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Opinión

¿Ignorancia constitucional o rebelión institucional?

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Por Isaías Ramos

¿Puede el Congreso aprobar una ley que contradiga, en la práctica, una sentencia vinculante del Tribunal Constitucional? Esa es la pregunta que hoy enfrenta la República Dominicana tras la aprobación en primera lectura en el Senado de un proyecto que eliminaría las candidaturas independientes.

Más allá de las diferencias políticas que puedan existir sobre el modelo electoral, lo que está en discusión es algo mucho más profundo: el respeto a la Constitución de la República Dominicana, a los derechos políticos de los ciudadanos y a las decisiones vinculantes del máximo órgano de control constitucional del país.

En diciembre de 2024, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales diversas disposiciones de la legislación electoral que imponían trabas desproporcionadas a las candidaturas independientes. La decisión procuró garantizar que el derecho de los ciudadanos a elegir y ser elegidos no quedara condicionado exclusivamente a la estructura de los partidos políticos.

Sin embargo, lo ocurrido en el Congreso parece avanzar en dirección contraria. La aprobación de un proyecto que, en la práctica, eliminaría las candidaturas independientes plantea un choque evidente entre la voluntad legislativa y una sentencia vinculante del máximo intérprete de la Constitución.

La gravedad del momento institucional se acentúa aún más cuando se observa que la decisión fue adoptada de manera prácticamente unánime por los senadores. Resulta legítimo preguntarse si todos los legisladores han reflexionado plenamente sobre el alcance constitucional de la decisión adoptada o si estamos ante una reacción política frente a una sentencia que algunos sectores preferirían ignorar.

Algunos constitucionalistas, como Eduardo Jorge Prats, han descrito esta reacción como una “rabieta institucional hiperpartidista disfrazada de defensa de los partidos”. Más allá de la dureza de esa expresión, la advertencia merece una reflexión seria. Cuando las decisiones de un tribunal constitucional comienzan a ser relativizadas o neutralizadas mediante decisiones políticas, el equilibrio institucional de una democracia empieza a resentirse.

La Constitución dominicana es clara en este punto. El artículo 6 establece que todas las personas y los órganos que ejercen potestades públicas están sujetos a la Constitución. El artículo 68 dispone que corresponde al Estado garantizar la efectividad de los derechos fundamentales; no basta con reconocerlos en el texto constitucional, es necesario hacerlos posibles en la realidad. El artículo 73 establece la nulidad de pleno derecho de los actos contrarios a la Constitución. El artículo 74 consagra el carácter progresivo de los derechos fundamentales. Y el artículo 184 reconoce al Tribunal Constitucional como el órgano encargado de garantizar la supremacía de la Carta Magna.

A la luz de esos principios, la iniciativa aprobada en primera lectura adquiere una dimensión particularmente sensible para el orden constitucional. Lo que está en juego es una posible tensión institucional con el Tribunal Constitucional si una ley terminara reproduciendo, en la práctica, las mismas restricciones que el propio tribunal declaró inconstitucionales. Una situación así podría tener consecuencias graves para el orden constitucional.

El artículo 68 de la Constitución no es una disposición abstracta: es la garantía de que los derechos fundamentales tengan contenido real y efectivo. Cuando el Estado limita injustificadamente vías de participación política, no solo restringe un derecho; también debilita la confianza del ciudadano en las instituciones llamadas a protegerlo.

Este no es un debate sobre simpatías o antipatías hacia las candidaturas independientes, ni sobre la importancia de los partidos políticos. Los partidos son pilares fundamentales de la democracia. Pero reconocer su importancia no significa convertirlos en los únicos canales posibles de participación política. La democracia dominicana debe abrir puertas al ciudadano, no cerrarlas.

Si la Constitución reconoce derechos políticos a los ciudadanos, surge entonces una pregunta de fondo: ¿quién puede legítimamente restringirlos? Los derechos políticos pertenecen al pueblo dominicano. Los partidos son uno —pero no el único— de los canales para ejercerlos.

