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Análisis Noticiosos

Identificadas las reformas electorales fundamentales

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Por Juan Bolívar Díaz

Una vez más los actores políticos dominicanos discuten las reformas fundamentales para garantizar la democracia interna de los partidos y en los procesos electorales que fortalezcan la institucionalidad y hagan prevalecer los derechos ciudadanos por encima de los poderes y recursos del Estado y de la concentración económica.

Casi siempre los partidos que controlan el Gobierno son los más renuentes al establecimiento de normativas por ser los más beneficiarios de uno de los regímenes electorales menos regulados, a pesar de numerosos consensos y acuerdos pactados, lo que ha contribuido a la degeneración y desguañangue del sistema partidista.

Muchos intentos fallidos. Se cuentan muchos intentos fallidos de actualizar la legislación electoral dominicana, considerada entre las de menos regulaciones en América Latina, desde que en 1993 se produjo un consenso entre los partidos y organizaciones sociales, auspiciado por la Fundación Siglo 21 y el Proyecto Iniciativas Democráticas, parcialmente rescatado por la reforma político-constitucional a que obligó la crisis derivada del fraude electoral de 1994.

El Diálogo Nacional convocado por el presidente Leonel Fernández dispuso la elaboración de una Ley de Partidos, que materializó en 1999 su Comisión para Reforma y Modernización del Estado, siendo ratificada en el 2001 por el Consejo para la Reforma del Estado del presidente Hipólito Mejía. Con variantes, el proyecto ha sido introducido al Congreso por legisladores en unas cinco ocasiones y otras tres por la Junta Central Electoral (JCE). Fue objeto de un acuerdo PLD-PRD en el llamado pacto de las corbatas azules del 2009 y de un pacto firmado por los candidatos presidenciales en el 2012.

Los proyectos de Ley de Partidos y Ley del Régimen Electoral que ahora se discuten en el Congreso fueron elaborados por una misión técnica contratada por la JCE con la Organización de Estados Americanos, en el 2011, en interés de adaptar la legislación electoral al nuevo marco dispuesto por la Constitución proclamada en enero del 2010. Partieron de los múltiples consensos previos y nuevas consultas a partidos y organizaciones sociales. Pero pasaron las elecciones del 2012 y 2016 sin ser aprobados. Fueron reintroducidos en el 2013 y en febrero pasado.

Con mayores expectativas. Los proyectos están ahora en manos de una comisión bicameral, creada en abril con participación de todos los partidos representados en el Congreso, que expresan mayores expectativas de que esta vez salgan adelante. Han escuchado a la JCE, a los partidos políticos y las organizaciones sociales más interesadas en las reformas políticas y en vistas públicas abiertas.

Los tres partidos que dominaron el escenario político del último medio siglo han sido renuentes a actualizar las normativas electorales cuando han estado en el Gobierno, porque les reducirían las ventajas y abusos del poder derivadas de las limitadas regulaciones. Se complicó a partir del poder concentrado por el PLD desde su retorno al Gobierno en 2004 y las elecciones congresuales y municipales del 2006, y más aún con la reforma constitucional que generó la elección de nuevos integrantes de los órganos judiciales y electorales desde el 2010.

En abril del 2015 la Cámara de Diputados, bajo control del PLD, aprobó de urgencia un proyecto de Ley de Partidos que evadía las reformas que habían sido objeto de consenso en medio de un rechazo social y político generalizado, y con irregularidades procesales que le ganaron una declaración de inconstitucional.

Las expectativas son mayores ahora por la crisis política generada por los escándalos de corrupción, especialmente el de los sobornos y sobrevaluaciones de Odebrecht, con su consecuencia de la Marcha Verde que ha sacudido al Gobierno y la sociedad. Muchos actores políticos, aún de los gobernantes, parecen aceptar que las reformas políticas son fundamentales para reducir la corrupción y la impunidad y contener la calentada temperatura social.

