Análisis Noticiosos
Gran parche tributario para el hoyo de Leonel
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13 años agoon
Por Juan Bolívar Díaz
El gobierno frustra la prometida reforma fiscal con el mayor parche tributario de la historia nacional sin reducir dispendios, proclamando que recibió unas “finanzas públicas insostenibles” con déficit fiscal sobre 183 mil millones de pesos
El gobierno decidió jugarse su luna de miel con la población al presentar el mayor proyecto de reforma tributaria de la historia nacional sin atender el reclamo generalizado de que reduzca el enorme dispendio burocrático en organismos inoperantes en salarios y pensiones de lujo.
Por lo menos puso sobre la mesa el enorme hoyo fiscal dejado por el gobierno de Leonel Fernández que se burló de la Constitución, la ley y la opinión pública gastando más del 43 por ciento sobre lo presupuestado para este año, con un déficit fiscal mayor de 183 mil millones de pesos, que sobrepasó las peores proyecciones.
La reforma del friquitaqui
Con excepción de los voceros gubernamentales, hay unanimidad en la opinión pública en considerar el proyecto de reforma tributaria presentado el jueves 4 como el más ambicioso de la historia del país, con elevación de impuestos de 55 mil millones de pesos en el 2013 y más de 235 mil millones en cuatro años. El proyecto ha sido denominado como “el tablazo del siglo”, y se discute si bautizarlo como la reforma del friquitaqui, del conconete, o del cazabe por gravar esos y otros populares comestibles.
La propuesta superó el proyecto de 44 mil millones que había elaborado el Ministerio de Hacienda del pasado gobierno, sin dejar de tocar ninguna de las categorías impositivas, a la renta, el patrimonio, transferencia de bienes industrializados (Itebis), selectivos al consumo, y modificando los regímenes de incentivos al turismo, zonas francas, cine, desarrollo fronterizo y eliminando exenciones hasta a las organizaciones sin fines de lucro que tendrán que pagar Itbis.
Aunque habían prometido que no afectarían a los sectores populares, el paquete les toca indirectamente, pero será más gravoso para las clases medias comenzando por la elevación del itebis del 16 al 18 por ciento y su extensión a 259 productos básicos con gravamen del 10 por ciento en el 2013, para alcanzar el 16 por ciento en los siguientes tres años. El 55 por ciento del incremento es indirecto, al consumo, y el 45 por ciento directo, a la renta y el patrimonio. El Itebis aportaría el 44 por ciento.
El proyecto incluye productos tan básicos como azúcar, sal, café, chocolate, aceites, panes, galletas, mantequilla, margarina, maíz, trigo, avena, maizena, las carnes, refrescos y hasta el agua y el hielo. Es tan abarcador que no dejó fuera ni siquiera renglones tan populares como el friquitaqui, las masitas o conconetes, el frío- frío, cazabe, el gofio, arepas, mondongo y tripitas. El sector turismo no sólo será afectado por eliminación de incentivos, sino también por la elevación y ampliación del Itebis y de impuestos selectivos, y las zonas francas por gravamen a sus beneficios y ventas locales. Gravan el ahorro, los combustibles y hasta las emisiones de gases de los vehículos que sacaría de circulación amillares de cacharros y guaguas destartaladas.
Sin echar leña al fuego
Al explicar el proyecto gubernamental, el Ministro de Economía Temístocles Montás dijo que en un primer momento pensaron abordar el déficit fiscal “solamente por el lado de la reducción del gasto”, pero luego comprobaron que el incremento de Salarios de los últimos años se concentraba en 85 por ciento en educación, salud, fuerzas armadas y policías, y en los otros poderes del Estado, por lo que “descartamos recortes en estas áreas, para no echarle más leña al fuego”.
Resulta difícil de asimilar que la malversación en gastos de representación, repartos y los desbordamientos de salarios, pensiones, bonificaciones y liquidaciones se escondan tras los sueldos más deprimidos y que no haya nada que hacer frente a los privilegios de los otros poderes del Estado, con sus barrilitos y cofrecitos, ni en los organismos autónomos y descentralizados donde se dan las mayores inequidades e iniquidades. Ahí hay gran celo constitucional y legal, no así en el cumplimiento de la ley de presupuesto, por ejemplo.
