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Opinión

Ganaba 100 pesos mensuales (1973-76) y me sobraba dinero

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Por Oscar López Reyes

En 1976, en Barahona yo ganaba 100 pesos mensuales en dos trabajos –en el gobierno y en un medio de comunicación- cubría holgadamente los gastos de mi recién formada familia de cuatro miembros, y me sobraba dinero. Caminaba las calles del pueblo como un privilegiado, sin deudas ni estrés. Dormía como un lirón por el estilo de vida sobrio y albergaba una gran esperanza en el futuro.

Como en la mayoría de las casas, en la mía no había televisión, teléfono, nevera, aire acondicionado y mucho menos un vehículo de motor. Tampoco estufa, licuadora, inversor ni botellones de agua, porque por una tubería llegaba sin pagar un solo centavo, igual que la basura, y se pagaban chelitos por el consumo de luz. En el liceo no se cobraba.

En los patios de las dos casas alquiladas donde vivía, en las céntricas calles Colón casi esquina Duvergé y Jaime Mota casi esquina José María Cabral, había frondosos árboles de mangos y limoncillos (quenepas), y en la última anafres (hornillos para cocinar con carbón) y una letrina surtida con periódicos y fundas de papel –provenientes de colmados- para el aseo defecatorio.

Esos pliegos sanitarios representaban una muestra de progreso, porque en las afueras de la ciudad y en las lomas, como Chene, en Enriquillo, para la limpieza tras las necesidades fisiológicas se acudía, en los montes, a piedras, hojas verdes, tusas de maíz y troncos leñosos -en forma giratoria- que se ramificaban desde el suelo.

Entre 1973-1976 en colmados y almacenes –no existían supermercados- se compraban menos de 20 productos hogareños, con precios establecidos por la Dirección General de Control de Precios. Una libra de arroz costaba 8 centavos, una libra de habichuelas 7 centavos, una libra de azúcar 4 cheles, una libra de carne 10 cheles y una botella de aceite comestible valía 30 centavos.

A primera hora de la mañana y en la tardecita se vendía a 8 y 10 cheles una botella o litro de leche de vaca, bien pura, acabada de llegar en bidones desde fincas ganaderas de Amador Pons, Sarita Báez, Buchinche Pérez Espinosa, los hermanos Milongo y Napó (Napoleón) Pérez, los hermanos Dámaso y Zulema López (mis tíos) y otros.

Los gastos eran restringidos, y los regalos escasos, porque muy pocos celebraban cumpleaños o visitaban restaurantes. Predominaba el consumo de helados, principalmente los domingos, antes y después de las retretas del Parque Central.

Esos precios son recordados por mercaderes y amas de casa de la época, debido a que no existían estadísticas de la canasta básica de consumo en pesos dominicanos, en virtud de que, justamente en 1976, el Banco Central fue cuando inició la Encuesta Nacional de Gastos e Ingresos de los Hogares (ENGIH).

A la postre, la compra alimenticia mensual para ocho personas –porque había que separar manjares para los vecinos más cercanos y los padres de los esposos- ascendía a menos de 20 pesos mensuales. Otros gastos: Un par de zapatos de la fábrica gubernamental Fac Doc costaba 4 pesos, y cuando al prestamista “Viste Encuero”, muy conocido en el mercado público y los predios judiciales de Barahona, los días 25 –fecha de pago en el gobierno- le avanzaban 50 centavos de un crédito de 7 pesos, los aceptaba gustosamente.

En esos años, el peso dominicano tenía una paridad con el dólar estadounidense, o sea, uno por uno. Para las transacciones cotidianas, junto a las monedas de 5, 10, 25 y 50 centavos, la de un centavo circuló hasta 1987, con la efigie de Caonabo, cuyo poder adquisitivo fue anulado por la inflación, aunque no se conoce la emisión de una resolución definitiva del Banco Central que la despoje de su poder liberatorio.

