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Tribunal Constitucional anula otra resolución del Consejo de la Seguridad Social.

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Santo Domingo, R.D.-La resolución número 551-08, que incluye a los trabajadores domésticos al Sistema de Seguridad Social, bajo el régimen contributivo subsidiado, fue anulado por  el Tribunal Constitucional.

Esta es la segunda resolución que intenta regular el trabajo de los trabajadores domésticos y que el Tribunal Constitucional declara como “no conforme”.

De ser aprobada la resolución, iniciaría un Plan Piloto en el que los trabajadores domésticos tendrían delimitación de jornadas laborales, cobertura mejorada de Seguro Familiar de Salud (SFS), cobertura de Riesgos Laborales, pensiones de sobrevivencia y discapacidad, entre otras reivindicaciones importantes.

El Plan Piloto, de acuerdo con la resolución, tiene como objetivo proteger a toda persona que realice trabajo doméstico, “entendiéndose por trabajo doméstico aquel realizado en un hogar, en labores de cocina, aseo, asistencia, y demás, propias de sitio de residencia o habitación particular, sin lucro o negocio para el empleador o sus parientes”.

En su documento íntegro, la resolución deja claro que el trabajador debe contar con un contrato de trabajo, “debidamente registrado en el Ministerio de Trabajo”.

Están excluidos los trabajadores que presten servicios en empresas, ONG’s, instituciones públicas, organismos internacionales y cualquier organización distinta a la de un hogar, quienes estarían afiliados en el régimen contributivo.

Asimismo, para los dependientes directos del trabajador doméstico, la resolución indica que serán beneficiados de las pensiones de sobrevivencia bajo las mismas condiciones establecidas en por la Ley número 87-01, en su artículo 51, y conservarían las coberturas del Seguro Familiar de Salud del Régimen que se encontraran (SFS) y del Fondo Nacional de Atención Médica por Accidentes de Tránsito (Fonamat).

El artículo 51, de la Ley número 87-01, establece que “en caso de fallecimiento del afiliado activo, los beneficiarios recibirán una pensión de sobrevivencia no menor al 60% del salario cotizable de los últimos tres años o fracción, ajustado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC). El cónyuge sobreviviente menor de 50 años recibirá una pensión durante 60, o, en su defecto, el hijo menor hasta los 18 años. El cónyuge sobreviviente mayor de 50 años y menor de 55 años tendrá derecho a 72 meses de pensión y los sobrevivientes mayores de 55 años, a una pensión vitalicia. La pensión de sobrevivencia será financiada con el monto acumulado de la cuenta personal del afiliado más el aporte del seguro de sobrevivencia. Estas prestaciones serán revisadas cada 5 años”.

La resolución anulada establece un aporte fijo mensual, no importando el salario devengado por el trabajador, de 859.43 pesos, para financiar las prestaciones de la Seguridad Social. Este monto sería aportado de la siguiente manera: RD$ 571.50, a cargo del empleador; 28.50 pesos, a cargo del trabajador, para un total de 600 pesos.

Para asegurar la financiación de las prestaciones de la Seguridad Social, un aporte a cargo del Estado de 259.43 pesos.

En ese sentido, la resolución especifica que el aporte del Estado corresponde al per cápita del Seguro Familiar de Salud del Régimen Subsidiado vigente, mientras que en los casos en donde el trabajador tenga más de un empleo, se pagará el aporte fijo por cada uno de los empleadores.

LA DISTRIBUCIÓN DE LOS FONDOS

El aporte fijo, según la resolución, se distribuiría de la siguiente manera: 649.43 pesos para el Seguro Familiar de Salud; RD$ 95 para financiar la prima del Seguro de Discapacidad y Sobrevivencia; 115 pesos para el Seguro de Riesgos Laborales y Enfermedades Profesionales.

De los 649.43 asignados al Seguro Familiar de Salud, RD$ 98.20 se destinarían para financiar los subsidios por enfermedad común, maternidad y lactancia y 7 pesos para las operaciones de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), y el resto, 544.23 pesos, para financiar la cobertura de salud a la cual tendrían acceso los beneficiarios del Plan Piloto para trabajadores domésticos.

LOS BENEFICIOS

Un Seguro Familiar de Salud, Seguro de Discapacidad y Sobrevivencia y de Riesgos Laborales, son parte de los beneficios del que gozarían los afiliados protegidos por el Plan Piloto para el trabajo doméstico, descrito en la resolución.

