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En manos del Tribunal Constitucional acuerdo entre EEUU y República Dominicana.

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Santo Domingo, R.D.-El Gobierno dio permiso a los Estados Unidos, amparado en el Acuerdo de Interdicción Marítima y Aérea firmado en 1995, autorizado por el expresidente Joaquín Balaguer,  a fin de  utilizar de manera “temporal” espacios restringidos en la Base Aérea de San Isidro y en el Aeropuerto Internacional de Las Américas (AILA) en la lucha contra el tráfico de drogas, pero el mismo fue rechazado por el Tribunal Constitucional y parece que la misma suerte podría correr  el autorizado ahora por Luis Abinader en el mismo sentido

El Gobierno no hizo público qué tiempo específico se realizarán estas operaciones.

Este punto fue uno de los que el Tribunal Constitucional de 2015 se basó para declarar inconstitucional el “Acuerdo sobre Estatus del Personal de los Estados Unidos en la República Dominicana”, en el Gobierno de Danilo Medina.

Asimismo, el acuerdo aplicaba a todo el personal de esa nación estadounidense presente temporalmente en el país en conexión con visitas, actividades de capacitación, ejercicios, labores humanitarias y otras mutuamente acordadas por ambos gobiernos.

El mismo fue firmado el 20 de enero de 2015, por el entonces ministro de Relaciones Exteriores, Andrés Navarro y el embajador de Estados Unidos, James W. Brewster; con la presencia del ministro de Defensa, William Muñoz Delgado y el comandante del Comando Sur de los Estados Unidos, general John Kelly.

En la sentencia TC/031/, el organismo apuntó que la Constitución prevé la posibilidad de que el Estado dominicano autorice la presencia de tropas extranjeras, y en relación con ello precisa, que el Estado dominicano determinará, en todo caso, “el tiempo y las condiciones de su estadía”.

“La presencia de tropas militares en el territorio dominicano siempre debe estar supeditada a un plazo concreto, es decir, que no es permisible la permanencia por un lapso indeterminado de cuerpos militares extranjeros en territorio dominicano, cuya estancia también habrá de encontrarse regulada por condiciones puntuales”, expresó el TC en su sentencia.

El TC declaró “no conforme con la Constitución”, que la República Dominicana otorgara privilegios e inmunidades a miembros de las Fuerzas Armadas y funcionarios civiles del Departamento de Defensa de Estados Unidos presentes en el país, equivalentes a las concedidas al personal administrativo y técnico de una misión diplomática, conforme a la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, del 18 de abril de 1961.

El convenio contemplaba que República Dominicana aceptara como válidas las licencias profesionales otorgadas por Estados Unidos, por sus subdivisiones políticas, o por sus mismos estados al personal de esa nación para la provisión de servicios al personal autorizado.

El acuerdo establecía que el Departamento de Defensa de los Estados Unidos podía contratar cualquier material, suministros, equipos y servicios a ser provistos o hechos en la República Dominicana sin restricción en cuanto a la elección del contratista. Además, que los contratistas de Estados Unidos no estarán sujetos al pago de ningún impuesto o cargo.

“El Departamento de Defensa de los Estados Unidos y el personal de los Estados Unidos pueden importar, exportar, y usar en la República Dominicana cualquier propiedad personal, aparatos, suministros, provisiones, tecnología, capacitación o servicios en relación con sus actividades”, apuntaba.

De igual forma, autorizaba que el Departamento de Defensa de los Estados Unidos y el personal de los Estados Unidos no estarían sujetos al pago de ningún impuesto o cargo similar estipulado en la República Dominicana.

“Las aeronaves propiedad del Departamento de Defensa de los Estados Unidos, u operadas por o en ese momento exclusivamente para el Departamento de Defensa de los Estados Unidos, no estarán sujetas al pago de cargos por navegación, sobrevuelo, terminal u otros cargos similares en el territorio de la República Dominicana”, resaltaba.

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Camacho dice que el caso SeNaSa es el “más grande, siniestro y cruel”

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Santo Domingo.– El director de Persecución del Ministerio Público, Wilson Camacho, afirmó que el caso de corrupción y desfalco en el Seguro Nacional de Salud (SeNaSa) es “el más grande, siniestro y cruel”, debido a que afecta la salud de más de ocho millones de dominicanos, especialmente personas pobres y vulnerables.

