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Las travesuras de los partidos políticos durante las campañas electorales con el uso de dinero de red de corrupción.

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Santo Domingo, RD.-Los tribunales ordinarios se dan banquete con las acciones ilegales de los partidos políticos dominicanos, cuyos candidatos reciben altas sumas de dinero proveniente del narcotráfico y de la corrupción administrativa, entre quienes se encuentra el actual presidente Luis Abinader, ya que uno de los imputados dice haberle donado 400 millones de pesos del caso Calamar.
Cuando se aproximan los procesos internos de los partidos para escoger a sus candidatos y  las elecciones generales del año 2024, los  tribunales ordinarios estarán conociendo varios expedientes sobre presuntos actos de corrupción administrativa para utilizar los fondos en el financiamiento de campañas electorales.

El último caso judicial, presentado por el ministerio público tras el arresto de 20 personas mediante la operación Calamar, aporta un nuevo elemento al debate político-electoral, debido a que  entre los delitos atribuidos a los exfuncionarios implicados, figura el financiamiento ilícito de la campaña política, sancionado por la ley 33-18 con una multa del doble del monto aceptado ilegalmente.

En la coyuntura política actual,  esto representa un reto para los partidos, los candidatos y  la  propia JCE.  Presiona a las organizaciones políticas, a sus dirigentes y aspirantes a puestos electivos a  transparentar el manejo  de los recursos económicos que usen en la campaña.

Obliga al órgano  de administración electoral a ser riguroso con  la supervisión de los informes financieros que presenten los partidos,  a dar respuestas oportunas  a las denuncias que reciba sobre irregularidades y violaciones a la ley de partido y electoral, y  a imponer las medidas cautelares que establecen las  legislaciones.

De entrada se percibe que el Pleno de la JCE se adelantó, al adoptar algunas medidas a pocos meses de asumir los actuales miembros.  En noviembre del 2020,  dispuso que la Unidad Especializada de Control Financiero de Partidos, Agrupaciones y movimientos políticos, que crea la ley 33-18,   sea de carácter permanente, para que funcione no sólo en años electorales y preelectorales. Y le otorgó rango de dirección.

Según se explicó en un comunicado de prensa,  la finalidad es “que el personal que la integre pueda llevar un control y seguimiento eficiente del régimen de financiamiento que se le otorga a los partidos, y además que pueda estar en condiciones de detectar a tiempo las posibles violaciones a la ley y  poner en conocimiento oportuno al Pleno para que adopte las medidas y sanciones que correspondan.”

Nulidad de operaciones ilícitas

La ley 33-18 le da fuerza a la JCE, al otorgarle facultad  “para regular y en caso necesario anular, cualquier operación ilícita de la cual sea apoderada o tenga conocimiento.”

Le confiere competencia para incautar provisionalmente o tomar cualquier medida cautelar respecto a un bien,  o para hacer cesar de inmediato el uso indebido de los recursos y medios del Estado.

Podrá actuar a solicitud de parte interesada o por iniciativa propia y gestionar el auxilio de la fuerza pública.

Tope de gastos

La  nueva ley de régimen electoral  también asigna  a la JCE la potestad para elaborar un procedimiento sancionador.

La ley 20-23  retuvo  en la JCE la competencia  para imponer sanciones administrativas, que ya contenía la derogada ley 15-19.

El  exceso  de gasto de campaña en un 5%  del tope fijado,  está sancionado en el artículo 221 de la ley electoral con una multa equivalente al triple del monto excedido.

Según lo prescrito en el artículo 219 de la norma legal, el límite de  gastos  para las  entidades políticas será el equivalente a RD$1.75 por electores hábiles inscritos en el padrón.

Se establece en el artículo 220,  un tope de gastos para los candidatos a cargos electivos. Para el presidencial es de RD$ 122.50 por electores hábiles;  para senadores y diputados de  RD$105,00;  para alcaldes y directores de distritos municipales,  de RD$87.50,  y para regidores y vocales, de RD$43.00.