Lo de no echarle leña al fuego merecería una explicación. Tal vez porque lo que echa el paquete tributario no es leña sino combustibles líquidos y gaseosos al fuego de la indignación de los contribuyentes frente a un sistema político que ha succionado en su propio beneficio una gran parte de los incrementos tributarios de la última década.
Echarle leña al fuego parece que es ir contra la apropiación del patrimonio público por parte del sector político, que en los últimos cinco años elevó la nómina del Estado, incluyendo las pensiones, en 70 por ciento, con 35 por ciento de crecimiento tan sólo entre el 2011 y agosto de este año, cuando pasó de 577 mil 144 a 777,631 salarios. Es cierto que las posibilidades de rectificación no son muchas, pero por lo menos para “calmar las graderías” el gobierno debería buscar la supresión de algunos barrilitos, cofrecitos y nominillas. Siquiera para tratar de preservar las buenas voluntades que han generado el discurso y las primeras acciones del presidente Danilo Medina.
Para negociar en el CES
El proyecto presentado sorprendió al no especificar ningún renglón de reducción del gasto, de la malversación, clientelismo y privilegios, que incluye entidades inoperantes como CORDE, CREP, INESPRE o las duplicidades en organismos asistencialistas, de tránsito y agropecuarios. Tampoco reduce vicecónsules y diplomáticos, ni sueldos, liquidaciones y pensiones escandalosas que hubiesen compensado el “tablazo tributario”.
Economistas colaboradores del Centro Bonó, donde confluye un gran consenso del sector social, al igual que la comisión económica reformista que encabeza Guillermo Caram, han elaborado proyectos de reducción del gasto corriente que no fueron considerados por los planificadores gubernamentales. Aunque el CREES empresarial sugirió reducir el presupuesto del 2013, el proyecto presentado lo elevaría de los 430 mil millones de pesos originalmente aprobados para el 2012, a 458 mil 259 pesos.
Sin embargo, un funcionario consultado fuera de récord recordó que se trata de una propuesta a discutirse en el seno del Consejo Económico y Social. La estrategia gubernamental podría ser apuntar al incremento de 55 mil millones de pesos para luego hacer transacciones. Aunque no faltan quienes se han decantado por una reforma amplia, “para resolver de un solo tiro”, contando con la débil oposición política.
La pelota está ahora en la cancha del CES, donde los sectores empresariales, sindicales y sociales ya consensuaron sus “Principios Orientadores del Pacto Fiscal”, que insiste en la integralidad de la reforma con reducciones y reorientación del gasto. El proyecto gubernamental cumple el compromiso del 4 por ciento para la educación preuniversitaria y persiste en el combate a la pobreza con programas clientelistas. Extiende el programa Solidaridad a otros 200 mil hogares y eleva en 290 pesos su subsidio mensual, que entonces con 990 pesos, seguiría siendo un calmante que afianza la dependencia de los pobres de la dádiva gubernamental.
Desguañangue de las finanzas
Ni los más críticos de la gestión del presidente Leonel Fernández advirtieron el nivel que alcanzaría este año el déficit fiscal con que operó desde el 2008 cuando logró la reelección, aunque economistas como Fernando Álvarez Bogaert, Apolinar Veloz, Nelson Suárez y Ernesto Selman lo habían proyectado entre 140 y 150 mil pesos. Apenas dos semanas atrás el gobierno dijo al FMI que el déficit sería del 3.3 por ciento del PIB y ahora se destapa con un 8 por ciento.
Aunque Temístocles Montás dijo que el déficit del gobierno central “sería superior a 143 mil millones de pesos, un 6 por ciento del PIB”, en el documento “Proyección de Cierre Año 2012 y Escenarios Presupuestarios del 2013”, presentado ante el CES por el director de Presupuesto Luis Reyes, se eleva a 155 mil 946 millones de pesos, y 6.8 por ciento del PIB.
