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En RD las víctimas y testigos no tienen protección efectiva
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12 años agoon
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LA REDACCIÓN
Vista de uno de los pasillos del Palacio de Justicia de Santo Domingo.
Desde el año 2002, el Código Procesal Penal habla sobre el deber del Estado de garantizar la protección a víctimas y testigos, sin embargo, más de una década después, la cobertura de este tipo de programas es escasa en la República Dominicana.
El mismo Procurador General de la República reconoce la necesidad de ampliar estas medidas con el fin de resguardar a los colaboradores de la Justicia.
En 2009, mediante la resolución 42, la Procuraduría creó la Unidad de Protección a Víctimas y Testigos bajo el amparo de la Dirección Nacional de Persecución del Narcotráfico y Criminalidad Compleja.
Dicha unidad, según reveló Francisco Domínguez Brito, tiene más de 20 personas bajo protección. “Cada caso tiene sus particularidades, hay algunos en los que se han alquilado apartamentos a estas personas para que vivan en lugares suministrados por nosotros, hay otros en los que no llegamos a ese extremo, sino que tenemos un contacto telefónico permanente”, explicó.
Sin embargo, para el juez del Tribunal Constitucional, Lino Vásquez, el tratamiento dado a las víctimas y testigos es “deficitario como consecuencia de una política dispersa, que no atiende estándares básicos de atención y protección que permitan a la víctima acceder en condiciones de igualdad al proceso”.
En la página 45 del libro “Procedimiento Penal Apuntado”, publicado en abril del 2013, el juez de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Francisco Ortega Polanco, considera que en el país el tema está en “ciernes” y se pregunta “¿Quién con sano juicio, aceptará declarar ante la Policía Judicial o en el tribunal, a sabiendas de las intimaciones y represalias contra sí mismo y sus familiares de parte de los criminales procesados o investigados?”.
Constitución establece protección
Si bien es cierto que el Estado ha dado los pasos para mejorar las condiciones de las víctimas, testigos y sujetos de riesgo, no menos cierto es que nos falta mucho por recorrer. La Constitución dominicana en su artículo 169, párrafo primero, establece que el Ministerio Público “dispondrá la protección de víctimas y testigos”. También en el artículo 177 indica que el Estado tiene que crear programas de asistencia legal gratuita para las víctimas de escasos recursos.
En adición, la ley Orgánica del Ministerio Público (133-11), en su artículo 52 numeral 2, también habla de la protección a las víctimas y testigos.
“Corresponde al director General de Persecución del Ministerio Público: Coordinar el sistema de protección de víctimas, testigos u otros sujetos en riesgo en los procesos penales”, indica la norma.
No hay cultura de protección
La mayoría de las personas que actualmente están bajo el amparo del programa de protección están vinculadas a casos de narcotráfico. Para determinar quién puede o no ser protegido, el Ministerio Público evalúa los casos, el riesgo y la colaboración.
“Yo pienso que el gran problema es que todavía el testigo protegido no es parte de una cultura en la República Dominicana, por eso no hay más. Sin embargo, poco a poco en la medida en que se va institucionalizando, podremos tener más casos de esa naturaleza”, aseguró Domínguez Brito.
El Procurador entiende que es suficiente con el marco legal vigente pero esa “institución, como tal, debe desarrollarse aún más, todavía no es una institución totalmente cotidiana, sin embargo, y sobre todo en materia de violencia de género tendrá que irse afinando más”.
Aseguró, además, que se hace necesario ampliar el sistema y los mecanismos de protección.
Desde la Procuraduría también se instauró la Oficina de Representación Legal de los Derechos de las Víctimas, para brindar asistencia legal gratuita a las víctimas del delito, pero aún su alcance no es nacional. Además, en los casos de violencia de género también se tienen previsto algunos mecanismos de protección.
Un proyecto para las víctimas
Tanto Vásquez, excomisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia, como el exconsultor sobre el proyecto de criminología de esa desaparecida entidad, Miguel Valerio Jiminián, comparten la idea de que el Estado tiene una deuda con la víctima y que se necesita un marco legal que regule y concentre todo lo relativo a la protección de testigos y víctimas.
El mismo comisionado creó el proyecto de ley para la “atención y protección a víctimas, testigos y otros sujetos en riesgos” que reposa en la Cámara de Diputados y entre otras cosas plantea la posibilidad de que testigos y víctimas tengan nueva identidad, indemnización para la víctima cuando el Estado no identifique al agresor, facilitar residencia en el extranjero, un sitio custodiado y reservado para los protegidos.