Las democracias se sostienen sobre un principio simple pero esencial: la Constitución es la norma suprema del Estado y todos los poderes públicos están sometidos a ella. Cuando ese principio comienza a relativizarse, la confianza institucional se erosiona y el sistema democrático se vuelve más frágil.

Nuestro deber como nación —y particularmente de quienes ejercen responsabilidades públicas— es proteger la Constitución incluso cuando hacerlo resulte incómodo o políticamente inconveniente. El respeto al orden constitucional no es una opción circunstancial: es la base misma sobre la cual descansa la estabilidad institucional de la República.

La estabilidad democrática que hoy disfruta la República Dominicana no es un accidente histórico. Tampoco ha sido un proceso perfecto: a lo largo del tiempo ha habido episodios de indiferencia frente a los deberes y mandatos constitucionales. Pero precisamente por esa experiencia acumulada sabemos que debilitar las reglas del juego institucional solo aumenta los riesgos para el orden democrático en un mundo marcado por crecientes tensiones geopolíticas y desafíos globales.

Desde el Foro Cívico y Social y el Frente Cívico y Social creemos firmemente que aún hay espacio para la reflexión institucional. Por ello hacemos un llamado respetuoso pero firme a los honorables senadores para que, antes de la segunda lectura de este proyecto, revisen con serenidad el alcance constitucional de la decisión que se está tomando.

También está en juego el mensaje institucional que el Congreso envía al país. Cuando un poder del Estado parece actuar en contradicción con la Constitución o con una sentencia vinculante del Tribunal Constitucional, el mensaje hacia la ciudadanía y hacia las instituciones públicas es institucionalmente delicado.

En una democracia constitucional, los derechos políticos del ciudadano no dependen de la voluntad de los partidos ni de las mayorías circunstanciales del Congreso. Dependen de la Constitución. Porque cuando una democracia olvida que la Constitución es su límite, no se debilitan los partidos: se debilita la República.

Despierta RD!

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El  crimen de genocidio en el Estatuto de Roma

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Por Rommel Santos Díaz

El  genocidio es el ¨crimen de todos los crímenes¨. Podría considerarse como el delito más serio de todos los delitos de lesa humanidad. El Estatuto de Roma adopto en su totalidad, la definición de genocidio establecida en la Convención para la Prevención y Represión del Genocidio de 1948

La definición del delito de genocidio se basa en tres elemento: 1) cometer uno o mas de los siguientes actos: a) homicidio, b) lesión grave a la integridad física o mental de los miembros de un grupo, b) sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial, c) medidas destinadas a impedir nacimiento en el seno de un grupo, d) traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo, 2) dirigirse contra un grupo nacional, étnico, racial o religioso.

Constituye crimen de genocidio intentar destruir a un grupo, en parte o en su totalidad. El requisito de la intención culpable es bastante importante. Deberá demostrarse que la persona actuó con la intención de destruir  un grupo.

El genocidio no puede cometerse por negligencia. El termino ¨en su totalidad o en parte¨ significa que un acto aislado de violencia racista no constituye genocidio. Deberá existir la intención de eliminar en grandes cantidades a un grupo, aunque no se logre la destrucción completa de este.

Seria recomendable que los Estados Partes del Estatuto de Roma incorporen en el derecho interno el delito de genocidio tal y como lo define el Estatuto . Los Estados que han ratificado la Convención para la Prevención y el Castigo del  Delito de Genocidio ya han tomado las medidas necesarias en su legislación que dan efectividad las disposiciones de esta convención y prevén penas  efectivas para aquellas personas responsables de genocidio.

Si los Estados Partes del Estatuto de Roma no han incorporado el genocidio dentro de su legislación  nacional, estos tienen distintas opciones si desean enjuiciar estos crímenes pro su propia cuenta:

Primero, podrían  adoptar una definición tomada del Estatuto de Roma, o que se refiera a él directamente. La ventaja de esta medida  es una simplicidad, la cual beneficia al legislador de una ley de implementación, además que sería una ley conforme con los requisitos del Estatuto  de la CPI.

