Santo Domingo, RD.-La guerra de las encuestas provocan un alto nivel de desinformación a solo seis días para que las dos principales organizaciones políticas del país elijan a sus candidatos presidenciales, congresionales y municipales.Nacionales
La desinformación de la guerra de encuestas a seis días elección de candidatos.
Published
6 años agoon
By
LA REDACCIÓN
Santo Domingo, RD.-La guerra de las encuestas provocan un alto nivel de desinformación a solo seis días para que las dos principales organizaciones políticas del país elijan a sus candidatos presidenciales, congresionales y municipales.Hasta ahora nadie sabe con precisión qué pasará entre los aspirantes presidenciales Leonel Fernández, quien gobernó República Dominicana en los períodos 1996-2000, 2004-2008 y 2008-2012, y su oponente más potencial en el PLD, el renunciante ministro de Obras Públicas Gonzalo Castillo, quien es apoyado por el sector del presidente Danilo Medina.
Cuando inició la precampaña de manera oficial el 7 de julio pasado todas las mediciones asignaban una amplia ventaja al expresidente Fernández en este proceso. Su distancia se acrecentó cuando el presidente Medina se vio precisado a desistir el 22 de ese mes de buscar una segunda reelección en medio de amplias protestas internas y externas.
El escenario político comenzó a cambiar cuando el 10 de agosto Castillo presentó su precandidatura en la reunión del Comité Central, y cuando luego fue seleccionado entre los otros seis aspirantes danilistas el 7 de este mes, como su única ficha para enfrentar a Fernández.
Un caso contrario ocurre en el ámbito del opositor PRM donde la tendencia de las encuestas se ha mantenido invariable, otorgando un margen insalvable en favor del precandidato presidencial Luis Abinader, contra el expresidente Hipólito Mejía (2000-2004).
La guerra de encuestas, que termina el próximo jueves, se inició con la precampaña. En efecto: Abinader es el candidato favorito en el PRM con 86.1% frente a Mejía, un 9.8%, Mientras en el PLD Leonel registra 32.1% contra un 31.1% de Medina y 8.1% de Margarita Cedeño, publicó la firma ABC Marketing el 16 de julio cuando todavía no había nada definido.
Pero ya el 6 de julio la firma Sigma Dos había publicado que Medina gozaba de un 59.5% de aceptación, lo que fue refutado por legisladores contrarios, mientras el director ejecutivo de Participación Ciudadana, Carlos Pimentel, advertía que el equipo del mandatario utilizaba las encuestas como herramienta de manipulación mediática para confundir a la población y la opinión pública,
A estos resultados continuó la encuestadora Asisa Research Group el 23 de julio afirmando que el 77% rechazaba la reforma de la Constitución para permitir la repostulación de Medina, y un 69% aprobaba las movilizaciones frente al Congreso Nacional. Hipólito (23%) y Medina (20%) alcanzaron la mayor proporción de posibles candidatos por los que los encuestados nunca votaría.
El 29 de julio se conoció la encuesta telefónica automatizada de Newlink, en la que el expresidente Fernández obtuvo un 50.5%, superando a todos los demás aspirantes presidenciales del PLD y situaba a Abinader como el político con mejor imagen.
Asisa realizó otra encuesta entre el 23 y 25 de agosto en la que Fernández obtuvo un 69% y Gonzalo Castillo un 12%. También Newlink-CDN publicó otra el 21 de ese mes donde Fernández ganaría las primarias con un 58.5% frente a un 17.7% de Castillo. El día 22 la empresa MIERCanalis-CPI Latinoamérica otorga a Fernández 67% contra un 11% de Castillo.
Sin embargo, al entrar septiembre algunas encuestadoras comienzan a ofrecer resultados con amplias diferencias, lo cual llama a la atención.
Por ejemplo el 5 de este mes la firma mexicana Polmav otorgó 69.5% para Fernández, frente a 13.4% de Castillo, pero un día después Newlink advirtió que Castillo continuaba subiendo y había escalado a un 47.4%, mientras Fernández descendía en las preferencias por tercera semana consecutiva, ubicándose en un 52.6%, o sea, una ventaja de apenas cinco puntos porcenturales.
El 16 de este mes la firma estadounidense Berland Team dio al expresidente Fernández como favorito para ganar las primarias del 6 de octubre con un 70%, frente a un 27% de Castillo. Mientras que ese mismo día la encuestadora Polimetrics afirmó que Castillo aventajaba con un 45.6% frente al 44.5% de Fernández, un empate técnico.
El día 19 la firma peruana ABC-Marketing señaló a Fernández como ganador con un 44.9% por encima de Castillo que obtuvo un 35.7%, mientras ese mismo día la CID Latinoamérica coloca a Castillo con un 48% de preferencias contra un 42% de Fernández.
Las últimas dos encuestas establecen lo siguiente: Sigma Dos, el miércoles pasado otorga un 40.6% a Gonzalo Casillo, mientras que a Fernández lo ubica en un 34.7%. También incluye que el 20.2% no votaría.
Un día después, el jueves 26, la firma Asisa Research Group publicó otra encuesta en la que Leonel Fernández barrería en las primarias del PLD con un 69.3%, frente a un 29.4% de Gonzalo Castillo. Igual ocurriría en el PRM, donde Abinader registra un 78.6% y Mejía un lejano 16.4%.
Las firmas encuestadoras están reguladas por la Ley 15-19 del Régimen Electoral. Tienen que estar registradas en la Junta Central Electoral y en la publicación de los resultados deben precisar denominación y domicilio, característica técnica de la encuesta, como el método de muestreo, tamaño de la muestra, margen de error, nivel de representatividad, procedimiento de selección de los encuestados, fecha de realización , texto íntegro de las preguntas, número de personas que no contestaron y quien la financia.
El próximo domingo el PLD y el PRM seleccionarán de manera simultánea a los candidatos para las elecciones presidenciales, congresionales y municipales del próximo año. El PLD celebrará primarias abiertas con el padrón de la Junta Central Electoral, mientras que el PRM lo hará con el padrón cerrado de la organización.
Nacionales
JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres
Published
1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.
Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.
Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.
Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.
La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.
Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.
Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.
Nacionales
Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3
Published
1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.
Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».
«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).
Derechos de Franasyl
La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.
En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.
La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.
- Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.
Nacionales
Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar
Published
1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.
El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.
La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.
La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.
El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.
Ejecución del peritaje
Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.
La CD modificó el artículo 48 de la pieza
Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.