Capítulos fundamentales. Con frecuencia se buscan pretextos para no actualizar la legislación electoral, como las diferencias sobre las elecciones primarias, el voto preferencial y la equidad de género, ahora se agrega si votar debe ser obligatorio o voluntario, tratando de evadir los capítulos fundamentales que son:
-Garantizar la democracia interna en los partidos, en su dirección y en la elección de candidatos y en la participación femenina.
-Transparentar y limitar las fuentes de financiamiento y las contribuciones, prohibiendo las de empresas públicas y privadas, gobiernos e instituciones internacionales.
-Restringir el gasto, las jurisdicciones de propaganda y los períodos de las campañas, electorales tanto internas como nacionales.
-Prohibir efectivamente todo abuso de los recursos y poderes del Estado, incluyendo los repartos clientelistas, barrilitos, cofrecitos, el incremento del gasto social, del déficit fiscal y los empleos públicos en los períodos de campaña, con licencia para los altos funcionarios que dirijan campañas o sean candidatos, así como suspensión de inauguraciones, las compras y alquiler de cédulas.
-Establecer un régimen de sanciones efectivas a las violaciones, que tendría que implicar suspensiones del financiamiento público y de candidaturas en los casos de graves, violaciones a las normativas, con un procurador especial para delitos electorales.
-Absoluta independencia partidaria de los integrantes de la JCE, las juntas electorales municipales, el procurador especial y el Tribunal Superior Electoral.

Síntesis Participación Ciudadana. Los principales partidos, tanto el de Gobierno como de la oposición, han presentado propuestas de actualización de la legislación electoral, lo mismo que las instituciones sociales que por su naturaleza y objetivos más se interesan en la temática como la Fundación Institucionalidad y Justicia y el movimiento cívico Participación Ciudadana (PC). Este último presentó ante la comisión bicameral un análisis resumen de los dos proyectos, y sus propuestas adicionales, la mayoría concordantes con las de la Finjus.

El documento de PC, ya editado en un folleto y en su página de Internet, considera bien avanzado el proyecto de la JCE sobre Ley de Partidos, pero considera que el del Régimen Electoral se queda corto, con un extenso articulado sobre mecanismos operativos tradicionales, que no se discute, y al que propone múltiples adiciones, como se puede apreciar en los resúmenes anexos.

Para dirimir las diferencias sobre las elecciones primarias, PC plantea que puedan hacerse el mismo día o en fechas diferentes, pero dentro de un plazo y con campañas controladas limitadas a 90 días, con padrón propio, previamente registrado, o el universal de la JCE, pero siempre bajo supervisión. Defiende el principio de la igualdad de género y el voto preferencial no solo para diputados, sino también para regidores, y el derecho ciudadano a elegir por separado los diputados del senador y los regidores del alcalde. Es decir ampliar el derecho a preferir, a elegir de los ciudadanos, no restringirlo, como plantean algunos, como el Foro que agrupa a los partidos pequeños y emergentes, a quienes el voto preferencial les impide que les garanticen curules en las alianzas, contando con las cúpulas partidarias y no con los electores.

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Análisis Noticiosos

Lo bueno y lo malo de un “outsider”.

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Por José Cabral.

Nadie puede negar que la República Dominicana está en medio de la gran posibilidad de que pueda surgir un “outsider” en la política nacional, aunque el problema descansa en que no se ha articulado una propuesta que responda al nicho que se ha creado en esta dirección.

Prácticamente todas las encuestas colocan en un 54 ó 55 por ciento, aunque se piensa que es mucho mayor, las personas que no sienten ningún respeto ni vinculación con los partidos políticos, los cuales han llegado a un nivel de descrédito que nadie podía imaginarse.

Es tan grave el problema que esa realidad amenaza la democracia representativa, ya que en las últimas elecciones el país ha terminado con autoridades que no cuentan con la legitimidad necesaria para garantizar una buena gobernabilidad.

Pero frente a esa realidad la pregunta que todo el mundo se hace es si valdría la pena que en el país se produzca el fenómeno del “outsider” como que ya ha pasado en muchas naciones latinoamericanos e incluso en los Estados Unidos de América.

El último caso de este tipo se ha producido en Colombia, donde un abogado penalista, un depravado, defensor de narcotraficantes, de evasores de impuestos y de los paramilitares ha quedado en primer lugar en las  elecciones presidenciales.

A Abelardo de la Espriella, un ultraderechista, sin ningún mérito, pero sin venir de las estructuras tradicionales del partidarismo político, se ha colocado en la puerta de la presidencia de Colombia, con un discurso agresivo y con una visión de cuestionamiento del derecho internacional que lo acerca al actual jefe de Estado de los Estados Unidos, Donald Trump, quien incluso ya lo ha apoyado.

