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Las travesuras de los partidos políticos durante las campañas electorales con el uso de dinero de red de corrupción.

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Santo Domingo, RD.-Los tribunales ordinarios se dan banquete con las acciones ilegales de los partidos políticos dominicanos, cuyos candidatos reciben altas sumas de dinero proveniente del narcotráfico y de la corrupción administrativa, entre quienes se encuentra el actual presidente Luis Abinader, ya que uno de los imputados dice haberle donado 400 millones de pesos del caso Calamar.
Cuando se aproximan los procesos internos de los partidos para escoger a sus candidatos y  las elecciones generales del año 2024, los  tribunales ordinarios estarán conociendo varios expedientes sobre presuntos actos de corrupción administrativa para utilizar los fondos en el financiamiento de campañas electorales.

El último caso judicial, presentado por el ministerio público tras el arresto de 20 personas mediante la operación Calamar, aporta un nuevo elemento al debate político-electoral, debido a que  entre los delitos atribuidos a los exfuncionarios implicados, figura el financiamiento ilícito de la campaña política, sancionado por la ley 33-18 con una multa del doble del monto aceptado ilegalmente.

En la coyuntura política actual,  esto representa un reto para los partidos, los candidatos y  la  propia JCE.  Presiona a las organizaciones políticas, a sus dirigentes y aspirantes a puestos electivos a  transparentar el manejo  de los recursos económicos que usen en la campaña.

Obliga al órgano  de administración electoral a ser riguroso con  la supervisión de los informes financieros que presenten los partidos,  a dar respuestas oportunas  a las denuncias que reciba sobre irregularidades y violaciones a la ley de partido y electoral, y  a imponer las medidas cautelares que establecen las  legislaciones.

De entrada se percibe que el Pleno de la JCE se adelantó, al adoptar algunas medidas a pocos meses de asumir los actuales miembros.  En noviembre del 2020,  dispuso que la Unidad Especializada de Control Financiero de Partidos, Agrupaciones y movimientos políticos, que crea la ley 33-18,   sea de carácter permanente, para que funcione no sólo en años electorales y preelectorales. Y le otorgó rango de dirección.

Según se explicó en un comunicado de prensa,  la finalidad es “que el personal que la integre pueda llevar un control y seguimiento eficiente del régimen de financiamiento que se le otorga a los partidos, y además que pueda estar en condiciones de detectar a tiempo las posibles violaciones a la ley y  poner en conocimiento oportuno al Pleno para que adopte las medidas y sanciones que correspondan.”

Nulidad de operaciones ilícitas

La ley 33-18 le da fuerza a la JCE, al otorgarle facultad  “para regular y en caso necesario anular, cualquier operación ilícita de la cual sea apoderada o tenga conocimiento.”

Le confiere competencia para incautar provisionalmente o tomar cualquier medida cautelar respecto a un bien,  o para hacer cesar de inmediato el uso indebido de los recursos y medios del Estado.

Podrá actuar a solicitud de parte interesada o por iniciativa propia y gestionar el auxilio de la fuerza pública.

Tope de gastos

La  nueva ley de régimen electoral  también asigna  a la JCE la potestad para elaborar un procedimiento sancionador.

La ley 20-23  retuvo  en la JCE la competencia  para imponer sanciones administrativas, que ya contenía la derogada ley 15-19.

El  exceso  de gasto de campaña en un 5%  del tope fijado,  está sancionado en el artículo 221 de la ley electoral con una multa equivalente al triple del monto excedido.

Según lo prescrito en el artículo 219 de la norma legal, el límite de  gastos  para las  entidades políticas será el equivalente a RD$1.75 por electores hábiles inscritos en el padrón.

Se establece en el artículo 220,  un tope de gastos para los candidatos a cargos electivos. Para el presidencial es de RD$ 122.50 por electores hábiles;  para senadores y diputados de  RD$105,00;  para alcaldes y directores de distritos municipales,  de RD$87.50,  y para regidores y vocales, de RD$43.00.

En el caso de directores de Distritos Municipales con menos de 5,000  electores, el tope es de RD$150.00.

Las contribuciones individuales a los candidatos no podrán ser superiores al  1%  de los límites establecidos, según la ley, que dispone que  los fondos sobrantes de las recaudaciones se destinen a los programas de formación política de sus miembros.

