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Explosiones en tres envasdoras dejan 17 muertos en 4 años

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Desde el 2016 hasta la fecha explosiones en tres envasadoras de gas han dejado un saldo de 17 personas muertas, varios heridos de consideración y pérdidas millonarias.

El más reciente fue el caso de la envasadora Copegas, en Licey al Medio, Santiago, que ha dejado un saldo de 11 personas muertas, incluido un niño de siete meses y dos adolescentes de 11 y 15 años, además de tres que continúan en delicado estado de salud en centros médicos de Santiago.

Los fallecidos son el bebé Braylin Ulloa, de 7 meses; .Juan Santos, 41 años; las adolescentes Grissel Santos, de 15 y Criselda Padilla de 11; así como la señora Griselda Padilla de 37 años, Juana Bisonó de 65; .Julissa Ortiz, 26 años; Nilson Reyes,70; Francisco Trinidad y Nelson Javier, 26 años. La víctima once aún no se ha identificado y supuestamente corresponde a un hombre de nacionalidad haitiana. Nueve de esas víctimas pertenecen a dos familias.

La explosión en la envasadora Copegas ha sido la tragedia que ha dejado mayor número de víctimas mortales en los últimos doce años. El estallido en diciembre del 2018 de la fábrica PolyPlas ubicada en Villas Agrícolas, en el Distrito Nacional, dejó ocho víctimas mortales, según cifras oficiales de fallecidos.

En el 2016, la explosión en la envasadora de Gas “Sol Gas”, en Los Ríos, en el Distrito Nacional y “Mariot Gas”, en Santo Domingo Este, dejaron seis personas muertas, a razón de tres víctimas en cada caso.

La explosión en la envasadora Mariot Gas ocurrió el 3 de marzo del 2016 y dejó seis heridos, además de los tres fallecidos. El caso de Sol Gas ocurrió el 16 de febrero del 2016, en el sector La Esperanza, en Los Ríos, y dejó un saldo de tres muertos, decenas de heridos, casas destruidas y al menos 40 vehículos en estado de destrucción y daños menores.

Los representantes de la empresa Copegas han informado que están en contacto de las víctimas tanto de los fallecidos como de los heridos para los fines correspondientes. Igualmente, han dicho que están a la espera del informe sobre las causas del siniestro.

Todavía las autoridades del gobierno central ni el cuerpo de bomberos que investiga el hecho han dado el informe oficial sobre las causas de la explosión que provocó la tragedia.

Había pedido cerrar Copegas

El 14 de septiembre este año un juez de la Cámara Civil y Comercial de la jurisdicción de Licey, rechazó la notificación presentada por los abogados del Ayuntamiento de Licey al Medio, que recomendaba el cese de las operaciones de Coopegas. La explosión se registró el 6 de octubre, es decir tres semanas después de esa decisión.

Según se ha informado, el Ayuntamiento de Licey al Medio lleva tres años en los tribunales a la espera de que Cámara Civil y Comercial cierre la envasadora Copegas porque no tiene el estudio de permiso de suelo para operar en el lugar.

Según las autoridades municipales la envasadora lleva 31 años operando sin que se haya realizado el estudio de factibilidad de suelo.

La empresa ha logrado mantenerse en servicio porque elevó un recurso de amparo para impedir su clausura, que nuevamente fue aplazado para el jueves 23 de este mes por el juez Henry Domínguez, de la Cámara Civil y Comercial de esa jurisdicción.

Santiago casos son más frecuentes

En febrero del 2016, un incendio consumió la planta Verdum Gas, en el municipio de San José de las Matas, dejando dos personas con quemaduras de consideración, según los reportes.

Los reportes de prensa dan cuenta de que el 11 de agosto del 2010, seis personas resultaron con heridas de quemaduras tras la explosión ocurrida en la envasadora Ana-Gas ubicada en El Jobo del municipio Tamboril. A los pocos días del siniestro murió el bombero Delvinson Caraballo López de 22 años.

También resultó herido el fotógrafo Francisco Vega junto a otros tres bomberos, mientras que resultaron con daños parciales ocho vehículos y una fábrica de salami ubicada en las cercanías de la planta.

Una publicación de la edición del 6 de octubre de elCaribe da cuenta de que el 19 de marzo del 2014, se produjo una explosión en la envasadora (Cocigas) ubicada en la comunidad Canabacoa en la autopista Duarte. Para entonces, se explicó que la causa del siniestro fue en momento en que la estación fue sometida a un proceso de ampliación de las instalaciones.

