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En RD la presión tributaria no es tan baja como se dice

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CARITOSRolando Mejía hizo un paréntesis en su lectura sabatina del diario, para hacer cálculos y cotejos sobre su particular situación impositiva. Estaba leyendo una información basada en estadísticas ofrecidas por un organismo internacional que daba cuenta que la República Dominicana tiene una de las presiones tributarias más bajas de la región.

La presión tributaria–proporción del PIB que el Gobierno recibe en impuestos– que para el caso de la República Dominicana la Comisión Económica para el América Latina y el Caribe (Cepal) la sitúa en un 13.5%, contrasta con la situación particular de Rolando Mejía y la de otros integrantes del llamado núcleo de la clase media dominicana.

Rolando Mejía, un profesional de la informática que labora en una importante empresa del sector financiero y que también imparte docencia en una institución de educación superior, tomó nota de situaciones impositivas que en su caso suben su presión impositiva a más de un 30% de sus ingresos.

Leyó con detenimiento y particular interés una declaración dada por dos dirigentes de la Asociación de Concesionarios de Fabricantes de Vehículos (Acofave) que da cuenta de que el 53% del precio que paga el adquiriente de vehículo está dado por los impuestos (18% de ITBIS, 17% de la primera placa, arancel que dependiendo de la procedencia del vehículo puede ser hasta 10%, el impuesto al CO2 y otras cargas) y comparó lo que pudo haber sido y no fue con el precio del auto que seis meses atrás adquirió en una feria, con financiamiento de un banco.

Para obtener el préstamo, el banco le obligó a “ponerle un seguro full”, con la póliza endosada a favor del acreedor.

El valor de la póliza, unos RD$50,000, tenía un componente de 16% (RD$8,000) del impuesto selectivo que se le aplica a los seguros, incluyendo los seguros de vida.

Recordó que cada pago realizado al banco le ha generado un cargo equivalente al 0.0015% del valor del pagaré de RD$20,000 mensual, por concepto del impuesto a los cheques. Pero más reciente, la noche del viernes anterior, ante un anuncio del Ministerio de Industria y Comercio de que el galón de gasolina aumentaría desde la medianoche cinco pesos el galón, se anticipó y llenó el tanque de combustible.

Luego de decirle que chequeara la pantalla, el bombero le indicó el monto: RD$3,000. De ese monto RD$1,044 eran impuestos (34.81% del valor).
Como era fin de semana, Rolando decidió ir con la familia a comer a un modesto restaurante, donde los más jóvenes almorzaron comidas modernas (pizza, hamberguer) y los adultos pidieron platos tradicionales, esencialmente criollos.

La tradicional pregunta del mesero de “algo para tomar” obligó a pedir refrescos, limonadas, agua y par de cervecitas . Rechazó la sugerencia de “algún postre”, pidió la cuenta que le redondeó RD$3,500, que incluía el 10% de la famosa “propina legal” (que hay dudas de si llega realmente al camarero) y 18% del ITBIS, un impuesto que no grava los alimentos crudos, pero si son cocinados, al ser procesados, aunque se trate de un pica pollo, entonces pierde la exención fiscal y paga como cualquier exquisitez.

El panorama de Rolando Mejía no es muy distante al de un amplio universo de personas y empresas, que cuestionan los indicadores de presión tributaria global, por entender que sus casos particulares distan mucho de las estadísticas y reportes oficiales.

La Cepal sitúa a la República Dominicana entre los tres países de América Latina y el Caribe con menos presión tributaria. Los otros dos son Guatemala (13.6%) y Haití (14.3%). El cálculo está realizado al año 2011.

En el 2010 el Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep) dio a conocer un estudio que le preparó la firma Ecocaribe, sobre la carga tributaria que afecta a los sectores productivos en la República Dominicana, según el cual la presión tributaria global era superior en tres o cuatro puntos porcentuales a la reportada. Para el caso de los sectores productivos estimaba, en ese entonces, que era de un 26%.

El estudio tomaba en cuenta que en el cálculo tradicional de la presión tributaria se omitían los pagos o aportes por concepto de la seguridad social, los tributos menores tampoco son incluidos y los impuestos municipales: “casi insignificantes en términos estadísticos”.

