Opinión
Entre la negligencia y la complicidad
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14 años agoon
Uno de los objetivos fundamentales del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) es: “Supervisar e inspeccionar todas las obras de infraestructura de transporte que se ejecutan en el país, para garantizar su seguridad y funcionalidad en el tiempo.”
Vistos los casos y comprobados los hechos, tenemos que llegar a la conclusión de que el ministro Víctor Díaz Rúa y sus funcionarios no están cumpliendo satisfactoriamente con lo que establecen las leyes, reglamentos y decretos que desde 1887 rigen esa institución pública. El increíble e inefable caso del robo de los cables tensores del importante puente Juan Pablo Duarte sobre el río Ozama expone, de nuevo, la selectiva indiferencia de estos funcionarios que sólo los dominicanos entendemos por lo habitual de su ocurrencia.
Informa el Ministerio de Obras Públicas que el puente Duarte redujo su capacidad de carga en más de la mitad debido al robo de cables y de piezas de esa estructura. Olvida el ministro de Obras Públicas que también durante el primer gobierno del doctor Leonel Fernández, bajo los reinados de Jimmy Durán y de Diandino Peña, se sustituyeron cables del puente. También Freddy Pérez y Miguel Vargas Maldonado, durante el gobierno de Hipólito Mejía, le entraron a los cables del puente. Y cada vez se gastaron millones de dólares sin que se estableciera la negligencia o la complicidad de todos esos jerarcas de Obras Públicas. Otra vez habrá que comprar cables, justo ahora “cuando se echan las palomas”, y el gobierno consume sus últimos días con el control del presupuesto.
¿Cómo es posible que la mayor parte de los cables que sostienen el puente colgante de la capital dominicana hayan podido ser sustraídos sin que alguna autoridad civil o militar haya percibido que este delito se estuvo cometiendo durante meses, sino años, a plena luz del día? Esa estructura no está en algún lugar apartado de la geografía dominicana. Ha sido, desde hace 57 años, el principal vínculo que une a Santo Domingo Este con el Distrito Nacional, oficialmente la capital dominicana. Por sus alrededores circula diariamente cerca de un millón de personas. Entre estos transeúntes hay miles de militares asignados a la Marina de Guerra y a la base militar de San Isidro. ¿No hubo servicio policial, incluidos los agentes de tránsito de AMET, asignados para vigilar esa área?
¿Ninguna autoridad coincidió con el momento en que algún camión, inexplicablemente, transportaba toneladas de piezas metálicas robadas? ¿Ningún funcionario o empleado del MOPC es responsable de la inspección periódica como lo establecen los objetivos de la institución? Entonces, ¿cómo es posible que este delito haya podido cometerse impunemente durante tanto tiempo? ¿Nadie en Aduanas preguntó por qué en estos dos períodos de gobierno consecutivos de Leonel Fernández la exportación de metales no producidos en el país se multiplicó por cinco? ¿Nadie sintió curiosidad por saber de dónde salía tanto metal? Cualquiera podría especular que el saqueo permanente fue varias veces denunciado y concluir que las autoridades decidieron no actuar.
Pregunto: ¿Es este un caso de negligencia oficial o de complicidad? Negligente se aplica a la persona que no pone el cuidado o el interés debido en las tareas que debe realizar. Cómplice es quien contribuye, sin tomar parte directa en la ejecución material, a la comisión de un delito. Ahora habría que determinar qué sanción merecen los funcionarios por negligentes o cuanto castigo les corresponde en el caso de que fueran cómplices. Afortunadamente, si hubiera interés desde la Procuraduría General de la República, podría establecerse la cadena de responsabilidades que no fueron asumidas desde el Ministro de Obras Públicas hasta el Sargento del puesto policial más cercano.
Ahora, el ministro de Obras Públicas nos dice a los imbéciles dominicanos que colocará cámaras de vigilancia en los puentes para evitar que el robo continúe. Más bien debían ser instaladas en su despacho para determinar en qué usa el tiempo que le niega a la supervisión de los puentes. Volvemos ahora a encontrarnos con el caso del pirómano que, luego de provocar el incendio, reclama que lo felicitemos porque ayuda a recoger las cenizas del desastre que provocó.
