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Fueron ocho los proyectos inmobiliarios utilizados para la comisión de fraudes.

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Santo Domingo, R.D.-El Ministerio Público ofreció detalles en su solicitud de medida de coerción sobre los fraudes cometidos por la red Operación Nido que se dedicaba a la comisión de una series de engaños inmobiliarios en contra de familias dominicanas del país y del exterior.

Los montos de los precios acordados como pagos a las víctimas oscilaban, para los locales comerciales, desde los 90,000 dólares (aproximadamente 5.2 millones de pesos); y los apartamentos desde 120,000 dólares (aproximadamente 6.9 millones de pesos), US$130,000 (aproximadamente 7.5 millones de pesos) y 175,000 dólares (aproximadamente 10 millones de pesos).

Tres proyectos fueron los que captaron más la atención de las víctimas, entre ellos Proyecto Residencial Riviera Tower, Proyecto Condo-Hotel y proyecto Residencial Riviera del Este donde más de 85 personas pagaron para adquirir los inmuebles.

Además, pagaban cuotas mensuales desde la suma de 730 y 3,000 dólares, de acuerdo con el Ministerio Publico.

Esos inmuebles reciben el nombre de Proyecto Residencial Ruth 01 o Ruth Tower, Proyecto Residencial Riviera del Este,  Proyecto Condo-Hotel,  Proyecto Plaza Comercial Riviera Placer Center.

Asimismo, también el Proyecto Esperilla 81, Proyecto Riviera Park Center, el Proyecto Residencial Distrito del Este, Proyecto Residencial Riviera Habitacional de Apartamentos Riviera Tower.

Así lo cita el documento con 408 páginas elaboradas por la Dirección General de Persecución del Ministerio Público.

PROYECTO RESIDENCIAL RIVIERA DEL ESTE.

Desde 2021 más de 30 personas han pagado para adquirir un apartamento en el Proyecto Residencial Riviera del Este ubicado en el sector San Souci, Avenida España.

Uno de los que pagó fue Wilfredo Chireno González, quien en fecha 14 de diciembre de 2021 formalizó un contrato de promesa de compra y venta con la Inmobiliaria & Diseños Arquitectónicos (Indisarq), para adquirir el apartamento debía pagar 175,000 dólares y hasta la fecha de las investigaciones ha pagado 27,000 dólares, equivalente a más de un millón de pesos dominicanos.

Miriam Rafaela Ovalles y Hegel Espinal el 1 de enero de 2022 acordaron adquirir el apartamento para el que deberían pagar 130,000 dólares y hasta la fecha han pagado la suma de 39,000 dólares, según los recibos a los que tuvo acceso el Ministerio Público.

También fue el caso de Ruth Esther Guillermo, quien el 11 de enero de 2021 acordó un apartamento de 130,000 dólares y hasta la fecha según recibos ha pagado la suma de RD$343,500.

Este fue el  proyecto ubicado en el sector San Souci,  Avenida España, donde al menos 45 personas pagaron para obtener un apartamento con el monto de más de 130,000 dólares, que equivale a más de 6 millones de pesos dominicanos.

En los años 2020 y 2021 Eugenio Salvador en fecha 13 de junio, según el Ministerio Público, formalizó contratos para adquirir dos inmuebles uno con el costo de 130,000  y otro de 120,000 dólares y hasta la fecha conforme a recibos ha pagado por los dos apartamentos 62,542 dólares equivalente a la suma de más de 2 millones de pesos dominicanos.

Mientras que Stanley Joseph Austin el 15 de agosto de 2023 para adquirir un apartamento debió pagar el monto de 185,000 dólares y hasta la fecha ha pagado US$21,600.00.

PROYECTO CONDO-HOTEL, DENOMINADO RIVIERA GARDEN SUITES

En este proyecto inmobiliario ubicado en Avenida España alrededor de 25 personas han sido estafadas con la compra de apartamentos que va desde 131,000 hasta más de 175,000 dólares, que son 7 a 10 millones de pesos dominicanos.

Hasta la fecha desde el 23 de marzo del 2022, José Antonio Pérez ha pagado 50,350 dólares según recibos, faltándole menos de la mitad para completar su pago de un apartamento de 90,000 dólares.

En ese mismo mes pero de 2023, Luis Emilio Rodríguez formalizó el contrato para pagar 140,000 dólares y hasta la fecha ha pagado 19,598 dólares.

PROYECTO PLAZA COMERCIAL, DENOMINADO RIVIERA PLACE CENTER

En este proyecto ubicado en la Avenida España, Luis Alberto Ortiz formalizó contrato por US$95,000 y hasta el momento ha superando los 3 millones de pesos dominicanos.

Aldesa Mercedes Hernández para adquirir el inmueble debía pagar US$95,000.00 y hasta la fecha ha pagado RD$278,500  y 14,780 dólares.

PROYECTO RESIDENCIAL RUTH 01

En este Proyecto ubicado en el sector Isabelita, calle 6, número 23, Santo Domingo Este, más de 5 personas pagaron para obtener sus inmuebles.

