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Finjus: Estado debe comprometerse con víctimas y testigos

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En los tribunales del país muchos casos quedan impunes porque las víctimas tienen miedo a mantener las acusaciones.

En los tribunales del país muchos casos quedan impunes porque las víctimas tienen miedo a mantener las acusaciones.

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) consideró ayer que tiene que existir compromiso de Estado y políticas públicas en materia de protección a víctimas y testigos de procesos judiciales.“Todavía sigue siendo una institución en proceso de construcción en donde las autoridades, no solo la Procuraduría sino al Estado como tal, debiera ver de qué forma se le presta mayor atención, porque hay casos que muchas veces no se procesan por el tenor que tienen las víctimas y testigos de recibir represalias”, dijo Servio Tulio Castaños Guzmán.

Explicó que un testigo y la víctima en todo proceso judicial no son más que una parte de las evidencias, instrumentos esenciales para la solución de los casos, y “hasta que no lo veamos así vamos a estar tropezando, el Estado tiene que tener una política clara. No es un problema exclusivo de una legislación, probablemente lo que está haciendo falta es el compromiso del Estado en esta dirección”.

En ese sentido, Castaños Guzmán advirtió que antes de aprobar una ley sobre la materia, hay que tener bien claro el diseño de cuáles son las políticas de Estado que se van a implementar para luego someter un proyecto de ley.
“No se puede ir al Congreso sin una política de Estado definida”, sostuvo.
También abogó porque se creen las condiciones para que las víctimas se recuperen de sus procesos.

“Para eso tú tienes que diseñar políticas públicas en donde se comprometan las instituciones que deben darle respuestas a la solución de lo que sería eventualmente un trauma, ahí tendría que intervenir Salud Pública”, consideró.

En ese orden, saludó que desde la Procuraduría se creen direcciones de protección, sin embargo, entiende que quizás falte difundir estos programas e invertir recursos en esas unidades.

Castaños Guzmán puntualizó que hay que crear una cultura para que, frente a las agresiones de la delincuencia quienes tengan el valor de denunciar y ser parte del proceso se les ofrezcan las condiciones para que se sientan seguros.

Hoy hay efectividad

Por otro lado, los abogados Carlos Olivares y Félix Damián Olivares dijeron que el Ministerio Público no ha tenido efectividad en la protección de las víctimas y testigos.

“Entiendo que en realidad la protección no existe, eso es totalmente infuncional. Este sistema deviene en inservible. En países tan pequeños como el nuestro, mantener una persona sustraída bajo la protección después de declarar es muy difícil”, expresó Carlos Olivares.

De su lado, Félix Damián criticó que no exista una práctica de reguardar la identidad de los testigos.

Pese a que existe un proyecto de ley que busca crear una legislación para asegurar la protección de víctimas y testigos, está estancado en el Congreso.

Sobre el tema

El 29 de noviembre de 1985, la Asamblea General de la ONU, mediante la resolución 40-34 adoptó la declaración sobre los principios fundamentales de Justicia para Víctimas de Delito y Abuso de Poder. En 1990, movimientos sociales de la provincia Hermanas Mirabal crearon la Unidad de Atención a la Víctima de Violencia Intrafamiliar, Sexual y de Género.

La ley sobre violencia intrafamiliar (24-97), el Código Procesal Penal y la norma sobre Las Casas de Acogidas también hablan de esta protección y derechos de la víctima.

Además, existe la Dirección Nacional de Atención a las Víctimas de Violencia de la Procuraduría, y una Organización no Gubernamental llamada “Centro de Protección a las Víctimas del Delitos (Ceprovide), esta última, rinde asistencia legal gratuita a las víctimas”.

En 2009, el exprocurador Radhamés Jiménez dictó la Resolución 42 que crea la Unidad de Protección a Víctimas y Testigos Bajo el Amparo de la Dirección Nacional de Persecución del Narcotráfico y Criminalidad Compleja, aplicando el programa principalmente en este tipo de casos. Esa unidad, según el procurador General de la República, Francisco Domínguez Brito, tiene más de 20 personas bajo protección.

La Constitución dominicana en su artículo 169, párrafo primero, establece que el Ministerio Público “dispondrá la protección de víctimas y testigos”, también en el artículo 177 indica que el Estado tiene que crear programas de asistencia legal gratuita para las víctimas de escasos recursos. En adición, la ley Orgánica del Ministerio Público, (133-11), en su artículo 52 numeral 2, también habla de la protección a víctimas y testigos. “Corresponde al director General de Persecución del Ministerio Público: coordinar el sistema de protección de víctimas, testigos u otros sujetos en riesgo en los procesos penales”, indica la norma.