Las declaraciones fueron ofrecidas durante el primer Congreso de Lucha contra la Corrupción, Desafíos y Retos, celebrado en el hotel Catalonia.

Camacho manifestó que espera que todos los participantes en este entramado corrupto “se sienten en el banquillo de los acusados” para responder por los hechos cometidos, desmantelados mediante la Operación Cobra.

El caso continúa abierto y, a medida que avanzan las investigaciones, podrían surgir nuevas personas vinculadas.

Según el Ministerio Público, la operación habría sido liderada por el exdirector de SeNaSa, Santiago Hazim, junto a otros implicados. La medida de coerción contra los imputados será conocida hoy a las 2:00 de la tarde.

“Esperamos que cada una de las personas que participaron en este entramado de corrupción responda por sus hechos”, reiteró Camacho, al tiempo que subrayó que se trata de “uno de los casos de corrupción más grandes” enfrentados por el Ministerio Público, y “el más siniestro y cruel”, por afectar un servicio esencial para la población vulnerable.

Camacho indicó que el monto del desfalco podría seguir aumentando conforme avanza el proceso. Hasta el momento, asciende a más de 15 mil millones de pesos.

El Ministerio Público solicita 18 meses de prisión preventiva como medida de coerción para los imputados:

  • Santiago Marcelo Hazim Albainy, exdirector de SeNaSa
  • Gustavo Enrique Messina Cruz, exgerente financiero
  • Germán Rafael Robles Quiñones, exgerente jurídico
  • Francisco Iván Minaya Pérez, exgerente de Salud
  • Rafael Luis Martínez Hazim, sobrino de Hazim y fundador de MyCare

También para los proveedores implicados:
Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención, Ramón Alan Speakler Mateo, Ada Ledesma Ubiera y Heidi Mariel Pineda.

A todos se les acusa de cometer un fraude millonario contra esta ARS pública y de los delitos de coalición de funcionarios, prevaricación, asociación de malhechores, soborno, estafa al Estado, desfalco, falsificación, uso de documentos falsos y lavado de activos.

El Ministerio Público asegura haber recopilado pruebas que evidencian sobornos a gran escala, alteración de estados financieros, creación de programas ilegales, desvío de fondos y diversas maniobras fraudulentas.

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Stephora Joseph murió por asfixia mecánica de acuerdo a la autopsia

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Santo Domingo, R.D.-Veinticinco días pasaron para que se diera a conocer la presunta causa de la muerte de Stephora Ann-Merci Joseph. De acuerdo al informe 552-2025 del Instituto Nacional de Ciencias Forenses fechado el 19 de noviembre, la niña murió por “asfixia mecánica por ahogamiento, es una muerte violenta”.

De etiología médico legal indeterminada, el mecanismo de la muerte fue “insuficiencia respiratoria, la forma de producirse la muerte fue rápida”.

En el documento no se establece la hora de la muerte, ya que aunque en el relato fáctico del Ministerio Público se establece que los hechos comenzaron a las 9:45 de la mañana, el levantamiento del cadáver se produjo a las 2:05 de la tarde.

Según el Ministerio Público, “a las 9:44 de la mañana, la víctima se adentra a la piscina, caminando confiada». La piscina se encontraba sin ningún tipo de señalización y al momento en que llega a la mitad de la misma, la menor «se percató de que el nivel de agua era diferente y de inmediato empezó a hundirse y a hacer señas de auxilio con los brazos muestra de que se estaba ahogando».

El escrito del órgano acusador continúa explicando «que a las 9:45 (de la mañana) la menor de edad realizó gesto de desesperación, luchando por tomar aire, por mantenerse a flote, por sobrevivir».