En el caso de directores de Distritos Municipales con menos de 5,000  electores, el tope es de RD$150.00.

Las contribuciones individuales a los candidatos no podrán ser superiores al  1%  de los límites establecidos, según la ley, que dispone que  los fondos sobrantes de las recaudaciones se destinen a los programas de formación política de sus miembros.

La nueva ley electoral llenó el vacío de la derogada  15-19 en cuanto al monto del  financiamiento público. Establece en el artículo 224 que en el Presupuesto General del Estado se consignará  una suma equivalente al 1/2% de los ingresos nacionales en los años de comicios generales y de un 1/4%  en los no electorales.

Los partidos están obligados a depositar  su presupuesto de ingresos y gastos en un plazo inferior a los 30 días después  de  publicada la resolución de la JCE que establece los topes de gastos de campaña.

La ley de partidos también impone un límite de gastos a los aspirantes a candidatos  en el periodo de  la precampaña.

En el nivel presidencial es  de RD$70.00 por electores hábiles; en el congresual, de RD$60.00,; en el municipal, de RD$50.00 para alcaldes, y RD$25.00 para regidores, y en los distritos municipales de RD$100.00 para directores y RD25,00 para vocales.

Inicio oficial de la campaña interna

El 2 de julio arrancará oficialmente la precampaña política,   período destinado para que los partidos, agrupaciones y movimientos escojan  a los candidatos que postularán en las elecciones del 2024, mediante diversas modalidades que le permite la ley 33-18.

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Sigue todavia el debate y los intentos por acabar con la cesantia laboral.

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Santo Domingo.-El sustitivo concebido en el Código de Trabajo para la cesantía laboral es el seguro de desempleo, cuya opción es la propuesta que tienen bajo la manga los sectores empresariales del pais.

El punto es que el tema del seguro de desempleo es terreno de la Ley de Seguridad Social, que tiene pendiente de modificación desde el año 2011, luego de haber sido promulgada en el año 2001 bajo el número 87-01.

Sin embargo, la ley vieja, que debe ser modificada, ya contempla la creación de un seguro de desempleo y señala directamente una modificación a la cesantía laboral, aunque especificando que se trabaje sin que se pierdan derechos adquiridos.

Pero los 18 meses ya computan 25 años desde la aprobación de la referida ley, sin que hasta el momento los integrantes de la mesa tripartita logren ponerse de acuerdo en torno a un mandato legal.

Esta ha sido una de las principales causas que han impedido, entonces, una reforma al Código de Trabajo, una pieza que el Poder Ejecutivo aspira modificar desde el primer cuatrienio de gobierno del oficialista Partido Revolucionario Moderno (PRM), pero sin tocar aspectos relacionados con la cesantía.

El tema tiene tales niveles de sensibilidad que los actores políticos representados en la Cámara de Diputados y en el Senado ni siquiera se atreven a fijar posturas públicas, aunque tras bastidores comparten la idea del seguro de desempleo.

Entrevistado sobre el particular, el senador Alexis Victoria Yeb declaró que lo que se procura es el libre mercado, pero respetando a la vez los derechos adquiridos.

Y aunque la ley del 2001 habla de reformar en un plazo de 18 meses, Victoria Yeb afirmó que el tema deberá abordarse en los próximos cinco o diez años.

“Eso no se va a tocar (la cesantía) y no debe tocarse. Este no es el momento de crear más situaciones por cómo está el mercado y la situación política en sentido general”, indicó Victoria Yeb.

Entretanto, el proyecto reposa en la Cámara de Diputados con fines de ser conocido en una segunda lectura que, según una nota de prensa del hemiciclo, se realizará esta misma semana.

Los trabajos de comisión fueron dirigidos por el diputado Mélido Mercedes y, pese a la cantidad de encuentros que se sostuvieron con legisladores y personas de interés en torno al tema, se supo que muchos de ellos debieron ser suspendidos por falta de apoyo de las partes.

