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Transforman Opret en empresa pública y delimita funciones del Fitram

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Santo Domingo.-Como parte de un plan de reorganización el presidente Luis Abinader  dispuso la transformación de la Oficina para el Reordenamiento del Transporte (Opret) en la Empresa Metropolitana de Transporte (EMT).

Mediante el decreto 60-26, se establece que la EMT sustituirá a la Opret y tendrá a su cargo las funciones de operación y mantenimiento de los sistemas de transporte masivo que funcionen en la República Dominicana, mientras que el Fideicomiso para el Desarrollo del Sistema de Transporte Masivo de la República Dominicana (Fitram) tendrá la responsabilidad exclusiva del desarrollo y ejecución de la infraestructura que sostendrá el sistema.

El decreto señala que la EMT será una empresa pública constituida como sociedad anónima de capital íntegramente estatal, con personalidad jurídica, capacidad para contraer obligaciones contractuales y comerciales, patrimonio propio y autonomía operativa y técnica, sujeta a los principios de transparencia, eficiencia, rendición de cuentas y control del Estado; y estará adscrita al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC).

Además, tendrá por objeto social la prestación del servicio de transporte terrestre masivo en todo el territorio nacional, por medio de ferrocarriles y trenes metropolitanos, suburbanos o interurbanos; metros y metros subterráneos; teleféricos urbanos; tranvías y sistemas ferroviarios ligeros; monorrieles y sistemas guiados de alta capacidad; así como intercambiadores, estaciones, terminales y demás infraestructuras operativas asociadas a la prestación de dicho servicio

La función principal será administrar los sistemas de transporte terrestre masivo que integran la Red Nacional de Transporte Público Masivo, entendiéndose esta como conjunto de sistemas, líneas, rutas, corredores, infraestructuras operativas y servicios de transporte terrestre masivo, pertenecientes al Sistema Integrado de Transporte, debidamente planificados y autorizados por el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) mediante el otorgamiento de las licencias de operación correspondientes.

Por igual, tendrá que ejercer los servicios de operación y mantenimiento de dichos sistemas, a través de actividades técnicas, administrativas y funcionales necesarias para la prestación continua, segura y eficiente del servicio público de transporte terrestre masivo, incluyendo la conducción, control, supervisión operativa, mantenimiento operativo, atención al usuario y gestión diaria del servicio, así como la conservación y mantenimiento de la infraestructura destinada para ello, sin comprender funciones de planificación, regulación, construcción y desarrollo de infraestructuras, fijación tarifaria ni administración del recaudo.

La empresa estará integrada por una Asamblea General de Accionistas, un Consejo de Administración y la Vicepresidencia Ejecutiva, que será la persona operativa encargada de la institución.

Ese Consejo de Administración estará presidido por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones y estará integrado por el Ministerio de la Presidencia, el Ministerio de Hacienda y Economía, el Intrant, el coordinador del Gabinete de Transporte y el vicepresidente ejecutivo.

La EMT someterá sus relaciones de trabajo a las disposiciones de la Ley núm. 16-92, que aprueba el Código de Trabajo de la República Dominicana, conforme a su Principio 111, debiendo contemplar en la selección, contratación y gestión del personal, los principios de mérito, capacidad, idoneidad, transparencia y eficiencia.

El decreto dispuso un plazo de seis meses, para formalizar la cesión definitiva de los contratos de construcción suscritos por la Opret con las empresas contratistas de obras, para ser cedidos en favor del Fitram, a los fines de asegurar el adecuado diseño, desarrollo, construcción y ampliación de la Red Nacional de Transporte Público Masivo.

Dicha cesión comprenderá, de manera específica, los contratos relativos a la extensión de la Línea IB del Metro de Santo Domingo y la ampliación de la capacidad de transporte de la Línea 2.

“Los proyectos de construcción de infraestructura de transporte terrestre masivo que no hayan sido iniciados en su ejecución material a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto serán transferidos, mediante cesión, al Fideicomiso para el Desarrollo del Sistema de Transporte Masivo de la República Dominicana (FITRAM), para su ejecución conforme a su objeto y régimen Jurídico”, dice el decreto.

“Una vez vencido este plazo, culminarán las actividades de construcción de dicha entidad y procederá al cese de sus actividades”, reseña la disposición gubernamental.

Proceso de liquidación

En un plazo de un año, la Opret deberá iniciar y concluir sus operaciones administrativas, financieras, contractuales y patrimoniales, la regularización de sus obligaciones pendientes y la transferencia, cesión o extinción de los derechos, bienes y relaciones jurídicas que correspondan, conforme al presente decreto y al ordenamiento jurídico vigente.

Los servidores y funcionarios públicos mantendrán su vinculación institucional con dicha entidad durante el período transitorio, exclusivamente a los fines de garantizar la continuidad administrativa, técnica y operativa necesaria para la ejecución ordenada del proceso de supresión y liquidación institucional, conforme a lo dispuesto en el presente decreto.