El primero, un SFS para régimen subsidiado, con 5,000 pesos para medicamentos ambulatorios en la Red de farmacias cerrada, sin copago; servicios odontológicos y de emergencia, tanto en la Red Pública coma Privada contratada por la ARS Senasa.

Asimismo, subsidios por maternidad, en un 100% del salario mínimo sectorizado correspondiente, durante 14 semanas; de lactancia, el 33% del salario mínimo durante un año; por enfermedad común, de un 60% y 40% del salario mínima, en caso de atención ambulatoria u hospitalaria, respectivamente.

Los trabajadores domésticos recibirían los beneficios de pensiones por Discapacidad y Sobrevivencia por las mismos que rigen el régimen contributivo.

También el Seguro de Riesgos Laborales, que garantizaría prestaciones en especie (atención médica y asistencia odontológica, prótesis, anteojos y aparatos ortopédicos, y su reparación) y prestaciones en dinero (subsidio por discapacidad temporal, cuando el riesgo del trabajo hubiese ocasionado una discapacidad temporal para trabajar conforme a lo establecido en el Código de Trabajo; indemnización por discapacidad; pensión par discapacidad y gastos fúnebres).

Otro de los beneficios sería la pensión solidaria por vejez, siempre y cuando los trabajadores domésticos cumplan con los siguientes requisitos: tener más de 60 y para los afiliados que tenían edades comprendidas entre 50 y 55 años, tener de 5 a 10 años de cotización como trabajador doméstico. 

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Defensa de sargento enviada a prisión por muerte de su hija llama a abordar la salud mental con empatía

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Santo Domingo, R.D.-El 20 por ciento de la poblacion en la República Dominicana padece algún tipo de trastorno emocional o psiquiátrico, cuyo ejemplo al respecto  es el caso de la sargento mayor de la Policía Nacional, Glenny Tellería Alberto, quien desde el año 2022 padece de depresión y otros padecimientos psiquiátricos.

Así lo manifestó el jurista Jean Carlos Martínez, abogado de la sargento mayor enviada a prisión al pabellón psiquiátrico del Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Mujeres, en San Cristóbal.

El abogado indicó que su representada se encontraba en tratamiento bajo el cuidado permanente y la supervisión de su familia. Sin embargo, desafortunadamente ocurrió la tragedia en la que resultó muerta la menor de 10 años de edad.

“En el caso de nuestra representada, estaba bajo cuidado médico y en el seno de su familia. Con este lamentable hecho que ha ocurrido, lo que queremos es que el tema se enfoque de una manera humana, sin morbo. Lo que hay es un dolor grande en una familia y en el seno de la sociedad”, afirmó el togado.

Medida de coerción a la sargento de la Policía

El hecho ocurrió en el sector Manoguayabo, municipio Santo Domingo Oeste.

La magistrada ordenó que la imputada cumpla la medida en el pabellón de psiquiatría de Najayo Mujeres, luego de que el Ministerio Público le imputara el delito de homicidio voluntario.

La decisión se sustentó, entre otros elementos, en un examen médico que establece que la imputada padece esquizofrenia. Además, familiares de la imputada manifestaron que fue diagnosticada con esa enfermedad hace aproximadamente dos años, según consta en la solicitud de medida de coerción presentada por el órgano persecutor.

En la solicitud de medida de coerción del Ministerio Público, establece que el pasado 18 de julio, alrededor de la 1:30 de la tarde, la imputada, quien ostenta el rango de sargento mayor de la Policía Nacional, tomó una pulidora eléctrica de mano dentro de la habitación donde se encontraba su hija de 10 años. Posteriormente, conectó la herramienta, se colocó sobre la menor y presuntamente le ocasionó una herida cortante en el cuello.

En ese momento, el hermano de la imputada, Glenny Telleria Alberto, al escuchar los gritos de la niña, entró a la habitación y encontró a su hermana presuntamente hiriendo a la menor con la pulidora eléctrica. De inmediato, la apartó, cargó a la niña en sus brazos y le reclamó: «¡Glenny, por qué hiciste eso!».

Acto seguido, trasladó a la menor al Centro Médico Divina Misericordia, donde llegó sin signos vitales. De acuerdo con el acta de levantamiento del cadáver, la causa de la muerte fue una herida cortante en el cuello compatible con una lesión ocasionada por una pulidora eléctrica.

