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Entidades coordinan reglamento de carrera penitenciaria

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SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El coordinador nacional de Gestión Penitenciaria, Ysmael Paniagua, informó que la Procuraduría General de la República (PGR), en coordinación con el Ministerio de Administración Pública (MAP), trabajan en la elaboración de un protocolo que regule los procedimientos, comportamiento y accionar del personal que conforma la carrera penitenciaria.

Paniagua, quien también es director de la Escuela Nacional Penitenciaria (ENAP), dijo que el reglamento busca detallar funciones y responsabilidades específicas que no se contemplan en la Ley 41-08  que trata sobre las obligaciones y deberes del servidor público.

“Es importante para la continuidad del buen desempeño del nuevo modelo penitenciario, que pasemos revista a las ejecutorias, acciones, necesidades y logros alcanzados en cada uno de nuestros recintos mensualmente, como forma de supervisión y fortalecimiento de todo el sistema, por eso es de vital importancia la capacitación  permanente a nivel técnico y profesional, del cuerpo laboral de nuestros centros”, expresó Paniagua.

Igualmente anunció, que para finales del mes, se impartirá  un curso de seguridad penitenciaria conducido por expertos internacionales en la materia, quienes estarán ofreciendo entrenamiento a los agentes de Vigilancia y Tratamiento Penitenciario (VTPs), así como a todo el personal de los CCR.

La información fue ofrecida durante un encuentro que sostuvo con los directores de los 16 centros de corrección y rehabilitación que la Procuraduría tiene operando bajo el nuevo modelo penitenciario, en el cual evaluaron las ejecutorias de cada recinto durante el pasado mes de septiembre.

En el encuentro participaron los directores de los centros de corrección y rehabilitación Haras Nacionales, de Santo Domingo; Najayo-Mujeres, de San Cristóbal; Baní-Mujeres, de la provincia Peravia; La Isleta, de Moca; Vista al Valle, de San Francisco de Macorís; San Felipe, de Puerto Plata; Rafey-Hombres y Mujeres, de Santiago; El Pinito, de La Vega; Anamuya, de Higüey.  También, los de Mao, Monte Plata, Elías Piña, Dajabón, San Pedro de Macorís y Salcedo, en su primera etapa.

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Abinader declara al Cuerpo de Guardia Islámica de Irán y Hezbolá como organizaciones terroristas

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Santo Domingo, R.D.-El Gobierno de la República Dominicana informó este martes que ha decidido designar al Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Islámica de Irán y a Hezbolá como organizaciones terroristas.

Según un comunicado enviado a los medios de comunicación, la acción del Poder Ejecutivo manifiesta su compromiso con la lucha global contra el terrorismo, garantizando el cumplimiento de resoluciones emitidas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, la Convención Interamericana contra el Terrorismo y “la legislación nacional aplicable”.

De acuerdo con el texto elaborado por el Ministerio de Relaciones Exteriores (Mirex), el presidente Luis Abinader firmó un decreto que contiene esta disposición. Sin embargo, no precisa la numeración del documento.

Este acuerdo no incluye a personas de nacionalidad haitiana ni a menores de edad no acompañados.

El Mirex precisó que este mecanismo “se aplicará caso por caso y contará con respaldo financiero y operativo del Gobierno estadounidense para asegurar condiciones adecuadas durante la permanencia temporal y facilitar el retorno ordenado a los países de origen”.

EE.UU. en suelo dominicano

Asimismo, el Mirex comunicó que el Gobierno le otorgó una extensión a Estados Unidos, “con carácter temporal y bajo la coordinación de las autoridades nacionales competentes”, para el acceso, estacionamiento y sobrevuelo de aeronaves y personal de Estados Unidos, en los aeropuertos de Las Américas y la base aérea de San Isidro.

“Esta cooperación contribuye al fortalecimiento de las capacidades nacionales de vigilancia, interdicción de narcóticos y respuesta operativa frente al crimen transnacional organizado, así como a la ampliación de los mecanismos de intercambio de información, entrenamiento y asistencia técnica”, asevera el comunicado.

“Estas medidas, además de reforzar la seguridad nacional y regional, sientan bases importantes para futuros mecanismos de facilitación migratoria y aeroportuaria que contribuirían a fortalecer la conectividad, la competitividad y el turismo de República Dominicana”, manifiesta el documento.

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República Dominicana recibirá de forma temporal a deportados de terceros países desde EEUU

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Santo Domingo, R.D.-República Dominicana recibirá temporalmente a deportados de terceros países procedentes de Estados Unidos, informó este martes el Gobierno de la isla caribeña.

