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Opinión

Europa: colonia “made in USA”

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Por Hamlet Hermann

En Europa parece abundar el político gobernante del “Yes Sir”

HAMLET-HERMANN1Basado en definiciones de varios diccionarios, en diferentes idiomas y lenguas, la conspiración en que participaron varios gobiernos europeos la pasada semana contra el presidente de Bolivia, Evo Morales, fue un secuestro. Ya porque fue retenido contra su voluntad en el aeropuerto de Viena o porque el avión presidencial en que viajaba fue tomado como rehén al negársele volar libremente, tal como establece la Convención de Viena para el Primer Mandatario de una nación libre e independiente.

Al mismo tiempo, esta conspiración secuestró la verdad de los hechos para tratar de mancillar la dignidad de los pueblos de América Latina. Darle crédito a la información de los aparatos de espionaje de Estados Unidos de que Edward Snowden viajaba en el avión presidencial boliviano podría reflejar estupidez y sumisión aunque nunca ingenuidad. La práctica es el principal criterio de la verdad y los hechos demostraron en demasía que nunca hubo, siquiera, la intención de que el Mandatario boliviano incurriera en ese desatino. Lo que sí hubo fue sumisión vergonzosa al intento de Estados Unidos de humillar a América Latina en la persona del primer Presidente indígena de este continente. Si tuvieran vergüenza debieran abochornarse por la falta de respeto de que fue víctima el presidente Evo Morales. Solicitar inaceptables excusas y disculpas de los gobernantes de Francia, España, Portugal e Italia luego del atropello al que se sumaron, no tiene valor alguno. Hoy, da la impresión de que los países colonizados ya no están en América Latina, donde la mayoría de los gobiernos rechaza sumarse a las políticas neoliberales de Estados Unidos. La actitud de Francia, España, Portugal e Italia parece indicar que las principales colonias del régimen imperial estadounidense están en Europa, donde parece abundar el político gobernante del tipo “Yes Sir”.

Este intento de humillación al presidente Evo Morales patrocinado por el gobierno de Barack Obama, lo hace lucir desesperado y sin control de sus actos. El gigante mundial está en medio de una pataleta que refleja su impotencia para frenar la difusión de las evidencias de sus perversos planes. Da la impresión de que en la Casa Blanca predominan la arrogancia colonial y el desquiciamiento político, ahora que son forzados a abandonar Irak y Afganistán mientras insisten en respaldar una guerra en Siria luego de haber destrozado a Libia. El gobierno de Obama ha perdido la racionalidad que pudo haberle quedado en reserva. Las denuncias de violaciones flagrantes a las leyes de Estados Unidos por parte de su gobierno, hechas por Wikileaks y Assange, Manning y ahora Snowden, le han hecho perder “las tablas”. Se repite la historia de Daniel Ellsberg y sus denuncias de las atrocidades estadounidenses en la guerra de Viet Nam durante el gobierno de Richard Nixon que llevaron a ese Presidente a ser evidenciado en otras de sus fechorías hasta, en definitiva, renunciar poco tiempo después. Paradójicamente, la difusión pública de las aberraciones de Obama no lo están llevando a corregir lo mal hecho, sino a insistir en las violaciones y tratar de eliminar a los denunciantes de sus delitos.

Con la llegada del Senador por Illinois a la Casa Blanca, muchos creyeron que por el color de su piel predominaría el establecimiento de una política progresista. Pero no. Sólo ha logrado reafirmar que sigue existiendo en Estados Unidos la dicotomía del “house nigger” y el “field nigger”, términos altamente racistas utilizados para enfatizar una diferencia entre los negros que estaban contra la esclavitud, y los que colaboraban con el opresor a fin de escapar de los sufrimientos más graves del sistema. El “house nigger” vivía con los blancos, era su sirviente y no sentía compasión por la población que trabajaba en las plantaciones de algodón.

