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Gobierno dice que procura un sistema tributario progresivo y simple

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La filtración de lo que parece ser el proyecto de reforma fiscal que prevé el Gobierno que, según sus propiciadores, procura crear un sistema impositivo progresivo y simplificado y con tal fin ha preparado una propuesta de discusión que prevé aumentar las tasas del Impuesto sobre la Renta y del impuesto a las viviendas, así como crear un nuevo sistema del impuesto a la placa y que contempla subir el impuesto a las bebidas.

Asimismo, se contempla aplicar el impuesto a la placa en base al 1 % del valor del vehículo, cuando el valor del mercado” sea superior a US$10,000, y un impuesto fijo mínimo de RD$2,500 para las unidades cuya valoración no exceda US$10,000.

Como paso hacia el desmonte de la alta regresividad impositiva del país, el Gobierno plantearía la reducción, en un período de tres años, de la tasa general del ITBIS, de 18 a 16 %. Será una tasa única porque actualmente se aplican dos tasas, 18 y 16 %. Esta última para una serie de bienes alimenticios, como café, azúcar, grasas comestibles, chocolate y yogur, incorporados mediante la reforma fiscal del 2012. Esa reforma, aprobada mediante la Ley 253-13, aumentó la tasa general del ITBIS al 18 % y disponía la unificación de tasas en 16% a partir del 2016, condicionada a que para entonces el país lograra una presión tributaria del 16 %. Esa meta no se ha logrado y los bienes y servicios gravados con la tasa general siguen pagando el 18 %.

El concepto que el Gobierno socializa con diferentes sectores a los cuales convocará a discutir el pacto social que manda la Ley de Estrategia Nacional de Desarrollo 2030 es de crear un sistema impositivo progresivo y simple, basado en seis pilares. Los impuestos son progresivos cuando su aplicación está vinculada con el poder de pago del contribuyente. Se afirma que afecta más a quien más puede pagar, y por lo general se aplica en base a manifestaciones como riqueza o patrimonio y a ingreso. El impuesto es regresivo cuando afecta proporcionalmente a los más pobres y el consumo es la manifestación económica a través de la cual se cobra o aplica.

En el país, el principal al consumo es el ITBIS, seguido de los selectivos a los combustibles y a los alcoholes.

En los lineamientos de reforma fiscal que el Gobierno había puesto originalmente en manos de los actores del Consejo Económico y Social (CES), el pilar número uno plantea que “las personas con mayores ingresos deberán realizar aportes mayores” y que “deben incrementarse las recaudaciones provenientes del patrimonio de las personas”. La reforma fiscal fue retirada de seno del CES, para discutirla directamente por el Gobierno con la clase política y otras instancias.

La parte que plantea la visión oficial hacia la simplificación del aparato impositivo se basa en una propuesta para simplificación tributaria y eliminación de figuras y procedimientos que hacen complicado el pago de las obligaciones tributarias. La esencia es facilitación para las micro y pequeñas empresas.

En otro documento se habla de eliminar el pago de anticipos a las personas físicas y a las mipymes, y restructurar el esquema para las personas jurídicas (empresas).
El tercer pilar plantea la revisión de todas las exenciones fiscales y el cuarto cita la “protección de la población más vulnerable”. El quinto pilar dice que “se asociarán las recaudaciones de impuestos con proyectos y gastos identificables”.

El sexto pilar de la propuesta es el establecimiento de una ley de responsabilidad fiscal que garantice la sostenibilidad fiscal e impida tener que hacer nuevas reformas tributarias en el futuro”. Abarca la Ley de Recapitalización del Banco Central que “le hará frente definitivo a la deuda cuasi fiscal”.

El otro documento

Mientras tanto, en un documento paralelo que circula y que se asocia con la visión global del Gobierno se plantea incrementar el impuesto a los cheques a 0.075 % (ahora es de 0.015 %) por dos años, subir la tasa del Impuesto sobre la Renta a las personas jurídicas (empresas) a 30 % y reducirla al 27 % a partir del cuarto año, subir la de las personas físicas a 35 % (ahora es de 25 %) para el tramo más alto, que corresponde a los ingresos anuales superiores a RD$867,123.02.

La idea, según el documento que circula entre diferentes actores económicos y que no ha sido asumido ni negado oficialmente por el Gobierno, es producir un “aumento asimétrico de la tasa efectiva del ISR a las personas físicas en cada tramo no exento”.

En la parte patrimonial se plantea eliminar el impuesto del 1 % a los activos de las empresas acogidas a la ley 557-05, aplicar un impuesto de 0.5% para los inmuebles propiedad de personas físicas a partir de RD$5.0 millones y de 1% para los valorados en más de RD$8.1 millones.