Aquellos conmemorados, bien recordados y limpiecitos 100 pesos mensuales: 60 de la Corte de Apelación (no se registraba ninguna deducción de impuestos sobre la renta ni de seguridad social) y 40 pesos de Radio Barahona equivalen, a junio de 2026, a 125 mil 898 pesos con 56 centavos nominales, calculando el Índice de Precios al Consumidor, año por año, el valor del capital y el efecto inflacionario. A este último salario, la Dirección General de Impuestos Internos le reduce a 98 mil 400 pesos con 44 centavos, porque se le aplica un descuento de 27 mil 498 pesos con 12 por aportes de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y el Impuesto sobre la Renta (ISR).

¡Ah, consumismo y lujos!

¡Uy, prima del dólar!

¡Guau, globalización!

Entre 1973 y 1976 yo andaba despacio, a pie, relax y divertido, de un sitio a otro por las calles de Barahona como un afortunado, porque en la Corte de Apelación (juicios penales y civiles) me desempeñaba como mecanógrafo y mensajero ocasional, ya que estaba responsabilizado de buscar, el 25 de cada mes en las oficinas de Correo, los cheques de los jueces Federico Neftalio Cuello López (Nene), Doro Buenaventura Vásquez, Máximo Deñó, Rafael Dotel Recio y David Vicente Vidal Matos, y el procurador general de ese tribunal, Secundino Gómez Pérez (Jumito), máximas autoridades judiciales de la provincia.

El día 25, los magistrados arribaban a la Corte más temprano que nunca, caminando desde sus casas, sin parafernalias. Recuerdo cuando los secretarios de la Corte, Rafael Alfredo Pérez Rocha (Fellito Tinina), y la Procuraduría, Alejandro Rocha Peña (Mingolito), les entregaban a los jueces los emolumentos que devengaban: unos 250 pesos. Fungían como alguaciles Rafael Matos (Alito), Ignacio Mota y Luis Marino Arias. De unos 20 empleados de ese tribunal, solo sobreviven este último, hoy notario público; el extogado David Vidal, la entonces escribiente Teresa Peña y este servidor.

Yo era el menor de edad y el de más bajo salario: 60 pesos mensuales, el mínimo estatal, y cumplía el horario de 7:30 a.m. a 1:30 p. m. En la segunda jornada laboraba, desde las 3 de la tarde hasta las 7 de la noche, como secretario auxiliar de Rodolfo Z. Lama Jaar, propietario de Radio Barahona, Radio Pedernales, Radio Jimaní y Radio Neyba. Redactaba cartas, anuncios y notas luctuosas, nutrido por mis primeras prácticas escriturales en los clubes culturales y en los murales de la Juventud Comunista (Pacoredo) del liceo secundario Federico Henríquez y Carvajal.

El 11 de febrero de 2026 -justo 50 años después, porque ingresé en el citado mes- volví a las oficinas de la Corte de Apelación de Barahona y la nostalgia me envolvió con los cambios experimentados: existía uno que otro escritorio de caoba, pero ni en sombra las máquinas mecánicas Olympia, Olivetti y Remington, y prácticamente todos los jueces y empleados de 1973-1976 viajaron a un espacio inhóspito. El salario mínimo es de 20 mil 500 pesos y los titulares de Corte de Apelación ganan desde 260 mil 859 hasta más de 362 mil 304 pesos.

Albricias: Aparecieron los datos de mi ingreso al Poder Judicial, y me expidieron la certificación pertinente. El juez presidente de la Cámara Penal de la Corte y juez coordinador del Departamento Judicial (Barahona, Pedernales, Bahoruco e Independencia), Joselín Moreta Carrasco, me dispensó la más esplendorosa atención. Lo que no dijo el texto fue que fui cancelado -el más próspero premio de mi vida, porque tuve que emigrar forzosamente a Santo Domingo- por negarme a ingresar al Partido Reformista del gobernante presidente Joaquín Balaguer. ¡Qué vida Balaguer!