Otro que debía avergonzarse por su comportamiento en relación con este caso es el gobierno dominicano de Danilo Medina. Que la cancillería dominicana no se hubiera pronunciado contra la vejación intentada contra el presidente de una nación amiga entra dentro de la categoría de vergonzante actitud. Se confirma una vez más que seguimos gobernados por aquellos que rinden culto a la filosofía del “Nueva York chiquito” que sembrara en ese grupo corporativo el servilismo de Leonel Fernández ante Estados Unidos.

Artículo publicado originalmente con el periódico HOY.

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Opinión

El pretexto de la “Ley Mordaza”

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Por Oscar López Reyes

Pretendiendo prolongar la creencia de internet del “chivo sin ley” (“fake news” o noticias falsas, desinformación, manipulación, coerción, ciberdelincuencia, etc.), el nuevo Código Penal -estipula condenas hasta de 40 años- ha sido rebautizado como la Ley Mordaza por pseudo-periodistas, “comunicadores” sin títulos universitarios ni otro aval académico o gremial que ejercen el chantaje extorsivo mediático monetario. ¿Acaso asistimos a una revancha en favor de la impunidad de los delitos de palabras (más devastadores que una bala), el aborto, la corrupción y el narcotráfico?

Está en marcha, y crece, la industria de la intimidación, amparados los extorsionadores en el libertinaje digital, la dañina viralidad y la percepción de impunidad por la ausencia de sanción penal. Pululan, especialmente en las redes sociales y la radio, las advertencias de divulgar datos comprometedores o retirar los difundidos si no les efectúan transferencias económicas inmediatas.

Nunca como ahora, malandrines con el antifaz de periodistas presionan y emprenden campañas de descréditos contra figuras públicas, empresarios y políticos con noticias falsas o descontextualizadas, montajes digitales, ediciones tendenciosas, titulares sensacionalistas, perfiles falsos, fotografías e informaciones íntimas y sensibles, rumores espúreos, imágenes o videos manipulados y otros datos personales perjudiciales.

¿Por estos y otros tipos de modus operandi, ha oído usted que condenaron a un director de diario, a un egresado universitario de comunicación social o a otros profesionales del ecosistema informativo?

Sencillamente, “agua pasada no mueve molino”. Más que una persecución contra la libertad de expresión, las campanas repican contra el delito de extorsión mediática, una modalidad delictiva que le está ganando a los abogados extorsionistas.

Categóricamente, ha tomado cuerpo un delito penal grave, que conlleva a penas de cárcel, útil como un mecanismo disuasivo para sujetos con patrones de conductas impulsivas, terroríficas e incontrolables. Ellos están atrapados por trastornos episódicos y sin arrepentimiento, que se vuelven un peligro público, y que ameritan de psicoterapia, como palpablemente se ha visto últimamente. La prisión apuntala como un preferible tono de voz para calmar el dolor de las víctimas y evitar que respondan con el castigo de una paliza o la muerte.

Alégase que el Tribunal Constitucional ha despenalizado delitos de prensa, pero no olvidemos que últimamente esa instancia se ha constituido en una afrenta para la sociedad. Ha estado aplicando el derecho desde la Luna, divorciado de la realidad, y creándole más conflictos al Estado, sancionando sentencias absurdas, que instituciones oficiales no están en capacidad de cumplir, porque de hacerlo dejarían sin presupuesto la salud, la educación, las obras públicas y otros servicios sociales.

Igual de mal andan senadores y diputados, que son marionetas del populismo y que se doblegan en un santiamén, como si asistieran a un convite de comadres. Luego de más de 20 años discutiendo para lograr la aprobación del Código Penal, ahora esos legisladores acceden fácilmente, como si tuvieran en brazos de Morfeo, a dar rienda suelta a la propuesta para modificarlo sin ser sometido a pruebas, porque ni siquiera ha entrado en vigencia.

