenencias que la menor llevó el día de la excursión, pese a los requerimientos realizados.

Asimismo, informó que el tribunal fijó para el 26 de marzo una audiencia en la que se conocerá el proceso contra representantes del colegio y los propietarios de la Hacienda Los Caballos.

La mujer estuvo acompañada por varios familiares, quienes intentaban consolarla mientras reiteraba su llamado para que las autoridades establezcan responsabilidades en el caso.

De su lado, la abogada de parte de las imputadas, María del Pilar Zuleta, manifestó su satisfacción con la decisión adoptada por el tribunal.

“La corte conoció el caso, tomó su tiempo y decidió ratificar la medida. Entendemos que fue una decisión ajustada a derecho y que no existe ninguna presunción de culpa contra nuestras representadas”, expresó.

Indicó además que el Ministerio Público había solicitado un aumento de la garantía económica impuesta como medida de coerción, solicitud que finalmente no fue acogida por el tribunal.

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