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Fecha por fecha: Los plazos del estado de emergencia y del toque de queda en la nación por la pandemia

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Santo Domingo, RD.-20 días fueron los que le tomó al país establecer el estado de emergencia y el toque de queda, medidas para hacer frente a la expansión del COVID-19 en el territorio nacional, desde la aparición del primer caso.

No obstante, las fechas de terminación de ambas situaciones han variado ante el aumento de casos y muertos en el país y, a pesar de haber una finalización, pueden seguir cambiando.

Fecha por fecha, así se fueron dando los plazos y extensiones del estado de emergencia y del toque de queda.

18 de marzo

El picazo inicial que permitió la declaración del estado de emergencia ocurrió el 18 de marzo, cuando el Senado de la República Dominicana conoció la petición del presidente Danilo Medina y aprobó a unanimidad la declaratoria por un período de 25 días.

19 de marzo

Un día después, la Cámara de Diputados aprobó igualmente la declaratoria de estado de emergencia por 25 días en todo el territorio nacional, solicitada por el Poder Ejecutivo para enfrentar la crisis creada por el coronavirus.

Ese mismo día, pero en horario nocturno, el presidente Medina declaró el estado de emergencia en todo el territorio nacional, en virtud de la autorización otorgada por el Congreso Nacional mediante la Resolución número 62-20.

Dicho decreto, en primera instancia, fue declarado por 25 días, dígase desde el 19 de marzo hasta el 13 de abril.

20 de marzo

Ya con el estado de emergencia aprobado, el cual le concede poderes especiales al presidente de la nación, este decretó como medida el toque de queda, que en principio estuvo delimitado desde las 8:00 de la noche hasta las 6:00 de la mañana.

Además, el decreto 135-20 que establece esta medida, dispuso el toque de queda por un plazo de 15 días que finalizó el 3 de abril.

23 de marzo

Tres días después, se hicieron modificaciones al decreto 135-20, en las cuales se permitía la circulación de personas y vehículos de la industria y comercio de alimentos, energía, agua, telecomunicaciones, aeropuertos, entre otros.

26 de marzo

Nuevamente, tres días después, presidente Medina extendió el horario del toque de queda en todo el territorio nacional a partir del viernes 27 de marzo, hasta el viernes 3 de abril.

Mediante el decreto 138-20, el Poder Ejecutivo estableció que el nuevo horario del toque de queda es desde las 5:00 de la tarde hasta las 6:00 de la mañana.

2 de abril

Un día antes de concluir el plazo del toque de queda, se adicionaron otros 15 días de esta medida, con los mismos horarios y condiciones previamente establecidos.

Mediante el decreto 142-20 la fecha nueva fecha de finalización del toque de queda se estableció para este sábado 18 de abril, para luego de esta fecha, el Gobierno deberá definir si contiúa la prohición de circulación después de las cinco de la tarde. 

6 de abril

Próximo a concluir los 25 días de estado de emergencia, el presidente Medina volvió a solicitar al Congreso Nacional la misma cantidad de días, siendo aprobado por el Senado el lunes 6 abril.

Esto se debe a que la Constitución indica que si cinco días antes del vencimiento de este plazo no han cesado las causas que dieron lugar a esta declaratoria de emergencia, el Poder Ejecutivo podrá solicitar al Congreso Nacional la prórroga correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 21-18.

9 de abril

Tres días después, al conocerse en la Cámara de diputados la petición de extensión por parte del Poder Ejecutivo y con el visto bueno del Senado, desde la cámara baja lo aprobaron, pero con una disminución a 17 días en vez de 25.

Con esta disminución, la Cámara de Diputados buscó que una vez concluidos los 25 días e iniciado la nueva adición (13 de abril) el estado de emergencia se mantendría hasta el 30 de abril.

11 de abril

Al realizarse una modificación de la cámara baja, el Senado tuvo nuevamente que conocer la petición con la disminución de días a 17. Luego de una sesión extraordinaria realizada este sábado 11 de abril, los legisladores aprobaron dicha reforma.