Valga referir, como aporte adicional a las anotaciones preexistentes, que los más diversos autores doctrinarios internacionales sobre el derecho a la información concuerdan en que la libertad de expresión es un derecho fundamental, pero no absoluto, que precisa de límites para proteger derechos de terceros y garantizar el orden social. Basta citar a Alejandro Fuenmayor E. en El derecho de acceso de los ciudadanos a la información pública, Francisco Morera Alfaro en Los derechos de los ciudadanos frente a las tareas de la información, Enrique Villalobos Quirós en El derecho a la información y Manuel Fernández Areal en Introducción al derecho de la información.

Y, ¿cuál otro? Sí, podemos leer a Carlos Soria en Derecho a la información y derecho a la honra; A. Hugo Osorio Meléndez en Políticas de información y derecho. Estudio comparativo; Eduardo Nova Monreal en Derecho a la vida privada y libertad de información. Un conflicto de derechos; Ernesto Villanueva e Issa Luna Pla en El derecho de acceso a la información, y Orrin E. Klapp en Información y moral. Estrategias de apertura y cierre ante la nueva información.

En esa óptica, ¿qué dice el nuevo Código Penal?

Acerca de la difamación extorsiva, el artículo 209 expresa que “Quien haga imputación pública a una persona, física o jurídica, de un hecho preciso o concreto que le afecta en su honor o en su consideración, buen nombre, imagen, dignidad e integridad familiar, por cualquier forma pública, … le cause un perjuicio, y con ello obligue o procure obligar a la víctima a ceder a sus exigencias, será sancionado con pena de cinco a diez años de prisión mayor y multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público”.

En esta circunstancia, más que acudir a la violencia como los iracundos, la alternativa más expedita para los injuriados y acosados está en el sometimiento judicial para que un juez decida, interponiendo las pruebas y colocando otras piezas regidos por los fundamentos del derecho, dictaminen la culpabilidad o inocencia del imputado. Y todavía para las partes queda la opción de apelar la sentencia.

Si el Congreso Nacional y el Tribunal Constitucional modifican el nuevo Código Penal, al unísono tendrán que hacer una revolución, en virtud de que en República Dominicana a través de varias leyes son perseguibles y sancionables con prisión el chantaje, las campañas injuriosas y difamatorias, los rumores falsos, las expresiones ofensivas o despectivas por medios informáticos, telemáticos o audiovisuales (redes sociales, internet, blogs) y prensa escrita.

¿Y cuáles son esas disposiciones legales?

Son la Ley 183-02 Monetaria y Financiera, la Ley 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales; la Ley 53-07 Contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, la Ley 136-03 o Código para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y otras, que contemplan encierros carcelarios de hasta diez años y multas de hasta dos millones 500 mil pesos o 500 veces el salario mínimo del sector público. ¡Muy bien!

Aunque luzca una irreverencia y un riesgo decirlo, el sometimiento judicial a un periodista por difamación e injuria representa una prueba para demostrar su profesionalidad y apego a las leyes y a los principios y valores éticos en el manejo informativo y el análisis interpretativo. Si así fuere, ¿por qué tanto miedo?

Con frecuencia, ciertas esferas de los diarios exageran y procuran rehuir para no colocarse frente a un crucifijo, por la aversión y el temor traumático, arrastrado por sangrientas experiencias pretéritas. Preservemos el contenido del nuevo Código Penal, y actuemos con la potestad de informar y opinar sin censura ni autocensura, pero ajustados al derecho, y caminando derecho.

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El autor: Periodista, mercadólogo, catedrático, escritor y gremialista.

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Opinión

No quieren irse: los están empujando

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Por Isaías Ramos

República Dominicana no enfrenta solo un debate salarial. Enfrenta una crisis de arraigo, identidad, soberanía laboral y cumplimiento constitucional. Durante las últimas tres décadas se consolidó un modelo de bajos salarios, débil fiscalización y desorden migratorio-laboral. Pero desde la Constitución de 2010, que consagra el Estado Social y Democrático de Derecho, esa falla dejó de ser solo económica: se convirtió en contradicción frontal con el mandato constitucional. Hoy el problema se ha agudizado. La pregunta es necesaria: ¿para quién funciona realmente este modelo económico?

