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En medio de la recuperación, la legislatura aprueba un proyecto que coarta la libertad de expresión y prensa

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Cortesía de periodismoinvestigativo.com /Por Maricelis Rivera Santos

27 de julio de 2012, Caguas Puerto Rico, Celebracion del dia de Jose Celso Barbosa bajo el lema Boricua Ahora Es encabezado por Ricky Rosello hijo del Ex Gobernador Pedro Rosello. En la foto Jose Aponte..Josian E Bruno Gomez / NotiCel

“Delito de intrusión a la tranquilidad personal” es el título de una enmienda al Código Penal que aprobó la Cámara de Representantes el pasado lunes para regular con pena carcelaria la libertad de expresión y prensa en Puerto Rico.

Intranquilidad personal me causó conocer de la aprobación del proyecto de ley número 63 de la autoría del representante José Aponte Hernández, en apenas unos párrafos de una noticia sobre incidencias legislativas.

La “pieza” legislativa que Aponte Hernández radicó el 2 de enero de 2017—cuando usted y yo estábamos pensando todavía en las trullas de Reyes—apenas tiene una página y media de extensión, pero su alcance implica coartar libertades ciudadanas que damos por descontado en una sociedad democrática.

La medida dispone que las informaciones falsas o difamatorias en internet o las llamadas telefónicas molestosas, se clasifiquen como delito.

Otros aspectos que incluye la medida de Aponte son el libelo (difundir información falsa de manera escrita) y la difamación. Ambas ya estaban cubiertas en el Código Civil de Puerto Rico y hay varias decisiones del Tribunal Supremo así como en el ámbito federal. De manera, que si una persona cree que se le ha difamado o lacerado su reputación, puede demandar y exigir reparación de daños. Nada de esto lo menciona el informe radicado el 1ro. de noviembre por la presidenta de la Comisión de lo Jurídico, María Milagros Charbonier, quien dio el visto bueno para que la medida fuera a aprobación. De manera contradictoria, el informe establece que, “esta medida, sin embargo, no requiere que haya ningún tipo de daño o agravio a la persona objeto de la información falsa o difamación” para que una persona pueda ser castigada con cárcel.

El proyecto que no fue dado a conocer como suelen hacer los legisladores y no tuvo ningún trámite legislativo hasta la celebración de una vista pública el 22 de agosto. En esa audiencia solo depusieron el Departamento de Justicia y la Sociedad de Asistencia Legal (SAL), según el tracto legislativo.

El 31 de agosto la Comisión de lo Jurídico efectuó una reunión ejecutiva y, de ahí, lo único que se puede observar en el trámite que siguió el proyecto es la radicación del informe y la aprobación del proyecto el lunes pasado.

El informe de Charbonier se limita a resumir la ponencia a favor del Departamento de Justicia y la oposición de SAL. Los argumentos en contra no fueron respondidos.

Del informe observamos, que no se hizo acopio de ensayos, informes, estudios o cualquier otro material en o fuera de Puerto Rico que pudiera abonar a la discusión de un tema tan sensitivo que cobija los derechos a la expresión, prensa y a la intimidad. Mucho menos se analizó la historia que ha tenido la limitación de esos derechos en Puerto Rico. Debo anotar que el Tribunal de Apelaciones del Circuito de Boston declaró inconstitucional cuatro artículos del Código Penal de Puerto Rico relativos al libelo y la difamación en un caso que impulsó el diario El Vocero en una decisión de enero del 2003.

Después de observar el trámite legislativo que siguió el proyecto, habría que concluir que se limitó la libertad de expresión y participación a individuos con peritaje, organizaciones bonafide, escuelas de leyes y de comunicación, y hasta a negocios corporativos (Facebook, Twitter, YouTube y las empresas mediáticas puertorriqueñas por mencionar algunas) que tendrían amplio interés y derecho a opinar sobre estos derechos constitucionales. ¿Se les invitó a participar?

¿En qué estaría pensando el legislador Aponte Hernández cuando radicó este proyecto? Habrá que preguntarle porque en la exposición de motivos solo establece que la internet facilita la difusión de información que contenga “lenguaje amenazante, abusivo, obsceno o lascivo; o publique intencionalmente información falsa o difamatoria sobre otra persona en sitios de Internet o que con el propósito de molestar a cualquier persona efectúe repetidamente llamadas telefónicas u ocasione que el teléfono de otra persona dé timbres repetidamente, o toda persona que autorice con conocimiento que cualquier teléfono bajo su control sea utilizado para cualquier propósito prohibido en este Artículo, incurrirá en delito menos grave”.” (sic)

¿Qué es lenguaje amenazante? ¿Qué es lenguaje abusivo? Nada dice el proyecto. No hay aquí definiciones, así que suponemos que se dejará a la interpretación del policía que tome la querella.

Sospecho que—con el nuevo ordenamiento que se crearía si el Senado también aprueba esta “pieza” y el gobernador la firma—hasta esta columna de opinión podría resultar en lenguaje “amenazante y abusivo”.

Este proyecto constituye lo que los y las periodistas conocemos como censura previa. ¿Qué se pretende con esta acción en medio de una emergencia como la que vive este pueblo tras el huracán María cuando muy poca gente tiene electricidad y comunicación?

Aquí la única intromisión a la tranquilidad personal es la que constituye este proyecto que coarta la libertad de expresión y prensa.

 

Maricelis Rivera Santos es pasada directora del periódico El Vocero, profesora de periodismo y especialista en comunicación.

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Poder Judicial presenta lista de datos que mantendrán anonimato

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Santo Domingo, R.D.-El Poder Judicial lanzó una nueva Política de Protección de Datos, la cual busca mantener en el anonimato informaciones personales sensibles y se aplicará en las decisiones de la Suprema Corte de Justicia, así como en los juzgados y tribunales de primer y segundo grado.

