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Los más grandes decomisos de drogas durante 2024.

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Santo Domingo, R.D.-Un total de 44,348 kilogramos drogas fueron incautados durante el 2024 por la la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), según lo informó la institución.

Una gran parte de este total provino del histórico decomiso realizado el 7 de diciembre del 2024, cuando fueron ocupadas 9.8 toneladas de cocaína en el Puerto Multimodal Caucedo.

Este fue no solo el decomiso de drogas más grande del año anterior, sino además de toda la historia de la República Dominicana.

Agentes de la DNCD, apoyados por la Dirección de Aduanas (DGA), agencias de Inteligencia del Estado y la Seguridad Militar del Puerto Multimodal Caucedo, coordinados por el Ministerio Público, incautaron 9,587 paquetes de cocaína en la referida terminal portuaria del municipio de Boca Chica, provincia Santo Domingo.

Según presentan los datos del informe oficial, en un operativo de inspección a decenas de contenedores fueron detectados en el área dos contenedores abiertos, uno vacío y otro cargado de banana.

A partir del hallazgo se alertó inmediatamente a todos los organismos de seguridad del puerto y se procedió a realizar una inspección más exhaustiva en la que se detectaron en ambos contenedores un total de 320 sacos con 9,587 paquetes de cocaína. Se estima que el valor de todo el cargamento ascendía a los 250 millones de dólares.

El cargamento, del que inicialmente se creyó que contaba con 9.5 toneladas, fue analizado por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) y se determinó que el peso real del alijo era de 9,889 kilogramos de cocaína (9.8 toneladas). Esta cantidad superó por mucho el antiguo record y se posicionó la más grande de la historia dominicana.

Antes de este operativo el puesto del mayor decomiso de drogas se lo llevaba un aligo de 2.5 toneladas decomisado en 2006, casi dos décadas antes del actual y con una cantidad bastante menor.

“Las primeras investigaciones dan cuenta de que el contenedor cargado de banano llegó al país procedente de Guatemala y, según se ha establecido, varios individuos hasta el momento desconocidos intentaban transferir el alijo a otro contenedor que sería embarcado en un buque con destino a Bélgica” explicó inicialmente la DNCD.

No obstante, existe todavía cierta confusión al respecto de la procedencia del cargamento, pues el 29 de diciembre, 22 días después de la operación de la DNCD y 20 días luego de la quema de la droga, el presidente de Colombia, Gustavo Petro, declaró en su cuenta de la red social de X que la droga procedía de Colombia.

«Con ayuda de la inteligencia policial de Colombia, se han incautado 9.5 toneladas de cocaína en República Dominicana», dijo Petro en la red.

Mientras tanto, el presidente de GuatemalaBernardo Arévalo de León, negó responsabilidad del país sobre las 9.8 toneladas de droga. “Ya quedó claro que la contaminación tuvo lugar en la República Dominicana”, dijo a periodistas.

Un comunicado a base de las declaraciones de Bernando Arévalo afirmó también que esto le fue confirmado por Carlos Devers, vocero de la DNCD.

Por otro lado, también hay cierta incertidumbre sobre la involucración de Honduras. Pues, mientras la Aduanas de este país niega totalmente que este contenedor haya pisado tierra o puertos hondureños, la DNCD afirma que este realizó una escala en Puerto Cortés de este país, aunque no desembarcó.

Segundo puesto

El segundo decomiso de mayor volumen del anterior año se llevó a cabo el 9 de noviembre en Puerto Caucedo con 2.2 toneladas.

Agentes de la DNCD, apoyados por la Dirección de Aduanas y otras entidades, ocuparon 2,198 paquetes de cocaína durante una operación de interdicción conjunta desarrollada en la referida terminal del municipio de Boca Chica, provincia Santo Domingo.

Posteriormente, el Inacif determinó en su análisis que los paquetes de la droga tuvieron un peso total de 2,276.07 kilogramos (2.2 toneladas) de cocaína.