Aprobado ya por el Congreso Nacional la adición de otros 17 días del estado de emergencia, resta conocer la decisión del presidente Danilo Medina sobre si acepta y decreta este nuevo plazo.

Estado de emergencia y toque de queda

El estado de emergencia, según la Constitución, es una medida que  podrá declararse cuando ocurran hechos que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social, medioambiental del país, o que constituyan calamidad pública.

No obstante, para su aprobación debe pedir autorización al Congreso Nacional, quienes deberán aprobar por separado cada cámara  la petición del presidente.

El estado de emergencia provee al presidente poderes especiales que le permiten limitar la libertad de tránsito, de expresión, de asociación y reunión, entre otras.

A partir de estos poderes,  el presidente Medina decretó el toque de queda, el cual es una medida que prohíbe o restringe por un período determinado de tiempo la libre circulación de las personas por las calles de todo el país y la permanencia en lugares públicos, lo que limita a las personas a permanecer únicamente en sus hogares.

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Son imprescriptibles actos de corrupcion de exministros de Danilo Medina por tratarse de criminalidad organizada, dice MP.

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Santo Domingo, R.D.-La titular de la Procuraduria Especializada de Persecucion de Corrupcion Administrativa (PEPCA), Mirna Ortiz, sostuvo al responderlle a la defensa del exministro de Hacienda, Donald Guerrero,  que la corrupción administrativa, como la que se le imputa al exfuncionario y a otros más de los gobiernos del expresidente Danilo Medina, «son casos de criminalidad organizada«, los cuales la ley establece que son «imprescriptibles».

Durante la continuación de la réplica ante el Cuarto Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional, Ortiz sostuvo que la acusación contra Guerrero y los también exministros Gonzalo Peralta y José Ramón Peralta son procesos de  criminalidad organizada porque «contienen todas y cada una de las características» de la criminalidad compleja u organizada.

Tiene la particularidad de ser «un grupo de funcionarios públicos que se coalicionan, que se asocian con empresarios, con testaferros, que pagan sobornos, que mueven activos, que falsifican documentos, que crean estrategias para estafar al Estado», aseveró.

Sostuvo que no solamente la Ley 10-05 del Código Procesal Penal, modificada por la 97-25, contempla que el crimen organizado es imprescriptible, también los tratados internacionales, a los cuales está suscrito la República Dominicana y que tienen el mismo imperio de la normativa local.

La procuradora adjunta manifestó también que, en cuanto al plazo razonable, la jurisprudencia y los acuerdos internacionales han concluido que la extinción de la acción penal no puede plantearse con un simple «conteo matemático» en casos de corrupción como los que se conocen actualmente en el país por la complejidad de estos procesos.

Las indagatorias por las que se llevó a los tribunales se hicieron en el 2021 por los hechos que se le cuestionan durante su gestión en el Ministerio de Hacienda, añadió Ortiz.

La titular de al Pepca citó que el Tribunal Constitucional, en su sentencia TC-0770-24 y la Corte Interamericana han establecido que, aunque los plazos están establecidos por ley, «hay condiciones y circunstancias que deben verificarse para establecer la razonabilidad de esos plazos. Dilaciones del proceso propias de la misma dinámica de los procesos», subrayó.

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La abogada María del Pilar Zuleta, parte del equipo de defensa de Donald Guerrero. (FUENTE EXTERNA)

La defensa del exministro de Hacienda aseguró que en la réplica que ha hecho el Ministerio Público no ha logrado presentar ni una sola prueba que otorgue posibilidad de que el exfuncionario sea condenado por las acusaciones.

María del Pilar Zuleta, del equipo de abogados de Guerrero, sostuvo que debe preocupar que el órgano acusador manifieste que el plazo para investigar en el proceso penal no tiene un límite, cuando no es así.

«El Código Procesal Penal le fija unos límites para investigar, especialmente cuando el ciudadano está sometido a medidas de coerción«, sostuvo Pilar Zuleta fuera del tribunal a periodistas.

Otro de los puntos que, según dice hay que cuestionar, es sobre que en la acusación no se deben depositar las pruebas, solo enunciarlas.