La regla general de la normativa busca evitar que se identifique a una persona física, cuyos nombres y apellidos podrán ser inicializados en los casos de publicaciones oficiales o solicitudes de acceso, exceptuando las identidades de los magistrados o lo relativo a personas jurídicas (sociedades).

La secretaría del tribunal es la encargada de editar esa documentación, a la que terceros tendrán acceso una vez realizada la disociación o anonimización de los datos, mientras por ley está prohibida la entrega de decisiones relativas a adopciones.

Las personas físicas son aquellas en figurar como partes de un proceso judicial, correspondiendo a los demandantes, demandados, reclamantes, querellados, querellantes, apelantes, apelados, recurrentes, recurridos, imputados e intervinientes, además de las víctimas, testigos o informantes, y los auxiliares (policías, personal sanitario, educativo, notarios).

El reglamento levantado dará una consideración especial cuando se recopilen los datos de niños, niñas y adolescentes, igual que a las personas con discapacidad o vulnerables.

En un segundo renglón están los económicos-financieros, consistiendo en los números de cuentas bancarias, tarjetas de crédito y otros instrumentos financieros, direcciones de inmuebles en posesión, informaciones financieras, datos registrales de bienes inmuebles y bienes sujetos a matriculación.

Este reglamento también versa sobre documentaciones laborales, conociendo los números de contrato de trabajo o el contratado en sí, en caso de incluir en su contenido datos personales; siguiendo a la ubicación o nombre donde se realiza la prestación laboral y los contactos del trabajo (teléfono, correo electrónico…).

La salud tiene sus datos protegidos, de manera que en una decisión judicial podrá anularse el número de la historia clínica, enfermedad, grado de discapacidad, causa de interdicción, estado de salud, condiciones psicológicas, religión o creencias, origen racial, opiniones políticas, afiliación sindical, información de carácter genético o biométrico.

Y otro tipo de documentación etiquetada como sensible es la geolocalización.

La puesta en marcha de la política fue anunciada por Luis Henry Molina, juez presidente de la Suprema Corte de Justicia, en un acto de presentación que tuvo lugar en la Sala Augusta.

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Senado aprobó más préstamos por $525 millones de dólares

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SANTO DOMINGO.-El Senado de la República Dominicana aprobó dos préstamos de 525 millones de dólares para, según se dijo, mejorar redes de electricidad y normalizar el servicio

El hemiciclo validó dos enmiendas para variar las tasas a otros empréstitos.

El Poder Ejecutivo explicó que 225 millones de dólares serán utilizados para mejorar las redes eléctricas y normalizar el servicio a clientes de las empresas distribuidoras de energía Edesur, Edeeste y Edenorte.

Dijo que los otros 300 millones serán asignados al programa Acción Climática para un Crecimiento Económico Sostenible.

Enmienda a contrato

Este  miércoles el pleno también aprobó una enmienda al contrato de préstamo suscrito en 2022 entre el Gobierno y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) por 60 millones de dólares para financiar el proyecto de fortalecimiento del sector agropecuario.

Modificación de crédito

Asimismo, dio luz verde a un acuerdo de modificación a un crédito de 54 millones de dólares entre el Gobierno y JP Morgan Chase Bank de Londres para financiar un proyecto de saneamiento pluvial y sanitario de la cañada de Guajimía.

sp-am

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Educación desvincula más de 600 docentes por faltas graves y cobrar sin trabajar

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Santo Domingo, R.D.-El Ministerio de Educación (Minerd) informó que más de 600 docentes del sistema educativo dominicano fueron desvinculados por cometer faltas graves, especialmente, por abandono del cargo y recibir remuneraciones sin trabajar.

Del total, 348 maestros solicitaron su cancelación de manera voluntaria y 279 fueron separados de manera forzosa, debido a «faltas graves y abandono de sus puestos de trabajo».

Las desvinculaciones se produjeron durante el periodo transcurrido entre los meses de diciembre 2023 y agosto de 2024, dijo el Minerd en una nota.

Al referirse a las causas que motivaron los despidos, la Dirección de Recursos Humanos explicó que el 80 % por ciento fue por abandono de su puesto de trabajo y el 20 % restante está relacionado con otro tipo de indisciplina, entre ellas: violencia, acoso sexual, narcotráfico y falsificación de documentos.

Vivían fuera del país y cobraban sus sueldos

  • El Minerd dijo que la investigación evidenció que muchos colaboradores del área docente estaban viviendo fuera del país o realizando otras actividades mientras devengaban salarios entre 70,000 pesos y 90,000 pesos en el Minerd. «Para camuflar su incumplimiento, le pagaban a un sustituto entre 6,000 seis y 9,000 pesos al mes», reveló el Minerd.

«Profunda investigación»

El Ministerio de Educación informó que las cancelaciones se realizaron luego de una «profunda y amplia investigación», que se realizó a través de la Unidad de Investigación de la Inconductas Laborales de la institución, compuesta por abogados, psicólogos, trabajadores sociales y otros profesionales, y que contó con la cooperación de la Asociación Dominicana de Profesores (ADP) y la Dirección General de Migración.

Recientemente, la Unidad de Investigación de la Inconductas Laborales del Minerd, realizó un recorrido por las regionales y distritos educativos para formar a los directores de centro sobre los componentes éticos y disciplinarios, enseñándoles, a través de talleres, cuáles son las obligaciones y los deberes del servidor público y cuáles son las consecuencias de no cumplir con esos deberes y cómo funciona la estructura de administración del Estado.

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