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Imponen entre 5 y 12 años de prisión a 16 acusados de lavado de activos en Operación Corona

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San Cristóbal, RD.- El Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de San Cristóbal distribuyó 110 años de prisión y multas por más de RD$16 millones en contra de 16 acusados de dedicarse al lavado de activos proveniente del tráfico de drogas, armas y tráfico ilícito de migrantes en una red desmantelada con la Operación Corona.

Integrado por las juezas Biulkys Milanés Balbuena (presidenta), Rosa Edalia Mateo Álvarez y Ana Inés Susana Quezada, el tribunal condenó a 12 años de prisión a José Aníbal Cubilete (el Don), en tanto que José Aníbal González Luna fue condenado a 10 años.

Mientras que Manuel Alejandro Lara Martínez, Julio Ignacio Morel Adames y Bernardo del Carmen de Jesús Cruz fueron sentenciados a siete años de prisión (cuatro años en prisión y tres suspendidos bajo reglas), incluyendo someterse a vigilancia del juez de Ejecución de la Pena, residir en el domicilio ofertado en el tribunal, participar en cuatro charlas dictadas por el juez de Ejecución de la Pena, aprender una profesión u oficio, y realizar 60 horas de trabajo comunitario.

También, Marcos Tulio Vélez Londoño fue condenado a cinco años de prisión (tres años y seis meses cumplidos y los demás bajo las referidas reglas) e igual pena le fue impuesta a José Manuel Martínez, Daniel Eduardo Cervantes Montes (el Pequeño y/o el Flaco), Jaime Luis Gutiérrez Montes (Carlos) y a Yony Valentín Féliz Féliz (Daniel).

El grupo imputado en el caso Corona, que fue involucrado en el tráfico de más 700 kilogramos diferentes drogas, además de la pena privativa de libertad, también fue sentenciado al pago de diferentes multas con un monto ascendente a dieciséis millones cuatrocientos mil pesos dominicanos (RD$ 16,400,000.00) a favor y del Estado dominicano.

El órgano de justicia recordó que a la referida estructura se le ocupó la cantidad de 724.35 kilogramos de cocaína clorhidratada, el 16 de mayo de 2020, así como también 800 gramos de cocaína clorhidratada, 66.45 gramos de tetrahidrocannabinol (THC), principio activo de marihuana, 1.11 gramos de Cannabis Sativa, siendo desmantelada con la Operación Corona.

El Ministerio Público estableció que los procesados formaban parte de una organización trasnacional integrada por dominicanos, colombianos y peruanos, que se dedicaban al tráfico de drogas, armas y tráfico ilícito de migrantes.

Sostuvo que lideraban dicha estructura criminal y que se dedicaban a la introducción al país de grandes cantidades de sustancias controladas, específicamente cocaína, provenientes de América, así como de portar armas de fuego de alto y bajo calibre, sin ningún tipo de registro.

En su decisión el tribunal también ordena el decomiso de vehículos de alta gama, inmuebles, armas de fuego (tipo fusiles, pistolas), cápsulas, indumentarias militares como chalecos antibalas, aparatos electrónicos, dinero en efectivo, tanto en moneda nacional, como en dólares, así como todos los fondos inmovilizados de conformidad con las autorizaciones judiciales.

Al recibir la condena de la red criminal, la magistrada Ramona Nova Cabrera, titular de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, aseveró, que condenas de este tipo, mandan un mensaje contundente a la desarticulación de las redes criminales, dedicadas a blanquear los capitales, producto de actividades ilícitas, como el narcotráfico.

Destacó que desde ese órgano especializado se sigue trabajando para enfrentar con peso estos casos.

Los fiscales litigantes por parte de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, fueron Luis García, Pedro Medina Quezada, Manuel Santiago Castro y Hitler Stalin Sánchez Mateo, en tanto que por parte de la Fiscalía de San Cristóbal, Daryl Montes de Oca.

Se destaca que producto de estas investigaciones, surgió el denominado caso Operación Larva, el 27 de octubre de 2021, el cual se encuentra en la etapa intermedia, donde se ha desmantelado una red compuesta por 13 personas físicas y 13 personas jurídicas, las cuales se dedicaban al blanqueo de capitales producto de estas actividades ilícitas.

Los procesados en el caso Corona fueron hallados culpables de violar varios artículos de la Ley 50-88 sobre Drogas, la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos, la Ley de Armas 631-16, y la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas.

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Ministerio Público crea Unidad Canina para fortalecer búsqueda de personas desaparecidas

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Santo Domingo, R.D.-El Consejo Superior del Ministerio Público creó una Unidad Canina especializada para integrarla a la búsqueda de personas desaparecidas y recuperación de cadáveres, informó este domingo la Procuraduría General (PGR).

La unidad, que estará adscrita al Instituto Nacional de Patología Forense (Inacif), intervendrá en los procesos de investigación, en coordinación con otras agencias del Estado, siempre conforme al protocolo y las circunstancias objetivas de cada caso.

El órgano superior de gobernanza del Ministerio Público, presidido por la procuradora general Yeni Berenice Reynoso e integrado por la procuradora adjunta Ysis Germania de la Cruz, el procurador fiscal Denny Frey Silvestre Silverio y el fiscalizador Merlin Mateo Sánchez, tomó su decisión durante la Décimo Tercera Sesión Ordinaria, efectuada el pasado 8 de enero.

Agencias internacionales cooperarán

Según se explica en un comunicado de prensa, para la creación de la Unidad Canina, el Ministerio Público recibirá la cooperación de agencias internacionales, específicamente en lo que respecta a la asistencia de entrenamiento del personal asignado a esos fines.