Si los diputados aprueban la pieza esta semana, la misma deberá retornar, debido a las modificaciones introducidas, al Senado de la República, órgano que tendría la obligación de aprobarla sin cambios o, de lo contrario, la iniciativa se caería, para posteriormente ser enviada al Poder Ejecutivo para su promulgación.

El tema aquí es que los sectores empresariales agrupados en el Consejo Nacional de la Empresa Privada consideran que la pieza que se trabaja no reúne las características que inicialmente se consensuaron, lo que los lleva a oponerse a la misma.

Detrás de todas las quejas subsiste el tema de la cesantía, que ya el legislador consideró hace 25 años, mediante una ley, que debía regirse por un seguro de desempleo, algo que, pese a estar consignado allí, no genera apoyo popular.

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Autoridades Identifican piloto y copiloto fallecidos en accidente de avión en La Romana

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Santo Domingo, R.D.-Las autoridades identificaron al piloto Erick Diago y al copiloto Rudy Gahasal como las dos personas fallecidas tras el accidente de una aeronave que se precipitó a tierra cuando intentaba regresar al Aeropuerto Internacional de La Romana, de donde había despegado minutos antes, luego de que el avión presentara fallas mecánicas.

De acuerdo a informes preliminares, la aeronave partió inicialmente desde Puerto Rico y aterrizó en La Romana para reabastecer combustible y dejar dos pasajeros. El destino final de los pilotos era Austin, Texas, Estados Unidos.

Mientras, un equipo técnico de la Comisión Investigadora de Accidentes de Aviación (CIAA) del Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC), encabezada por su presidente Pedro Alberto Piña se trasladó hacia el lugar del incidente para realizar las investigaciones de lugar

La comisión indicó que la aeronave presentó una situación de emergencia cuando se encontraba aproximadamente a 16 millas náuticas al suroeste de La Romana.

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Imputados en Operacion XL526 en espera de medida de coerción.

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Santiago. -Este jueves el Ministerio Público depositó la solicitud de medida de coerción ante el Tribunal de Atención Permanente de Santiago contra los apresados en la Operación XL526, quienes  alegadamente integran una presunta red dedicada a estafas, extorsiones y lavado de activos con víctimas en Estados Unidos de América.

Las autoridades señalan como cabecillas a Carlos José Parra Languar, Eliardo Peña Almonte, Renso Darío González Almonte, Josiel Pichardo Cabrera y Walinton Sosa Almonte.
Otros detenidos son: Moisés David Pichardo Aracena, Pedro Antonio Pichardo, Yumeiry Altagracia Cabrera, Danny Rafael Laguar, Augusto José Reyes y Julio Antonio Peralta del Rosario.

El jurista Kilvio González, quien representa a Danny Rafael Laguar Ferreira, asegura que su defendido es un ingeniero civil dedicado a la construcción de viviendas en el distrito municipal de San Francisco de Jacagua, y no.parte de una estructura criminal. 

El también abogado José Reynoso García asegura que se han cometido violaciones al debido proceso de los apresados.

Criticó que fueran trasladados a distintos centros de reclusión, incluyendo el Palacio de Justicia, el centro de la fortaleza Fernando Valerio y posteriormente Rafey, dificultando que pudieran verlos.

La Operación XL526 fue ejecutada el.pasado martes con operativos en Santiago y Puerto Plata, donde fueron arrestadas 20 personas señaladas de integrar una estructura criminal. En el.caso de Santiago, la estructura funcionaba desde Los Cocos de Jacagua y utilizaba amenazas, simulación de carteles de drogas y herramientas tecnológicas para extorsionar a víctimas en Estados Unidos.

El Tribunal de Atención Permanente de Santiago deberá fijar en las próximas horas la audiencia para conocer la solicitud de medida de coerción.

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