“Se trata del segundo cargamento de mayor volumen ocupado en la República Dominicana”, puntualizaron las autoridades en el comunicado original de la DNCD. Al día de hoy su puesto sigue siendo el del segundo cargamento de mayor volumen, pero solo del 2024, pues tomando en cuenta los años pasados este puesto lo ocuparía un cargamento del 2006.

Los 2,198 paquetes fueron encontrados en cajas de cartón y envueltos en cinta adhesiva de distintos colores en un contenedor cargado de ropa y calzado deportivo, según anunció el organismo.

La DCND afirmó además que el contenedor llegó a la terminal de Caucedo procedente de Panamá y su destino final era el puerto de Amberes, Bélgica.

Tercer puesto

En su momento considerado el tercero más grande en la historia del país, ya es tan solo el tercero más grande del año 2024. Con un peso de 1.6 toneladas, este cargamento de cocaína fue decomisado el 23 de agosto nuevamente en el Puerto de Caucedo.

Los agentes de la DNCD incautaron un cargamento de 1,585 paquetes de cocaína, en medio de labores de interdicción desarrolladas en la referida terminal portuaria del municipio de Boca Chica.

Según el informe de la institución, al intervenir el contenedor se incautaron 317 cajas cargadas de limones, en cuyo interior se confiscaron camufladas un total de 1,585 kilogramos (1.5 toneladas), paquetes de cocaína.

Sin embargo, el análisis forense reveló que el peso total resultó ser 1,639 kilogramos (1.6 toneladas) de cocaína.

Los contenedores, procedentes del puerto de Santa Marta, Colombia, tenían como destino final Hamburgo, Alemania.

Cuarto puesto

Esta vez ubicado en La Romana, el cuarto decomiso más grande del año anterior fue de 1.4 toneladas. El mismo contó con labores de persecución tanto marítimas como terrestres llevadas a cabo el 13 de marzo.

La DCND informó que los equipos actuantes en la operación interceptaron una lancha tipo Eduardoño a pocas millas de las costas de La Romana tras ser notificados sus agentes sobre las intenciones de las personas a bordo de introducir sustancias narcóticas al país.

Según datos oficiales, la lancha tenía unos 32 pies de eslora y tres ocupantes, quienes al notar la presencia de las unidades se lanzaron a las aguas del mar Caribe.

Las unidades navales de la Armada aseguraron primero la embarcación y de inmediato procedieron con la búsqueda y rastreo de los individuos para rescatarlos y realizar los procedimientos de lugar, pero afirmaron que todo esto fue en vano.

Mientras, los equipos de apoyo y reacción encontraron 57 pacas envueltas en fundas con un total de 1,407 paquetes de cocaína dentro de la embarcación.

El organismo informó además de la ocupación de varias evidencias durante el operativo, como fueron un teléfono satelital y dos celulares, 26 garrafones de combustibles, dos tanques plásticos, dos motores fuera de borda, entre otras.

“El recién decomiso de 1.4 toneladas de presuntas sustancias narcóticas, es considerado como uno de los mayores alijos ocupados en alta mar” dijo un vocero del organismo momentos tras la operación.

Fueron detenidos dos hombres de nacionalidad dominicana que se encontraban próximos al parea para procesos de investigación.

A día de hoy no se ha dado una conclusión al rastreo de los prófugos que se lanzaron al mar.

Quinto puesto

El 29 de septiembre se incautaron, una vez más en el Puerto de Caucedo1.3 toneladas de cocaína en un operativo que se lleva el quinto puesto de los decomisos más grandes del año.

En esta ocasión, los agentes de la DNCD, DGA, Inteligencia del Estado y de seguridad militar del puerto, junto con el Ministerio Público, interceptaron unos 1,378 paquetes de cocaína en el municipio de Boca Chica, Santo Domingo.

La sustancia ilícita fue detectada a través de la utilización de máquinas de rayos X implementadas como parte de lo que la institución definición como “nuevas estrategias operativas” que detectaron inconsistencias en los contenedores perfilados para exportación.

El contenedor se encontraba cargado de cacao orgánico, junto con 55 sacos y un bulto de color negro que contenía los 1,378 paquetes con distintos logotipos y envueltos en cinta adhesiva

Según informaron los agentes, este cargamento tenía como destino al puerto de Bélgica.

