Opinión
Ese dinero es de los trabajadores
Published
11 años agoon
Por Juan Bolívar Díaz
En la medida en que aumentan los fondos de pensiones acumulados, que ya pasan de 270 mil millones de pesos, hay que afinar la vigilancia para evitar que la rapacidad y las centrífugas concentradoras pretendan apoderarse de ellos, secuestrarlos o dilapidarlos. La Ley de Seguridad Social 87-01 tiene suficientes previsiones para preservarlos, pero eso no será suficiente mientras prevalezca una cultura autoritaria y de despojo que pasa por encima de toda ley y principio constitucional.
En las últimas semanas se han verificado dos atentados contra los fondos de pensiones: por un lado un proyecto de ley que pretende apropiarse del diez por ciento de los mismos para destinarlos a recapitalizar el mal administrado Banco Nacional de la Vivienda para, cambiándole el nombre, destinarlo al financiamiento de exportaciones. El otro es la congelación de los fondos de los mayores de 60 años que se retiran sin haber podido acumular lo necesario para una pensión digna.
El intento de apropiarse por ley del diez por ciento de los fondos de pensiones atenta contra la filosofía del sistema, basado en la capitalización individual a través de empresas administradoras en las que descansa la responsabilidad de invertirlos adecuadamente en instrumentos financieros que permitan una rentabilidad que supere la tasa de inflación para que se reproduzcan en vez de extinguirse.
La ley tiene muchas previsiones para garantizar que los aportes de los trabajadores y sus empleadores sean preservados. Podrán invertirse en instrumentos financieros que deben ser aprobados por el Consejo Nacional de Seguridad Social, sólo previa ponderación y recomendación de una Comisión Clasificadora de Riesgos. Y como ocurre con todas las decisiones del sistema, se trata de organismos donde los representantes de los empleadores y los trabajadores tienen poder de veto.
Ninguna ley puede disponer de esos fondos, ni siquiera en mínima proporción, porque equivaldría a un despojo. Y de ninguna forma se puede permitir un precedente, porque eso pondría en peligro las pensiones de todos los contribuyentes, dada la voracidad de los administradores del sector público. La experiencia de aquel Banco de los Trabajadores, quebrado por la corrupción política, debe ser suficiente alerta.
La Resolución 356-13 de la Superintendencia de Pensiones constituye una apropiación de los aportes acumulados en las cuentas de capitalización individual de las personas que ingresaron al sistema cuando ya tenían más de 45 años, a quienes desde el principio se les garantizó que podrían recibir la totalidad de sus fondos cuando se retiraran después de los 60 años de vida. Así lo instituyó la Resolución 126-14 del Consejo de la Seguridad Social, el 10 de marzo del 2005.
Como la ley establece un mínimo de 300 cuotas (25 años) para disfrutar de las pensiones, se asumió que los que sobrepasaban los 45 años de edad y no alcanzaran la acumulación suficiente para una pensión mínima, podrían retirar la totalidad de sus ahorros cuando decidieran pensionarse. Más aún, podrían hacer contribuciones adicionales a la cuota legal. Cambiar eso en el 2013 es un despojo, un cambio retroactivo de la norma, que contradice principios constitucionales.
El superintendente de Pensiones, Joaquín Gerónimo, ha prometido una revisión de la nueva normativa, que esperamos se produzca de inmediato y sin cortapisas. Al fin y al cabo el mismo funcionario ha reconocido que los fondos reclamados hasta ahora por 47 mil 996 trabajadores de ingreso tardío sólo totalizan 3 mil 323 millones de pesos, promediando apenas 69 mil 235 por persona, y representan un ínfimo 1.2 por ciento del total de los fondos de pensiones acumulados.
Es una mezquindad disponer la entrega en cuotas de cantidades irrisorias, muy lejos de la “pensión digna” y aún del salario mínimo. Más grave aún por cuanto el 75 por ciento de los fondos de pensiones están concentrados en instrumentos del Banco Central, del Ministerio de Hacienda y del Banco de Reservas, lo que los deja sujetos a los vaivenes de la política. Nadie garantiza que con el progresivo endeudamiento que registra el Estado, esos fondos aparezcan cuando en unos 14 años cientos de miles de personas tengan derecho al mismo tiempo a una pensión completa.