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El autor: Periodista, mercadólogo, catedrático, escritor y comentarista de medios escritos, televisivos y digitales.

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Opinión

Gobiernos, la IA y un aviso preventivo (4 de 10)

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Por Oscar López Reyes

Los cuerpos, objetos y dispositivos muy óptimos y virtuosos cobijan en sus entrañas, como ley del pensamiento lógico, sus bemoles. En ese prisma se entroniza, con su dualidad, la Inteligencia Artificial (IA), que parangona la filosófica tradición china del Yin (oscuridad/pasividad) y el Yang (luz/dinamismo).

Tocante a la IA, los planificadores del actual y el próximo gobierno jamás deben dejarse atrapar por el pregonado absolutismo y la saturación de un bombo que agobia. El poderío de las tecnológicas transnacionales apabulla en perspectiva del déficit de equilibrio y la subjetividad valorativa de los técnicos gubernamentales de naciones de las periferias, en la marginalidad filosófica.

El exceso de positividad y la aireada bondad coloca a la IA, inadvertidamente, en una pendiente enjabonada. Para robustecer este criterio, imperioso es estudiar la historia de la ética, fundado en las apreciaciones de filósofos de la estatura de Aristóteles (384-322 a.C), Sócrates (469-399 a.C.) y Friedrich Nietzsche (1844-1900), quienes advirtieron que la superabundancia perjudica y despoja valor, son insostenibles y procrean dependencia emocional.

Concerniente a los gobiernos y la IA, focalicemos apenas tres componentes, que voy a denominar las tres D: Deshumanización, desprotección y desplazamiento. Divisemos:

1.- Deshumanización de la administración pública.

La automatización de los servicios gubernamentales, la gestión de expedientes y la toma de decisiones administrativas mediante algoritmos inteligentes entraña riesgos para la transparencia, la equidad y la responsabilidad institucional. Derrumbaría tanto empeño y valentía por la penalidad de la conducción estatal 2020-2028.

En la República Dominicana, la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial (ENIA), presentada el 12 de octubre de 2023, procura modernizar los servicios ciudadanos y transformar los modelos de trabajos productivos. Empero, delegar decisiones sensibles a sistemas automatizados, sin suficiente vigilancia humana, podría reproducir sesgos, vulnerar derechos y dificultar la identificación de los responsables de actuaciones perjudiciales.

¿Quién respondería ante una determinación o disposición algorítmica que niegue injustamente un servicio público o comprometa informaciones confidenciales?, y ¿cómo el Estado garantizaría derechos constitucionales y administrativos si estas son transferidas a la IA?

¿Debe aceptarse la sentencia de un software por encima del juicio humano? ¿Existe la presunción de la inocencia tecnológica, más cuando puede tomar decisiones devastadoras en microsegundos? En la primacía de las “cajas negras” (nadie sabe de dónde salen las informaciones de la IA), ¿quién explica y dónde se apelan los dictámenes?

El progreso tecnológico exige, terminantemente, controles éticos, auditorías independientes y mecanismos de rendición de cuentas que impidan sustituir el juicio humano por la opacidad de las máquinas.

2.- Desprotección ante el cibercrimen

El acelerado perfeccionamiento de la inteligencia artificial multiplica las posibilidades de sofisticación del fraude electrónico, la suplantación de identidades, la falsificación de voces y los ataques contra sistemas informáticos. Bancos, hospitales, instituciones públicas y empresas privadas quedan expuestos a modalidades delictivas capaces de comprometer informaciones confidenciales y perturbar servicios esenciales.

En la República Dominicana, el Decreto núm. 313-22 aprobó la Estrategia Nacional de Ciberseguridad 2030, orientada a fortalecer la protección del ciberespacio y la resiliencia de los sistemas digitales. La amenaza se torna más inquietante ante algoritmos que pueden facilitar engaños personalizados y acelerar determinadas operaciones maliciosas.