El 25 de agosto del 2020, Benito Sánchez,  formalizó contrato de RD$4, 200,000.00 y hasta la fecha, conforme a recibos ha pagado RD$776,000.00 para adquirir su apartamento en el proyecto Residencial Ruth 01.

PROYECTO ESPERILLA 81

En este ubicado en el Distrito Nacional, igualmente, Altagracia Lantigua, el 14 de agosto de 2023, para comprar su apartamento debió pagar 255, 000 dólares  y hasta la fecha ha pagado el monto de 25,500 dólares siendo la única que ha depositado dinero en este proyecto.

PROYECTO RIVIERA PARK CENTER

José Antonio Pérez, desde el 28 de abril de 2021 y hasta la fecha ha pagado 50,350 dólares, para un apartamento ubicado en la Avenida España que cuesta 88,000 dólares.

PROYECTO DISTRITO ESTE

De igual forma, en el inmueble ubicado en Santo Domingo Este, Mónica Toribio y José Luis Martínez según el Ministerio Público el 26 de febrero del 2022 hasta la fecha han pagado 30,000 dólares para adquirir un apartamento debían pagar US$290,000.

Todo este dinero era depositado en dólares a una Cuenta Corriente del Banco Popular Dominicano a nombre de CRD Equipos Pesados SRL.

Al grupo que integra esta presunta red encabezada por el ingeniero Emmanuel Rivera Ledesma y otros seis imputados, se les acusa de estafas, falsificación, asociación de malhechores y lavado de activos en perjuicio de las víctimas a las que ofertaban viviendas a través de siete proyectos inmobiliarios.

La audiencia se desarrolla en el Cuarto Tribunal Colegiado del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva.

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RD tiene 14 fallas sísmicas activas, advierte la Defensa Civil y llama a la poblacion a estar alerta.

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Santo Domingo.- Las alarmas se han encendido en la República Dominicana a propósito del movimiento telúrico de magnitud 5.0 registrado al sur de La Romana, sumado a los recientes fuertes terremotos en Venezuela.

El director de la Defensa CivilJuan Salas, reiteró este viernes que el país “vive en una zona sísmicamente activa” y recordó que existen al menos 14 fallas sísmicas que pueden activarse en cualquier momento, por lo que la preparación ciudadana puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte.

Salas insistió en que la población debe mantenerse informada, organizada y lista para responder ante un evento súbito, al tiempo que anunció que el organismo cuenta con una nueva herramienta técnica para ofrecer respuestas más rápidas ante emergencias.

En medio del contexto regional, el titular de la Defensa Civil advirtió sobre la vulnerabilidad del país.

“Una brigada de técnicos dominicanos está trabajando en esta dirección… lo ocurrido en Venezuela, país con una placa tectónica similar a la nuestra, nos llama a mantenernos atentos. Somos un país con 14 fallas que pudieran activarse en cualquier momento”, expresó Juan Salas.

Además, explicó que el equipo técnico realiza demostraciones constantes sobre qué hacer antes, durante y después de un sismo, destacando tres acciones esenciales:

  • Mantener la calma
  • Identificar salidas seguras
  • Seguir un comportamiento correcto en medio de la emergencia.
Delfín Rodríguez, sub director de la Defensa Civil
Delfín Rodríguez, sub director de la Defensa Civil

Durante la jornada informativa también intervino el subdirector de la Defensa Civil, Delfín Rodríguez, quien detalló los protocolos básicos que debe seguir la población en caso de un sismo.

“Antes de un sismo hay que capacitarse, hacer un plan familiar y comunitario de emergencia para saber qué hacer antes, durante y después”, explicó.

Rodríguez enfatizó el uso del silbato como herramienta de rescate, especialmente en casos de colapso estructural.

“El silbato sirve para que, si quedamos atrapados, podamos emitir sonido y los equipos de rescate nos localicen. Si no hay silbato, se puede golpear metal o piedras para ser ubicados”, señaló.

También indicó que las unidades de rescate cuentan con equipos especializados como cámaras telescópicas con alcance de hasta 12 metros entre escombros, además de tecnología de ultrasonido para la localización de personas atrapadas.

En cuanto a la respuesta inmediata, fue enfático en la técnica básica que toda la población debe memorizar:

Agáchate, cúbrete y protégete”, reiteró, explicando que durante el sismo las personas deben proteger la cabeza, adoptar posición segura y evitar correr de manera descontrolada.

Rodríguez explicó que el país comparte una compleja estructura tectónica en la isla, incluyendo fallas como la trinchera de los Muertos, ubicada al sur del territorio nacional, la cual ha sido históricamente responsable de eventos sísmicos en la región.

Recordó además el terremoto de Haití como un punto de reflexión para fortalecer la descentralización de los equipos de emergencia.

“Hoy contamos con equipos distribuidos en las nueve regiones del país. Si una región colapsa, otra puede brindar apoyo inmediato mientras llegan ayudas internacionales”, afirmó.

