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Protagonistas de Operación Falcon son reincidentes.
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3 años agoon
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LA REDACCIÓNCuatro del grupo, compuesto por 21 personas, que llegaron a traficar aproximadamente 2,500 kilos de cocaína semanales desde 2012, son reincidentes con responsabilidad criminal en varias ocasiones sin que estas hayan logrado impedir continuar con sus acciones, ya que salían de los procesos judiciales con facilidad, a pesar de tener fuertes imputaciones, según el Ministerio Público.
En noviembre de 2016, las autoridades estadounidenses en Puerto Rico, encabezadas por la Agencia de Aduanas y Protección Fronteriza (ICE), apresaron y les decomisaron a Erick Mosquea Polanco y Juan José de la Cruz Morales 1,786 kilos de cocaína su cargo.
En ese momento, los dos cabecillas de la investigada red de narcotráfico que tenía mando de control en Santiago, se desprendieron de la droga que tenía un valor de US$45 millones de dólares en el mercado negro.
Junto a ellos, resultaron apresados otros cuatro: Kevin de Morla Santana, Rudy Contreras Severino, José Morales Soto, Sandy Hernández Mieses y Jonathan Jiménez Díaz.
“Todos, salvo Jiménez Díaz, estaban previamente acusados por un gran jurado federal en Puerto Rico por tratar de introducir droga desde la República Dominicana”, dice el periódico Primera Hora de Puerto Rico, en una nota atribuida a la agencia EFE.
El tercero de los reincidentes, José Alejandro de la Cruz Morales, es catalogado por el Ministerio Público como una persona con conducta violenta.
“Al momento del arresto trato de evadirse”, puntualiza la solicitud de medida de coerción depositada por el Ministerio Público.
Los registros periodísticos apuntan a que José Alejandro Cruz Morales, hermano de Juan José de la Cruz Morales tiene algunos casos abiertos en distintas jurisdicciones, entre ellos uno por 400 kilos de cocaína, en el que tiene una orden de arresto.
Archivos constan que en 2012 fue capturado de camino a Santiago donde entregaría una “nevera playera” con casi US$500,000 dólares en efectivo, como parte de una red de lavado de dinero procedente del narcotráfico.
De igual forma, al año siguiente volvió a los medios citado entre los responsables de la muerte a tiros de dos hombres, la noche del 18 de junio de 2013 en la carretera que comunica la autopista Duarte con el Santo Cerro, en La Vega.
“Se trató de un ajuste de cuentas por una negociación con drogas”, dicen los medios del momento.
También fue apresado intentando ingresar ilegalmente a Puerto Rico, donde ya tenía antecedentes penales y había sido repatriado hace años por hechos delictivos.
No obstante, el juez Duvergé Mejía favoreció a De la Cruz Morales con un auto de no ha lugar porque la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) no tenía orden de arresto para apresarlo, a pesar de haberlo encontrado in fraganti.
La cuarta reincidente María Olimpia Tavares Rodríguez, conocida como Oli y La Princesa, fue condenada en 2013 por transparentar cerca de RD$100 millones en una red de lavado de activos internacional que dirigía su pareja sentimental en ese entonces, el colombiano Huber Oswaldo Buitrago Ruiz, condenado en 2016 por la misma acción.
Al momento de su arresto, las autoridades mostraron US$1,003,000.00; 24,500.00 euros y RD$150,000.00, y 20 vehículos de lujo incautados en 14 allanamientos realizados de forma simultánea en el Distrito Nacional, y las provincias Santo Domingo, Monseñor Nouel, La Vega y Santiago.
El entonces juez de Atención Permanente del Distrito Nacional, José Alejandro Vargas, dictó tres meses de prisión preventiva con envío a la cárcel de Najayo Mujeres en marzo de 2013. Medio año después, un tribunal dispuso su puesta en libertad.
Dentro de la Operación Falcón se le conocerá coerción a los imputados Juan Maldonado Castro, Víctor Elpidio Altagracia Paulino Herrera, Luis Daniel Nieves Batista, Adolfo Antonio Torres Sanabia, Julio César Jiménez Talavera, Juan Bautista Carpio Reynoso, Raúl Antonio Castro Mota, Yana Iris Maldonado Castro.
Además, Angélica María Maldonado Castro, Lenin Bladimir Torres Bueno, Marisol López Ceballos, Delfina Asunción Polanco, Ana Margarita Collado Marte, Erich Fernando Meléndez Gómez, José Miguel Castillo Taveras, Elva Teresa Polanco, Juan Carlos Durán Rogríguez, Javier Antonio Tavares Rodríguez y Felipe Espino Germán.
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Recusación de juez de caso Falcón genera aplazamiento de audiencia preliminar.
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3 días agoon
diciembre 19, 2024Santo Domingo, R.D.-La defensa del imputado Lenin Torres y la persona moral Lenin Auto Import recusaron al juez Cirilo Salomón Sánchez del Quinto Juzgado de la Instrucción de Santiago, lo que generó el aplazamiento para el 9 de enero del 2025 de la audiencia preliminar del caso Falcón.