En resumen, esta iniciativa que costó cerca de RD$240 mil y unas 150 reuniones, según reveló Valerio, busca que a las víctimas, testigos y otros sujetos en riesgo participen en plena igualdad de condiciones en el proceso penal, evitando así posibles impunidades innecesarias y la victimización secundaria.
Para Valerio, acompañar a la víctima es necesario porque cuando termina el proceso penal “así como el imputado tiene derecho a reinsertarse la víctima también tienen derecho a recuperarse”.
Aseguró que, paradójicamente, el Estado no crea políticas de recuperación de víctimas y tiene políticas de reinserción del imputado.
EL CARIBE.
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Obispos se reunen con Abinader en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado
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18 horas agoon
julio 3, 2026
Santo Domingo. – La Conferencia del Episcopado Dominicano (CED) en el marco de su 64ª Asamblea Plenaria, recibió este viernes la visita del presidente de la República, Luis Abinader, en un encuentro celebrado en la Casa Arquidiocesana María de la Altagracia, donde se abordaron distintos temas de interés nacional.
Durante su intervención, el mandatario destacó la importancia de mantener un diálogo permanente con la Iglesia católica, señalando que estos espacios permiten conocer de primera mano las necesidades de las diócesis y socializar las medidas adoptadas por el Gobierno.
“Siempre es bueno tener el contacto con los obispos, escuchar las necesidades de sus diócesis y también explicarles los grandes temas nacionales”, expresó.

El jefe de Estado agregó que estos encuentros se han convertido en una práctica habitual de su gestión, como parte de la relación de cooperación con la jerarquía eclesiástica.
El presidente fue recibido por la nueva directiva de la CED para el período 2026-2029, encabezada por el obispo de San Francisco de Macorís, Ramón Alfredo de la Cruz Baldera, quien asumió la presidencia de la institución.

También participaron el arzobispo coadjutor de Santo Domingo, Carlos Tomás Morel Diplán, en calidad de vicepresidente, y el obispo auxiliar de Santo Domingo, José Amable Durán Tineo, como secretario general.
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Garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa”.
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18 horas agoon
julio 3, 2026
Santo Domingo, R.D.-Una garantia economica impone el Tribunal del Distrito Judicial de San Cristóbal de RD$200,000, impedimento de salida del país y presentación periódica al Ministerio Público contra el imputado Elvis Manuel Santos Alcántara (Onguito Wa), acusado de porte ilegal de armas de fuego, tras acoger de forma parcial la solicitud del Ministerio Público.
La decisión judicial se produce luego de que el procesado fuera arrestado en flagrante delito el pasado 21 de junio, cuando agentes de la Policía Nacional realizaban labores de patrullaje en la carretera Sánchez Vieja, en San Cristóbal.
Durante el operativo, el imputado se desplazaba en un vehículo Honda CR-V, color negro, junto a otra persona, y al ser registrado se le ocupó una pistola Glock, calibre 9 mm, con 17 cápsulas, sin documentación legal.

La magistrada Chadalis E. Rosario Melenciano, jueza suplente del Tercer Juzgado de la Instrucción y de la Oficina Judicial de Atención Permanente, ordenó además que el imputado deberá presentarse los días 29 de cada mes durante seis meses ante el Ministerio Público, como parte de las medidas impuestas.
Asimismo, el tribunal dispuso la notificación a la Dirección General de Migración (DGM) para garantizar el impedimento de salida del país, mientras que el Primer Juzgado de la Instrucción de San Cristóbal fue designado como tribunal de control del caso.
El Ministerio Público, representado por las fiscales Belkis Tejeda e Ingris Maribel Guerrero Polanco, había solicitado prisión preventiva por tres meses; sin embargo, el tribunal optó por medidas no privativas de libertad, al considerar parcialmente la solicitud.
El órgano acusador también obtuvo un plazo de seis meses para presentar el requerimiento conclusivo del proceso.
De acuerdo con el expediente, Santos Alcántara ya había sido condenado previamente mediante la Sentencia Penal núm. 523-2025-SSEN-00015 por violaciones a la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, lo que fue recordado por el Ministerio Público durante la audiencia.