Sumas millonarias que se pagan obligatoriamente y tampoco son incluidas en el cálculo de la presión se originan en las contribuciones que pagan las instituciones del sistema financiero, pero que no ingresan por las fuentes tradicionales de recaudación. Para entonces, los autores del estudio citaron los siguientes conceptos: supervisión bancaria, RD$3,802 millones; Fondo de Contingencia, RD$2,526 millones, y Fondo de Consolidación Bancaria, RD$867 millones. Esos valores son calculados esencialmente sobre los activos consolidados del sistema, por lo que se entiende que los montos en la actualidad, por el crecimiento vegetativo del mercado, son mayores. l

Una base de cálculo más amplia pero obviada

La base de datos “fuera del cálculo tradicional” tiene otros componentes que la amplían, según el estudio hecho por encargo del Conep. Incluye los aportes de empleados públicos al INAVI y los aportes obligatorios al INFOTEP. La investigación planteaba que como al sector informal sólo llegan los impuestos indirectos, la  carga media, incluyendo la SS, fue de 10.2% para el sector informal y 26.2% en el formal. La conclusión general del estudio del Conep es que cuando se habla de que normalmente la presión tributaria del país “ronda entre el 16% o 17%, la realidad es que se acerca al 20%”. El estudio aclara que eso “no significa que esté planteando que el nivel es alto para los patrones internacionales”, pero sí plantea que “es más que los números habitualmente publicitados”.

EL CARIBE.

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Obispos se reunen con Abinader en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

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Santo Domingo. – La Conferencia del Episcopado Dominicano (CED) en el marco de su 64ª Asamblea Plenaria, recibió este viernes la visita del presidente de la República, Luis Abinader, en un encuentro celebrado en la Casa Arquidiocesana María de la Altagracia, donde se abordaron distintos temas de interés nacional.

Durante su intervención, el mandatario destacó la importancia de mantener un diálogo permanente con la Iglesia católica, señalando que estos espacios permiten conocer de primera mano las necesidades de las diócesis y socializar las medidas adoptadas por el Gobierno.

“Siempre es bueno tener el contacto con los obispos, escuchar las necesidades de sus diócesis y también explicarles los grandes temas nacionales”, expresó.

Abinader se reúne con obispos en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

El jefe de Estado agregó que estos encuentros se han convertido en una práctica habitual de su gestión, como parte de la relación de cooperación con la jerarquía eclesiástica.

El presidente fue recibido por la nueva directiva de la CED para el período 2026-2029, encabezada por el obispo de San Francisco de Macorís, Ramón Alfredo de la Cruz Baldera, quien asumió la presidencia de la institución.

Abinader se reúne con obispos en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

También participaron el arzobispo coadjutor de Santo Domingo, Carlos Tomás Morel Diplán, en calidad de vicepresidente, y el obispo auxiliar de Santo Domingo, José Amable Durán Tineo, como secretario general.

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Garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa”.

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Santo Domingo, R.D.-Una garantia economica impone el Tribunal del Distrito Judicial de San Cristóbal de RD$200,000, impedimento de salida del país y presentación periódica al Ministerio Público contra el imputado Elvis Manuel Santos Alcántara (Onguito Wa), acusado de porte ilegal de armas de fuego, tras acoger de forma parcial la solicitud del Ministerio Público.

La decisión judicial se produce luego de que el procesado fuera arrestado en flagrante delito el pasado 21 de junio, cuando agentes de la Policía Nacional realizaban labores de patrullaje en la carretera Sánchez Vieja, en San Cristóbal.

Durante el operativo, el imputado se desplazaba en un vehículo Honda CR-V, color negro, junto a otra persona, y al ser registrado se le ocupó una pistola Glock, calibre 9 mm, con 17 cápsulas, sin documentación legal.

Imponen garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa” por porte ilegal de arma
Imponen garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa” por porte ilegal de arma

La magistrada Chadalis E. Rosario Melenciano, jueza suplente del Tercer Juzgado de la Instrucción y de la Oficina Judicial de Atención Permanente, ordenó además que el imputado deberá presentarse los días 29 de cada mes durante seis meses ante el Ministerio Público, como parte de las medidas impuestas.

Asimismo, el tribunal dispuso la notificación a la Dirección General de Migración (DGM) para garantizar el impedimento de salida del país, mientras que el Primer Juzgado de la Instrucción de San Cristóbal fue designado como tribunal de control del caso.

El Ministerio Público, representado por las fiscales Belkis Tejeda e Ingris Maribel Guerrero Polanco, había solicitado prisión preventiva por tres meses; sin embargo, el tribunal optó por medidas no privativas de libertad, al considerar parcialmente la solicitud.

El órgano acusador también obtuvo un plazo de seis meses para presentar el requerimiento conclusivo del proceso.

De acuerdo con el expediente, Santos Alcántara ya había sido condenado previamente mediante la Sentencia Penal núm. 523-2025-SSEN-00015 por violaciones a la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, lo que fue recordado por el Ministerio Público durante la audiencia.