Opinión
Un Estado puede ganar un enfrentamiento y, al mismo tiempo, estar perdiendo la batalla contra el crimen.
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3 días agoon
octubre 8, 2026Por Isaías Ramos
En las últimas semanas, decenas de personas han muerto durante actuaciones policiales calificadas como “intercambios de disparos”. El debate se ha concentrado, comprensiblemente, en determinar si esas actuaciones fueron legítimas, si hubo proporcionalidad en el uso de la fuerza y qué mecanismos pueden establecer con credibilidad lo ocurrido.
Son preguntas indispensables.
Pero hay otra que estamos formulando mucho menos:
¿Estamos desmontando el sistema que produce al delincuente o solamente neutralizando una de sus manifestaciones?
Esta controversia me recuerda una enseñanza que quedó especialmente presente en mí desde que tuve la oportunidad de participar en el Diplomado Internacional Transformación Social y Educativa, vinculado al pensamiento del filósofo francés Edgar Morin.
Morin advertía sobre la “inteligencia ciega”: aquella que fragmenta la realidad, separa sus componentes y termina confundiendo el conocimiento de una parte con la comprensión del todo.
La criminalidad castiga severamente ese pensamiento simplificador.
El hombre armado que aparece en una esquina es apenas la expresión visible de un sistema mucho más amplio. Detrás pueden coexistir tráfico de armas, narcotráfico, microtráfico, lavado de activos, corrupción, financiamiento ilegal, reincidencia, abandono escolar, exclusión social, debilidades penitenciarias y territorios donde las instituciones han perdido capacidad preventiva.
Reducir semejante entramado al último individuo de la cadena constituye un error estratégico.
Porque si hoy cae un delincuente y mañana otro ocupa exactamente su lugar, no hemos desmontado el crimen.
Solamente hemos reemplazado una pieza.
Y mientras celebramos que una pieza cayó, la maquinaria que la incorporó, la utilizó y puede sustituirla sigue funcionando intacta.
Durante aproximadamente tres décadas, distintos gobiernos han administrado una sociedad que ha experimentado crecimiento económico y avances sociales, pero donde persisten brechas educativas, sociales, territoriales e institucionales.
El problema no es solamente cuánto se ha invertido en cada área, sino cuánto hemos sido capaces de articularlas.
Educación, protección social, seguridad, justicia, sistema penitenciario y prevención continúan funcionando demasiadas veces como compartimentos separados.
Ahí reaparece la advertencia de Morin: conocemos las partes, financiamos las partes y administramos las partes, pero perdemos de vista las relaciones que producen el fenómeno completo.
Entonces surge una contradicción preocupante: toleramos durante años condiciones que favorecen exclusión, violencia, economías ilícitas y ausencia de oportunidades y, cuando algunas de sus consecuencias finalmente aparecen armadas en nuestras calles, pretendemos enfrentarlas principalmente mediante fuerza policial.
La seguridad comienza mucho antes de que un policía tenga que sacar su arma.
Existe, además, una diferencia fundamental entre letalidad operativa y eficacia estratégica.
Una intervención policial puede neutralizar una amenaza inmediata y ser tácticamente exitosa. Pero la eficacia estratégica exige una pregunta mucho más importante:
¿Qué poder criminal perdió la sociedad después del operativo?
Un presunto delincuente capturado con vida puede convertirse, dentro del debido proceso, en una fuente de inteligencia criminal: identificar quién suministra las armas, quién financia, quién distribuye, quién recibe el dinero, quién protege la estructura y quién dirige niveles superiores.
Por eso no basta preguntar quién cayó.
Debemos preguntar:
¿Qué estructura descubrimos?
¿Qué red desmantelamos?
¿Qué información obtuvimos para impedir al próximo?
Un Estado verdaderamente fuerte no es aquel que solamente puede enfrentar a un hombre armado.
Es aquel capaz de investigar, capturar, obtener información conforme a la ley, seguir el dinero, rastrear las armas, identificar conexiones, judicializar responsables y reducir efectivamente el poder de las organizaciones criminales.
Nada de esto significa negar a los agentes policiales su derecho a defenderse ante una agresión real.
Tampoco significa asumir que toda muerte ocurrida durante una intervención policial constituye automáticamente una ejecución.