Mientras tanto hay que preguntar quién defiende a los trabajadores. Por qué sus representantes aceptaron que se emitiera esa resolución corralito.
Opinión
Impugnación de la competencia de la Corte Penal Internacional
Published
1 día agoon
marzo 13, 2025Por Rommel Santos Díaz
La Corte Penal Internacional se cerciorará de ser competente en todas las causas que le sean sometidas. La CPI podrá determinar de oficio la admisibilidad de una causa de conformidad con el artículo 17 del Estatuto de Roma.
De acuerdo con el Estatuto de Roma podrán impugnar la admisibilidad de la causa, por uno de los motivos mencionados en el artículo 17, o impugnar la competencia de la Corte Penal Internacional:
- a)El acusado o la persona contra la cual se haya dictado una orden de detención o una orden de comparecencia con arreglo al artículo 58;
- b)Un Estado que tenga jurisdicción en la causa porque esta investigando o enjuiciando o lo ha hecho antes; o
- c)Un Estado cuya aceptación se requiera de conformidad con el artículo 12.
El Fiscal podrá pedir a la Corte Penal Internacional que se pronuncie sobre una cuestión de competencia o de admisibilidad. En las actuaciones relativas a la competencia o la admisibilidad, podrán presentar asimismo observaciones a la Corte quienes hayan remitido la situación de conformidad con el artículo 13 del Estatuto de Roma y las víctimas
.
La admisibilidad de una causa o la competencia de la CPI sólo podrán ser impugnadas una sola vez por cualquiera de las personas o los Estados a que se hace referencia en el párrafo 2. La impugnación se hará antes del juicio o a su inicio.
En circunstancias excepcionales la Corte Penal Internacional podrá autorizar que la impugnación se haga más de una vez o en una fase ulterior del juicio. Las impugnaciones a la admisibilidad de una causa hechas al inicio del juicio, o posteriormente con la autorización de la Corte, sólo podrán fundarse en el párrafo 1 c) del artículo 17 del Estatuto de Roma.
Antes de la confirmación de los cargos, la impugnación de la admisibilidad de una causa o de la competencia de la CPI será asignada a la Sala de Cuestiones Preliminares. Después de confirmados los cargos, será asignada a la Sala de Primera Instancia. Las decisiones relativas a la competencia o la admisibilidad podrán ser recurridas ante la Sala de Apelaciones de conformidad con el artículo 82 del Estatuto de Roma.
Hasta antes de que la Corte Penal Internacional se pronuncie, el Fiscal podrá pedirle autorización para:
- a)Practicar las indagaciones necesarias de la índole mencionadas en el párrafo 6 del articulo 18 del Estatuto de Roma;
- b)Tomar declaración a un testigo o recibir su testimonio, o completar la recolección y el examen de las pruebas que hubiere iniciado antes de la impugnación; y
- c)Impedir, en cooperación con los Estados que corresponda, que eludan la acción de la justicia personas respecto de las cuales el Fiscal haya pedido ya una orden de detención en virtud del artículo 58 del Estatuto de la Corte.
La impugnación no afectará a la validez de ningún acto realizado por el Fiscal, ni de ninguna orden o mandamiento dictado por la CPI, antes de ella.
Si la CPI hubiere declarado inadmisible una causa de conformidad con el artículo 17 del Estatuto de Roma, el Fiscal podrá pedir que se revise esa decisión cuando se haya cerciorado cabalmente de que han aparecido nuevos hechos que invalidan los motivos por los cuales la causa había sido considerada inadmisible de conformidad con dicho artículo.
Finalmente, el Fiscal, si habida cuenta de las cuestiones a que se refiere el artículo 17 del Estatuto de Roma suspende una investigación, podrá pedir que el Estado de que se trate ponga a su disposición información sobre las actuaciones. A petición de ese Estado, dicha información será confidencial. El Fiscal, si decide posteriormente abrir una investigación, notificará su decisión al Estado cuyas actuaciones hayan dado origen a la suspensión.