En junio del 2012, la comisión clausuró las envasadoras Gas Caribe y Sandy Gas ubicadas en Cienfuegos y la autopista Joaquín Balaguer y Gas Fe de Cienfuegos, por presentar fugas.

Industria y Comercio puso más requisitos

A raíz de los siniestros del 2016, en el 2017 el Ministerio de Industria y Comercio emitió la resolución 201 que hizo más rígidos los requisitos de operación de las envasadoras de Gas Licuado de Petróleo (GLP). Esa resolución establece que para fines de requisitos y seguridad las concentraciones de personas deben estar dentro de un círculo de radio de 150 metros, medido a partir de la ubicación del tanque de almacenamiento de la envasadora. Esa resolución establece que todas las envasadoras se someterían a una nueva evaluación a los fines de ajustarse a los nuevos requisitos. El numeral dos del artículo seis de la resolución establece que en todas las envasadoras los dispensadores deben estar equipados “con una válvula interna para cierre por impacto y corte automático”. “Esta válvula deberá estar diseñada para retener el líquido a ambos lados del punto de separación en caso de impacto. Estará instalada entre la tubería que llega de la bomba y la base del dispensador, además estará fija de modo tal que permita su separación en la parte débil”, señala. La resolución también establece cinco nuevos requisitos contra incendio y obliga a todas las envasadoras a cumplirlos incluyendo las que ya estaban en operación al momento de emitir la nueva resolución. Hasta el momento el Ministerio de Industria y Comercio no ha informado si Copegas cumplía con todos los requisitos de regulación que establece la ley.

elcaribe.com.do

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Director de La República advierte que Congreso Nacional no tiene la facultad para anular candidaturas independientes.

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Por Elba García

El doctor José Cabral Salcedo, especialista en derecho constitucional, además de periodista y empresario, quien ostenta la dirección del diario La República, aclaró que no es verdad que el proyecto que se conoce actualmente en la Cámara de Diputados y que ya fue aprobado en el Senado de la República elimine las candidaturas independientes.

El profesional del derecho sostuvo que el esfuerzo de los diputados y senadores más que en contra de las candidaturas independientes se trata de una aspiración que pone en peligro todo el sistema legal e institucional de la nación.

Dice que intentar eliminar las candidaturas independientes es conspirar en contra de la propia Constitución de la República, ya que es la carta magna la que otorga la facultad al TC de interpretar las normas que chocan con la ley sustantiva de la nación, a los fines de procurar que las mismas se ajusten al control de la constitucionalidad.

La intención de eliminar las candidaturas independientes es lo mismo que conspirar en contra del sistema democrático e institucional de la nación, lo que indica el estado de desesperación de los partidos políticos ante el descredito que les afecta, añadió el periodista, abogado y empresario.

Cabral Salcedo advirtió que de aprobarse el proyecto de ley que se conoce ahora en la Cámara de Diputados deja el problema en manos del presidente Luis Abinader, quien tiene la opción de promulgarla u observarla en virtud de que la misma sería un contrasentido jurídico que cuestionaría todo el régimen jurídico interno y externo.

Sin embargo, advirtió que ante la conversión en ley del proyecto que se conoce ahora en la Cámara de Diputados y si es promulgado por el presidente Abinader implicaría la presentación de una acción directa de inconstitucionalidad ante el mismo Tribunal Constitucional que es el único facultado para interpretar la constitucionalidad de una norma.

Explico que decir que la Constitución habla de que las aspiraciones políticas sólo pueden ser canalizadas a través de los partidos, según la interpretación que se le ha querida dar al artículo 216 de la carta magna, pese a que la ley sustantiva de la nación debe leerse íntegramente y naturalmente incluyendo el artículo 22 que habla de los derechos ciudadanos, sobre todo en lo que respecta al principio de elegir y ser elegido.

El abogado, periodista y empresario advierte que la jurisprudencia del TC sólo puede ser eliminarla por el propio alto tribunal mediante la figura del overrruling, la cual es la técnica jurídica mediante la cual un tribunal constitucional revoca o cambia un precedente vinculante anterior, sustituyéndolo por una  nueva doctrina, a los fines de adaptar el derecho a nuevos contextos sociales,  morales, económicos y políticos,  lo que permite superar normas jurisprudenciales obsoletas, injustas o incompatibles con  el ordenamiento actual.