El decreto señala que, en coordinación con el Ministerio de Administración Pública (MAP) y las demás instancias competentes, se adoptarán las medidas administrativas, técnicas y presupuestarias necesarias para asegurar la adecuada gestión del personal durante el proceso de supresión y liquidación, incluyendo aquellas relativas al reconocimiento y cumplimiento de los derechos adquiridos que resulten legalmente procedentes.

Comisión de Coordinación y Seguimiento

La disposición crea la Comisión Especial de Coordinación y Seguimiento de la Reforma del Transporte Público Masivo, como un órgano de carácter temporal y de asesoría, destinado a coordinar, dar seguimiento y supervisar de manera integral la ejecución del presente decreto.

La misma estará compuesta por el Ministerio de la Presidencia, quien la preside; el Ministerio de Hacienda y Economía; el MAP, el MOPC, el Comisionado para las Reformas del Estado; la Opret y el Fitram.

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Apelarán sentencia que condena a 20 años por corrupción a Torres Robiou.

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Santo Domingo.– Los abogados de Juan Carlos Torres Robiou,  los licenciados Aracelis Aquino y Luciano Hilario Marmolejos, anunciaron que preparan una ofensiva legal con miras a impugnar la condena emitida en contra del general en el marco de los casos Coral y Coral 5G.

En este proceso judicial, el tribunal dictó condenas que oscilan entre los cinco (5) y los veinte (20) años de prisión para distintos imputados, incluyendo la pena de veinte (20) años impuesta a Torres Robiou, decisión que forma parte de la sentencia actualmente objeto de cuestionamiento.

El equipo legal informó que se encuentra a la espera de la lectura íntegra de la sentencia, fijada para el 14 de agosto de 2026, a fin de proceder con las vías recursivas establecidas en la normativa vigente.

Los abogados indicaron que, conforme a lo expuesto en sus motivaciones in voce, tomarán como referencia el plazo de cuatro años, señalando, además, que existen contradicciones en la decisión oral, las cuales serán objeto de análisis en la fase recursiva.

Asimismo, la defensa sostiene que, durante el proceso judicial, se habrían producido presuntas irregularidades que, a su juicio, vulneran garantías constitucionales, las cuales serán debidamente expuestas ante el Tribunal de Alzada.

El equipo jurídico reiteró que su representado no cometió los hechos que se le imputan y afirmó que presentará ante la instancia superior las pruebas a descargo, así como observaciones sobre la repetición de elementos probatorios aportados por el órgano investigador, los cuales consideran que generaron confusión en el proceso.

El proceso judicial relacionado con los casos Coral y Coral 5G se extendió por más de cinco años, abarcando las fases de investigación, medidas de coerción, presentación de acusación y juicio de fondo.

La defensa recordó que las sentencias emitidas en primer grado son recurribles y no adquieren firmeza hasta agotar las vías de impugnación correspondientes ante las instancias superiores, conforme establece la Constitución. Asimismo, señalaron que eventualmente el Tribunal Constitucional podría disponer la suspensión de la ejecución de la sentencia.

En ese sentido, afirmaron que no cesarán en sus esfuerzos hasta demostrar que las medidas adoptadas contra su defendido carecen de base legal.

Finalmente, el equipo legal explicó que esperará la notificación íntegra de la sentencia para proceder con su análisis y, posteriormente, interponer el recurso de apelación correspondiente.

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TC se reservan fallo este jueves de recurso sobre despenalización del aborto

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Santo Domingo, R.D.-Quedaron en estado de falla en el Tribunal Constitucional unas 21 acciones directas de inconstitucionalidad, incluida una interpuesta contra varios articulos de la Ley 74-25, que instituye el nuevo código penal, la cual persigue la despenalización del aborto.

El presidente de la alta corte, Napoleón Ricardo Estévez Lavandier, luego de escuchar las conclusiones de los accionantes, la Procuraduría General de la República, los abogados del Senado y de la Cámara de Diputados y a los intervinientes voluntarios, informó que dejaba en estado de fallo el caso sobre la despenalización.

Sostuvo que debido a la alta relevancia, complejidad y trascendencia nacional del debate sobre la penalización absoluta del aborto, concedía plazos especiales y sucesivos antes de emitir su dictamen definitivo.

Dijo que una vez venza ese plazo, se activará automáticamente un segundo de cinco días adicionales para que la parte accionada y todos los intervinientes que se oponen a la demanda puedan refutar los escritos depositados.

Manifestó que al concluir esta etapa procesal, el Tribunal Constitucional emitirá y notificará su fallo conforme a los plazos de la normativa vigente.

Durante la audiencia, la Procuraduría General de la República (PGR) fijó una posición al dictaminar formalmente en contra de la acción directa de inconstitucionalidad promovida por la ciudadana Rosa Herminia Hernández, la asociación Alianza Cristiana Dominicana (ACD) y la organización Católicas por el Derecho a Decidir de la República Dominicana (CDDRD).

La PGR solicitó rechazar de manera absoluta el recurso que ataca los artículos 106, 107, 108, 110 y 111 de la Ley 74-25, argumentando que la demanda adolece de un «vicio argumentativo común» al intentar forzar una interpretación expansiva de tratados internacionales para dejar sin efecto el artículo 37 de la Constitución, el cual blinda el derecho a la vida desde la concepción.

