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Fecha por fecha: Los plazos del estado de emergencia y del toque de queda en la nación por la pandemia

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Santo Domingo, RD.-20 días fueron los que le tomó al país establecer el estado de emergencia y el toque de queda, medidas para hacer frente a la expansión del COVID-19 en el territorio nacional, desde la aparición del primer caso.

No obstante, las fechas de terminación de ambas situaciones han variado ante el aumento de casos y muertos en el país y, a pesar de haber una finalización, pueden seguir cambiando.

Fecha por fecha, así se fueron dando los plazos y extensiones del estado de emergencia y del toque de queda.

18 de marzo

El picazo inicial que permitió la declaración del estado de emergencia ocurrió el 18 de marzo, cuando el Senado de la República Dominicana conoció la petición del presidente Danilo Medina y aprobó a unanimidad la declaratoria por un período de 25 días.

19 de marzo

Un día después, la Cámara de Diputados aprobó igualmente la declaratoria de estado de emergencia por 25 días en todo el territorio nacional, solicitada por el Poder Ejecutivo para enfrentar la crisis creada por el coronavirus.

Ese mismo día, pero en horario nocturno, el presidente Medina declaró el estado de emergencia en todo el territorio nacional, en virtud de la autorización otorgada por el Congreso Nacional mediante la Resolución número 62-20.

Dicho decreto, en primera instancia, fue declarado por 25 días, dígase desde el 19 de marzo hasta el 13 de abril.

20 de marzo

Ya con el estado de emergencia aprobado, el cual le concede poderes especiales al presidente de la nación, este decretó como medida el toque de queda, que en principio estuvo delimitado desde las 8:00 de la noche hasta las 6:00 de la mañana.

Además, el decreto 135-20 que establece esta medida, dispuso el toque de queda por un plazo de 15 días que finalizó el 3 de abril.

23 de marzo

Tres días después, se hicieron modificaciones al decreto 135-20, en las cuales se permitía la circulación de personas y vehículos de la industria y comercio de alimentos, energía, agua, telecomunicaciones, aeropuertos, entre otros.

26 de marzo

Nuevamente, tres días después, presidente Medina extendió el horario del toque de queda en todo el territorio nacional a partir del viernes 27 de marzo, hasta el viernes 3 de abril.

Mediante el decreto 138-20, el Poder Ejecutivo estableció que el nuevo horario del toque de queda es desde las 5:00 de la tarde hasta las 6:00 de la mañana.

2 de abril

Un día antes de concluir el plazo del toque de queda, se adicionaron otros 15 días de esta medida, con los mismos horarios y condiciones previamente establecidos.

Mediante el decreto 142-20 la fecha nueva fecha de finalización del toque de queda se estableció para este sábado 18 de abril, para luego de esta fecha, el Gobierno deberá definir si contiúa la prohición de circulación después de las cinco de la tarde. 

6 de abril

Próximo a concluir los 25 días de estado de emergencia, el presidente Medina volvió a solicitar al Congreso Nacional la misma cantidad de días, siendo aprobado por el Senado el lunes 6 abril.

Esto se debe a que la Constitución indica que si cinco días antes del vencimiento de este plazo no han cesado las causas que dieron lugar a esta declaratoria de emergencia, el Poder Ejecutivo podrá solicitar al Congreso Nacional la prórroga correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 21-18.

9 de abril

Tres días después, al conocerse en la Cámara de diputados la petición de extensión por parte del Poder Ejecutivo y con el visto bueno del Senado, desde la cámara baja lo aprobaron, pero con una disminución a 17 días en vez de 25.

Con esta disminución, la Cámara de Diputados buscó que una vez concluidos los 25 días e iniciado la nueva adición (13 de abril) el estado de emergencia se mantendría hasta el 30 de abril.

11 de abril

Al realizarse una modificación de la cámara baja, el Senado tuvo nuevamente que conocer la petición con la disminución de días a 17. Luego de una sesión extraordinaria realizada este sábado 11 de abril, los legisladores aprobaron dicha reforma.

