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La pregunta que está hoy en el ambiente¿Honrará su palabra Molina y se inhibirá?

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Un poder judicial independiente ha salido a relucir a propósito del juicio de fondo de Odebrecht por los vínculos afectivos entre el presidente de la Suprema Corte de Justicia y uno de los que son procesados por sobornos en el juicio de fondo.

La militancia politica del presidente de la SCJ, Luis Henry Molina, quien renunció a su militancia en el Partido de la Liberación Dominicana horas antes de juramentarse en tan delicada posición., choca de frente con la independencia que debe exhibir un juez más de su categoría.

Un Poder Judicial independiente vuelve a ser tema de debates ante un conflicto de intereses entre la función jurisdiccional y la activa militancia política que tuvo el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Molina Peña, quien horas antes de ser juramentado puso fin a su activismo en el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) órgano al que pertenecen dos de los seis imputados por los sobornos pagados por la Constructora Norberto Odebrecht.

Durante la entrevista ante el Consejo Nacional de la Magistratura, este también fue un tema que llamó la atención del consejero José Ignacio Paliza al destacar que entre todos los aspirantes a integrar la Alta Corte él era la figura política de más nombre o de más trascendencia y por tal razón le preguntó ¿cómo convencernos a nosotros y al país que esa relación política que existe, su militancia, miembro de un organismo importante de su partido, no va a generar o afectaría la independencia del Poder Judicial y más aún, mantendría esa codependencia que existe entre el poder político y poder judicial?

“Estamos claros de que hay una incompatibilidad de juez y cualquier otra actividad no sea la docencia… Pero, además, estamos claro que el sistema de administración de justicia prevé la inhibición y prevé la recusación para proteger a cada uno de los ciudadanos. Yo creo en el ordenamiento institucional, creo en la Constitución dominicana. Respeto la Constitución y las leyes, pero sobre todas las cosas me respeto a mí mismo y mi respeto a la ciudadanía”, respondió enfáticamente Molina Peña.

Previo al inicio de la continuación de la audiencia fijada para este martes 17 de septiembre a las 3:00 de la tarde o al reanudarse la misma, el presidente del Pleno debería referirse respecto a si se inhibirá o no de continuar con el juicio donde están imputados el senador Tommy Galán Grullón, con quien trabajó en la coordinación de la campaña electoral del año 2016, y Víctor Díaz Rúa, suspendido secretario de finanzas del PLD.

La razón por la cual el caso se conoce en única instancia por el Pleno de la Suprema se debe a que Galán Grullón tiene privilegio de jurisdicción. Henry Molina fue el coordinador provincial de campaña en San Cristóbal, mientras que Galán fue una persona clave, además de candidato a senador en ese proceso electoral.

En el artículo 78 del Código Procesal Penal se establece como causal de inhibición y recusación de los jueces, entre otras cosas, “tener amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia de trato con una cualesquiera de las partes e intervinientes” o “cualquier otra causa, fundada en motivos graves, que afecten su imparcialidad o independencia”.

Si el presidente decide inhibirse de conocer el juicio en donde también son imputados Andrés Bautista, Ángel Rondón Rijo, Juan Roberto Rodríguez y Conrado Pittaluga o es recusado por alguno de los abogados de la barra de defensa, la última palabra la tienen los jueces del Pleno.

diariolibre.com

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Aplazan para próxima semana decisión sobre extinción penal en caso de Jean Alain

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Santo Domingo, R.D.-Sera el lunes 17 de agosto cuando el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional dará  lectura al fallo sobre la solicitud de extinción de la acción penal en el proceso contra el ex procurador general de la República, Jean Alain Rodríguez.

La decisión, que originalmente se conocería este miércoles, fue reprogramada de manera administrativa por la secretaría del tribunal, presidido por la magistrada Claribel Nivar e integrado además por las juezas Yisell Soto y Clara Castillo.

Los abogados del exprocurador, Carlos Balcácer y Nelly Rivas, solicitaron al tribunal declarar extinguida la acción penal y ordenar el cierre definitivo del caso, argumentando que el proceso está a punto de superar los seis años de duración, un retraso que, según sostienen, es enteramente atribuible al ministerio público.

Como sustento legal, invocaron jurisprudencia del Tribunal Constitucional que establece en cuatro años el plazo razonable en materia penal, así como la Ley 97-25, que restringe las causales para prorrogar ese plazo a casos de fuga, rebeldía o dilaciones justificadas mediante resolución motivada emitida en su momento circunstancias que, según la defensa, no se configuran en este expediente.