  • Por igual, se ha dispuesto la elaboración de un protocolo para el total cumplimiento de la Ley 248-12, de Protección Animal, a fin de garantizar el cuidado de los caninos entrenados para estas labores, explicó la secretaria del Consejo, Minerva Cocco, concluyó la nota de prensa.

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Puntos críticos del recurso de apelación de Santiago Hazim que busca revocar la prisión preventiva

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Santo Domingo, R.D.-En el recurso de apelación interpuesto contra la resolución que impuso 18 meses de prisión preventiva a Santiago Hazim, principal implicado en el caso SeNaSa, la defensa plantea diversos puntos críticos para revocar la decisión.

Los abogados Miguel Valerio Jiminián, Yipsy Roa Díaz, Yenifer Doñe Miliano y Daniel Santillán destacan en el recurso contra la decisión del juez Rigoberto Sena la falta de motivación jurídica, la excepción de inconstitucionalidad por control difuso y lo que califican como un fallo “literario y religioso”.

Sostienen que la decisión emitida el pasado mes de diciembre por el Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional vulnera derechos fundamentales y principios básicos del debido proceso.

Por ello, solicitan la revocación inmediata de la medida de coerción, por considerarla arbitraria, desproporcionada y carente de sustento jurídico.

Inconstitucionalidad por desproporcionalidad

Uno de los puntos más relevantes de la instancia es la solicitud de una excepción de inconstitucionalidad. La defensa pide a la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional que, mediante el ejercicio del control difuso, declare inconstitucional el artículo 377.2 del Código Procesal Penal para este caso específico.

Argumentan que imponer 18 meses de prisión preventiva constituye una «pena anticipada», especialmente cuando el propio tribunal fijó un plazo de solo ocho meses para que el Ministerio Público concluya la investigación.

«Resulta una incoherencia que la prisión preventiva sea más extensa que el tiempo otorgado para investigar; esto desnaturaliza la medida y viola la presunción de inocencia», establecen los juristas en el recurso.

Resaltan que la medida excede notablemente el plazo previsto y viola los artículos 40.9 y 69 (numerales 1, 2 y 3) de la Constitución de la República.

Críticas a un fallo «literario y religioso»

La defensa de Hazim también plantea que la decisión del juez Sena carece de la debida motivación, pues se sustenta en apreciaciones de carácter religioso y literario impropias de una decisión judicial.

Según el recurso, la sentencia se asemeja más a una «mala narración novelesca» y a la «cita arbitraria de pasajes bíblicos» que a un razonamiento jurídico.

Aducen que estos elementos fueron utilizados para «caer en gracia» al afirmar que el imputado habría «violado la confianza del presidente Luis Abinader«, lo cual consideran inaceptable en un Estado social y democrático de derecho.

“La decisión se encuentra fundamentada en pasajes bíblicos que nada tienen que ver con la naturaleza jurídica de la medida… el tribunal señaló de forma directa a Hazim como avaro y traidor a la patria, juicios de valor personal sin conexión con los elementos probatorios”, enfatizan.

Derecho a la salud y dignidad humana

El recurso también alega violaciones al derecho a la salud y a la dignidad humana. Los abogados indican que no se ponderaron adecuadamente los elementos de arraigo que garantizan que el imputado no representa peligro de fuga.

Presentaron constancias del Icahn School of Medicine at Mount Sinai que establecen que Hazim recibe, desde 2011, un tratamiento especializado con infusiones de Ocrevus (ocrelizumab) cada seis meses en Nueva York.

Sostienen que la prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación de Las Parras imposibilita la continuidad de este tratamiento, lo que podría derivar en consecuencias irreversibles para su bienestar físico y neurológico.

Se espera que la Corte de Apelación del Distrito Nacional fije próximamente la fecha para el conocimiento de este recurso, donde se decidirá si se mantiene la medida o se dicta una menos gravosa que permita al imputado llevar el proceso en libertad.

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La JCE anuncia horario de 08:00 a.m. a 01:00 p.m. para servicios a la ciudadanía

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Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE) informó que en 14 centros de cedulación  por lo que estarán brindando sus servicios a la ciudadanía en un horario de 8:00 de la mañana hasta la 1:00 de la tarde desde el 12 al 16 de enero del 2026.

El órgano electoral explicó que la reducción del horario se debe a que se llevará a cabo la captura de datos biométricos y personales para el proceso de la renovación de la cédula de identidad y electoral, exclusivamente a los empleados de la institución.

Estos 14 centros con este horario especial durante la fecha señalada son los siguientes:

1. Bajos de Haina
2. Boca Chica
3. Carretera Mella
4. Cristo Rey
5. Doctor Delgado
6. Ensanche Luperón
7. Gascue
8. Herrera
9. Las Américas
10. Los Alcarrizos
11. Pedro Brand
12. Plaza Naco
13. San Antonio de Guerra
14. Villa Mella

La primera etapa de inicio del despliegue progresivo controlado y limitado para la captura y posterior entrega, que abarca el primer trimestre de este año y dirigido solo al personal de la JCE, «garantiza la estabilidad operativa, calidad del servicio y confiabilidad de los sistemas antes de su despliegue a escala general».

Además, la JCE explicó que al mismo tiempo esta es la «manera correcta» de reducir riesgos, ajustar los tiempos e identificar mejoras.

«Recordamos a la ciudadanía que esto obedece a la ejecución de la primera etapa del proceso de renovación de la cédula de identidad y electoral, y pedimos su comprensión ante los inconvenientes que esto les pueda causar», agregó la institución en una nota de prensa.

Recordó que será a partir de abril cuando se inicie la captura y entrega de la nueva cédula a la población en general según el mes de nacimiento.

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