El asunto es que este tipo de “outsider” no es saludable para que ningún país del mundo, porque representa un antivalor, un enemigo del derecho internacional y además un depravado que no respeta absolutamente nada ni a nadie.

Entonces, si la República Dominicana se viera en ese espejo estaría en un escenario que significa un evidente retroceso al bienestar que se supone debe garantizar todo aquel que se opone a la partidocracia, que nadie puede negar que en todas estas naciones ha implicado una gran desgracia para los pueblos.

Por esta razón es que creo que, si en la República Dominicana se crean las condiciones, como ya parece que ocurre, para desplazar del poder a los partidos políticos, tiene que ser para bien, no para mal, ya que debe ser un “outsider” que cuente con un plan programático y estratégico a corte, mediano y largo plazo para poder lograr las transformaciones que demanda la sociedad.

Naturalmente, la preocupación de que el problema del país no sólo descansa en el funcionario público, el cual procede de los partidos políticos, instancias totalmente corrompidas y enemigas del progreso nacional, sino también en la visión y actitud distorsionada del ciudadano como resultado del neoliberalismo salvaje introducido en el país por Leonel Fernández.

Tal vez ahí esté la explicación de que una opción con una visión colectiva, no individual, no haya podido consolidarse en el país, ya que articular este tipo de propuesta implica, según lo que se ve, romper con lo que luce ser una utopía por la forma en que el neoliberalismo se ha apropiado de la mente y el sentir de la gente.

Pero si Dios quiere y en razón de que las condiciones están dadas para que en el país surja un “outsider”, ojalá sea para bien y no para mal, contrario a como se observa que se produce en Colombia y en otros países latinoamericanos.

El “outsider” dominicano tiene que ser para romper con la vieja  política, a los fines de acabar con la corrupción y los principales males que aquejan a la sociedad en asuntos tan fundamentales para tener crecimiento y desarrollo nacionales como el empleo, la institucionalidad, la seguridad pública y ciudadana y en otros aspectos que durante décadas han representado una retranca para la nación.

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Análisis Noticiosos

El sistema de justicia nacional y una democracia que agoniza.

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Por José Cabral.

Los jueces y juezas son considerados emperadores que tienen el privilegio de juzgar la conducta de los demás, pero nunca la de ellos, convirtiéndose muchas veces en los funcionarios públicos que violan más que cualquier otro agente del Estado los derechos de las personas.

La explicación del abuso de poder desde la condición de juez, jueza o fiscal consiste en que somos una nación donde la democracia existe más de apariencia que de realidad y que ello obedece a la herencia patriarcal, machista, caudillista y de amiguismo que genera mucha tolerancia con el que infringe la ley desde la sombrilla del Estado, cuya visión descansa en la herencia histórico-cultural anti-democrática.

La República Dominicana ha pretendido desarrollar una democracia en la que prevalezca el principio de legalidad, juridicidad y de igualdad, pero este propósito ha resultado ser una utopía porque los tiempos de dictaduras tienen un fuerte peso en la vida nacional.

En el Estado democrático los derechos no están por encima de los deberes, ambos van de la mano, pero en los países con escaso nivel de desarrollo la gente piensa que no tiene que cumplir con sus obligaciones y que los derechos son absolutos.

Hace muy pocos días que los actores del sistema de justicia se lanzaron a un paro de labores en demandas de mejores condiciones salariales y de trabajo en sentido general, lo que nadie le regatea porque la realidad es que las mismas son deprimentes, aunque ello no justifica la forma en que muchos tribunales se manejan en los casos que les llegan.

Todo el mundo sabe o por lo menos constitucionalmente está establecido que los jueces son garantes fundamentales de la justicia y la paz social, ya que su principal papel es administrar justicia mediante la solución de conflictos de manera imparcial, aunque este concepto luce ser una utopía.

Los jueces se supone que actúan como puente mediador entre las leyes y los ciudadanos, asegurando la equidad, el respeto a las garantías constitucionales y la estabilidad del Estado de Derecho, ya que en la sociedad contemporánea el ejercicio de la judicatura abarca funciones esenciales que van más allá de simplemente aplicar la ley escrita, sobre todo en una época en que el derecho ha entrado en un profundo proceso de constitucionalización.