Otra opción sería adoptar una serie de delitos independientes que se conectan con cada una de las acciones enumeradas en el Estatuto. Por ejemplo, el Código Penal del Estado podría especificar el homicidio múltiple cometido con la intención de destruir en su totalidad  o en parte, un grupo nacional, étnico, racial o religioso, lo cual constituye genocidio. Lo mismo podría disponerse para las otras cuatro acciones enumeradas en el Estatuto de Roma.

Los Estados también pueden utilizar los delitos generales existentes para enjuiciar a los autores de genocidio, utilizando suficientemente graves que descrinan el delito cometido.

Sin embargo, algunas de las acciones que constituyen genocidio no constituyen un delito bajo el derecho interno. El Estado Parte podrá reformar su Código Penal y crear nuevos delitos que cubran tales acciones. Los Estados Partes deben garantizar que el enjuiciamiento bajo  el derecho interno no sustraiga a las personas de su  responsabilidad penal.

Finalmente, la definición de genocidio podría ser modificada para ser adoptada por el derecho interno, pero con el propósito de facilitarle un significado similar o mas amplio que aquel previsto por el Estatuto. Por ejemplo, Francia indica en su  legislación nacional que el genocidio  podría ser cometido  contra  cualquier grupo. El proceso se deberá tomar con cuidado, sin embargo,  porque cada uno de los términos contenidos  en  el Estatuto de Roma  tiene un significado  particular y son el resultado de un extenso debate, tanto en 1948 como en 1998.

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Opinión

La semana en que la patria debe escoger su camino

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Por Isaías Ramos

Esta no será una semana legislativa cualquiera. La República Dominicana enfrenta una decisión capaz de marcar nuestra convivencia democrática: corregir las disposiciones cuestionadas del Código Penal para armonizarlas con la Constitución o mantener normas susceptibles de infundir temor, inhibir la denuncia ciudadana y restringir derechos fundamentales. Esta semana no se discute solamente un Código: se decide si el poder obedecerá a la Constitución.

Muchos dominicanos todavía creen que la llamada “ley mordaza” solo afectaría a periodistas y comunicadores. Ese es un grave error. Cuando expresiones, denuncias o cuestionamientos de interés público pueden convertirse en fuente de persecución penal, el miedo no permanece encerrado en una cabina de radio. Alcanza al ciudadano que denuncia corrupción, a la madre que reclama justicia, al comunitario que protege su río, al profesional que fiscaliza una decisión pública y al joven que expresa su inconformidad en las redes sociales.

En este Código Penal no puede quedar ni un solo artículo que riña con la Constitución, amenace los derechos y libertades del pueblo o cierre el camino hacia el Estado social y democrático de derecho que la Carta Magna nos ordena construir. No se trata de defender privilegios ni de conceder impunidad para difamar, sino de impedir que el poder penal del Estado sea utilizado para intimidar la crítica legítima, castigar la denuncia de interés público o colocar a los funcionarios fuera del escrutinio ciudadano.

Frente a nosotros aparecen dos caminos. El primero es el de la Constitución: dignidad humana, libertad, justicia, seguridad jurídica y construcción efectiva de un Estado social y democrático de derecho que aún sigue siendo una promesa pendiente para millones de dominicanos. Es el camino hacia una patria donde nuestros hijos puedan crecer, expresarse, trabajar y formar sus familias sin sentir que deben abandonarla para vivir con dignidad; el camino de la confianza, la estabilidad, la paz y el sosiego.

El segundo es el de la arbitrariedad revestida de legalidad: una sociedad donde las personas comiencen a medir sus palabras y guardar silencio ante los abusos por temor a las consecuencias. No afirmamos que una sola ley provocará automáticamente el derrumbe de la democracia ni un éxodo inmediato. La advertencia es más seria.