¿Están las instituciones y los ciudadanos suficientemente preparados para reconocer y enfrentar ataques cada vez más difíciles de detectar? La seguridad tecnológica deja de ser una cuestión exclusivamente informática para convertirse en una exigencia de protección económica, institucional y nacional.

3.- Desplazamiento educativo y laboral

La irrupción de la IA en las aulas escolares y universitarias, dependencias gubernamentales y centros productivos amenaza con profundizar las desigualdades entre quienes dominan las nuevas herramientas tecnológicas y aquellos que permanecen rezagados. Un estudio conjunto de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el Banco Mundial, publicado en julio de 2024, estima que entre el 26 % y el 38 % de los empleos de América Latina y el Caribe podrían verse expuestos a la inteligencia artificial generativa, mientras que entre el 2 % y el 5 % enfrentarían riesgos de automatización completa.

Estas proyecciones regionales plantean interrogantes para la República Dominicana, donde la formación docente, la actualización curricular y la capacitación de los trabajadores adquieren creciente relevancia.

El peligro no reside únicamente en la sustitución de determinadas tareas, sino también en la ampliación de la brecha entre los ciudadanos preparados para aprovechar la revolución tecnológica y quienes carecen de competencias y recursos digitales. ¿Podrán los sistemas educativos formar profesionales para ocupaciones que se transforman a una velocidad superior a la actualización de sus conocimientos?

Además de la ampliación de estas brechas, en la esfera profesional (periodistas, abogados, médicos, ingenieros, profesores, etc.) estos riesgos laborales y profesionales son conocidos como “opacidad laboral” y “atrofia cognitiva”. Dejan de pensar y actúan como robot humano. Sin trabajo, porque fueron desplazados por la IA, ¿habrá menos empleo remunerativo? ¿se reducirá el poder adquisitivo de obreros y profesionales? ¿bajará el cobro de impuestos?

A fin de cuentas y como la IA aporta y añade valor y, sin capacidad aún para testificar ante un juez, bajo la sutil persuasión está siendo impuesta por los poderes hegemónicos, la alfabetización digital, el pensamiento crítico y la reconversión laboral se encadenan como desafíos impostergables para evitar nuevas modalidades de exclusión económica y social.

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Fuentes utilizadas:

1. Deshumanización de la administración pública

Fuente 1. Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial (ENIA)

Institución: Oficina Gubernamental de Tecnologías de la Información y Comunicación (OGTIC). 2023.
Documento: Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial de la República Dominicana.
Utilidad: Sustenta los esfuerzos nacionales de incorporación de la IA, modernización del Estado y transformación digital de los servicios públicos.
Fuente 2. Ley núm. 172-13 sobre Protección Integral de los Datos Personales

Institución: Congreso Nacional de la República Dominicana. 2013.
Documento: Ley núm. 172-13 sobre Protección Integral de los Datos Personales.
Utilidad: Fundamenta la necesidad de proteger la información ciudadana frente al procesamiento automatizado de datos.
2. Desprotección ante el cibercrimen

Fuente 3. Estrategia Nacional de Ciberseguridad 2030.

Institución: Presidencia de la República Dominicana. 2022.
Documento: Decreto núm. 313-22, que establece la Estrategia Nacional de Ciberseguridad 2030.
Utilidad: Respalda el análisis sobre protección de infraestructuras críticas, prevención de ataques informáticos y fortalecimiento de la seguridad digital del país.
3. Desplazamiento educativo y laboral.

Fuente 4. La inteligencia artificial generativa y los empleos en América Latina y el Caribe

Instituciones: Organización Internacional del Trabajo (OIT) y Banco Mundial. 2024.
Documento: La inteligencia artificial generativa y los empleos en América Latina y el Caribe: ¿La brecha digital es un amortiguador o un cuello de botella?
Utilidad: Fundamenta las estimaciones regionales sobre exposición laboral a la IA generativa, transformación de tareas y riesgos de automatización.
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El autor: Periodista, mercadólogo, catedrático y escritor.