Sin embargo, cuando el sistema de justicia no cumple con su rol, entonces llega la distorsión que tiene que ver con la vía de hecho, dado que éste tiene la misión teórica de darle a cada ciudadano lo que le corresponde, a los fines de evitar hacer justicia con sus propias manos y para garantizar una convivencia ordenada.

La justicia también debe velar porque prevalezca el principio de legalidad y de juridicidad para el control del poder, ya que representa un contrapeso vital al supervisar que los actos de los otros órganos del Estado se ajusten a la Constitución y al bien común, pero todo ello requiere, además, que los jueces, juezas y demás actores de la judicatura nacional también  ajusten  sus actuaciones a los deberes que les impone la ley sustantiva de la nación y las normas por las que se rige el Poder Judicial.

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Análisis Noticiosos

Es imperdonable que Subero Isa haya mal asesorado al presidente de la República.

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Por José Cabral

Cuando el Congreso Nacional aprobó en violación de la Constitución la promulgada Ley 13-26 que persigue anular las candidaturas independientes, muchos confiamos en la amplia formación y la vocación democrática del expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, quien ahora se desempeña como Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo.

Siempre pensé que lo mínimo que podía sugerirle Subero Isa a Luis Abinader era no promulgar esa pretendida ley y en su lugar recomendar observarla por constituir una violación muy grave a la Constitución de la República y a una jurisprudencia del Tribunal Constitucional que el jefe de Estado prometió cumplir cuando se juramentó en el cargo.

Pero aun después de la promulgación en una conversación con el promotor de la acción directa de inconstitucionalidad en contra de los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23, Alberto Fiallo, éste decía que parece que Subero Isa no había jugado ningún papel en semejante agravio a la democracia y al proceso de constitucionalización del derecho en la República Dominicana.

E incluso planteó el amigo Fiallo que Subero Isa no había tenido ninguna participación en semejante disparate jurídico, porque se veía que se trataba de un asunto manejado políticamente desde el Partido Revolucionario Moderno (PRM), lo cual parece lógico en razón de que fue algo manejado por los cuadros más importantes de la organización oficial.

Sin embargo, luego de ver la recomendación al presidente Abinader de Subero Isa en su condición de consultor jurídico del Poder Ejecutivo de que no se meta en lo referente al conflicto entre los jueces, juezas y demás personal del Consejo del Poder Judicial, todo indica que de igual modo debió haberlo hecho con la promulgación de la Ley 13—26.

No hay ninguna razón de que Subero Isa no haya intervenido en la decisión del presidente en lo que respecta a la promulgación de la Ley 13-26, máxime cuando el consultor jurídico ya había hecho pública su posición en contra de las candidaturas independientes.

De ser así, Subero Isa ha incurrido en su peor error como hombre público y jurista de una larga trayectoria, porque se trata de una acción antijurídica y que de alguna manera desmiente la creencia que nos hemos creado muchos de que este expresidente de la Suprema Corte de Justicia es un profesional del derecho lo suficientemente acabado y formado para el mejor de los consejos.

Si esta hipótesis es cierta entonces estaríamos ante un gran fiasco, porque no sé si Subero Isa sabe que con lo que podría ser esa asesoría a un hombre como el presidente Abinader, quien no tiene la menor idea de asuntos constitucionales, lo ha sumergido en una grave violación al derecho interno y externo, lo cual perdurará para toda la historia del país.

Sería imperdonable que Subero Isa no entienda la importancia que tiene en la democracia nacional el proceso de constitucionalización del derecho que se inicia en el país con la Constitución del 2010 y de la que se deriva la referida figura jurídica y que tampoco digiera el fenómeno que tiene que ver con la defensa y preservación de los derechos fundamentales en la sociedad dominicana, ya que la decisión de Abinader busca arruinar y eliminar el derecho, valores y principios de legalidad, proporcionalidad, pro participación y de dignidad humana.

No es que Subero Isa no tiene el derecho de estar en contra de lo que considere, pero de igual modo se entiende que es totalmente inaceptable que él se ponga en contra de una jurisprudencia que tiene el sustento del mandato de la Constitución.

Considero que la figura de Subero Isa se degrada y queda muy mal parada cuando entra en el juego de la politiquería al recomendar, si fue que así ocurrió, la promulgación  de la Ley 13-26, que en buen derecho  no  es más que un contrasentido jurídico y que no puede tener otro destino que su nulidad.

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