Sin embargo, el profesional del derecho aclara que ese no es el caso de la sentencia que sienta jurisprudencia sobre las candidaturas independientes, la TC/0788/24, ya que para que el TC cambie el criterio en esta materia tiene que producirse una afectación de un derecho fundamental cuando en la misma se produce todo lo contrario con la protección del principio de elegir y ser elegido, pero además del de igualdad, proporcionalidad, legalidad, pro participación y el de dignidad humana.

Esta situación hace prácticamente imposible la posibilidad de que las pretensiones de los diputados y senadores se concrete, porque sencillamente no hay forma de que sus acciones al margen del principio de legalidad tengan éxito, ya que la interpretación del Tribunal Constitucional se ajusta del artículo 47 de la Ley 137-11 y también al 184 y 185 de la constitución de la República.

Cabral Salcedo sostuvo que con el proyecto de ley que busca eliminar las candidaturas independientes el Congreso Nacional no sólo se pone al margen del régimen legal, sino también  de la institucionalidad de la nación y además deja claro que los legisladores de la llamada partidocracia se creen dueños del sistema, principalmente los perremeistas que fundamentaron  su llegada al poder en  que en  la República Dominicana se consolidaba un  partido-Estado a través del PLD, pero resulta que ahora ellos son más antidemocráticos que las pasadas autoridades.

Cabral Salcedo llamó al presidente Luis Abinader a no ser parte de un plan que compromete la responsabilidad civil y penal del Estado por tratarse de la violación de un derecho fundamental como el de elegir y ser elegido, consignado, además, en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos de San José, Costa Rica.

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Mantienen en arresto domiciliario a coronel acusado de pertenecer a red de sobornos

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Santo Domingo, R.D.-El mantenimiento del arresto domiciliario dispuso la jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en contra del coronel Andrés Pacheco Valera, implicado en la Operación Lobo.

La magistrada Yanibet Rivas tomó la decisión tras rechazar una solicitud de variación de la medida presentada por el acusado, a través de su abogado Félix Portes Núñez.

De inmediato, el abogado del imputado anunció que apelará la decisión, alegando violación al principio de igualdad, ya que otros coimputados han recibido medidas menos severas.

El imputado es acusado de formar parte de una red que se dedicaba a la distribución de sobornos para agenciarse la contratación y el mantenimiento de contratos de seguridad privada en instituciones públicas.

Entre las instituciones se encuentran el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EdeNorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste) y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur).

Entre los implicados se encuentran el mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz, así como los coroneles de ese organismo Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández Vásquez y Elías Camaño Pérez.

Además, el coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar y el primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos, el empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González y el coronel de la Policía Ramón Quezada Ortiz. En Santiago fue arrestado Bolívar Nicolás Fernández Espinal.

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Apelarán no ha lugar que favorece a hombre imputado de crimen.

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Santo Domingo, R.D.-La decision de el Septimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional será apelada por  el Ministerio Público mediante la cual otorgó un auto de no ha lugar en favor de  Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado de ultimar a una mujer y herir a otras cinco personas en un hecho ocurrido en el sector Naco.

El órgano acusador rechazó, en un comunicado de prensa, la decisión del juez Deiby Antonio Timoteo Peguero, al considerar que no se corresponde con las pruebas aportadas durante el proceso.

Sostiene que existen méritos suficientes para recurrir la decisión, al entender que el tribunal incurre en contradicción, ya que en principio no acoge la declaratoria de inimputabilidad, pero termina aplicando los efectos jurídicos de dicha figura al dictar el auto de no ha lugar.

La acusación presentada por el Ministerio Público, representado por la fiscal Vidalis Mora, explica que el 23 de julio de 2025 el imputado irrumpió en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV, donde agredió a distintos residentes, incluyendo a Yolanda Handal Abugabir, a quien le provocó la muerte.

Durante el hecho, también hirió a Gricelda Ozuna Torres, Francisco Texano, Teresa Fabián de Heredia, Victoria Heredia y Guillermo Ramón Pumarol Castellanos, además de ocasionar la muerte de una mascota.

El Ministerio Público recordó que, en atención a la gravedad de los hechos y las evidencias presentadas, previamente, le fue impuesta prisión preventiva como medida de coerción, la cual cumplía en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, en Higüey, provincia La Altagracia.

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