Respecto a las intervenciones de grupos pro-vida depositadas fuera de plazo, el órgano persecutor mantuvo neutralidad procesal,.

Mientras el doctor Fabio García, en representación del Senado, defendió la soberanía legislativa y proclamó la constitucionalidad del articulado.

Exigen adopción de las «tres causales»

En la acera opuesta, el reconocido jurista Cristóbal Rodríguez y el Instituto Tecnológico de Santo Domingo (INTEC)—junto a su Centro de Estudios de Género y la firma Ética, Estudio Jurídico—articularon la defensa técnica de la acción, solicitando la nulidad de la penalización absoluta del aborto por vulnerar un catálogo masivo de derechos fundamentales (salud, integridad, dignidad e igualdad).

Rodríguez planteó expulsar del ordenamiento la frase «fuera de la eximente del artículo 111 del Código Penal» del artículo 110, y modificar el artículo 111 para incluir explícitamente las tres causales (peligro para la vida de la mujer, inviabilidad fetal y embarazos por violación o incesto).

Mientras que la representante de INTECRamírez Guzmán, solicitó aplicar el principio pro actione para admitir sus escritos y propuso una fórmula aditiva para asegurar que la interrupción médica del embarazo bajo las tres causales requiera siempre el consentimiento libre e informado de la mujer, de acuerdo con los protocolos sanitarios.

Colectivos pro-vida rechazan exclusión y llaman al debate

El bloque de organizaciones religiosas y comunitarias de corte pro-vida, que unificó a entidades como Juventud con una Misión (JUCUM), RD Inclusiva, el Consejo Dominicano de Unidad Evangélica (Codue), el Foro de la Arquidiócesis de Santo Domingo y la organización Pronación, defendió con vehemencia su derecho a participar en el proceso.

El jurista Juárez Víctor Castillo Semán, al frente de la defensa de estos colectivos, solicitó al TC desestimar el medio de inadmisión con el que los grupos feministas pretendían dejarlos fuera del proceso, basándose en «formalismos temporales«.

Castillo Semán invocó los principios de informalidad y tutela judicial efectiva para exigir una interpretación flexible de las normas procesales debido al orden público constitucional que reviste el caso.

El abogado argumentó que la admisión de los sectores pro-vida no vulnera la «igualdad de armas» ni genera indefensión, sino que enriquece el pluralismo constitucional y robustece el contradictorio de cara a la deliberación del tribunal.

En ese sentido, solicitó al TC declarar rechazar la instancia que busca la despenalización del aborto.

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Fueron desviados 148.6 millones de pesos por imputados en caso Oncológico.

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Santo Domingo, R.D.-Fueron desviados 148.6 millones de pesos por la red de corrupcion encabezada por Hector Antonio  Lora Cruceta del dinero perteneciente al Instituto Oncologico Regional del Cibao, cuya accion ilegal se produjo durante los aóos 2018 y 2025, según el Ministerio Público (MP).

El órgano persecutor afirma que ambas instituciones, destinadas al servicio público, comenzaron a operar bajo una estructura de «empresa familiar» orientada al lucro personal, bajo la dirección del principal imputado.

Lora Cruceta figura entre los implicados en la Operación Onco14, la supuesta red de corrupción que habría operado dentro de los citados organismos, en perjuicio del Estado, de pacientes con cáncer y usuarios del Seguro Nacional de Salud (Senasa).

En la supuesta trama también están vinculadas la exesposa de Lora Cruceta, Dilcia Isabel Vargas Sánchez, y su actual cónyuge, Luisa Yasiris Guzmán. Para los tres, el Ministerio Público solicita 18 meses de prisión preventiva.

Según el expediente, desde que Lora Cruceta asumió la presidencia y Vargas  Sánchez la vicepresidencia en octubre de 2018, ambos dirigieron el Instituto Oncológico Regional del Cibao con el propósito de beneficiarse de sus recursos económicos.

Asimismo, el órgano persecutor sostiene que Lora Cruceta manejaba las finanzas exclusivamente desde su dispositivo personal a través de la banca por internet (Internet Banking), excluyendo al tesorero y a la Junta Directiva de cualquier proceso de supervisión.

De acuerdo con el Ministerio PúblicoSenasa fue el objetivo principal del presunto entramado de corrupción.

En la solicitud de medida de coerción, la entidad sostiene que el grupo aprovechó que gran parte de los ingresos del Patronato Cibaeño provenían de fondos públicos canalizados a través de esta aseguradora para ejecutar maniobras fraudulentas sistemáticas.

El pasado martes, el director general de Persecución del Ministerio PúblicoWilson Camacho, informó que los implicados en la Operación Onco14 manejaron aproximadamente 3,700 millones de pesos provenientes del Senasa, administrados por el Instituto Oncológico Regional del Cibao.

Para el magistrado, el órgano acusador cuenta con abundantes pruebas para sustentar la solicitud de prisión preventiva contra los imputados.

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