Sumados los organismos descentralizados y el Banco Central, el ministro dijo que “el déficit del sector público consolidado, o del Estado, será del orden del 8 por ciento del PIB”, precisando que “supera los 170 mil millones de pesos”. Pero el documento de proyección entregado refleja un cálculo de cada punto del PIB en 22 mil 933 millones de pesos, lo que multiplicado por el 8 por ciento del déficit de todo el Estado, arroja un balance de 183 mil 465 millones de pesos.
Esos datos ofrecidos por el gobierno indican que se triplicó el déficit del año 2011 y que se gastó un 42.6 por ciento por encima del presupuesto originalmente aprobado para el 2012 que ya incluía un déficit de 22 mil millones de pesos, no sólo en violación de la ley de presupuesto, sino también del artículo 236 de la Constitución el cual plantea que “Ninguna erogación de fondos públicos será válida, si no estuviere autorizada por la ley y ordenada por funcionario competente”.
El hoyo fiscal que dejó Leonel Fernández superó todas las previsiones porque esta vez, a diferencia de otros años electorales se buscaban dos objetivos a la vez: el triunfo del partido en el 2012 y la base para el retorno del nuevo caudillo nacional en el 2016. Y lo hizo pese a todas las advertencias de economistas, empresarios y comunicadores, que por eso fueron acusados de orquestar “un plan mediático” contra el ilustre estadista.
Se reconoce que por fin el gobierno transparentó la situación financieras, aunque es penoso que lo hiciera el mismo equipo económico que fue incapaz de parar la megalomanía del doctor Fernández. El Ministro Montás concluyó la rueda de prensa del jueves 4 con estas ilustrativas palabras: “Las finanzas públicas se hacen insostenibles con estos niveles de déficit. No había manera de presentarle al país y al mundo un presupuesto con un déficit tan alto… Frente a esa situación entendíamos que no había otra alternativa que ir a una reforma tributaria y así se lo presentamos al CES”.
Análisis Noticiosos
La jurisdicción contenciosa administrativa, una caricatura del sistema de justicia.
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1 día agoon
febrero 2, 2026Por José Cabral.
En una sociedad como la dominicana, donde los antivalores aparecen en todos los escenarios, fruto de una herencia histórico- cultural fundamentada en el caudillismo, el machismo, el patriarcado, el amiguismo, entre otras distorsiones, es lo que explica que el país haya caído en dictaduras férreas como las de Pedro Santana, Ulises Heureaux (Lilí y la de Rafael Leónidas Trujillo Molina.
Esta vocación dictatorial todavía perdura en muchos dominicanos, ya que, aunque se salió de esos gobiernos violadores de derechos humanos fundamentales, pero aún perdura la tendencia en el país, máxime cuando una persona adquiere cierta autooridad a través de la administración pública, la inclinación por las arbitrariedades que provienen del poder.
Entonces, a partir de esa premisa se puede decir que la jurisdicción contenciosa administrativa juega un papel de primer orden en el sistema de justicia nacional, porque tiene la sagrada misión de juzgar a la administración frente a los abusos que se cometen en contra del administrado.
Los avances en esta rama del derecho que se observan en los textos de las leyes 13-07 y 107-13, las cuales son una continuación de lo que consignan los artículos 164 y 167 de la Constitución de la Republica, no parecen que jueguen su papel en el marco del proceso de constitucionalización del derecho que se produce en el país desde el año 2010.
La jurisdicción contenciosa administrativa parece que se ha quedado estacionaria en lo que disponía la Ley 1494 de que a través de ella la administración se juzgaba a sí misma, mediante la llamada justicia tenida, ya que sus sentencias son una especie de bochorno y evitan que el ciudadano pueda recurrir en contra de la conducta abusiva del funcionario público.
Las sentencias de los jueces de la jurisdicción contenciosa administrativa son la principal frustración y negación del proceso de constitucionalización del derecho, cuyas ponderaciones dejan mucho que desear y son decepcionantes para que el administrado logre sobreponerse a los atropellos de la administración que ya no encajan en el contexto del neo-constitucionalismo.