Aprobado ya por el Congreso Nacional la adición de otros 17 días del estado de emergencia, resta conocer la decisión del presidente Danilo Medina sobre si acepta y decreta este nuevo plazo.

Estado de emergencia y toque de queda

El estado de emergencia, según la Constitución, es una medida que  podrá declararse cuando ocurran hechos que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social, medioambiental del país, o que constituyan calamidad pública.

No obstante, para su aprobación debe pedir autorización al Congreso Nacional, quienes deberán aprobar por separado cada cámara  la petición del presidente.

El estado de emergencia provee al presidente poderes especiales que le permiten limitar la libertad de tránsito, de expresión, de asociación y reunión, entre otras.

A partir de estos poderes,  el presidente Medina decretó el toque de queda, el cual es una medida que prohíbe o restringe por un período determinado de tiempo la libre circulación de las personas por las calles de todo el país y la permanencia en lugares públicos, lo que limita a las personas a permanecer únicamente en sus hogares.

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Ministerio Público crea Unidad Canina para fortalecer búsqueda de personas desaparecidas

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Santo Domingo, R.D.-El Consejo Superior del Ministerio Público creó una Unidad Canina especializada para integrarla a la búsqueda de personas desaparecidas y recuperación de cadáveres, informó este domingo la Procuraduría General (PGR).

La unidad, que estará adscrita al Instituto Nacional de Patología Forense (Inacif), intervendrá en los procesos de investigación, en coordinación con otras agencias del Estado, siempre conforme al protocolo y las circunstancias objetivas de cada caso.

El órgano superior de gobernanza del Ministerio Público, presidido por la procuradora general Yeni Berenice Reynoso e integrado por la procuradora adjunta Ysis Germania de la Cruz, el procurador fiscal Denny Frey Silvestre Silverio y el fiscalizador Merlin Mateo Sánchez, tomó su decisión durante la Décimo Tercera Sesión Ordinaria, efectuada el pasado 8 de enero.

Agencias internacionales cooperarán

Según se explica en un comunicado de prensa, para la creación de la Unidad Canina, el Ministerio Público recibirá la cooperación de agencias internacionales, específicamente en lo que respecta a la asistencia de entrenamiento del personal asignado a esos fines.

  • Por igual, se ha dispuesto la elaboración de un protocolo para el total cumplimiento de la Ley 248-12, de Protección Animal, a fin de garantizar el cuidado de los caninos entrenados para estas labores, explicó la secretaria del Consejo, Minerva Cocco, concluyó la nota de prensa.

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Puntos críticos del recurso de apelación de Santiago Hazim que busca revocar la prisión preventiva

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Santo Domingo, R.D.-En el recurso de apelación interpuesto contra la resolución que impuso 18 meses de prisión preventiva a Santiago Hazim, principal implicado en el caso SeNaSa, la defensa plantea diversos puntos críticos para revocar la decisión.

Los abogados Miguel Valerio Jiminián, Yipsy Roa Díaz, Yenifer Doñe Miliano y Daniel Santillán destacan en el recurso contra la decisión del juez Rigoberto Sena la falta de motivación jurídica, la excepción de inconstitucionalidad por control difuso y lo que califican como un fallo “literario y religioso”.

Sostienen que la decisión emitida el pasado mes de diciembre por el Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional vulnera derechos fundamentales y principios básicos del debido proceso.

Por ello, solicitan la revocación inmediata de la medida de coerción, por considerarla arbitraria, desproporcionada y carente de sustento jurídico.

Inconstitucionalidad por desproporcionalidad

Uno de los puntos más relevantes de la instancia es la solicitud de una excepción de inconstitucionalidad. La defensa pide a la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional que, mediante el ejercicio del control difuso, declare inconstitucional el artículo 377.2 del Código Procesal Penal para este caso específico.

Argumentan que imponer 18 meses de prisión preventiva constituye una «pena anticipada», especialmente cuando el propio tribunal fijó un plazo de solo ocho meses para que el Ministerio Público concluya la investigación.