Con esta decisión, el caso sigue bajo investigación judicial mientras el imputado permanece bajo estrictas condiciones de control.
El uso, porte y tenencia ilegal de armas de fuego constituye uno de los delitos más vigilados por las autoridades judiciales y de seguridad en la República Dominicana, debido al impacto que tiene en la criminalidad, la seguridad ciudadana y la violencia urbana.
«En el país, este tipo de infracciones está regulado por la legislación penal vigente y por normativas específicas que establecen los requisitos para la adquisición, registro y porte legal de armas».
- En los últimos años, el Ministerio Público y la Policía Nacional han intensificado los operativos de prevención y persecución del porte ilegal de armas, especialmente en zonas urbanas y carreteras donde se registran mayores incidencias de delitos flagrantes.
- Estos operativos suelen incluir patrullajes, requisas selectivas y controles de vehículos, con el objetivo de reducir la circulación de armas no registradas.
El sistema judicial dominicano contempla medidas de coerción que pueden ser privativas o no privativas de libertad, dependiendo de la gravedad del hecho, los antecedentes del imputado y el riesgo procesal.
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Prisión preventiva solicitan para falso odontólogo tras causar graves lesiones en La Vega
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18 horas agoon
julio 3, 2026
Santo Domingo, R.D.-La imposición de prision preventiva como medida de coercion contra un acusado de ejercer la odontología solicitará el Ministerio Público en las próximas horas la imposición contra un hombre acusado de ejercer la odontología sin exequátur en La Vega en un caso de presunto intrusismo profesional que dejó a una paciente con lesiones permanentes en el rostro y daños neurológicos severos.
El imputado, identificado como Franklin José Almánzar Escarramán, de 51 años, habría realizado procedimientos odontológicos de alta complejidad sin la debida autorización legal en el consultorio de su hermano, ubicado en el Centro Médico V Centenario, en la provincia de La Vega.
Su hermano, William Radhamés Almánzar Escarramán, también fue arrestado por su presunta complicidad en los hechos, ambos tras entregarse a las autoridades policiales en cumplimiento de una orden judicial.

De acuerdo con la investigación del Ministerio Público, la víctima acudió el pasado 17 de enero a recibir atención odontológica y fue evaluada en el consultorio de los imputados, donde se le indicó la extracción de cuatro terceros molares mediante un procedimiento quirúrgico.
Según el expediente, durante la intervención, el imputado habría aplicado anestesia y posteriormente realizado maniobras violentas con instrumentos odontológicos, incluyendo golpes en la zona afectada, sin lograr completar la extracción tras varias horas de intento.
La paciente posteriormente presentó dolor intenso, inflamación facial y complicaciones severas, lo que la llevó a buscar atención médica especializada, donde se determinó la existencia de daños permanentes en su salud bucal, incluyendo nervios atrofiados, edema facial, trismo, parestesia mandibular y otras lesiones complejas.
La procuradora de corte de La Vega, Aura Luz García Martínez, explicó que el Ministerio Público procederá a solicitar la medida de coerción garantizando el debido proceso.
“Vamos a presentar la solicitud de medida de coerción ante la autoridad competente, garantizando el debido proceso y los derechos fundamentales de los imputados”, afirmó.
Las autoridades indicaron que el imputado principal ejercía la odontología sin exequátur, según certificación del Ministerio de Salud Pública, lo que constituye una violación a la Ley General de Salud 42-01 y la normativa que regula el ejercicio profesional odontológico.
- El órgano persecutor también sostiene que la actuación de los hermanos Almánzar Escarramán pudo haber tenido consecuencias aún más graves
- Incluso la muerte de la paciente, debido a la naturaleza del procedimiento realizado sin habilitación legal.
El caso ha sido calificado provisionalmente como violación a varios artículos del Código Penal dominicano y de la legislación sanitaria vigente, mientras el tribunal evalúa la solicitud de medida de coerción presentada por el Ministerio Público.
El ejercicio de la odontología y otras profesiones de la salud en la República Dominicana está regulado por un marco legal que exige la obtención de un exequátur y la debida habilitación profesional, con el objetivo de garantizar la seguridad de los pacientes y la calidad de los servicios médicos.
Estas disposiciones forman parte de las políticas sanitarias orientadas a prevenir el intrusismo profesional, una práctica que consiste en ejercer una profesión sin la autorización correspondiente.