La nueva ley electoral llenó el vacío de la derogada  15-19 en cuanto al monto del  financiamiento público. Establece en el artículo 224 que en el Presupuesto General del Estado se consignará  una suma equivalente al 1/2% de los ingresos nacionales en los años de comicios generales y de un 1/4%  en los no electorales.

Los partidos están obligados a depositar  su presupuesto de ingresos y gastos en un plazo inferior a los 30 días después  de  publicada la resolución de la JCE que establece los topes de gastos de campaña.

La ley de partidos también impone un límite de gastos a los aspirantes a candidatos  en el periodo de  la precampaña.

En el nivel presidencial es  de RD$70.00 por electores hábiles; en el congresual, de RD$60.00,; en el municipal, de RD$50.00 para alcaldes, y RD$25.00 para regidores, y en los distritos municipales de RD$100.00 para directores y RD25,00 para vocales.

Inicio oficial de la campaña interna

El 2 de julio arrancará oficialmente la precampaña política,   período destinado para que los partidos, agrupaciones y movimientos escojan  a los candidatos que postularán en las elecciones del 2024, mediante diversas modalidades que le permite la ley 33-18.

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Defensa de sargento enviada a prisión por muerte de su hija llama a abordar la salud mental con empatía

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Santo Domingo, R.D.-El 20 por ciento de la poblacion en la República Dominicana padece algún tipo de trastorno emocional o psiquiátrico, cuyo ejemplo al respecto  es el caso de la sargento mayor de la Policía Nacional, Glenny Tellería Alberto, quien desde el año 2022 padece de depresión y otros padecimientos psiquiátricos.

Así lo manifestó el jurista Jean Carlos Martínez, abogado de la sargento mayor enviada a prisión al pabellón psiquiátrico del Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Mujeres, en San Cristóbal.

El abogado indicó que su representada se encontraba en tratamiento bajo el cuidado permanente y la supervisión de su familia. Sin embargo, desafortunadamente ocurrió la tragedia en la que resultó muerta la menor de 10 años de edad.

“En el caso de nuestra representada, estaba bajo cuidado médico y en el seno de su familia. Con este lamentable hecho que ha ocurrido, lo que queremos es que el tema se enfoque de una manera humana, sin morbo. Lo que hay es un dolor grande en una familia y en el seno de la sociedad”, afirmó el togado.

Medida de coerción a la sargento de la Policía

El hecho ocurrió en el sector Manoguayabo, municipio Santo Domingo Oeste.

La magistrada ordenó que la imputada cumpla la medida en el pabellón de psiquiatría de Najayo Mujeres, luego de que el Ministerio Público le imputara el delito de homicidio voluntario.

La decisión se sustentó, entre otros elementos, en un examen médico que establece que la imputada padece esquizofrenia. Además, familiares de la imputada manifestaron que fue diagnosticada con esa enfermedad hace aproximadamente dos años, según consta en la solicitud de medida de coerción presentada por el órgano persecutor.

En la solicitud de medida de coerción del Ministerio Público, establece que el pasado 18 de julio, alrededor de la 1:30 de la tarde, la imputada, quien ostenta el rango de sargento mayor de la Policía Nacional, tomó una pulidora eléctrica de mano dentro de la habitación donde se encontraba su hija de 10 años. Posteriormente, conectó la herramienta, se colocó sobre la menor y presuntamente le ocasionó una herida cortante en el cuello.

En ese momento, el hermano de la imputada, Glenny Telleria Alberto, al escuchar los gritos de la niña, entró a la habitación y encontró a su hermana presuntamente hiriendo a la menor con la pulidora eléctrica. De inmediato, la apartó, cargó a la niña en sus brazos y le reclamó: «¡Glenny, por qué hiciste eso!».

Acto seguido, trasladó a la menor al Centro Médico Divina Misericordia, donde llegó sin signos vitales. De acuerdo con el acta de levantamiento del cadáver, la causa de la muerte fue una herida cortante en el cuello compatible con una lesión ocasionada por una pulidora eléctrica.

Tras el hecho, la imputada fue trasladada bajo custodia policial al Hospital Universitario Docente Central de las Fuerzas Armadas, donde permaneció ingresada hasta este martes. Luego de recibir el alta médica, fue conducida al tribunal, alrededor de las 2:27 de la tarde de este martes, para el conocimiento de la solicitud de medida de coerción.