Las naciones comienzan a extraviar su rumbo cuando normalizan pequeñas renuncias a la libertad; cuando la autocensura debilita la fiscalización ciudadana; cuando esa debilidad facilita la arbitrariedad; y cuando la arbitrariedad destruye lentamente la confianza en las instituciones y en el porvenir.

El pueblo dominicano debe mirarse en el espejo de otras naciones que ignoraron las primeras señales y terminaron pagando un precio devastador. Los países no pierden sus libertades ni expulsan a su población de un día para otro. El deterioro suele comenzar con pequeñas restricciones, excepciones aparentemente justificadas y silencios que la sociedad acepta hasta convertirlos en normalidad. Los pueblos sabios aprenden de esos procesos y actúan antes de que sea demasiado tarde.

Ningún país se vacía por una sola medida. Primero se marchan quienes todavía poseen preparación, recursos o redes para comenzar de nuevo. Después queda una nación debilitada por la pérdida de sus jóvenes, profesionales, emprendedores y familias productivas.

Porque el éxodo no comienza en el aeropuerto. Comienza cuando un joven deja de creer que podrá construir su vida en su propia patria; cuando un profesional entiende que su preparación no le garantiza libertad, seguridad ni oportunidades; y cuando unos padres concluyen dolorosamente que deben alejar a sus hijos del país que aman para ofrecerles el futuro que ya no logran imaginar dentro de él.

La República Dominicana no tiene que escoger entre combatir la delincuencia y preservar la libertad. Un Código Penal moderno debe proteger a las víctimas, sancionar con firmeza al criminal y asegurar que ningún ciudadano pueda ser intimidado por denunciar, fiscalizar, reclamar, protestar pacíficamente o disentir. Un Estado que sacrifica las libertades en nombre del orden pone en peligro tanto la libertad como el verdadero orden democrático.

La decisión formal corresponde al Congreso Nacional y al Poder Ejecutivo. Pero la responsabilidad histórica también pertenece al pueblo dominicano. ¿Permaneceremos unidos y vigilantes en defensa de la Constitución, o permitiremos que la división, la distracción y la manipulación nos conviertan en espectadores de la reducción de nuestros derechos? Cuando la ciudadanía guarda silencio, el poder pierde sus límites y la Constitución se queda sin defensores.

No debemos esperar un milagro. Debemos exigir sabiduría, prudencia y responsabilidad constitucional. Los congresistas y el presidente de la República juraron respetar y hacer respetar la Constitución. Este es el momento de honrar ese juramento: escuchar las advertencias, corregir toda disposición incompatible con las libertades públicas y entregar al país un Código Penal justo, moderno y firme contra el crimen, pero incapaz de ser utilizado contra la ciudadanía.

Desde el Frente Cívico y Social hacemos un llamado solemne al Congreso Nacional y al Poder Ejecutivo para que se coloquen del lado de la Constitución y honren el juramento que hicieron ante Dios y ante el pueblo de cumplirla y hacerla cumplir. Convocamos también a la ciudadanía a permanecer atenta, unida y vigilante ante cualquier intento de vulnerar sus derechos y libertades.

Esta semana la patria deberá escoger su camino: el de la Constitución o el de la intimidación; el de la confianza o el del miedo; el de la ciudadanía libre o el del silencio impuesto. El Congreso tendrá la votación y el Ejecutivo asumirá su responsabilidad. Pero el pueblo conservará siempre el deber de defender, pacífica y democráticamente, aquello que ningún poder puede legítimamente arrebatarle.

Cuando una nación debe escoger entre el miedo y la Constitución, un pueblo digno no vacila: se une, levanta su voz y defiende la libertad.

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Opinión

Los directores de diarios, ¿quiénes son?

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Por Oscar López Reyes

Bienvenido Álvarez Vega alborea como un adalid del periodismo y un portaestandarte en la dirección de dos relevantes diarios impresos. Para esa función cualifica, profesionalmente, por su formación académica en comunicación, su olfato noticioso agudo y saber periodístico; su rigor en la selección y verificación de la información, y su reconocida honestidad y credibilidad, que anclan como clave.