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RD tiene 14 fallas sísmicas activas, advierte la Defensa Civil y llama a la poblacion a estar alerta.

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Santo Domingo.- Las alarmas se han encendido en la República Dominicana a propósito del movimiento telúrico de magnitud 5.0 registrado al sur de La Romana, sumado a los recientes fuertes terremotos en Venezuela.

El director de la Defensa CivilJuan Salas, reiteró este viernes que el país “vive en una zona sísmicamente activa” y recordó que existen al menos 14 fallas sísmicas que pueden activarse en cualquier momento, por lo que la preparación ciudadana puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte.

Salas insistió en que la población debe mantenerse informada, organizada y lista para responder ante un evento súbito, al tiempo que anunció que el organismo cuenta con una nueva herramienta técnica para ofrecer respuestas más rápidas ante emergencias.

En medio del contexto regional, el titular de la Defensa Civil advirtió sobre la vulnerabilidad del país.

“Una brigada de técnicos dominicanos está trabajando en esta dirección… lo ocurrido en Venezuela, país con una placa tectónica similar a la nuestra, nos llama a mantenernos atentos. Somos un país con 14 fallas que pudieran activarse en cualquier momento”, expresó Juan Salas.

Además, explicó que el equipo técnico realiza demostraciones constantes sobre qué hacer antes, durante y después de un sismo, destacando tres acciones esenciales:

  • Mantener la calma
  • Identificar salidas seguras
  • Seguir un comportamiento correcto en medio de la emergencia.
Delfín Rodríguez, sub director de la Defensa Civil
Delfín Rodríguez, sub director de la Defensa Civil

Durante la jornada informativa también intervino el subdirector de la Defensa Civil, Delfín Rodríguez, quien detalló los protocolos básicos que debe seguir la población en caso de un sismo.

“Antes de un sismo hay que capacitarse, hacer un plan familiar y comunitario de emergencia para saber qué hacer antes, durante y después”, explicó.

Rodríguez enfatizó el uso del silbato como herramienta de rescate, especialmente en casos de colapso estructural.

“El silbato sirve para que, si quedamos atrapados, podamos emitir sonido y los equipos de rescate nos localicen. Si no hay silbato, se puede golpear metal o piedras para ser ubicados”, señaló.

También indicó que las unidades de rescate cuentan con equipos especializados como cámaras telescópicas con alcance de hasta 12 metros entre escombros, además de tecnología de ultrasonido para la localización de personas atrapadas.

En cuanto a la respuesta inmediata, fue enfático en la técnica básica que toda la población debe memorizar:

Agáchate, cúbrete y protégete”, reiteró, explicando que durante el sismo las personas deben proteger la cabeza, adoptar posición segura y evitar correr de manera descontrolada.

Rodríguez explicó que el país comparte una compleja estructura tectónica en la isla, incluyendo fallas como la trinchera de los Muertos, ubicada al sur del territorio nacional, la cual ha sido históricamente responsable de eventos sísmicos en la región.

Recordó además el terremoto de Haití como un punto de reflexión para fortalecer la descentralización de los equipos de emergencia.

“Hoy contamos con equipos distribuidos en las nueve regiones del país. Si una región colapsa, otra puede brindar apoyo inmediato mientras llegan ayudas internacionales”, afirmó.

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TC dispone devolver RD$8 millones a hombre y fija límites a retención de bienes

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Santo Domingo, R.D.-El Tribunal Constitucional (TC) volvió a pronunciarse sobre un problema recurrente: la negativa de autoridades e instituciones a devolver bienes o recursos cuya retención ya no tiene sustento legal.

En una nueva sentencia, la alta corte ordenó al Banco Agrícola devolver ocho millones de pesos que permanecían retenidos pese a que habían cesado las medidas de coerción que dieron origen a la garantía económica.

La decisión se suma a otros fallos recientes del TC relacionados con la devolución de bienes y recursos vinculados a procesos judiciales, en los que el tribunal ha advertido que las autoridades no pueden mantener bajo su control dinero o propiedades cuando desaparece la causa legal que justificó la medida.