Sobre el proyecto de ley de protección

Algunos elementos del proyecto de ley para la “atención y protección a víctimas, testigos y otros sujetos en riesgos” presentado por el Comisionado de  Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia, son la posibilidad de instalar cámara de circuito cerrado, que testigos y víctimas puedan tener nueva identidad, protección policial, asistencia legal gratuita, así como indemnización para la víctima cuando el Estado no identifique al agresor.

Iniciativa
Existe un proyecto de ley sobre la protección de víctimas y testigos depositada en la Cámara de Diputados.

EL CARIBE.

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Obispos se reunen con Abinader en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

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Santo Domingo. – La Conferencia del Episcopado Dominicano (CED) en el marco de su 64ª Asamblea Plenaria, recibió este viernes la visita del presidente de la República, Luis Abinader, en un encuentro celebrado en la Casa Arquidiocesana María de la Altagracia, donde se abordaron distintos temas de interés nacional.

Durante su intervención, el mandatario destacó la importancia de mantener un diálogo permanente con la Iglesia católica, señalando que estos espacios permiten conocer de primera mano las necesidades de las diócesis y socializar las medidas adoptadas por el Gobierno.

“Siempre es bueno tener el contacto con los obispos, escuchar las necesidades de sus diócesis y también explicarles los grandes temas nacionales”, expresó.

Abinader se reúne con obispos en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

El jefe de Estado agregó que estos encuentros se han convertido en una práctica habitual de su gestión, como parte de la relación de cooperación con la jerarquía eclesiástica.

El presidente fue recibido por la nueva directiva de la CED para el período 2026-2029, encabezada por el obispo de San Francisco de Macorís, Ramón Alfredo de la Cruz Baldera, quien asumió la presidencia de la institución.

Abinader se reúne con obispos en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

También participaron el arzobispo coadjutor de Santo Domingo, Carlos Tomás Morel Diplán, en calidad de vicepresidente, y el obispo auxiliar de Santo Domingo, José Amable Durán Tineo, como secretario general.

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Garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa”.

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Santo Domingo, R.D.-Una garantia economica impone el Tribunal del Distrito Judicial de San Cristóbal de RD$200,000, impedimento de salida del país y presentación periódica al Ministerio Público contra el imputado Elvis Manuel Santos Alcántara (Onguito Wa), acusado de porte ilegal de armas de fuego, tras acoger de forma parcial la solicitud del Ministerio Público.

La decisión judicial se produce luego de que el procesado fuera arrestado en flagrante delito el pasado 21 de junio, cuando agentes de la Policía Nacional realizaban labores de patrullaje en la carretera Sánchez Vieja, en San Cristóbal.

Durante el operativo, el imputado se desplazaba en un vehículo Honda CR-V, color negro, junto a otra persona, y al ser registrado se le ocupó una pistola Glock, calibre 9 mm, con 17 cápsulas, sin documentación legal.

Imponen garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa” por porte ilegal de arma
Imponen garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa” por porte ilegal de arma

La magistrada Chadalis E. Rosario Melenciano, jueza suplente del Tercer Juzgado de la Instrucción y de la Oficina Judicial de Atención Permanente, ordenó además que el imputado deberá presentarse los días 29 de cada mes durante seis meses ante el Ministerio Público, como parte de las medidas impuestas.

Asimismo, el tribunal dispuso la notificación a la Dirección General de Migración (DGM) para garantizar el impedimento de salida del país, mientras que el Primer Juzgado de la Instrucción de San Cristóbal fue designado como tribunal de control del caso.

El Ministerio Público, representado por las fiscales Belkis Tejeda e Ingris Maribel Guerrero Polanco, había solicitado prisión preventiva por tres meses; sin embargo, el tribunal optó por medidas no privativas de libertad, al considerar parcialmente la solicitud.

El órgano acusador también obtuvo un plazo de seis meses para presentar el requerimiento conclusivo del proceso.

De acuerdo con el expediente, Santos Alcántara ya había sido condenado previamente mediante la Sentencia Penal núm. 523-2025-SSEN-00015 por violaciones a la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, lo que fue recordado por el Ministerio Público durante la audiencia.

Con esta decisión, el caso sigue bajo investigación judicial mientras el imputado permanece bajo estrictas condiciones de control.