La niña falleció mientras recibía atenciones médicas en un centro de salud de esa jurisdicción.

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La economía dominicana está muy presionada por el alza del petróleo.

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SANTO DOMINGO.– Un incremento su produjo este martes en los precios internacionales del petróleo como consecuencia de las persistentes tensiones geopolíticas en Oriente Medio y los riesgos para el suministro mundial de crudo, un escenario que mantiene bajo presión a economías altamente dependientes de las importaciones energéticas, como la República Dominicana.

En la jornada, el barril de West Texas Intermediate (WTI) se cotizó en torno a US$84.34, mientras que el Brent, referencia para gran parte del mercado internacional, alcanzó US$91.01 por barril, su nivel más alto en varias semanas.

El comportamiento del mercado responde a la incertidumbre generada por la situación en el Mar Rojo y Oriente Medio, donde los riesgos para las rutas de transporte de hidrocarburos han incrementado la volatilidad de los precios. La Agencia Internacional de la Energía (AIE) advirtió que una prolongación de estas tensiones podría afectar el suministro global y provocar nuevas alzas del crudo.

Para la República Dominicana, que importa la totalidad del petróleo que consume, el encarecimiento del crudo representa un desafío para la estabilidad de los precios internos de los combustibles, el costo del transporte, la generación eléctrica y la inflación.

En los últimos meses, el Gobierno ha recurrido a subsidios y ajustes focalizados para mitigar el impacto de las variaciones internacionales sobre los consumidores, una política que también incrementa la presión sobre las finanzas públicas cuando los precios del petróleo permanecen elevados.

Analistas consideran que, si el barril de petróleo continúa por encima de los 90 dólares durante un período prolongado, podrían aumentar los costos de producción y distribución de bienes y servicios, afectando el crecimiento económico y el poder adquisitivo de los hogares.

Las autoridades dominicanas mantienen un seguimiento permanente de la evolución del mercado energético internacional para evaluar su impacto sobre la economía nacional y definir las medidas necesarias para reducir los efectos de la volatilidad en los precios de los combustibles.

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Sargento acusada de matar a su hija fue enviada al área de psiquiatría de Najayo.

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Santo Domingo, R.D.-Tres meses de prisión preventiva impuso el Juzgado de Atención Permanente de Santo Domingo Oeste contra la sargento mayor Glenny Tellería Alberto, acusada de causarle la muerte a su hija de 10 años con una pulidora eléctrica, en un hecho ocurrido el pasado sábado 18 de julio en el sector Batey Bienvenido, Manoguayabo.

La jueza Cecilia Toribio dispuso que la imputada cumpla la medida en el área de psiquiatría del Centro de Corrección y Rehabilitación de Najayo-Mujeres, en San Cristóbal, con el fin de que reciba atención médica especializada.

La decisión fue tomada luego de que el tribunal acogiera la solicitud de los fiscales de la Unidad de Procesamiento de Casos y de Delitos contra las Personas de Santo Domingo Oeste, quienes pidieron prisión preventiva como medida de coerción.

El abogado de la defensa, Yan Carlos Martínez, informó que su representada recibía tratamiento psiquiátrico y supervisión familiar desde 2022, y que se encontraba bajo medicación al momento del hecho.

El defensor pidió comprensión ante lo que calificó como una tragedia familiar y social, y llamó a la ciudadanía a prestar mayor atención a la salud mental.

Valoró además que el tribunal haya dispuesto que la mujer permanezca en un centro con atención médica especializada durante el proceso.

El hermano de la acusada, Tony Alexander Eusebio Rodríguez Alberto, quien presenció parte de los hechos, relató que al escuchar gritos entró a la habitación y encontró a la mujer sobre la cama agrediendo a la niña, por lo que intervino y trasladó a la menor al Centro Médico Divina Misericordia de Manoguayabo, donde fue recibida sin signos vitales.

Agentes de la Policía Nacional arrestaron posteriormente a la mujer en flagrancia, mientras que el Ministerio Público calificó provisionalmente el hecho como una violación a los artículos 295 y 304 del Código Penal dominicano.

Entre las pruebas recolectadas por la Policía Científica figuran la pulidora eléctrica utilizada, el acta de levantamiento de cadáver emitida por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) y testimonios de familiares y agentes actuantes.

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