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El hostigamiento laboral fue dejado fuera por el Gobierno en nuevo Código Penal

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Santo Domingo, R.D.-La falta de precisión con delitos como la difamación y la injuria ha sido la causa del debate que se ha generado en el país sobre una serie de articulos del Código Laboral, cuyas definiciones son imprecisas, ambiguas y establece sanciones consideradas excesivas.

En las recientes modificaciones sometidas por el Poder Ejecutivo al marco penal, se encuentra la del artículo 121, donde se eliminó la palabra «bullying» para sustituirla por el término “hostigamiento”, pero también elimina del artículo la penalidad por hostigamiento en el ámbito laboral o social, como estaba contenida de manera inicial.

El Código Penal promulgado el pasado tres de agosto de 2025 establece que comete bullying (ahora hostigamiento) quien intimide, insulte, incurra en burlas, agresiones verbales, fomente exclusión o aislamiento en el ámbito educativo, laboral, social o cualquier otro, con el objetivo de avergonzar, denigrar, asustar, humillar, manipular a una persona o grupo.

“Comete hostigamiento quien, actuando individualmente o en concierto con otros, y de manera reiterada y sistemática, someta a una persona, en el ámbito educativo, formativo, deportivo, recreativo, de cuidado extracurricular o con ocasión de este, a actos de amenaza, intimidación, humillación, degradación, actos obscenos, deshonrosos, o deliberadamente excluyentes, mediante insultos, burlas degradantes, agresiones verbales graves o actos deliberados de aislamiento, cuando tales conductas sean capaces de menoscabar gravemente su integridad moral o afectar gravemente su normal desenvolvimiento personal”, instaura el texto.

Las penas por hostigamiento se mantienen con 15 días a un año de prisión y multa de uno a dos salarios mínimos del sector público, y en caso de reincidencia con sanciones de uno a dos años de prisión menor, y multa de tres a seis salarios mínimos del sector público.

En cuanto al hostigamiento agravado, cuando la víctima sea discapacitada física o psíquicamente, será castigado con dos a cinco años de prisión y una multa de nueve a quince salarios mínimos del sector público. Si el hostigamiento lleva a un niño o adolescente al suicidio, el autor será sancionado con cinco o 10 años de prisión.

El artículo 123 que cambia el nombre de “cyberbullying” por hostigamiento cibernético, también fue modificado, por lo que ahora limita su aplicación a ámbitos determinados como en educativo, formativo, deportivo, recreativo, de cuidado extracurricular. De igual forma, no menciona el ámbito laboral.

Asimismo, la nueva reforma al este artículo no sanciona la difusión de fotografías, videos o información íntima o personal en plataformas digitales, conducta que aparecía en primera instancia.

ACOSO LABORAL

Las penas por acoso agravado, contenida en el artículo 144, fueron aumentadas hasta un máximo de dos a cinco años de prisión y un multa de nueve a quince salarios públicos.

El apartado implanta que estas penas serán aplicables cuando el acoso se lleve a cabo en el marco de una relación laboral, educativa o formativa de la víctima.

Además, si víctima y el agresor compartan espacios comunes; si la víctima y el agresor tengan o hayan tenido una relación de pareja, sean o hayan sido convivientes o cónyuges, o en caso de que se trate de un niño, adolescente o adulto mayor con discapacidad.

De igual forma, el Código Penal condena el acoso sexual en contextos laborales en el artículo 145.

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Falta de interés de jueces de la Suprema por evaluación crea preocupación en algunos sectores de la sociedad.

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Santo Domingo.- Una cierta preocupacion en la sociedad civil ha creado la renuncia de la jueza María Garabito a postularse para mantener su cargo en la Suprema Corte de Justicia, lo que a pesar de que  abre una tercera plaza para un nuevo aspirante, pero que causa mucha atencion el poco interes de someterse a la evaluación en  el  Consejo Nacional de la Magistratura.

Que ya sumen tres los jueces que decidieron salir del Poder Judicial genera preocupación entre representantes de la sociedad civil.

Desde Participación Ciudadana se cuestionan las razones de las decisiones del presidente de la Suprema CorteLuis Henry Molina, y las juezas Nancy Salcedo y María Garabito, aunque otras organizaciones consideran que solo es el cierre de una larga carrera judicial.

Con el retiro voluntario de Garabito, la magistrada marca el cierre de una destacada trayectoria de más de 38 años dedicada a la administración de justicia.

Ahora el Consejo Nacional de la Magistratura deberá cubrir tres vacantes, además de desarrollar el proceso de evaluación de los demás jueces.

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Envían a juicio a Jean André Pumarol por muerte de mujer en Naco

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Fue revocado este jueves por la Segunda Sala de la Corte Penal el auto de no ha lugar que favoreció a Jean André Pumarol Fernández, por lo que enfrentará un juicio de fondo por el ataque con arma blanca a sus vecinos y en cuya agresión falleció una mujer de 70 años.

Los jueces del tribunal de segundo grado, presidido por Ysis Muñiz Almonte e integrado por Teófilo Andújar y Luis Jiménez, también dictaron prisión preventiva de tres meses a Pumarol Fernández, a ser cumplida en el centro de Anamuya, en Higüey.

El magistrado Andújar emitió un fallo observado, que quiere decir que está de acuerdo con la decisión, pero no con la motivación.

  • El procesado no se encontraba en audiencia, como el pasado 23 de julio, cuando se aplazó la decisión de la corte.

El fallo deja sin efecto el emitido por el juez Deiby Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, quien rechazó enviar a juicio de fondo al acusado, al argumentar el magistrado que al momento de herir de gravedad a las víctimas este estaba bajo un cuadro sicótico.

Pumarol atacó a las víctimas el miércoles 23 de julio de 2025, alrededor de las 4:00 de la tarde, en el Condominio Naco Dorado IV, agresión que dejó como resultado la muerte de Yolanda Handal Abugabir, de 70 años, dentro de su apartamento, al cual el victimario tocó y se le abrió la puerta.

También causó lesiones al menos cinco personas, entre ellas a su padre, y a la doméstica de la víctima.

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Otro juez de la Suprema declina a ser evaluado por el CNM

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Santo Dpmingo, R.D.-El primer sustituto del presidente de la Suprema Corte de Justicia, Luis Henry Molina, el juez Manuel Herrera Carbuccia, presentó su renuncia como magistrado de esa alta corte.

La decisión fue comunicada mediante una carta dirigida al mandatario Luis Abinader, en su calidad de presidente del Consejo Nacional de la Magistratura. Con esta dimisión, ya suman cuatro los jueces que han declinado participar en el proceso de evaluación establecida por la ley para determinar su continuación o remoción de la alta corte.

Herrera Carbuccia, quien finaliza un ciclo de 14 años en el Poder Judicial, expresa en su misiva recibida este miércoles por la Secretaría del CNM.

Entre el lunes y ayer comunicaron también su decisión a no continuar en la alta corte el actual presidente Luis Henry MolinaNancy Salcedo y María Garabito Ramírez.

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