Tras el hecho, la imputada fue trasladada bajo custodia policial al Hospital Universitario Docente Central de las Fuerzas Armadas, donde permaneció ingresada hasta este martes. Luego de recibir el alta médica, fue conducida al tribunal, alrededor de las 2:27 de la tarde de este martes, para el conocimiento de la solicitud de medida de coerción.

La niña falleció mientras recibía atenciones médicas en un centro de salud de esa jurisdicción.

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La economía dominicana está muy presionada por el alza del petróleo.

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SANTO DOMINGO.– Un incremento su produjo este martes en los precios internacionales del petróleo como consecuencia de las persistentes tensiones geopolíticas en Oriente Medio y los riesgos para el suministro mundial de crudo, un escenario que mantiene bajo presión a economías altamente dependientes de las importaciones energéticas, como la República Dominicana.

En la jornada, el barril de West Texas Intermediate (WTI) se cotizó en torno a US$84.34, mientras que el Brent, referencia para gran parte del mercado internacional, alcanzó US$91.01 por barril, su nivel más alto en varias semanas.

El comportamiento del mercado responde a la incertidumbre generada por la situación en el Mar Rojo y Oriente Medio, donde los riesgos para las rutas de transporte de hidrocarburos han incrementado la volatilidad de los precios. La Agencia Internacional de la Energía (AIE) advirtió que una prolongación de estas tensiones podría afectar el suministro global y provocar nuevas alzas del crudo.

Para la República Dominicana, que importa la totalidad del petróleo que consume, el encarecimiento del crudo representa un desafío para la estabilidad de los precios internos de los combustibles, el costo del transporte, la generación eléctrica y la inflación.

En los últimos meses, el Gobierno ha recurrido a subsidios y ajustes focalizados para mitigar el impacto de las variaciones internacionales sobre los consumidores, una política que también incrementa la presión sobre las finanzas públicas cuando los precios del petróleo permanecen elevados.

Analistas consideran que, si el barril de petróleo continúa por encima de los 90 dólares durante un período prolongado, podrían aumentar los costos de producción y distribución de bienes y servicios, afectando el crecimiento económico y el poder adquisitivo de los hogares.

Las autoridades dominicanas mantienen un seguimiento permanente de la evolución del mercado energético internacional para evaluar su impacto sobre la economía nacional y definir las medidas necesarias para reducir los efectos de la volatilidad en los precios de los combustibles.

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Sargento acusada de matar a su hija fue enviada al área de psiquiatría de Najayo.

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Santo Domingo, R.D.-Tres meses de prisión preventiva impuso el Juzgado de Atención Permanente de Santo Domingo Oeste contra la sargento mayor Glenny Tellería Alberto, acusada de causarle la muerte a su hija de 10 años con una pulidora eléctrica, en un hecho ocurrido el pasado sábado 18 de julio en el sector Batey Bienvenido, Manoguayabo.

La jueza Cecilia Toribio dispuso que la imputada cumpla la medida en el área de psiquiatría del Centro de Corrección y Rehabilitación de Najayo-Mujeres, en San Cristóbal, con el fin de que reciba atención médica especializada.

La decisión fue tomada luego de que el tribunal acogiera la solicitud de los fiscales de la Unidad de Procesamiento de Casos y de Delitos contra las Personas de Santo Domingo Oeste, quienes pidieron prisión preventiva como medida de coerción.

El abogado de la defensa, Yan Carlos Martínez, informó que su representada recibía tratamiento psiquiátrico y supervisión familiar desde 2022, y que se encontraba bajo medicación al momento del hecho.

El defensor pidió comprensión ante lo que calificó como una tragedia familiar y social, y llamó a la ciudadanía a prestar mayor atención a la salud mental.

Valoró además que el tribunal haya dispuesto que la mujer permanezca en un centro con atención médica especializada durante el proceso.

El hermano de la acusada, Tony Alexander Eusebio Rodríguez Alberto, quien presenció parte de los hechos, relató que al escuchar gritos entró a la habitación y encontró a la mujer sobre la cama agrediendo a la niña, por lo que intervino y trasladó a la menor al Centro Médico Divina Misericordia de Manoguayabo, donde fue recibida sin signos vitales.

Agentes de la Policía Nacional arrestaron posteriormente a la mujer en flagrancia, mientras que el Ministerio Público calificó provisionalmente el hecho como una violación a los artículos 295 y 304 del Código Penal dominicano.

Entre las pruebas recolectadas por la Policía Científica figuran la pulidora eléctrica utilizada, el acta de levantamiento de cadáver emitida por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) y testimonios de familiares y agentes actuantes.

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