Naturalmente, hay que decir que el fenómeno no es exclusivo de la jurisdicción contenciosa administrativa, sino de todo el sistema de justicia, en el que se observa que se producen graves violaciones a la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, así como de principios como el de celeridad procesal, el plazo razonable que devienen en justicia tardía, que no es otra cosa que denegación de justicia.
Todo este cuadro dice claramente que en el país todavía no se ha superado la denominada constitución de fachada, es decir, que la misma es muy bonita en el papel, pero que la práctica es una negación de ella, lo cual deja muy mal parada a la democracia nacional.
Sin embargo, hay que ratificar que lo que se observa en la jurisdicción contenciosa administrativa llena de vergüenza a los que de alguna manera abogan por una mejor administración de justicia, cuyas principales decisiones casi siempre terminan en nulidad mediante los recursos de revisión en esta materia elevados ante el Tribunal Constitucional (TC)
Lo interesante de las debilidades que se observan en todo el sistema de justicia es que en los discursos de los que lo representan, como el presidente de la Suprema Corte de Justicia, el país camina tan bien en esta materia que habría que compararlo con las naciones donde el estado de derecho tiene un real y contundente empoderamiento.
¿Percepción o realidad?
Por José Cabral
En la República Dominicana se estila hablar de que en el país se ha avanzado en lo referente al Estado Social Democrático de Derecho, lo cual sólo existe en la cabeza de los que se la pasan proyectando una percepción que nada tiene que ver con la realidad.
Puede decirse que el proceso de constitucionalización del derecho se produce en el papel, pero no en la realidad, lo que crea una serie de incertidumbres en la sociedad.
La jurisdicción contenciosa administrativa es una que no hay forma de que tenga un desempeño en función de una buena administración de justicia, porque si el funcionario público incurre en graves violaciones de los derechos fundamentales, peor pasa con los jueces de la misma, quienes no hay forma de que demuestren que se manejan en función del impacto de los valores y principios constitucionales en sus decisiones, lo cual es definitivamente una negación de los supuestos avances en esta materia.
Las sentencias de la jurisdicción contenciosa administrativa son una especie de caja de resonancia de los pedidos en sus conclusiones de la Procuraduría General Administrativa, cuyos contrasentidos jurídicos son el pan de cada día en las audiencias de sus diferentes salas, lo que impacta negativamente al ciudadano.
Por el momento quiero reproducir una carta enviada al presidente del Tribunal Superior Administrativa ante una decisión tomada en virtud de la solicitud de una medida cautelar frente a los abusos que comete la empresa Distribuidora del Norte (EDENORTE) en contra de los usuarios.
Sin embargo, la falta de razonabilidad y racionalidad de los jueces del Tribunal Superior Administrativo (TSA), principalmente de su presidente, causa más indignación que los atropellos que comete el órgano del Estado que maneja la referida empresa.
A continuación reproduzco la carta enviada al presidente del TSA a propósito de su sentencia mediante la cual niega una medida cautelar, cuyo razonamiento, aparte de ridículo, revela hasta donde en el país se cuenta con una Constitución de fachada, cuyo respeto a los derechos fundamentales sólo existe en el texto, pero no en la realidad.
Señor
Magistrado Diomedes Y. Villalona G.
Presidente del Tribunal Superior Administrativo
Magistrado Villalona:
La presente es para dejar sentada mi indignación por la reiteración de decisiones que dejan muy mal parada a la jurisdicción contenciosa administrativa en la República Dominicana, cuyo desempeño deja mucho que desear, a pesar de que se enarbola que su base de sustentación es el nuevo constitucionalismo que se rige por valores y principios.
El mejor ejemplo de que la jurisdicción contenciosa administrativa se maneja con un nivel de razonabilidad y de racionalidad que no supera lo que ocurre en los juzgados de paz o tribunales inferiores, donde las decisiones son generalmente muy superficiales y carentes de una aceptable ponderación, es la sentencia emitida y que genera la presente comunicación.