«Resulta una incoherencia que la prisión preventiva sea más extensa que el tiempo otorgado para investigar; esto desnaturaliza la medida y viola la presunción de inocencia», establecen los juristas en el recurso.

Resaltan que la medida excede notablemente el plazo previsto y viola los artículos 40.9 y 69 (numerales 1, 2 y 3) de la Constitución de la República.

Críticas a un fallo «literario y religioso»

La defensa de Hazim también plantea que la decisión del juez Sena carece de la debida motivación, pues se sustenta en apreciaciones de carácter religioso y literario impropias de una decisión judicial.

Según el recurso, la sentencia se asemeja más a una «mala narración novelesca» y a la «cita arbitraria de pasajes bíblicos» que a un razonamiento jurídico.

Aducen que estos elementos fueron utilizados para «caer en gracia» al afirmar que el imputado habría «violado la confianza del presidente Luis Abinader«, lo cual consideran inaceptable en un Estado social y democrático de derecho.

“La decisión se encuentra fundamentada en pasajes bíblicos que nada tienen que ver con la naturaleza jurídica de la medida… el tribunal señaló de forma directa a Hazim como avaro y traidor a la patria, juicios de valor personal sin conexión con los elementos probatorios”, enfatizan.

Derecho a la salud y dignidad humana

El recurso también alega violaciones al derecho a la salud y a la dignidad humana. Los abogados indican que no se ponderaron adecuadamente los elementos de arraigo que garantizan que el imputado no representa peligro de fuga.

Presentaron constancias del Icahn School of Medicine at Mount Sinai que establecen que Hazim recibe, desde 2011, un tratamiento especializado con infusiones de Ocrevus (ocrelizumab) cada seis meses en Nueva York.

Sostienen que la prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación de Las Parras imposibilita la continuidad de este tratamiento, lo que podría derivar en consecuencias irreversibles para su bienestar físico y neurológico.

Se espera que la Corte de Apelación del Distrito Nacional fije próximamente la fecha para el conocimiento de este recurso, donde se decidirá si se mantiene la medida o se dicta una menos gravosa que permita al imputado llevar el proceso en libertad.

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La JCE anuncia horario de 08:00 a.m. a 01:00 p.m. para servicios a la ciudadanía

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Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE) informó que en 14 centros de cedulación  por lo que estarán brindando sus servicios a la ciudadanía en un horario de 8:00 de la mañana hasta la 1:00 de la tarde desde el 12 al 16 de enero del 2026.

El órgano electoral explicó que la reducción del horario se debe a que se llevará a cabo la captura de datos biométricos y personales para el proceso de la renovación de la cédula de identidad y electoral, exclusivamente a los empleados de la institución.

Estos 14 centros con este horario especial durante la fecha señalada son los siguientes:

1. Bajos de Haina
2. Boca Chica
3. Carretera Mella
4. Cristo Rey
5. Doctor Delgado
6. Ensanche Luperón
7. Gascue
8. Herrera
9. Las Américas
10. Los Alcarrizos
11. Pedro Brand
12. Plaza Naco
13. San Antonio de Guerra
14. Villa Mella

La primera etapa de inicio del despliegue progresivo controlado y limitado para la captura y posterior entrega, que abarca el primer trimestre de este año y dirigido solo al personal de la JCE, «garantiza la estabilidad operativa, calidad del servicio y confiabilidad de los sistemas antes de su despliegue a escala general».

Además, la JCE explicó que al mismo tiempo esta es la «manera correcta» de reducir riesgos, ajustar los tiempos e identificar mejoras.

«Recordamos a la ciudadanía que esto obedece a la ejecución de la primera etapa del proceso de renovación de la cédula de identidad y electoral, y pedimos su comprensión ante los inconvenientes que esto les pueda causar», agregó la institución en una nota de prensa.

Recordó que será a partir de abril cuando se inicie la captura y entrega de la nueva cédula a la población en general según el mes de nacimiento.

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