Según el Informe sobre Democracia y Desarrollo 2026 del PNUD, 39.5% de las personas en República Dominicana contempla irse a vivir o trabajar a otro país, frente a 31.7% en América Latina y el Caribe: 395 de cada 1,000 personas, contra 317 de cada 1,000 del promedio regional. La principal razón para emigrar es la falta de oportunidades económicas: 58.4%.

Ese dato debe estremecer. Los dominicanos no contemplan irse porque no amen su patria. Contemplan irse porque trabajan, luchan, pagan transporte, comida, impuestos y deudas, y aun así sienten que no avanzan. La emigración deseada es un voto de desconfianza contra un modelo que produce crecimiento, pero no suficiente esperanza.

La Constitución no manda una República para administrar resignación. Define al país como Estado Social y Democrático de Derecho, fundado en la dignidad humana, los derechos fundamentales, el trabajo y la soberanía popular. También reconoce que todo trabajador tiene derecho a un salario justo y suficiente para vivir con dignidad, y declara de alto interés la nacionalización del trabajo.

Por eso, el salario justo no es una consigna. Es mandato constitucional.

La evidencia salarial es contundente. En el primer trimestre de 2026, la ONE reportó que el salario mensual promedio por empleado formal fue RD$34,621. Incluso los sectores mejor remunerados —minas y canteras, organismos extraterritoriales y electricidad— promediaron RD$79,724, RD$70,541 y RD$67,246. Si ese es el techo salarial formal, el país debe preocuparse: muchos ingresos permiten consumir, pero no necesariamente progresar, ahorrar, comprar vivienda o construir patrimonio.

La canasta básica familiar nacional llegó en mayo de 2026 a RD$49,268.36; la del primer quintil fue RD$29,489.84 y la del segundo RD$38,441.67. Frente a eso, demasiados salarios formales siguen siendo salarios de supervivencia. Ahí está el corazón del problema: están convirtiendo la pobreza salarial en ventaja competitiva.

El primer deber de los gobiernos debe ser garantizar salarios justos y dignos. El segundo, aplicar la indexación del mínimo exento del impuesto al salario. La DGII reconoce para 2026 una exención contributiva hasta RD$416,220 anuales y, al mismo tiempo, que por la Ley de Presupuesto queda sin efecto el ajuste previsto en el artículo 327 del Código Tributario. En palabras simples: los gobiernos siguen cobrándole inflación al trabajador formal.

La excusa fiscal tampoco basta. Hacienda estima el gasto tributario de 2026 en RD$393,541.54 millones, equivalente a 4.54% del PIB. Entonces la pregunta no es si hay recursos; la pregunta es a quién deciden proteger primero los gobiernos.

Tercer deber: no hay exenciones sin salario digno. Todo régimen con privilegios fiscales debe demostrar retorno social: salario digno, formalidad, transparencia, capacitación y movilidad salarial.

Cuarto deber: hacer cumplir el 80/20 laboral. El Código de Trabajo establece que al menos 80% de los trabajadores de una empresa debe ser dominicano, y que al menos 80% de la nómina debe corresponder a trabajadores dominicanos, con las excepciones previstas por la ley.

La alerta está en los medios. Almomento, citando la Encuesta Sectorial Construcción 2025 del Instituto Nacional de Migración, afirma que la mano de obra haitiana representa 68.3% de los trabajadores de la construcción, frente a 31.1% de locales; en empresas formales, la proporción sería 69.1% haitiana y 30.2% dominicana. Ese dato exige auditoría nacional. Si se confirma, sería una inversión práctica del mandato de nacionalización del trabajo, con consecuencias salariales, demográficas, culturales e identitarias.