La última joya del presidente del Tribunal Superior Administrativo ante los abusos cometidos por la Distribuidora de Electricidad del Norte (EDENORTE), la cual ha incurrido en una serie de atropellos que revelan que los derechos de los consumidores y de los administrados están en manos de juzgadores que sólo sirven como caja de resonancia de los funcionarios públicos que actúan al margen de la Ley 13-07 y de la 107-13, así como de la 1494, ya que su misión no parece ser otra que imponer una carga procesal y económica que se agrava cuando finalmente se emite un fallo carente de toda lógica jurídica en detrimento del impetrante y en favor del impetrado..
En este sentido, he querido dejar sentado mi rechazo al comportamiento y el daño que genera esta jurisdicción contenciosa administrativa en detrimento de un buen derecho, de una buena administración de justicia, que deteriora la imagen del sistema de justicia en la República Dominicana, dado que en el fallo se establece qué tan grande es su falta de razonabilidad al negar una medida cautelar en virtud de un corte del servicio de electricidad que lleva varios meses bajo el argumento de que no se aportaron pruebas de que el recurrente no tiene el referido servicio, pese a que la propia ley ofrece la respuesta al respecto.
Cómo se puede entender semejante decisión, ya que es un contrasentido que el recurrente diga que se le cortó arbitrariamente el servicio de energía eléctrica y que mediante la medida cautelar solicite la reconexión del mismo, pero que, en un choque con cualquier razonamiento lógico, máxime cuando la parte recurrida no ha invocado lo contrario de lo alegado por el cliente, el tribunal niegue el pedido sustentándose en que no se aportaron las pruebas al respecto, sobre todo cuando el órgano se niega a entregar documentos que comprometan su irresponsabilidad e ilegalidad.
La realidad es que ese desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa es una vergüenza ante el proclamado empoderamiento del neoconstitucionalismo, que se basa en la aplicación de valores y principios que van de las manos con los derechos humanos fundamentales.
La decisión tomada en torno a la medida cautelar es una especie de anuncio anticipado de que el recurso que tiene que ver con el fondo también será fallado en contra, en razón de que, como digo más arriba, la decisión tomada deja muy claro que las acciones de cualquier administrado es un esfuerzo perdido por los criterios con que se maneja la jurisdicción contenciosa administrativa en el país, convirtiéndose en una vergüenza para el derecho comparado, interamericano e internacional.
El mejor consejo para cualquier administrado abusado por la administración es desistir de buscar justicia en la jurisdicción contenciosa administrativa por representar una vergüenza para el sistema de justicia nacional, ya que como lo dije más arriba sus decisiones están determinadas por los contrasentidos jurídicos que invoca generalmente la Procuraduría General Administrativa, cuyos procesos para lo único que sirven es para aumentar la carga procesal y costos económicos en desfavor del ciudadano a través de notificaciones arbitrarias y abusivas.
Este desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa, la cual todavía está estacionaria en la llamada justicia retenida, mediante la cual la administración se juzga a sí misma y cuyos jueces eran designados por el Poder Ejecutivo, igual que el que preside la Procuraduría General Administrativa, llena de vergüenza a cualquier buen dominicano, dado que se supone que el Tribunal Superior Administrativa está bajo el control y la tutela de la Suprema Corte de Justicia en virtud del mandato de la Ley 13-07.
Evidentemente que la decisión de negar la medida cautelar tiene el propósito de condenar al fracaso la demanda principal en razón de que impone que el recurrente tenga que negociar con EDENORTE para restablecer el servicio y de ese modo disponer la inadmisibilidad de la misma por existir un acuerdo que deja sin sentido el pedido principal de la parte recurrente que, entre otras cosas, busca una indemnización por los daños morales y materiales causados.