Con esta decisión, el caso sigue bajo investigación judicial mientras el imputado permanece bajo estrictas condiciones de control.

El uso, porte y tenencia ilegal de armas de fuego constituye uno de los delitos más vigilados por las autoridades judiciales y de seguridad en la República Dominicana, debido al impacto que tiene en la criminalidad, la seguridad ciudadana y la violencia urbana.

«En el país, este tipo de infracciones está regulado por la legislación penal vigente y por normativas específicas que establecen los requisitos para la adquisición, registro y porte legal de armas».

  • En los últimos años, el Ministerio Público y la Policía Nacional han intensificado los operativos de prevención y persecución del porte ilegal de armas, especialmente en zonas urbanas y carreteras donde se registran mayores incidencias de delitos flagrantes.
  • Estos operativos suelen incluir patrullajes, requisas selectivas y controles de vehículos, con el objetivo de reducir la circulación de armas no registradas.

El sistema judicial dominicano contempla medidas de coerción que pueden ser privativas o no privativas de libertad, dependiendo de la gravedad del hecho, los antecedentes del imputado y el riesgo procesal.

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Prisión preventiva solicitan para falso odontólogo tras causar graves lesiones en La Vega

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Santo Domingo, R.D.-La imposición de prision preventiva como medida de coercion contra un acusado de ejercer la odontología solicitará el Ministerio Público  en las próximas horas la imposición  contra un hombre acusado de ejercer la odontología sin exequátur en La Vega en un caso de presunto intrusismo profesional que dejó a una paciente con lesiones permanentes en el rostro y daños neurológicos severos.

El imputado, identificado como Franklin José Almánzar Escarramán, de 51 años, habría realizado procedimientos odontológicos de alta complejidad sin la debida autorización legal en el consultorio de su hermano, ubicado en el Centro Médico V Centenario, en la provincia de La Vega.

Su hermano, William Radhamés Almánzar Escarramán, también fue arrestado por su presunta complicidad en los hechos, ambos tras entregarse a las autoridades policiales en cumplimiento de una orden judicial.

Instrumentos odontológicos en un consultorio, vinculados al caso de un falso odontólogo acusado de causar lesiones
Instrumentos dentales en un consultorio, en el contexto de la solicitud de prisión preventiva contra un falso odontólogo.

De acuerdo con la investigación del Ministerio Público, la víctima acudió el pasado 17 de enero a recibir atención odontológica y fue evaluada en el consultorio de los imputados, donde se le indicó la extracción de cuatro terceros molares mediante un procedimiento quirúrgico.

Según el expediente, durante la intervención, el imputado habría aplicado anestesia y posteriormente realizado maniobras violentas con instrumentos odontológicos, incluyendo golpes en la zona afectada, sin lograr completar la extracción tras varias horas de intento.

La paciente posteriormente presentó dolor intenso, inflamación facial y complicaciones severas, lo que la llevó a buscar atención médica especializada, donde se determinó la existencia de daños permanentes en su salud bucal, incluyendo nervios atrofiados, edema facial, trismo, parestesia mandibular y otras lesiones complejas.

La procuradora de corte de La Vega, Aura Luz García Martínez, explicó que el Ministerio Público procederá a solicitar la medida de coerción garantizando el debido proceso.

“Vamos a presentar la solicitud de medida de coerción ante la autoridad competente, garantizando el debido proceso y los derechos fundamentales de los imputados”, afirmó.

Las autoridades indicaron que el imputado principal ejercía la odontología sin exequátur, según certificación del Ministerio de Salud Pública, lo que constituye una violación a la Ley General de Salud 42-01 y la normativa que regula el ejercicio profesional odontológico.

  • El órgano persecutor también sostiene que la actuación de los hermanos Almánzar Escarramán pudo haber tenido consecuencias aún más graves
  • Incluso la muerte de la paciente, debido a la naturaleza del procedimiento realizado sin habilitación legal.

El caso ha sido calificado provisionalmente como violación a varios artículos del Código Penal dominicano y de la legislación sanitaria vigente, mientras el tribunal evalúa la solicitud de medida de coerción presentada por el Ministerio Público.

El ejercicio de la odontología y otras profesiones de la salud en la República Dominicana está regulado por un marco legal que exige la obtención de un exequátur y la debida habilitación profesional, con el objetivo de garantizar la seguridad de los pacientes y la calidad de los servicios médicos.

Estas disposiciones forman parte de las políticas sanitarias orientadas a prevenir el intrusismo profesional, una práctica que consiste en ejercer una profesión sin la autorización correspondiente.

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