Gravarán en forma transitoria a más ricos

También plantea crear un impuesto transitorio del 1 % al patrimonio de las personas físicas a partir de RD$60.0 millones. Y para el Impuesto de Circulación Vehicular, más conocido como impuesto por la renovación de la placa, habla de una tributación mixta; una ad valorem y otra específica. Parte de que el parque vehicular dominicano tiene el 71 % de sus unidades con un valor de mercado inferior a US$10,000, a cuyo universo se le aplicaría por derecho a circulación un impuesto mínimo de RD$2,500 anuales, indexable por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y a los que superen esa cotización de “mercado” se les aplicaría una tasa del 1 % del valor. Se estima un rendimiento anual por la nueva modalidad del impuesto a la placa de RD$4,482.7 millones. De los impuestos específicos a las bebidas alcohólicas se fijaría un pago de RD$1,000 por cada litro de alcohol contenido.

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Jean Alain Rodríguez atribuye retrasos del proceso al Ministerio Público.

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Santo Domingo.- Jean Alain Rodriguez, exprocurador general de la República, respondió este lunes al octavo informe presentado por la organización Participación Ciudadana, en el que se analiza el proceso penal que se le sigue desde hace casi seis años, rechazando su contenido y alegando que contiene “informaciones falsas o manipuladas”.

En un documento dirigido a los medios de comunicación y a la ciudadanía, Rodríguez sostiene que el informe busca “imponer una narrativa” que presiona al sistema de justicia, especialmente ante el vencimiento del plazo máximo de duración de los procesos penales establecido en el Código Procesal Penal.

El exfuncionario afirma que la prolongación del caso no es atribuible a su defensa, sino exclusivamente a supuestas negligencias del Ministerio Público.

  • Según su versión, la investigación se ha visto afectada por retrasos en la presentación de la acusación, manejo inadecuado de evidencias digitales y múltiples aplazamientos.

Rodríguez destacó que pasó cuatro años en prisión preventiva y que, durante todo el proceso, ha asistido a cada audiencia sin solicitar suspensiones, lo que a su juicio contradice cualquier intención de dilatar el caso.

También aseguró que la acusación presentada por el órgano persecutor es “abultada, confusa e ininteligible”, con miles de páginas y millones de archivos digitales, lo que habría contribuido a extender los plazos judiciales.

En su respuesta, el exprocurador cuestionó duramente a Participación Ciudadana, al que calificó de “ente desacreditado”, alegando que su informe omite elementos clave del expediente judicial y utiliza jurisprudencia desactualizada.

Asimismo, afirmó que el Ministerio Público habría incurrido en demoras desde las etapas iniciales del proceso, incluyendo extensiones en la fase de investigación, fallos en la gestión de evidencias y decisiones contradictorias sobre la estructura del expediente.

Entre los señalamientos, también mencionó supuestos retrasos derivados de errores en el manejo de pruebas digitales, incumplimientos en la entrega de evidencias de descargo y decisiones procesales que habrían generado aplazamientos adicionales.

Rodríguez insistió en que la normativa vigente establece límites claros para la duración de los procesos penales y que cualquier extensión debe ser autorizada por un juez en caso de dilaciones atribuibles a la defensa, lo cual según afirma no ha ocurrido en su caso.

Sostuvo además que en varias ocasiones los tribunales han rechazado alegatos del Ministerio Público sobre supuestas tácticas dilatorias de su parte, dejando constancia de que los retrasos han sido generados por el órgano acusador.

Finalmente, el exprocurador convocó a una rueda de prensa para el jueves 16 de abril a las 11:00 de la mañana, en la avenida Gustavo Mejía Ricart, Torre Solazar, donde su equipo legal presentará documentación y explicaciones detalladas sobre el proceso y el informe de Participación Ciudadana.

En ese encuentro, afirmó, se ofrecerán evidencias para responder a lo que califica como “planteamientos falsos” difundidos en el documento de la organización

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A punto de ser fallado caso Coral y Coral 5G

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Santo Domingo, R.D.- La decisión de condenar o no a los implicados en la red de corrupción de los casos Coral y Coral 5G se conocerá el próximo jueves cuando las juezas del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional se pronuncien al respecto, cuyo desfalco en contra del Estado alcanza los 4 mil quinientos millones de pesos, recursos que habrian sido  utilizados para beneficios personales.

Este martes, la magistrada presidenta, Gisselle Méndez, junto a las demás juezas del tribunal, recesó la audiencia hasta el jueves a las 9:00 de la mañana, debido a las condiciones climáticas del país.

Ese día serán escuchados varios imputados del caso Coral y Coral 5G: los oficiales Juan Carlos Torres Robiou, Julio Camilo de los Santos Viola, Boanerges Reyes Bautista, Franklin Antonio Mata Flores y el coronel Rafael Núñez de Aza.

