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Finjus aclara ley permite flexibilidad en ejecutoria de Plan Regularización de Extranjeros

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“Este desconcierto por parte de algunos sectores del país refleja aspectos históricos que sobrepasan lo estrictamente jurídico pero que no están apegadas a la esencia de nuestro texto constitucional».

Presencia de nacionales haitianas se reduce en las construcciones privadas del país, tras la conclusión del Plan Nacional de Regularización de Extranjeros el pasado miércoles 17 de junio.
Fotos: Carmen Suárez/acento.com.do
Fecha: 23/06/2015

SANTO DOMINGO, República Dominicana.-La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), aclaró que la ley permite una flexibilidad ante las ejecutorias del Plan Nacional de Regularización de Extranjeros y su duración, esto tras las críticas al plazo otorgado por el Consejo Nacional de Migración.

“En ningún momento se estableció la duración del Plan de Regularización con ´plazos fatales´ preestablecidos, al tratarse de un asunto cuyo enfoque es la protección de derechos fundamentales. Al contrario, se permite al Ministerio de Interior y Policía ´coordinar con las demás dependencias del Estado cualquier medida que requiera su colaboración para la buena ejecución y funcionamiento del Plan´, tal como reza el numeral 7 del artículo 6 del Decreto No. 327-13”, manifestó.

Empero, Finjus en un comunicado, resaltó que la resolución solo extenderá por un año la vigencia de los documentos emitidos por el Ministerio de Interior y Policía para que los inscritos en el Plan Nacional de Regularización de Extranjeros puedan completar los requisitos y regular su estatus migratorio.

“Este desconcierto por parte de algunos sectores del país refleja aspectos históricos que sobrepasan lo estrictamente jurídico pero que no están apegadas a la esencia de nuestro texto constitucional y de los derechos fundamentales que debe proteger nuestro modelo de Estado”, agregó.

Sin embargo, resaltó el hecho de que dicha flexibilidad no aplica a aquello que no pudieron favorecerse de la medida. “El agotamiento de un plazo cuyo término operativo que no se encuentra claramente definido en un texto normativo, no parece lacerar los derechos de las personas que no han podido acceder a esta medida o no se han favorecidos por la misma. Pensar lo contrario sería interpretar forzosamente el texto del Decreto No. 327-13, de cara a una franca y cuestionable violación de derechos fundamentales”.

Texto íntegro de Finjus:

Nota sobre la prorroga del Plan Nacional de Regularización de Extranjeros

acento.com.do

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Camacho dice Ángel Luis Guzmán «lidera» una estructura de fraude al Senasa e investigan una tercera

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Santo Domingo, R.D.-El fraude al Seguro Nacional de Senasa se habría ejecutado a través de redes criminales, una de ellas presuntamente liderada por Ángel Luis Guzmán Vásquez, a quien se le conocerá coerción este viernes, y otra, cuyos detalles de la investigación -según Wilson Camacho- no puede revelar.

El titular de Persecución del Ministerio Público sostuvo que el Senasa «fue atacado por varios frentes» y que para no afectar la persecución que mantienen contra la tercera estructura, no puede revelar informaciones que puedan afectar las indagatorias.

«Les puedo asegurar, aunque no puedo dar detalles, que hay una tercera estructura que también afectó al Seguro Nacional de Senasa«, reveló Camacho al salir de la audiencia en la que se le ratificó la prisión al exdirector de la ARS estatal, Santiago Hazim y a otros seis imputados por el fraude.

Camacho sostuvo que el Senasa «fue atacado por varios frentes» y que para no afectar la persecución que mantienen contra una de estructura no puede adelantar sus detalles.

Ratificación de coerción razones muy obvias

Consideró que la ratificación de la prisión preventiva a Hazim y a los otros seis a quienes se les dictó esa medida, el juez Deiby Timoteo lo hizo por «razones muy obvias».

«Este es el quinto juez que entiende que lo correcto, lo idóneo y lo proporcional para cada uno de los imputados es que se mantengan en prisión preventiva por razones que son muy obvias», indicó.

Entre los que dijeron tener problemas de salud, figuran el exconsultor jurídico de SenasaGermán Rafael Robles Quiñones, y la contratista Ada Ledesma.

El juez argumentó que el ataque cardiovascular que dijo sufrió Robles Quiñones, según los documentos presentados, fue en el 2023.

Sobre los demás presupuestos de otros acusados, el magistrado Peguero sostuvo que fueron «insuficientes» para cambiarles la prisión por otra coerción.