Posteriormente, el 3 de octubre de 2017, el Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La Romana dictó un auto de no ha lugar y dispuso el cese de todas las medidas de coerción impuestas en ese proceso.

La entidad financiera alegó que la garantía estaba respaldada por un certificado financiero emitido a nombre de la Procuraduría Fiscal de La Romana y no a nombre de Michel, por lo que entendía que los fondos no podían ser entregados al reclamante. También sostuvo que este carecía de interés directo sobre esos valores y que la devolución podía afectar el patrimonio de la institución.

Ante la negativa, Michel presentó una acción de amparo alegando una vulneración de su derecho de propiedad. El Tribunal Superior Administrativo (TSA) acogió el recurso y, mediante una sentencia emitida en agosto de 2019, ordenó al Banco Agrícola devolver los fondos.

Los jueces verificaron que el dinero había sido aportado originalmente por Michel mediante un cheque de administración emitido por el Banco de Reservas y que esos recursos nunca fueron transferidos ni cedidos al imputado ni al Estado como propietarios de los fondos.

El TC concluyó que el certificado financiero emitido a nombre de la Procuraduría respondía al mecanismo utilizado para instrumentar la garantía judicial, pero no modificaba la titularidad del dinero.

«Resultaba jurídicamente improcedente la retención de los montos depositados», sostuvo el tribunal al confirmar la devolución de los 8 millones de pesos.

La alta corte recordó que el artículo 237 del Código Procesal Penal dispone que las garantías económicas deben cancelarse y los bienes afectados devolverse cuando cesa la medida que les dio origen.

Asimismo, reiteró un criterio fijado recientemente según el cual las personas que enfrenten la negativa de una autoridad a devolver bienes o valores cuya restitución sea obligatoria pueden recurrir al amparo de cumplimiento para exigir la ejecución de esa obligación legal.

Con esta decisión, el TC confirmó la devolución de los fondos reclamados por Michel y reafirmó que la retención de bienes o recursos no puede mantenerse cuando desaparece la causa legal que la justificaba.

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Los hermanos Espaillat van a juicio de fondo a la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.

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Santo Domingo, R.D.-Fue apoderada para conocer el juicio de fondo contra Antonio y Maribel Espaillat, propietarios de la discoteca Jet Set, acusados de su presunta responsabilidad en el colapso del techo  del referido establecimiento, tragedia que dejó como resultado la muerte de 236 personas y más de 180 heridos, la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.

El expediente fue asignado al tribunal, presidido por la magistrada Clara Luz Almonte, mediante el sistema de sorteo aleatorio computarizado de la presidencia de la Cámara Penal del Distrito Nacional, luego de que un juez determinara que debía seguir el proceso en un juicio de fondo.

Con este paso, la magistrada procederá próximamente a emitir el auto de fijación de audiencia para citar formalmente al Ministerio Público, a la defensa de los imputados y a las partes querellantes.

Tras un análisis exhaustivo del expediente, el magistrado tipificó los hechos como homicidio culposo o imprudente, rechazando la solicitud de un sector de las víctimas que buscaba que el caso fuera juzgado bajo la figura de homicidio voluntario.

Uno de los puntos relevantes de la decisión del juez Mejía es la exclusión del Ayuntamiento del Distrito Nacional, el Ministerio de Obras Públicas y otras instituciones estatales del proceso penal.

El juez argumentó que, ante la conducta procesal demostrada por los imputados, quienes han mostrado arraigo y disposición de asistir voluntariamente a las audiencias, la prisión preventiva no resulta procedente, recordando que en el sistema constitucional dominicano la libertad es la regla y la prisión la excepción.

No obstante, en el ámbito civil, el tribunal dictó medidas de coerción reales contra los imputados, consistentes en la inmovilización de bienes y medidas conservatorias para garantizar la reparación del daño a las víctimas.

El tribunal confirmó que las evidencias, tanto documentales como materiales, fueron recabadas respetando los derechos fundamentales y ajustándose a los artículos 140, 173, 174 y 197 del Código Procesal Penal, así como a la Resolución 38-69 de la Suprema Corte de Justicia.

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