Bienvenido Álvarez Vega, Premio Nacional de Periodismo, igual que Miguel Franjul, director de Listín Diario, y Aníbal de Castro, director de Diario Libre, quienes acoplan la trilogía de los decanos de los diarios impresos del país. Son respetados por sus trayectorias, y porque saben diferenciar, meridianamente, la especulación y el relato de actualidad e interés colectivo, en su texto y contexto.

Ellos y los otros directores de diarios son reputados porque saben escuchar, guiar en el trabajo en equipo contrarreloj y delegar, e inspirar a sus colegas de labores en las salas de redacción; conocen perfectamente las exigencias de las audiencias, el modelo del negocio de una publicación y cómo adaptar los contenidos en la transición digital de los diarios, sin apartarse de su identidad de la publicación. La experiencia, sin improvisación, enseña a la gestión mediática y a cómo abordar, apropiadamente, la ética periodística.

El retiro de Álvarez Vega de la dirección del matutino Hoy coincidió con solicitudes de alumnos de la Escuela de Comunicación Social de la Universidad Dominicana O&M que, con frecuencia, me preguntan si tengo relación con el director de X diario, porque quieren mi ayuda para realizar su pasantía. Les contesto que sí, que con todos los directores y que tengo el privilegio de ser un periodista de interludio, y a seguidas exclaman: ¡Qué! Sí -les respondo- porque en 50 años he trabajado con todos ellos (veteranos) y con los jóvenes, como ustedes. Y -para mi sorpresa- indagan quiénes y cómo son ellos.

Para no seguir desgañitándome con respuestas rápidas, y muchas veces mutiladas, preparé un breve prontuario de cada uno de los principales ejecutivos de rotativos, que prefiero compartir con los estudiantes de las otras ocho escuelas universitarias de comunicación social de República Dominicana, y con lectores de esas antiguas gacetas.

1.- Miguel Franjul, director de Listín Diario. Estudió en el Instituto Dominicano de Periodismo (IDP) e ingresó como reportero del Listín Diario en 1968, a los 17 años de edad. También ha sido director de La Información (Santiago), La Nación y Diario@Diario. Es autor de cinco libros. Siendo subdirector de Hoy, me empleó como redactor de ese matutino y a numerosos alumnos ha acogido como pasantes, con una simple solicitud.

2.- Aníbal de Castro, director de Diario Libre. Cambió los estudios de sacerdote en el Seminario Misionero por los de periodismo en la UASD y Estudios de Desarrollo en la Universidad de East Anglia, Londres, en 1979. Laboró para El Nacional, HIN y como jefe de redacción y director de Última Hora. Fue fundador del primer impreso gratuito del país: Diario Libre, así como de la revista Rumbo; embajador en Washington, el Reino Unido, España, Bélgica y jefe de la Misión ante la Unión Europea. Por más de diez años publicó mis artículos de opinión en Última Hora y compartimos la dirección del Instituto de Previsión y Protección del Periodista (IPPP).

3.- Bienvenido Álvarez Vega, director de Hoy. Estudió periodismo en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) y laboró como periodista para Radio Ahora, El Nacional, La Noticia, Radio Comercial, Radio Popular y director-fundador de El Siglo, el primer periódico digital del país. El protestantismo ha moldeado su ejercicio profesional y su vida. Compartimos como redactores del matutino El Sol, en 1978, y en la década de 1980 laboré bajo su dirección en el Hoy.

4.- Persio Maldonado, director de El Nuevo Diario. Desde mediados de la década de 1970 se inició en el área administrativa en el matutino El Sol y en 1981 junto a un grupo de periodistas fundó El Nuevo Diario. Se licenció en Ciencias Políticas en la UASD y Derecho en la Universidad Interamericana. Funge como presidente de la Sociedad Dominicana de Diarios y coproductor del programa Matinal, Canal 5, Telemicro. Juntos laboramos en El Sol y El Nuevo Diario.