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Opinión

Cabo Rojo y la prosperidad que debe demostrarse

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Por Isaias Ramos

El ministro de Turismo afirmó, según las crónicas publicadas el 24 de octubre de 2026, que el turismo vive su mejor momento y sostiene cerca del 50 % del crecimiento económico nacional. También sostuvo que la riqueza debe llegar a las comunidades. Esa promesa merece una evaluación concreta: ¿cuánto bienestar recibe la población por el patrimonio que compromete el Estado?

El Gobierno debe demostrar cuánto llega a los trabajadores, cuánto recupera el Estado y qué derechos conserva la población. Cabo Rojo permite examinar esas preguntas con cifras y documentos. Sus cuentas no representan todo el turismo dominicano, pero sí permiten evaluar las condiciones de este proyecto y el beneficio público que se promete.

Los estados financieros no auditados de Pro-Pedernales al cierre de 2025 registran RD$40,167.5 millones en aportes acumulados: RD$35,900.9 millones en terrenos, RD$3,806.6 millones en efectivo y aproximadamente RD$460 millones en mejoras, informes, tasaciones y diseño. La construcción en proceso alcanza RD$19,869.8 millones, incluidos intereses capitalizados. Son categorías contables que no deben sumarse como inversiones independientes.

El fideicomiso adeudaba RD$14,000 millones de principal al Fondo de Inversión Cerrado de Desarrollo Reservas I y RD$1,808.9 millones de intereses. El préstamo contempla una tasa variable con mínimo anualizado del 16 % y pago al vencimiento, originalmente fijado para enero de 2027. La deuda corresponde al fideicomiso; su repercusión sobre el Gobierno central depende de las garantías y compromisos aplicables.

Aplicado a ese principal, el mínimo equivale a RD$2,240 millones anuales: RD$186.7 millones mensuales. No son pagos mensuales acreditados, sino una equivalencia que permite dimensionar la carga financiera.

Para visualizar la magnitud, planteemos un escenario: distribuir esa equivalencia mensual entre 6,750 puestos, cifra de referencia del anuncio de más de 6,750 empleos directos estimados. El resultado sería RD$27,654 por puesto, un 27 % más que el mínimo de RD$21,840 vigente desde junio de 2026 para la categoría superior de hoteles y casinos. Es una comparación ilustrativa, no el costo observado por empleo: deuda y meta laboral pueden abarcar actividades y plazos distintos. La conveniencia del proyecto requiere evaluar todos sus costos y beneficios.

La evaluación debe acreditar cuántos empleos permanentes se crean, con qué salarios y protección social, y qué ingresos generan para las familias. La falta de alternativas no justifica cualquier condición. Pedernales merece oportunidades para superar la pobreza.

En enero de 2026 se anunció que el consorcio liderado por Grupo Puntacana, AFI Reservas y AFI Popular asumiría la gestión del destino. El comunicado de Grupo Puntacana menciona una inversión privada futura de una “suma significativa”, sin desglosar capital pagado ni remuneraciones por administrar. Las fuentes aquí citadas no incluyen el contrato completo con sus anexos. Eso no prueba que no exista o no se haya divulgado por otra vía; obliga a exigir acceso sencillo y verificable.

Tampoco basta con exhibir marcas financieras. SIPEN registró en junio de 2025 RD$16,049.2 millones invertidos en Desarrollo Reservas I desde fondos previsionales. No todo ese monto financia Pro-Pedernales. Sí corresponde explicar la exposición de los beneficiarios: administrar dinero ajeno no convierte ese patrimonio en capital propio.

La participación estatal mínima del 51 % prevista en la Ley 36-24 es una salvaguarda cuyo resultado depende de los contratos y derechos efectivos del Estado. Deben conocerse los votos, vetos, honorarios, operaciones con vinculados y condiciones de salida. También debe verificarse la fiscalización aplicable. El fideicomiso y la corporación son entidades distintas: sus cuentas y transferencias requieren identificación precisa.