En la solicitud de medida de coerción se establece que «mientras se estaba ahogando, la imputada Francisca Josefina Tavárez Vélez, camina por el borde de la piscina, justo al lado de la víctima y se desplaza sin siquiera voltear la cara, en cambio se dirige a la parte de la piscina donde está el jacuzzi y habla con unos niños que están ahí, regresando a la parte del gazebo, volviendo a pasar al lado de la víctima, sin que nada le llame la atención. Esta es una muestra extrema de la falta de cuidado y de la forma negligente irresponsable en la que las imputadas realizaron la supervisión del área de la piscina».

«Se ahogóse ahogó«, gritaba el menor, mientras llamaban a la imputada Vilma Altagracia Vargas Morel.

En su relato establece que durante esos 31 minutos la imputada Vilma Altagracia Vargas Morel utilizaba su aparato celular, sin ver lo que estaba pasando, siendo todo esto captado por las cámaras de seguridad del lugar.

No querían llamar al 911

El expediente revela un detalle estremecedor, cuando un empleado de la hacienda y varios estudiantes insistieron en llamar al 911 a las 10:20 a. m., la imputada Francisca Tavárez respondió: “No. Están llamando a la directora.”

Se llamó primero al colegio, no al sistema de emergencias. La madre tampoco fue informada de inmediato, la llamaron 1 hora 25 minutos después de que estaba muerta para decirle que se estaba vomitando.

La estudiante Stephora, de 11 años, murió en una excursión de un colegio.

La estudiante Stephora, de 11 años, murió en una excursión de un colegio.

 

Llamaron a madre más de una hora después

A la madre que llegó poco más de las 12:00 del mediodía le dijeron que su hija estaba viva bajo cuidados médicos. Le comunicaron la muerte 4 horas después de estar en la parte frontal de la hacienda.

Durante ese tiempo entraron unidades del DICRIM, del SWAT y una ambulancia…, pero nadie salió a hablar con la madre.

En su relato el Ministerio Público tampoco establece qué se hizo con la niña desde las 10:20 hasta las 2:05 de la tarde, cuando se hace el levantamiento del cadáver

Violación de los protocolos

El documento detalla que el colegio organizó la actividad llamada “Agasajo Guardia de Honor” violando la Orden Departamental 09-2009, que prohíbe terminantemente excursiones y actividades recreativas en ríos, playas, lagos y piscinas.

Pese a la prohibición, el centro aprobó la actividad, coordinada por las imputadas, para 87 estudiantes de entre 10 y 18 años, incluyendo a Stephora.

El lugar escogido fue Hacienda Los Caballos, un espacio que, de acuerdo al informe de la Defensa Civil, no contaba con salvavidas, señalización, rutas de evacuación ni protocolos de emergencia.

Sin verificar quién sabía nadar

Aunque los padres debían firmar una autorización para el uso de la piscina, el colegio nunca preguntó si los niños sabían nadar.

La propia madre de la niña declaró al Ministerio Público:

“Mi hija no sabía nadar. Yo pensaba que era una piscina de niños. Ellos no me dieron detalles”.

En el audiovisual se puede observar cómo un grupo de al menos cinco niños la ve mientras ella levanta las manos pidiendo ayuda al momento en que se está ahogando, ellos la señalan, pero nadie pide ayuda. De hecho, van hacia otros puntos de la piscina sin dar parte a las maestras, ni a ningún otro personal allí presente.

Las imputadas

La Fiscalía de Santiago depositó la solicitud de medida de coerción contra cuatro integrantes del equipo directivo y docente del colegio Leonardo Da Vinci, acusadas de homicidio involuntario, abandono y maltrato a menores.

Yris del Carmen Reyes Adames, directora administrativa del instituto Leonardo Da Vinci; Gisela Altagracia de las Mercedes González, coordinadora general y asesora del equipo directivo; Francisca Josefina Tavárez Vélez, orientadora y Vilma Altagracia Vargas Morel, coordinadora del nivel secundario.

Responsabilidad penal

El Ministerio Público sostiene que las cuatro imputadas actuaron con torpeza, negligencia e imprudencia extrema, incumpliendo su deber de cuidado y violando normas nacionales.

La calificación jurídica que ha dado el Ministerio Público es homicidio involuntario (art. 319 CP), abandono y maltrato a menores (art. 351-2 CP) y Violación al Código de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).