5.- Bolívar Díaz Gómez, director de El Nacional. En 1968 se inició en el periodismo como corresponsal de El Nacional en Santiago y luego en la redacción central de la capital y en la revista Ahora. En 1988 fue designado subdirector de El Nacional y a los 27 años ascendido a director, en sustitución de Radhamés Gómez Pepín, fallecido el 26 de octubre de 2015. Desde el 2018, cada martes en ese rotativo me publica la columna Libre Pensar.

6.- Nelson Rodríguez, director de El Caribe. Locutor desde 1972, en Santiago, y en 1977-1980 en el área de producción de El Sol. Laboró como reportero, jefe de redacción y otras funciones ejecutivas en El Nuevo Diario, El Siglo, Última Hora, Diario Libre, la revista Rumbo, Grupo Cinco y la Junta Central Electoral. En 1977-1978 ocupó la secretaría general del Sindicato de Trabajadores de la Editora El País o El Sol, en el cual le acompañé como miembro de la directiva de ese gremio.

7.- José P. Monegro, director de El Día. Inició sus estudios de periodismo en la UASD y terminó en la Escuela de Comunicación Social de la Universidad Católica Santo Domingo (UCSD). Por 11 años fue reportero de Listín Diario y corresponsal de la agencia norteamericana Asocciated Press (AP). Se desempeñó como jefe de redacción de la revista Ahora y subdirector de El Día, bajo la dirección de Rafael Molina Morillo, a quien sustituyó.

8.- Ingrid González Rodríguez, directora interina de La Información. Licenciada en Educación en la PUCMM, y especializada en técnicas pedagógicas aplicadas a la Educación Superior en la Universidad UTESA. Desde 1996 ha publicado la columna diaria Reflejos, dedicada a tópicos de filosofía, arte, literatura y viajes, en la faceta del periodismo cultural. Escribió para el periódico Centenario y fue consorte del doctor Príamo Rodríguez Castillo, presidente de La Información y de Utesa. A ella me ha unido la literatura.

Similares improntas fueron estampadas por verdaderos periodistas, icónicos en la dirección de diarios, como Rafael Herrera, Francisco Comarazamy, Germán Emilio Ornes y su hijo Antonio Emilio Ornes, Mario Álvarez Dugan, Freddy Gatón Arce, Rafael Molina Morillo, Radhamés Gómez Pepín, Virgilio Alcántara, los hermanos Silvio y Emilio Herasme Peña, Bonaparte Gautreaux Piñeyro, Juan Bolívar Díaz, Antonio Gil, Pedro Caro, Miguel Angel Prestol, Félix Reyna, Mozart Deláncer, Eulalio Almonte Rubiera, Osvaldo Santana, Víctor Manuel Tejada, Ruddy González, Huchi Lora, Juan Manuel García y Manuel Quiroz.

Las publicaciones dirigidas por intelectuales o científicos no periodistas se han caracterizado por la opacidad en el desface informativo y editorial, y terminan en el naufragio, en tanto que los economistas designados como editores económicos se han deslizado, escurridizos, hacia el precipicio más insondable.

Como podemos observar, sin microscopios ni lupas, el director de un diario que sea un periodista profesional experimentado en el reporterismo de calles y fuentes oficiales, evita disgustos no revelados y conflictos con editores y otros miembros de la redacción, que se siente menospreciados por la ausencia de ascensos.

En esta época de desinformación, superficialidades, falsas noticias y manipulaciones/distorsiones expresamente interesadas, el periodista en la dirección de un diario -y no un experto o doctor que pocos entienden por su incorregible exceso de tecnicismos- asegura la aplicación rigurosa de la ética y la independencia informativa por encima de las coacciones comerciales y políticas. En el reverso, el medio tira por la borda el derecho a la información y renuncia a ser un contrapoder, porque se vuelve un artefacto insulso y sin prestigio.

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El autor: Expresidente Colegio Dominicano de Periodistas (CDP)/Asoc. Escuelas de Comunicación Social (AdecomRD) y presidente Asoc. de Profesionales de Relaciones Públicas (Asodoprep).

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