En medio de la controvertida campaña de deportaciones masivas del presidente Donald Trump, Estados Unidos ha suscrito acuerdos con otros gobiernos para que reciban migrantes indocumentados de terceros países. Este programa ha sido criticado por organizaciones de derechos humanos.

«Ambos gobiernos suscribieron en el día de hoy un memorando de entendimiento de carácter no vinculante, orientado al ingreso temporal y excepcional a territorio dominicano de un número limitado de nacionales de terceros países», indica el comunicado.

La medida «no incluye a nacionales haitianos ni a menores de edad no acompañados», agrega el texto que no precisó las nacionalidades de los deportados.

República Dominicana deporta cada año a miles de migrantes procedentes del vecino Haití, el país más pobre de la región sumido en una crisis socioeconómica y con amplias zonas controladas por bandas delictivas.

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Debe conocerse de nuevo, según el TC, caso que la Suprema declaró inadmisible por usar mal una palabra

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Santo Domingo, R.D.-La preocupación de que la figura de la inadmisibilidad es usada para buscar disminuir la cantidad de moras judiciales en la Suprema Corte de Justicia, acaba de comprobarse con lo que el Tribunal Constitucional ha considerado la violación de la tutela judicial efectiva por una aplicación rígida de las formas procesales, ya que la Primera Sala del más alto tribunal del pais rechazó un caso por el uso incorrecto de una palabra.

El caso se originó luego de que la Sala Civil y Comercial no admitiera un recurso de casación, al entender que en sus conclusiones solicitó «revocar» la sentencia impugnada, una facultad que está prohibida para la SCJ en sus funciones como corte de casación.

El TC anuló la decisión de la alta corte al considerar que ese tribunal incurrió en un «excesivo formalismo y rigor semántico» que vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva de la parte recurrente.

  • La decisión está contenida en la sentencia TC/0262/26, emitida el 1 de mayo de 2026, en el marco de un recurso de revisión constitucional interpuesto por la sociedad comercial Centro Comercial Los Polancos, S.A.

«Si bien podría retenerse el uso incorrecto del término revocar en las conclusiones contenidas en el memorial de casación, se trataba de una cuestión subsanable, pues tanto las motivaciones como los demás pedimentos estaban correctamente dirigidos al tribunal», manifesta el TC en la sentencia.

La alta corte constitucional indicó que declarar inadmisible un recurso únicamente por el uso erróneo de una palabra constituye una limitación «irrazonable» al derecho de acceso a la justicia y al debido proceso.

«La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia vulneró el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva y debido proceso, pues la declaratoria de inadmisibilidad por el uso incorrecto de un término en el recurso de casación del que estaba apoderada se constituye en una limitación desproporcionada e irrazonable al derecho a ser oído de la parte recurrente», establece la decisión.

En la decisión el TC recordó el precedente decidido mediante la Sentencia TC/1661/25, de diciembre del año pasado, donde los magistrados anularon una decisión de la Primera Sala de la SCJ que declaró inadmisible un recurso de casación con base al empleo erróneo de una palabra.

Este conflicto surgió por una disputa comercial entre las empresas Centro Comercial Los Polancos, S.A. y Vitusa Corp., relacionada con una deuda.

El caso comenzó con una demanda en cobro de pesos presentada por Vitusa Corp., contra Centro Comercial Los Polancos. En 2012, un tribunal de primera instancia condenó a Los Polancos al pago de 328,524.95 dólares, más las costas del proceso.

Ambas empresas apelaron esa decisión. Posteriormente, la Corte de Apelación anuló la demanda original, pero Vitusa Corp. volvió a presentar el caso ante los tribunales.

En ese segundo proceso, otro tribunal condenó nuevamente al Centro Comercial Los Polancos al pago de 254,472.25 dólares. La empresa apeló, pero la Corte de Apelación confirmó la sentencia.

Luego, Los Polancos recurrió en casación ante la Suprema Corte de Justicia. Sin embargo, la Primera Sala de la SCJ declaró inadmisible el recurso porque en las conclusiones del escrito los abogados solicitaron «revocar» la sentencia, en vez de pedir que fuera «casada».

Ante eso, Centro Comercial Los Polancos acudió al Tribunal Constitucional alegando que la Suprema incurrió en un exceso de formalismo y le violó el derecho a la tutela judicial efectiva.

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