Para el Ministerio Público, la muerte de Stephora fue resultado directo de una excursión ilegal, en un lugar inseguro con falta total de supervisión, la omisión de auxilio y el incumplimiento de protocolos.

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MP: Santiago Hazim creó un comité fraudulento para favorecer a amistades y círculo político

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Santo Domingo, R.D.-El Ministerio Público anunció durante el fin de semana la puesta en marcha de la denominada «operación Cobra«, en la que acusa a un grupo de personas de haber sustraído dinero al patrimonio público a través del Seguro Nacional de Salud (Senasa).

Durante el operativo, que conllevó una docena de allanamientos con la participación de más de 20 fiscales y 200 agentes policiales, fue arrestado el exdirector de Senasa, Santiago Marcelo Hazim Albainy.

Este exfuncionario, de acuerdo con la solicitud de medida de coerción en contra de los imputados en este caso judicial depositado este martes, es acusado de crear un Comité de Contrataciones Médicas a su llegada a la dirección del Senasa.

Según los fiscales, Hazim Albainy creó el referido comité de forma arbitraria y sin sustento legal, alterando en el proceso el mecanismo con el que funcionaba previamente para la evaluación y aprobación de prestadores de servicios de salud.

Asimismo, el Ministerio Público aseguró que el exdirector de Senasa eligió a sus empleados «más cercanos», siendo estos Francisco Iván MinayaRoberto CanaánGustavo Guilamo, Germán Robles y Carmen José Velázquez.

«Este comité respondió exclusivamente a la intención de concentrar las decisiones de contratación en un grupo reducido de colaboradores de extrema confianza, todos bajo su (Hazim Albainy) línea directa de autoridad», leía parte de los documentos depositados.

Igualmente, el órgano persecutor afirmó que este comité servía como un medio para que Hazim Albainy pudiera favocer a prestadores de salud vinculados a amistades, a su círculo político, a personas que lo habían apoyado políticamente o simplemente a quienes lo sobornaran.

¿CÓMO FUNCIONABA EL SUPUESTO ENTRAMADO?

Según el documento de solicitud de medida de coerción en contra de los implicados en el caso Senasa, Santiago Hazim Albainy incluía en el presunto entramado a sus «asistentes más cercanas», identificadas como Johana Fernández y Johanna Grullón, quienes en se presentaban a las reuniones con listas predeterminadas de prestadores que debían ser aprobados por órdenes directas del exfuncionario.

El Ministerio Público también aseveró que este grupo trabajaba de manera «articulada» para aprobar contratos a prestadores que supuestamente no cumplían con los requisitos mínimos legales ni técnicos, pero que eran promovidos por el entonces director del Senasa bajo argumentos como «aportó en la camраñа» о «hay que ayudarlo».

EL ROL DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ

Los fiscales indicaron en el expediente que Germán Robles, en su rol de consultor jurídico, ejercía un «poder determinante», afirmando que era el encargado de imponer la aprobación de los prestadores «agraciados» y gestionando de manera directa contratos fuera del procedimiento regular.

De manera similar está el gerente de salud, Francisco Iván Minaya. El rol de esta persona era homologar los acuerdos y dirigir las reuniones del Comité de Contrataciones de Prestadores.

En el caso de Roberto Canaán, gerente de atención al usuario, su trabajo consistía en presionar la habilitación y ampliación de prestadores sin documentación o infraestructura adecuada.

Por igual es mencionada la gerente de afiliación, Carmen José Velázquez, quien participaba en la validación y firma sistemática de actas que recogían decisiones previamente pactadas con Hazim Albainy.

ENTRAMADO FUNCIONÓ HASTA ESTE AÑO

En el expediente, el Ministerio Público aseguró que este entramado se mantuvo en función entre 2020 y 2025.

Sin embargo, se subrayó en estos documentos que Santiago Hazim Albainy comenzó a recibir «beneficios» antes de ocupar su puesto frente al Senasa e instalar su comité.

El órgano persecutor afirmó que Santiago Hazim Albainy recibió una yipeta Lincoln Navigator valorada en más de RD$ 6.7 millones, que tras ser investigada, fue vinculada al empresario José Pablo Ortiz Giráldez.

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