Luego de ser escuchados, las juezas darán por clausurados los debates entre las partes y se retirarán a deliberar para valorar la acusación del Ministerio Público y las evidencias presentadas en el proceso. También estudiarán los argumentos de la defensa y las pruebas aportadas por los abogados de los imputados.

Una vez se retiren, las magistradas deberán emitir la decisión dentro de un plazo de 30 días, contado desde el momento en que se reserven el fallo.

Esto ocurre luego de que el Ministerio Público presentara la acusación contra los imputados. Posteriormente, los abogados de los encartados refutaron los hechos imputados a sus defendidos. Luego, el órgano acusador presentó su réplica y, a su vez, la defensa realizó la contrarréplica.

El Ministerio Público solicitó en febrero penas de 20 años de prisión y multas de 400 salarios mínimos contra los principales imputados, entre ellos los generales Adán Cáceres Silvestre, Juan Carlos Torres Robiou y Julio Camilo de los Santos Viola, acusados de sustraer más de RD$4,500 millones al Estado mediante las operaciones Coral y Coral 5G.

También solicitó igual condena para el coronel Rafael Núñez de Aza, el general Boanerges Reyes Batista y el capitán Franklin Antonio Mata Flores.

Asimismo, pidió 15 años de prisión y multas de 300 salarios mínimos para varios implicados, incluyendo a Rossy Maybelline Guzmán Sánchez (la Pastora), Kelman Santana Martínez y Pedro Roberto Castillo Nolasco.

De igual manera, solicitó condenas de 10 años de prisión y multas de 200 salarios mínimos para otros implicados, además de penas de 5 años para varios procesados, entre ellos Raúl Alejandro Girón Jiménez.

El órgano acusador también pidió la clausura y disolución de entidades vinculadas, como la Iglesia Bautista Vida Eterna, así como sanciones contra varias empresas.

Además, solicitó el decomiso de bienes incautados, incluyendo más de 200 inmuebles, 86 vehículos de alto cilindraje y sumas millonarias en efectivo. Estos bienes han generado ingresos superiores a RD$86 millones.

El Ministerio Público acusa a Cáceres Silvestre de encabezar esta red de corrupción, integrada por 48 imputados entre personas físicas y empresas, que operó entre 2012 y 2020, desviando fondos públicos de entidades como el CUSEP, CESTUR y CONANI.

Por su parte, los abogados de los imputados solicitaron rechazar el pedimento del Ministerio Público, declarar la absolución de sus representados, levantar las medidas de coerción impuestas, retirar las oposiciones sobre los bienes, incluyendo cuentas bancarias, y ordenar la devolución de los inmuebles y bienes muebles incautados.

El próximo jueves, varios imputados del caso Coral y Coral 5G agotarán su turno de intervención ante el tribunal.

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Cinco años de cárcel para mujer acusada del ejercicio ilegal de la medicina.

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Santo Domingo, R.D.-Cinco de cárcel le impuso la jueza de la Novena Sala Penal del Distrito Nacional a Elizabeth Silverio por usurpar las funciones neurocientífica en violación a la Ley General de Salud.

La jueza Milagros Ramírez Cabrera halló culpable a Silverio de las acusaciones de usurpar funciones de especialista y tratar niños con autismo en el Centro de Terapias Neurocognitivas y Psicopedagógicas Kogland. la condenó al pago de una indemnización de dos millones de pesos.

A su salida, la imputada dijo que es la tercera vez que la condena y que no le han podido demostrar con hechos las acusaciones. “Yo soy el tapadero, ahora mismo de la realidad de este país…primero fueron diez años, luego siete ahora son cinco, mañana será la absolución” dijo en referencia a las veces que se ha dictado condena en su contra.

«Aún no me han podido demostrar con hechos que fueron dañados (niños), afectados o que fueron medicados como alegaban», acotó Silverio después de salir de la Novena Sala Penal del Distrito Nacional.

Conforme al Ministerio Público, Silverio utilizó documentos falsificados, incluyendo títulos universitarios y un número de exequátur inexistente, con los que aparentaba una preparación profesional que no poseía, logrando así generar confianza en las familias y captar pacientes a los que ofertaba servicios en su centro.

De igual forma, Magalys Sánchez Guzmán, fiscal del Distrito Nacional, expresó que Silverio “se hacía pasar por neurocientífica sin contar con los estudios profesionales”.

La representante del órgano persecutor explicó que Silverio falsificó un exequatur para así “poder demostrar a los padres y engañarlos”.

Sin embargo, Waldo Paulino, abogado de Silverio, aseguró que apelaran la sentencia y explicó que no se pudo comprobar que Silverio “realizo un titulo falso”.

Cabe destacar que el órgano fiscal estableció que la señalada violó los artículos 147, 148, 150, 151 y 405 del Código Penal Dominicano, así como a los artículos 92, 93 y 156 numeral 7 de la Ley 42-01 General de Salud y el artículo 12 de la Ley 136-03 sobre el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.

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