El abogado José de los Santos Hiciano argumentó la recusación en medio de un proceso que ha enfrentado múltiples retrasos. Este incidente ocurre poco después del arresto en Colombia de Erick Randiel Mosquea Polanco, señalado como líder de la red criminal.
El Ministerio Público, representado por los fiscales Yeny Liranzo, Reyna Jiménez y Pedro Martínez, calificó la recusación como infundada y extemporánea, reiterando su disposición para avanzar con el proceso judicial.
La operación Falcón desmanteló una red de crimen organizado que se dedicaba al narcotráfico, lavado de activos, tráfico de armas y otros delitos, movilizando miles de millones de pesos bajo la apariencia de actividades comerciales legítimas.
El Ministerio Público presentó una acusación formal contra más de 70 personas y entidades, aportando miles de documentos como pruebas. El desmantelamiento de la red contó con el apoyo de la DEA y otros organismos internacionales.
El aplazamiento prolonga un proceso que ha sido marcado por constantes recursos de la defensa. Las autoridades reiteraron su compromiso de garantizar justicia para un caso de alto impacto en la lucha contra el crimen organizado en el país.
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Panorama político del pais podría cambiar por candidaturas independientes.
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3 días agoon
diciembre 19, 2024Santo Domingo, R.D.-Un gran impacto podría tener la sentencia del Tribunal Constitucional de la República Dominicana en la redefinición de la participación política en el país.
El caso, conocido como TC/0788/24, declaró inconstitucionales los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23 sobre el régimen electoral, disposiciones que regulaban de forma restrictiva las candidaturas independientes.
Esta decisión llega tras la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Alberto Emilio Fiallo-Billini, quien argumentó que dichas normas «vulneran principios constitucionales como el pro-participación, la igualdad en derechos políticos y el pluralismo político».
El fallo, en esencia, podría allanar el camino para una mayor diversidad en las opciones políticas, así como reforzar el principio de participación ciudadana, al eliminar requisitos como la conformación de «cuadros directivos fijos» similares a la de las organizaciones políticas, para las candidaturas independientes.
A pesar de mostrarse como una idea democrática, el éxito de este cambio dependerá en gran medida de la implementación de medidas que garanticen condiciones equitativas para las candidaturas independientes, así como los ajustes necesarios tanto a las legislaciones como a los procesos electorales.
La sentencia del Tribunal Constitucional marca un hito en la historia democrática de la República Dominicana. Su impacto real dependerá de cómo los actores políticos, el electorado y las instituciones electorales adopten esta nueva realidad.
La decisión del TC
En el proceso de aprobación, nueve jueces del Tribunal Constitucional votaron a favor de eliminar estos requisitos que exigían a las candidaturas independientes lo mismo que los partidos políticos, pero dos votaron en contra por considerar que el pleno se excedió en sus atribuciones y asumió funciones del Poder Legislativo.
«El mecanismo previsto para la presentación de candidaturas independientes requiere la creación de agrupaciones políticas accidentales, estructuradas de manera similar a los partidos políticos tradicionales. Esto desnaturaliza la figura de las candidaturas independientes y limita su accesibilidad para quienes deseen optar por esta vía», indica el fallo.
El Tribunal Constitucional recomendó una nueva redacción de los artículos 152 y 157 para determinar los requisitos para presentar una candidatura independiente en los siguientes procesos electorales.
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Acuerdo de cielo abierto con E.U entra en vigencia con el pais, según informó Abinader.
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3 días agoon
diciembre 19, 2024Santo Domingo, R.D.-La Republica Dominicana fue notificada de la entrada en vigor del acuerdo de transporte aéreos de Cielos Abiertos con Estados Unidos, según lo informó el presidente Luis Abinader.
Fue a través de una publicación en su cuenta de X (antiguo Twitter), donde el mandatario dominicano indicó que el país agotó los procedimientos necesarios para la entrada en vigencia del acuerdo, suscrito en agosto de este año por el ministro de Turismo, David Collado y el subsecretario de Crecimiento Económico, Energía y Medio Ambiente de Estados Unidos, José W. Fernández.
En ese sentido, a través de la misma red social, Abinader felicitó a la comisión integrada por Collado, Leonel Melo, Práxedes Castillo; la viceministra Patricia Mejía y Natacha Domínguez, así como el apoyo de Manuel Estrella, Monika Infante y Frank Elías Rainieri.
Las autoridades dominicanas han dicho que este acuerdo busca fortalecer las conexiones aéreas entre ambos países, promoviendo la competencia, ampliando rutas y reduciendo los costos para los viajeros.
Según han informado, entre los beneficios previstos está el permitir a las aerolíneas de ambas naciones operar vuelos internacionales en rutas definidas, incluyendo transporte exclusivo de carga, escalas no comerciales y vuelos combinados.
En noviembre de este año el Tribunal Constitucional (TC) revisó el acuerdo, el cual declaró constitucional.
La decisión, contenida en la Sentencia TC/0670/24, subraya que el acuerdo cumple con los principios de soberanía nacional, libre competencia y armonización con el ordenamiento jurídico dominicano. Sin embargo, la sentencia contó con un voto disidente del juez Domingo Gil, quien cuestionó que el texto no garantizara explícitamente la soberanía plena y exclusiva del país sobre su espacio aéreo.