El órgano acusador pidió rechazar la petición, al considerar que carece de fundamento jurídico y que ha sido el propio imputado quien ha buscado dilatar el conocimiento del proceso y de las pruebas en su contra.

Ortiz precisó que aplazamientos por motivos de salud, intervenciones quirúrgicas, solicitudes de la propia defensa, derechos del personal judicial y la carga de trabajo de los tribunales no pueden atribuirse al órgano persecutor.

Citó como precedente la resolución del mismo tribunal del 17 de marzo de 2025 en el caso contra Juan Alexis Medina Sánchez, cuando también fue rechazada una solicitud similar.

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El «Jamaquen» es extraditado a Puerto Rico imputado de narcotráfico.

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Santo Domingo, R.D.-Fue entregado a las autoridades de los Estados Unidos por la República Dominicana David Armando Brito Brito (El Jamaquen) acusado de formar parte de una organización criminal dedicada al narcotráfico, lavado de activos y otros delitos.

Se recuerda que la Procuraduría General de la República (PGR) informó del arresto de este hombre el pasado mes de mayo, tras varios allanamientos en el Distrito Nacional, Santo Domingo Este y La Altagracia en seguimiento a la Operación PT7.

La autorización de la extradición de David Armando Brito Brito se realizó a través del decreto 346-26 y salió del país por el Aeropuerto Internacional de Las Américas, donde fue entregado a oficiales estadounidenses que lo trasladaron bajo custodia hacia Puerto Rico para responder en un tribunal las acusaciones que pesan en su contra.

“La captura y posterior extradición del dominicano es parte del trabajo conjunto, la cooperación y el intercambio constante de información entre la Republica Dominicana y Estados Unidos para capturar a fugitivos buscados por cometer delitos de narcotráfico, fraudes, lavado, asesinatos, violaciones, entre otros”, explicaron las autoridades.

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RD no realiza transbordo de productos chinos, aclara Gobierno dominicano.

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Santo Domingo, R.D.-Las autoridades de la República Dominicana aclararon que el informe de la Casa Blanca titulado “La Gran Estafa del Transbordo”, el cual analiza prácticas ilegales mediante las cuales mercancías procedentes de países con aranceles más altos, especialmente China, podrían ser enviadas a terceros países para luego reexportarse a los Estados Unidos, no involucra, en términos generales al país en acciones ilícitas de esa naturaleza.

A través de un comunicado, enviado desde el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), se informó que el informe no impone ni anuncia ningún tipo de sanción, penalidad, restricción comercial o medida arancelaria contra el país. Lo que hace es identificar riesgos potenciales asociados a determinadas rutas, productos y plataformas logísticas en más de 40 países.

El MICM señala que en el caso específico de República Dominicana, el informe la ubica dentro de un grupo de economías de menor escala que, por contar con zonas francas, infraestructura portuaria y logística, capacidad de manufactura especializada y acceso preferencial al mercado estadounidense, pudieran resultar atractivas para operadores ilícitos.

“La República Dominicana es una plataforma real de manufactura, zonas francas y logística. Aquí existen plantas, inversión, trabajadores dominicanos y procesos productivos que generan valor antes de exportar a los Estados Unidos. Una cosa es triangulación ilícita y otra muy distinta es manufactura legítima, inversión productiva y nearshoring”, expresó el Ministerio.

El MICM subrayó que comparte plenamente el objetivo de los Estados Unidos de impedir que cualquier empresa utilice territorio dominicano para evadir ilegalmente aranceles, falsear el origen de una mercancía, reetiquetar productos o vulnerar compromisos comerciales asumidos con socios estratégicos.

“Si existe alguna operación irregular, la República Dominicana es la primera interesada en identificarla, corregirla y sancionarla conforme a la ley. Nuestro país no promueve ni tolera prácticas dirigidas a encubrir el origen real de mercancías, evadir aranceles o afectar la confianza de nuestros socios comerciales”, indicó la institución.

Asimismo, el MICM informó que trabaja de manera coordinada con las autoridades aduaneras y comerciales nacionales, y que mantendrá el diálogo con las autoridades estadounidenses competentes para entender los indicadores específicos señalados en el informe y fortalecer aún más la trazabilidad, los controles y los mecanismos de cooperación bilateral.

“El objetivo del Gobierno dominicano es claro: distinguir entre la triangulación ilegal y la producción legítima que ocurre cuando una empresa invierte, produce, emplea dominicanos y transforma bienes en la República Dominicana. Esa distinción es fundamental para proteger la reputación del país, defender el comercio formal y preservar la confianza de nuestros socios comerciales”, agregó el MICM.

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