Precisamente por eso, cuando una persona muere por actuación de agentes del Estado, debe existir un procedimiento independiente y creíble capaz de establecer qué ocurrió.
Eso protege al ciudadano.
Y también protege al policía que actuó legítimamente.
Pero una política moderna de seguridad debe avanzar más.
Necesitamos inteligencia criminal integrada, capaz de conectar armas, personas, territorios, comunicaciones y organizaciones.
Necesitamos persecución financiera y judicial, porque una estructura criminal pierde verdadero poder cuando pierde su dinero, sus armas, su protección y sus mandos.
Y necesitamos prevención focalizada allí donde las redes criminales encuentran las condiciones para reclutar o sustituir continuamente a sus integrantes.
Por eso tampoco deberíamos medir la seguridad únicamente por muertos, detenidos u operativos realizados.
Debemos medirla por redes criminales desarticuladas, armas rastreadas, dinero ilícito intervenido, mandos identificados, funcionarios corruptos sometidos, reincidencia reducida y territorios recuperados.
El verdadero dilema nunca debió ser seguridad contra derechos.
Esa falsa dicotomía es, en sí misma, otra expresión de inteligencia ciega.
La República Dominicana necesita autoridad.
Necesita una Policía capaz de enfrentar el crimen.
Necesita justicia capaz de investigar y sancionar.
Necesita inteligencia capaz de anticipar las redes.
Necesita prevención capaz de reducir el reclutamiento.
Pero, sobre todo, necesita un Estado capaz de comprender que todas esas piezas forman parte del mismo sistema.
Porque neutralizar al delincuente puede resolver la amenaza de hoy.
Desmantelar las redes que reclutan y sustituyen al próximo es comenzar a resolver el problema del país.
Los evangelizadores de la Inteligencia Artificial (IA) cabalgan sin pausas ni paradas, a toda mecha como un lince o un cohete, confiados en sus maravillosos proyectos de inversiones financieras. Y el ritmo rasguea en una constante que no presiente ni anticipa límites ni la potencial burbuja/fin de esta expansionista tecnología, la IA, otra estafa, otra doble estafa universal.Opinión
La Relación de la Corte Penal Internacional y los Estados
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3 días agoon
octubre 8, 2026Por Rommel Santos Diaz
El Estatuto de Roma estipula que la Corte Penal Internacional entrará en vigor el primer día del mes siguiente al sexagésimo día a partir de la fecha en que se deposite en poder del Secretario General de las Naciones Unidas el sexagésimo instrumento de ¨ratificación, aceptación, aprobación o adhesión¨.
La firma del Estatuto de Roma estuvo abierta hasta el 31 de diciembre del año 2000, tal y como lo estipula el referido Estatuto. Para que un Estado devenga parte , este deberá ratificar, aceptar, aprobar o adherirse al tratado.
El término ¨adhesion¨normalmente significa adherirse al Tratado una vez que este haya entrado en vigor, pero también podrá referirse a un proceso específico de un Estado.
Para el Estado que ratifique, acepte, o apruebe el Estatuto posteriormente al depósito del sexagésimo instrumento, la entrada en vigor del Estatuto para dicho Estado será el primer día del mes siguiente al sexagésimo día a partir de la fecha en que haya depositado su instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión al Estatuto de Roma.
Según el Estatuto de Roma los Estados los Estados no podrán hacer reservas al Estatuto. Los Estados Partes deberán aceptar el Estatuto tal y como fue adoptado en la Conferencia de Roma.
No obstante, el Estatuto de Roma dispone que el Estado podrá declarar que ¨ durante un periodo de siete años contados a partir de la fecha en que el Estatuto entre en vigor a su respecto , no aceptará la competencia de la CPI sobre la categoría de crímenes a que se hace referencia en el artículo 8 cuando se denuncie la comisión de uno de esos crímenes por sus nacionales o en su territorio¨.
El objetivo de la disposición indicada anteriormente es brindar a los Estados Partes tiempo suficiente para capacitar a todo su personal militar sobre los requisitos del Estatuto con respecto a los crímenes de guerra, ya que algunas de las disposiciones del Estatuto de Roma podrían ser contrarias a las obligaciones nacionales existentes.