El uso, porte y tenencia ilegal de armas de fuego constituye uno de los delitos más vigilados por las autoridades judiciales y de seguridad en la República Dominicana, debido al impacto que tiene en la criminalidad, la seguridad ciudadana y la violencia urbana.

«En el país, este tipo de infracciones está regulado por la legislación penal vigente y por normativas específicas que establecen los requisitos para la adquisición, registro y porte legal de armas».

  • En los últimos años, el Ministerio Público y la Policía Nacional han intensificado los operativos de prevención y persecución del porte ilegal de armas, especialmente en zonas urbanas y carreteras donde se registran mayores incidencias de delitos flagrantes.
  • Estos operativos suelen incluir patrullajes, requisas selectivas y controles de vehículos, con el objetivo de reducir la circulación de armas no registradas.

El sistema judicial dominicano contempla medidas de coerción que pueden ser privativas o no privativas de libertad, dependiendo de la gravedad del hecho, los antecedentes del imputado y el riesgo procesal.

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Prisión preventiva solicitan para falso odontólogo tras causar graves lesiones en La Vega

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Santo Domingo, R.D.-La imposición de prision preventiva como medida de coercion contra un acusado de ejercer la odontología solicitará el Ministerio Público  en las próximas horas la imposición  contra un hombre acusado de ejercer la odontología sin exequátur en La Vega en un caso de presunto intrusismo profesional que dejó a una paciente con lesiones permanentes en el rostro y daños neurológicos severos.

El imputado, identificado como Franklin José Almánzar Escarramán, de 51 años, habría realizado procedimientos odontológicos de alta complejidad sin la debida autorización legal en el consultorio de su hermano, ubicado en el Centro Médico V Centenario, en la provincia de La Vega.

Su hermano, William Radhamés Almánzar Escarramán, también fue arrestado por su presunta complicidad en los hechos, ambos tras entregarse a las autoridades policiales en cumplimiento de una orden judicial.

Instrumentos odontológicos en un consultorio, vinculados al caso de un falso odontólogo acusado de causar lesiones
Instrumentos dentales en un consultorio, en el contexto de la solicitud de prisión preventiva contra un falso odontólogo.

De acuerdo con la investigación del Ministerio Público, la víctima acudió el pasado 17 de enero a recibir atención odontológica y fue evaluada en el consultorio de los imputados, donde se le indicó la extracción de cuatro terceros molares mediante un procedimiento quirúrgico.

Según el expediente, durante la intervención, el imputado habría aplicado anestesia y posteriormente realizado maniobras violentas con instrumentos odontológicos, incluyendo golpes en la zona afectada, sin lograr completar la extracción tras varias horas de intento.

La paciente posteriormente presentó dolor intenso, inflamación facial y complicaciones severas, lo que la llevó a buscar atención médica especializada, donde se determinó la existencia de daños permanentes en su salud bucal, incluyendo nervios atrofiados, edema facial, trismo, parestesia mandibular y otras lesiones complejas.

La procuradora de corte de La Vega, Aura Luz García Martínez, explicó que el Ministerio Público procederá a solicitar la medida de coerción garantizando el debido proceso.

“Vamos a presentar la solicitud de medida de coerción ante la autoridad competente, garantizando el debido proceso y los derechos fundamentales de los imputados”, afirmó.

Las autoridades indicaron que el imputado principal ejercía la odontología sin exequátur, según certificación del Ministerio de Salud Pública, lo que constituye una violación a la Ley General de Salud 42-01 y la normativa que regula el ejercicio profesional odontológico.

  • El órgano persecutor también sostiene que la actuación de los hermanos Almánzar Escarramán pudo haber tenido consecuencias aún más graves
  • Incluso la muerte de la paciente, debido a la naturaleza del procedimiento realizado sin habilitación legal.

El caso ha sido calificado provisionalmente como violación a varios artículos del Código Penal dominicano y de la legislación sanitaria vigente, mientras el tribunal evalúa la solicitud de medida de coerción presentada por el Ministerio Público.

El ejercicio de la odontología y otras profesiones de la salud en la República Dominicana está regulado por un marco legal que exige la obtención de un exequátur y la debida habilitación profesional, con el objetivo de garantizar la seguridad de los pacientes y la calidad de los servicios médicos.

Estas disposiciones forman parte de las políticas sanitarias orientadas a prevenir el intrusismo profesional, una práctica que consiste en ejercer una profesión sin la autorización correspondiente.

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