Hay además una prueba que ningún récord turístico sustituye: el acceso a nuestras playas. El artículo 15 constitucional reconoce su dominio público y libre acceso, respetando la propiedad privada en los términos legales. Ninguna promesa de empleo justifica desconocer ese derecho. Las comunidades deben participar del desarrollo sin convertirse en extrañas en su propio territorio.

Nuestra propuesta parte de los artículos 7 y 8 constitucionales: dignidad humana, trabajo y bienestar general. Queremos turistas en nuestras calles, campos, pueblos y ciudades, generando oportunidades para comerciantes, productores y comunidades. Un turismo democrático debe pagar salarios dignos, contribuir mediante tributos y respetar el patrimonio público. Proponemos metas verificables de compras locales, formación laboral y empleo permanente; evaluar los incentivos fiscales según sus resultados, y exigir una contraprestación justa por el aprovechamiento privado de bienes públicos. El crecimiento debe ampliar oportunidades y fortalecer el patrimonio colectivo.

Ningún cargo coloca a sus titulares por encima del juicio ciudadano. Construir una imagen de éxito no responde a las preguntas sobre quién aporta el patrimonio, quién asume la deuda y quién recoge los beneficios. Proponemos un informe trimestral público con contratos, aportes efectivos, garantías, remuneraciones, auditorías y resultados sociales y fiscales, acompañado de seguimiento con participación comunitaria. La propaganda no sustituye la rendición de cuentas; la prosperidad debe poder comprobarse.

La patria no se administra como una campaña publicitaria. Se gobierna con principios, cuentas claras y respeto a quienes sostienen el país con su trabajo. La ciudadanía tiene derecho a exigir responsabilidades y decidir un rumbo distinto. Servir al pueblo es un deber; tratar el patrimonio colectivo como propiedad personal jamás será un derecho.

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Opinión

La sentencia de prisión y la fiscalización de la ejecución de las condenas

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Por Rommel Santos Diaz

El Estatuto de Roma establece que una vez el Estado designado acepta ejecutar la condena de la Corte Penal Internacional, esta pena será inalterable. Salvo algunas condiciones previamente detalladas por el Estatuto, el Estado no puede modificar la condena ex oficio.

Sin embargo, en el caso de que surjan nuevas circunstancias que no existieren en el momento de aceptar la ejecución y que afectan sustancialmente los términos o duración de la pena, el Estado deberá notificar a la Corte para que esta revise la situación y, de ser necesario, transferir a la persona condenada a otro Estado.

También permite que la Corte Penal Internacional transfiera a la persona condenada a otro Estado en cualquier momento que lo considere necesario.

En resumen, se podría determinar que la ejecución de la pena de prisión es inalterable para el Estado Parte que acepta la persona condenada y esta sujeta a ser modificada solo por la Corte Penal Internacional, o consultando con la Corte de conformidad con el Estatuto de Roma.

Con relación a la fiscalización de la ejecución de las condenas y las condiciones de detención el Estatuto de Roma claramente establece que la CPI tiene primacía y es el ente con la autoridad para tomar decisiones significativas relacionadas con la ejecución de una condena.

El Estatuto también dispone que las condiciones de detención deberán regirse por el derecho interno del Estado que ejecute la condena y ¨deberá ser conforme con los estándares de los tratados internacionales sobre el tratamiento de los privados de liberta¨¨.Adicionalmente, las condiciones no podrán ni mas ni menos favorables que aquellas de los condenados nacionales.

El Estatuto de Roma confirma que la Corte Penal Internacional esta a cargo de supervisar los términos de detención, declarando inequívocamente que ¨las comunicaciones entre la persona condenada y la CPI deberán ser procuradas y confidenciales¨. El Estado deberá permitir la comunicación entre el condenado y la Corte con el fin de asegurar la implementación de esta obligación.

Rommelsantosdiaz@gmail.com

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