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TC dispone devolver RD$8 millones a hombre y fija límites a retención de bienes

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Santo Domingo, R.D.-El Tribunal Constitucional (TC) volvió a pronunciarse sobre un problema recurrente: la negativa de autoridades e instituciones a devolver bienes o recursos cuya retención ya no tiene sustento legal.

En una nueva sentencia, la alta corte ordenó al Banco Agrícola devolver ocho millones de pesos que permanecían retenidos pese a que habían cesado las medidas de coerción que dieron origen a la garantía económica.

La decisión se suma a otros fallos recientes del TC relacionados con la devolución de bienes y recursos vinculados a procesos judiciales, en los que el tribunal ha advertido que las autoridades no pueden mantener bajo su control dinero o propiedades cuando desaparece la causa legal que justificó la medida.

Posteriormente, el 3 de octubre de 2017, el Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La Romana dictó un auto de no ha lugar y dispuso el cese de todas las medidas de coerción impuestas en ese proceso.

La entidad financiera alegó que la garantía estaba respaldada por un certificado financiero emitido a nombre de la Procuraduría Fiscal de La Romana y no a nombre de Michel, por lo que entendía que los fondos no podían ser entregados al reclamante. También sostuvo que este carecía de interés directo sobre esos valores y que la devolución podía afectar el patrimonio de la institución.

Ante la negativa, Michel presentó una acción de amparo alegando una vulneración de su derecho de propiedad. El Tribunal Superior Administrativo (TSA) acogió el recurso y, mediante una sentencia emitida en agosto de 2019, ordenó al Banco Agrícola devolver los fondos.

Los jueces verificaron que el dinero había sido aportado originalmente por Michel mediante un cheque de administración emitido por el Banco de Reservas y que esos recursos nunca fueron transferidos ni cedidos al imputado ni al Estado como propietarios de los fondos.

El TC concluyó que el certificado financiero emitido a nombre de la Procuraduría respondía al mecanismo utilizado para instrumentar la garantía judicial, pero no modificaba la titularidad del dinero.

«Resultaba jurídicamente improcedente la retención de los montos depositados», sostuvo el tribunal al confirmar la devolución de los 8 millones de pesos.

La alta corte recordó que el artículo 237 del Código Procesal Penal dispone que las garantías económicas deben cancelarse y los bienes afectados devolverse cuando cesa la medida que les dio origen.

Asimismo, reiteró un criterio fijado recientemente según el cual las personas que enfrenten la negativa de una autoridad a devolver bienes o valores cuya restitución sea obligatoria pueden recurrir al amparo de cumplimiento para exigir la ejecución de esa obligación legal.

Con esta decisión, el TC confirmó la devolución de los fondos reclamados por Michel y reafirmó que la retención de bienes o recursos no puede mantenerse cuando desaparece la causa legal que la justificaba.

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Los hermanos Espaillat van a juicio de fondo a la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.

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Santo Domingo, R.D.-Fue apoderada para conocer el juicio de fondo contra Antonio y Maribel Espaillat, propietarios de la discoteca Jet Set, acusados de su presunta responsabilidad en el colapso del techo  del referido establecimiento, tragedia que dejó como resultado la muerte de 236 personas y más de 180 heridos, la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.

El expediente fue asignado al tribunal, presidido por la magistrada Clara Luz Almonte, mediante el sistema de sorteo aleatorio computarizado de la presidencia de la Cámara Penal del Distrito Nacional, luego de que un juez determinara que debía seguir el proceso en un juicio de fondo.

Con este paso, la magistrada procederá próximamente a emitir el auto de fijación de audiencia para citar formalmente al Ministerio Público, a la defensa de los imputados y a las partes querellantes.

Tras un análisis exhaustivo del expediente, el magistrado tipificó los hechos como homicidio culposo o imprudente, rechazando la solicitud de un sector de las víctimas que buscaba que el caso fuera juzgado bajo la figura de homicidio voluntario.

Uno de los puntos relevantes de la decisión del juez Mejía es la exclusión del Ayuntamiento del Distrito Nacional, el Ministerio de Obras Públicas y otras instituciones estatales del proceso penal.

El juez argumentó que, ante la conducta procesal demostrada por los imputados, quienes han mostrado arraigo y disposición de asistir voluntariamente a las audiencias, la prisión preventiva no resulta procedente, recordando que en el sistema constitucional dominicano la libertad es la regla y la prisión la excepción.

No obstante, en el ámbito civil, el tribunal dictó medidas de coerción reales contra los imputados, consistentes en la inmovilización de bienes y medidas conservatorias para garantizar la reparación del daño a las víctimas.

El tribunal confirmó que las evidencias, tanto documentales como materiales, fueron recabadas respetando los derechos fundamentales y ajustándose a los artículos 140, 173, 174 y 197 del Código Procesal Penal, así como a la Resolución 38-69 de la Suprema Corte de Justicia.

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