«Y estas dos afirmaciones del Ministerio Público son preocupantes porque demuestran que no están dispuestos a someterse al debido proceso para hacer sus acusaciones«, dijo la abogada.

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Tres querellas han sido presentadas en contra de Médico por abuso sexual.

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San Francisco de Macorís.-Un médico general, identificado como  Wilber Polanco Sanz, quien trabaja en una policlínica en el municipio de Las Guáranas, provincia Duarte, fue acusado de violar a una joven haitiana, de 20 años de edad, mientras acudió a ese centro a hacerse una sonografía.

La joven indicó que después de que el doctor le introdujo el transductor endovaginal y le informó que no estaba embarazada, le dijo que tenía  “una enfermedad, no sé cómo se llama, unos cositos y él me dijo que no es peligroso», que me pondría unos medicamentos y se me iban a quitar. «Después él dijo que me volteara encima de la cama”, y supuestamente abusó de ella diciéndole que “era un procedimiento normal”.

Tras la acción, dijo que el galeno la amenazó con llamar a Migración si informaba lo ocurrido.

De acuerdo a la fiscal de la Unidad de Atención Integral a la Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales, Sandra Sierra Difó, el galeno tiene tres denuncias por haber violado a otras mujeres, por lo que, al intercambiar información con el cuerpo del orden, fue detenido.

Al ser cuestionado sobre las acusaciones, Polanco Sanz negó los hechos y dijo que la joven que supuestamente es evangélica no sabía que para el estudio había que introducirle un aparato por su vagina.

“Ella parece que es evangélica y sintió vergüenza y se tapó la cara”. “Le introduzco el transductor, le hago el estudio y le entrego su estudio; la secretaria se lo entra en un sobre y la paciente sale muy normal”, dijo.

“Ahora díganme ustedes, ¿una persona a la que uno haya intentado abusar de ella, como ella dice, que yo me desnudé, que la violé, que le introduje los dedos, va a salir caminando normal? Yo tengo todo grabado; ella puede decir que hasta la cabeza le introduje, pero es su palabra contra la mía; yo tengo cámaras, que dicen cómo salió ella de allá”, sostuvo Polanco.

De acuerdo a la fiscal, se están realizando todas las investigaciones necesarias para sustentar el caso. El profesional de la salud será sometido a la justicia en las próximas horas.

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Ponen plazo a defensa de Jean Alain para que presente su estrategia organizada

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SANTO DOMINGO.-Mirna Ortiz,  procuradora de corte, sostuvo este miércoles que la defensa del acusado Jean Alain Rodríguez Sánchez se muestra desordenada y continúa presentando argumentos débiles frente a las pruebas aportadas por el Ministerio Público en el proceso judicial que se lleva en su contra por corrupción administrativa.

“Tenemos tres días escuchando incidentes planteados de forma desorganizada, que no permiten al tribunal concretar ciertamente cuáles son las pretensiones de las partes y el tribunal dio un plazo hasta el miércoles a las 2:00 de la tarde para que organicen su estrategia y se presenten de forma organizada en el tribunal”, dijo la titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca).

Mirna Ortiz, quien representó al Ministerio Público en la audiencia junto a los fiscales Emmanuel Ramírez y Aurelio Valdez, ofreció detalles del proceso en respuesta a preguntas de periodistas que cubren el juicio que se ventila en el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva.

En la jornada de este miércoles la defensa del acusado Alfredo Solano Augusto continuó presentando incidentes.

Conforme al expediente, Rodríguez Sánchez malversó más de RD$6,000 millones mediante procesos fraudulentos entre 2016 y 2020, años en que se desempeñó como procurador General de la República.

También, Alejandro Martín Rosa Llanes, Ramón Lucrecio Burgos, Isis Tapia, Félix Antonio Rosario Labrada, Francis Ramírez Moreno, Rolando Rafael Sebelén Torres, César Nicolás Rizik Pimentel y José Luis Liriano Adames.

Jean Alain Rodríguez Sánchez y los demás procesados enfrentan cargos por corrupción, incluyendo soborno, desfalco, estafa contra el Estado y lavado de activos.

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