No está de más recordar que el artículo 22 de la Ley 107-13 sobre Derechos de las Personas ante la Administración y el derecho a la defensa establece que la administración debe probar sus alegatos. El procedimiento sancionador obliga a la administración a sustentar la validez de sus actos y pruebas, además que existe la carga de la prueba que en los procedimientos sancionadores la administración pública tiene la obligación de probar los hechos que fundamentan sus decisiones contra un ciudadano en función del principio de legalidad, ya que el funcionario público está limitado por las normas de procedimiento y la Constitución, no pudiendo actuar sin sustento probatorio, ya que la presunción de validez no es absoluta. Otro principio violado por la jurisdicción contenciosa administrativa es el de celeridad, consignado en el artículo 19 de la Ley 107-13, en cuya virtud las actuaciones administrativas se realizarán optimizando el uso del tiempo, resolviendo los procedimientos en plazo razonable que, en todo caso, no podrá superar los dos meses a contar desde la presentación de la solicitud en el órgano correspondiente, salvo que la legislación sectorial indique un plazo mayor. En especial, las autoridades impulsarán oficiosamente los procedimientos e incentivarán el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones a los efectos de que los procedimientos se tramiten con diligencia y sin dilaciones injustificadas, de manera escrita o a través de técnicas y medios electrónicos. La medida cautelar solicitada por el impetrante fue fallada en contra de lo que dispone al articulo 7 de la Ley 13-07, Orgánica del Tribunal Superior Administrativo, la cual se conoció el 16 de diciembre y fue fallada el 22 de enero, pese a que se habla de cinco días después de la celebrada la audiencia en la que las partes plantean sus conclusiones, principalmente cuando hay una afectación mayor, porque el recurrente no tiene servicio de energía eléctrica y que en consecuencia todas las labores comerciales y empresariales están paralizadas y la reactivación está determinada por el fallo de la misma.
Este es un ejemplo de que en el país existe una Constitución de fachada que niega los supuestos avances y fortalecimiento del Estado Social Democrático de Derecho, lo cual es una explicación de que República Dominicana es una sociedad que vive más de la percepción que de la realidad.
Sin otro particular,
José Antonio Cabral Salcedo.
Análisis Noticiosos
Santo Domingo está entre los destinos para viajar en 2026, según la BBC de Londres
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2 semanas agoon
enero 18, 2026
Santo Domingo figura entre los destinos recomendados para viajar en el año 2026, de acuerdo con una selección especial de BBC Travel, que destaca destinos mundiales con capacidad para de ofrecer experiencias mientras promueven el turismo sostenible y la preservación del patrimonio cultural.
La capital dominicana aparece en una lista que incluye 11 destinos internacionales, cinco de ellos ubicados en América Latina, elegidos a partir de recomendaciones de periodistas de la BBC, expertos en viajes y autoridades globales en turismo responsable.
El criterio central fue identificar lugares que reciben al visitante con entusiasmo y donde el impacto del turismo sea positivo y duradero.
Según la BBC, 2026 será un año clave para Santo Domingo, ya que la ciudad albergará los Juegos Centroamericanos y del Caribe, del 24 de julio al 8 de agosto, en el marco del centenario de la competencia. Este evento reunirá a atletas de 37 países y ha impulsado una serie de mejoras urbanas y deportivas en la capital.
Asimismo, el Centro Olímpico Juan Pablo Duarte fue modernizado, incorporando infraestructura inclusiva como senderos de pavimentación táctil para personas con discapacidad visual.
La BBC subraya que Santo Domingo ofrece mucho más que historia. La ciudad es el epicentro del merengue y la bachata, ritmos que marcan el pulso de celebraciones como el Carnaval de febrero y el Festival del Merengue.
En 2026, además, regresan grandes citas musicales como el Isle of Light, en marzo, y el Presidente Festival, que vuelve tras una pausa de una década como uno de los eventos musicales más emblemáticos de América Latina.
Puerta al ecoturismo del Caribe
BBC Travel también resalta la conexión de Santo Domingo con Samaná, conocida por sus calas, selvas tropicales y aguas turquesas. El hotel Ocama, por ejemplo, ofrece traslados en helicóptero desde la capital hacia esta región, facilitando el acceso a uno de los destinos naturales más atractivos del país.
Otros destinos citados por la BBC, según el orden alfabético
- Abu Dhabi, Emiratos Árabes Unidos
- Costa de Oregón, Estados Unidos
- Costa Rica
- Guimarães, Portugal
- Islas Hébridas, Escocia
- Ishikawa, Japón
- Loreto, Baja California Sur, México
- Montenegro
- Uruguay
- Valle de Colchagua, Chile