Rommelsantosdiaz@gmailcom
Por Nelson Encarnación
Son muchos los dominicanos que no se reponen del shock que les provocaron las diversas manipulaciones y mentiras vertidas por el expresidente Danilo Medina durante su comparecencia de la semana pasada en un importante medio radial de nuestro país.
Cuando se anunció días antes que el líder del Partido de la Liberación Dominicana aparecería en un medio público, hubo la apreciación generalizada de que aprovecharía el alcance de este para al menos desvestir su alma y bajar al terreno de la humildad para pedir algún tipo de perdón—aun fuese en voz baja—por las muchas culpas que necesitan urgentemente su expiación.
Sin embargo, es evidente que Danilo está convencido de que todas sus actuaciones en el Gobierno estuvieron ajustadas a la decencia más absoluta, cuando la realidad apunta precisamente en otra dirección.
Para él, los expedientes que involucran a familiares y entorno político más estrecho, son simples majaderías urdidas para molestarle, o una manifestación de la llamada judicialización de la política o politización de la justicia, mediante la cual han sido quitados del camino potenciales competidores de la corriente predominante.
Con ese convencimiento resulta improbable que el expresidente se humanice y entienda que admitir los errores hace grandes a las personas, y que, por el contrario, encerrarse en una convicción pueril las reduce.
Hay más de una evidencia que Danilo fue advertido por cercanos acerca del comportamiento depredador de algunos de sus íntimos, pero obvió tomar las medidas aconsejables, para dejar campo abierto a la continuación de los desmanes, muchos de los cuales se han reflejado en los casos que actualmente se ventilan en justicia, y que él los atribuye a “persecución política”.
En el campo de la lucha propiamente política, Medina trata de convencernos de que su laborantismo encaminado a propiciar el escenario para una segunda reelección en 2020 es un espejismo o un invento de sus adversarios.
Eso de que no tenía votos para modificar la Constitución es un ardid y una expresión fehaciente de su condición de simulador, pues todos vivimos aquel trance que mantuvo en vilo a la nación hasta que la administración Trump—en una intromisión inaceptable, eso sí—le apeó del carro reeleccionista que pudo haberse descarrilado hacia una situación de manejo muy complejo.
Danilo podrá decir lo que quiera, pero la historia no se puede borrar.
Por Narciso Isa Conde
Una PGR manipulada por la EMBAJADA-EU, Leonel y Abinader y un Poder Judicial maleado y muy influido por el PLD, están descalificados para ponerle fin a la impunidad.
La que debe ser emplazada NO ES MIRIAM, es Yeni Berenice, acompañada de Camacho, el del PEPCA y ahora ascendido, ambos con fuertes vínculos con la Embajada, FBI, DEA…Leonel, Abinader…Ahora la PGR cae bajo control absoluto de esa tríada, vía los ascensos de Berenice y Camacho.
Miriam German ha sido víctima de su entorno, de un acorralamiento programado en medio de una gran soledad y de su propio institucionalismo (excesivo respeto a la separación de funciones dentro de la PGR). Además, la amenaza del cártel del Cibao y del tal J, fue manipulada para amarrarla más. Hicieron un gran bulto desde la DNCD y dejaron todo igual: el cartel sigue impune. Abinader, Cabrera-DNCD y la DEA dirigieron esa operación.
Berenice y el PEPCA han bloqueado muchos expedientes, incluso los presentados por nosotros. El caso de ANTENA LATINA es emblemático y yo lo entregué personalmente, y muchas veces demandé respuesta y nada. A esos encargados de investigar y perseguir los delitos, se le entregaron numerosas denuncias del Archivo Abierto de Marcha Verde y no hicieron nada: siguen abundando las vacas sagradas oligárquicas y transnacionales denunciadas; y estas abundan junto a la impunidad del leonelismo, de políticos ladrones y generales asesinos.
Una PGR manipulada por la EMBAJADA-EU, Leonel y Abinader y un Poder Judicial maleado y muy influido por el PLD, están descalificados para ponerle fin a la impunidad.