Hay que decirlo sin odio ni confusión: el problema no es el inmigrante pobre que busca trabajo. El problema son los gobiernos que han permitido el desorden. No son los extranjeros los culpables de desplazar al trabajador dominicano; los responsables son las autoridades llamadas a cumplir y hacer cumplir la Constitución, el Código de Trabajo, la ley tributaria y el orden migratorio-laboral.

Donde debía haber control, hubo tolerancia. Donde debían estar las fronteras resguardadas, hubo abandono, corrupción sin consecuencias y complicidad con el desorden. Donde debía prevalecer la Constitución, se traicionó el interés nacional. Donde debía haber salario justo, hubo precariedad. Donde debía haber defensa del trabajo dominicano, hubo indiferencia. Y donde debía haber cumplimiento de la ley, hubo gobiernos mirando hacia otro lado.

Ese desorden empuja al dominicano a emigrar y a la nación a perder cohesión, identidad, soberanía laboral y control sobre su destino.

Desde el Frente Cívico y Social sostenemos que la patria no se defiende culpando al inmigrante pobre. Se defiende cumpliendo la Constitución, pagando salarios dignos, indexando el impuesto al salario, ordenando la frontera y haciendo cumplir el 80/20.

República Dominicana no necesita una economía que administre resignación. Necesita una economía que produzca arraigo.

Los dominicanos no quieren irse. Los están empujando.

Ya basta. Llegó la hora de hacer valer la Constitución y activar, de verdad, el Estado Social y Democrático de Derecho: un Estado que no esté de rodillas ante los privilegios, sino de pie junto al pueblo trabajador.

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Opinión

Derechos de las personas durante la investigación  de la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Díaz

En las investigaciones  realizadas de conformidad con el Estatuto de la Corte Penal  Internacional  nadie será obligado a declarar contra sí mismo ni a declararse culpable.

De acuerdo con el Estatuto de Roma nadie será sometido a forma alguna de coacción, intimidación o amenaza, a torturas ni a otros tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes.

En el proceso de investigación de la Corte Penal  Internacional , quien haya de ser interrogado  en un idioma que no sea el que comprende y habla perfectamente contará, sin cargo alguno, con los servicios de un intérprete competente y las traducciones que sean necesarias a los efectos de cumplir el requisito de equidad.

De conformidad con el Estatuto de Roma nadie será sometido a arresto o detención arbitrarios ni será privado de su libertad salvo por los motivos previstos en el Estatuto y de conformidad con los procedimientos establecidos en él.

Cuando haya motivos para creer que una persona ha cometido un crimen de la competencia de la Corte Penal Internacional y esa persona haya de ser  interrogada por el Fiscal o por las autoridades nacionales, o en cumplimiento de una solicitud hecha de acuerdo las disposiciones del Estatuto de Roma tendrá  el derecho a ser informada.

Dentro de los derechos que tiene  una  persona  en el proceso de investigación de la Corte Penal Internacional  el Estatuto de Roma señala el de ser informada  de que existen motivos para creer que ha cometido un crimen de la competencia de la Corte.

Antes del interrogatorio  la persona  también deberá ser informada  de que tiene derecho a guardar silencio , sin que ello pueda tenerse en cuenta a los efectos de determinar su culpabilidad o inocencia.

Cabe destacar que en  el  proceso de investigación de la Corte Penal Internacional la persona tiene derecho a ser asistida por un abogado defensor de su elección o, si no lo tuviere, a que se le asigne un defensor de oficio, siempre fuere necesario en interés de la justicia y , en cualquier caso, sin cargo si careciere de medios suficientes.

Finalmente, la persona tendrá  el derecho  a ser interrogada en presencia de un abogado, a menos que haya renunciado voluntariamente a su derecho a asistencia letrada de conformidad con lo establecido en el Estatuto de Roma.

Rommelsantosdiaz@gmail.com

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