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Piden prisión para profesor imputado por acoso sexual contra una estudiante

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SANTO DOMINGO.- Prisión preventiva solicitó el Ministerio Público a un tribunal como medida de coerción contra un profesor imputado de incurrir en acoso sexual en perjuicio de una estudiante de un centro educativo del Distrito Nacional.

La medida de coerción fue solicitada contra el imputado Inocencio Lebrón Montero, quien se desempeñaba como profesor de matemáticas de la adolescente.

De acuerdo con la investigación, el imputado aprovechó la relación de confianza derivada de su condición de docente para iniciar un acercamiento progresivo hacia la víctima.

El Ministerio Público establece que en ese contexto se produjeron varios encuentros dentro del vehículo del imputado, donde este presuntamente realizó tocamientos indebidos en perjuicio de la adolescente e insistió en sostener relaciones sexuales, a lo que la víctima se negó.

La investigación, también, señala, que el imputado habría reiterado las conductas denunciadas, manteniendo presión emocional sobre la menor de edad.

El imputado fue apresado el pasado 22 de abril, en virtud de una orden de arresto emitida en su contra por la Coordinación de los Juzgados de Instrucción del Distrito Nacional.

Las procuradoras fiscales Adalgisa Tavares y Mariela Ramos, adscritas a la Unidad de Prevención de Violencia de Género y Delitos Sexuales del Distrito Nacional, depositaron la instancia con la solicitud de medida de coerción contra el imputado.

La audiencia fue aplazada por la jueza Lissa Veras, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, para este sábado, 2 de mayo, a solicitud de la defensa, que requirió más tiempo para preparar sus medios de defensa.

El Ministerio Público ha otorgado al caso la calificación jurídica de violación a los artículos 330 y 333, literal D, del Código Penal Dominicano, así como al artículo 396, literal C, de la Ley 136-03, que crea el Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.

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Apelarán condena de 30 años a anciano de 83 años por tentativa de asesinato.

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Santo Domingo, R.D.-Milagros del Carmen Rodriguez, abogada de la Defensoría Pública, anunció que recurrirá la sentencia de 30 años de prisión impuesta a Nicolás Suárez, de 83 años, condenado por tentativa de feminicidio contra su expareja Erminia Núñez Durán, en el distrito municipal de Santiago Oeste (Cienfuegos), quien  argumenta que la edad avanzada y el deteriorado estado de salud del imputado hacen inviable su reclusión en un centro penitenciario.

El Tercer Tribunal Colegiado del distrito judicial de Santiago, integrado por las juezas Ingrid LiberatoDeyanira Méndez y Kimberly Tatis, impuso a Suárez la pena máxima por tentativa de asesinato. Sin embargo, la defensa sostiene que el tribunal no tomó en cuenta las atenuantes presentadas durante el proceso.

La abogada Milagros Del Carmen Rodríguez señaló que Suárez padece diabetes avanzada que le ha provocado la pérdida de la visión, condición que motivó que durante todo el proceso judicial permaneciera en prisión domiciliaria.

«Hemos solicitado varios permisos para ir al médico porque no ve; tiene una situación de diabetes que le ha quitado la vista», declaró la defensora pública.

Los hechos que originaron el proceso ocurrieron el 17 de julio de 2024 en un barrio del distrito municipal de Santiago Oeste (Cienfuegos), cuando Nicolás Suárez agredió a su expareja, Erminia Núñez Durán, en un hecho calificado por la justicia como tentativa de asesinato.

A pesar de que el tribunal no acogió los argumentos atenuantes presentados por la defensa, la abogada insiste en que una condena de 30 años resulta desproporcionada e inaplicable dadas las condiciones del imputado.

La Defensoría Pública solicita que, en caso de mantenerse la calificación de tentativa de asesinato, la pena sea sustituida por una condena suspendida que no exceda los tres años.

La defensora invocó el principio de humanización de las penas, establecido en el ordenamiento jurídico dominicano, como fundamento central del recurso de apelación.

«No es posible que en este caso no se tome en cuenta el principio de humanización», afirmó Rodríguez.

El principio de humanización de las penas reconoce que la ejecución de una condena no debe atentar contra la dignidad del condenado ni agravar su situación más allá de lo que la propia pena implica. En casos de personas de edad avanzada con enfermedades graves, los tribunales de alzada dominicanos han considerado este principio como criterio válido para modificar sanciones.

La apelación será presentada ante la Corte de Apelación del departamento judicial de Santiago.

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