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Análisis Noticiosos

Incentivos al desarrollo fronterizo generan disputa

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Por Víctor Mateo 

 En los últimos días se ha generado un debate respecto a la Ley No. 28-01, mediante la cual se crea la Zona Especial de Desarrollo Fronterizo, que reúne las provincias de Pedernales, Independencia, Elías Piña, Dajabón, Montecristi, Santiago Rodríguez y Bahoruco. Las complicaciones surgen en el sentido de que diversos sectores empresariales requieren la revisión de la indicada ley bajo el entendido de que perjudica a miles de empresas que cumplen puntualmente con los pagos de impuestos y generan más de 400 mil empleos.

 Para la presidenta de la Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD), se hace necesario que en el menor tiempo posible el Gobierno envíe al Congreso Nacional las modificaciones que se harían a la Ley No. 28-01, ya que la misma tiene una serie de aspectos que van en detrimento del sector empresarial. La licenciada Ligia Bonetti sostiene que la misma desvirtúa el objetivo de la Estrategia Nacional de Desarrollo en cuanto a la racionalización de los incentivos fiscales y la minimización de los efectos negativos de estos en la recaudación.

 El presidente del Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP), Manuel Diez Cabral, la vicepresidenta de la AIRD, Circe Almanzar, el presidente la Organización Nacional de Empresarios (ONE), el licenciado Antonio Ramos y Julio Virgilio Brache, ejecutivo del Grupo Rica y presidente de la Cámara Americana de Comercio, entre otros dirigentes empresariales, han expresado su apoyo a las declaraciones de la licenciada Bonetti. Consideran, igualmente, que la revisión y posterior modificación de la norma deberá realizarse a más tardar en 60 días, ya que –según expresan– la aplicación de la misma exhibe pocos logros. Califican esta ley como discriminatoria y discrecional y enfatizan que el Estado dominicano obtendría mejores resultados si invirtiera los cientos de millones de pesos que ha dejado de percibir por exenciones fiscales en el desarrollo de programas sociales en la frontera.

 Por su parte, los comerciantes de la zona fronteriza se oponen a las declaraciones antes citadas, pues de acuerdo con datos arrojados por el Gobierno, entienden que los empresarios radicados en las grandes urbes reciben cada año más de 3,000 millones de dólares por concepto de exoneraciones e incentivos, mientras que ellos solo recibe unos 30 millones por el mismo concepto. Erickson Taveras, quien funge como vocero de 23 organizaciones y fundaciones fronterizas que defienden la aplicación de la ley, precisó que no se oponen a la modificación sugerida, siempre y cuando sea con fines de fortalecerla.

 Asimismo, en un documento rubricado por los obispos de las diócesis de Mao-Montecristi, monseñor Diomedes Espinal; de San Juan de la Maguana, monseñor José Dolores Grullón; y de Barahona, monseñor Rafael Felipe Núñez, y dirigido a la Comisión de Fronteras de la Cámara de Diputados, los firmantes manifiestan su oposición a la reforma del referido texto legal, tal y como lo plantean quienes solicitan su revisión ya que, de llevarse a cabo, significaría la sepultura de siete provincias (Pedernales, Independencia, Elías Piña, Dajabón, Montecristi, Santiago Rodríguez y Baoruco).

 En dicho orden, Miguel Cruz, quien se desempeña como director del Consejo de Fronteras, llamó “empresarios de doble moral” a quienes buscan que el Congreso Nacional y el Poder Ejecutivo modifiquen la Ley No. 28-01 y declaró que “a muchos empresarios de los que están pidiendo la derogación de la pieza se les aprobaron proyectos, pero que nunca se han interesado en las provincias de la frontera, porque consideran que los costos operacionales son muy elevados”.

Legisladores opinan al respecto

Es preciso indicar que el legislador por la provincia Baoruco, diputado Rafael Méndez, expresó su desacuerdo con la pretensión de algunos empresarios, pues a su entender si se despoja a esa zona fronteriza de la Ley No. 28-01, esa parte de la nación quedará acéfala y podría ser ocupada por los haitianos.

Por otro lado, el diputado por el Distrito Nacional, Elpidio Báez, solicitó a la comisión que trata el asunto, investigar cuántas empresas se encuentran amparadas por la Ley No. 28-01, puesto que según opina existen empresas instaladas en Santiago y en el Distrito Nacional que reciben los beneficios de la citada legislación.

En ese sentido, Bernardo Alemán, diputado por la provincia de Montecristi, externó que es imposible que empresas que no están instaladas en la zona fronteriza obtengan los beneficios que plantea la norma legal, a menos que exista una mafia entre la Dirección General de Aduanas y esos empresarios.

¿Qué contempla la Ley No. 28-01?

La Ley No. 28-01 persigue dinamizar la zona fronteriza, estimulando la constitución de empresas en dicha zona, a cambio de las exenciones fiscales consignadas desde los artículos 2 hasta al 5 de la mencionada ley, los cuales rezan de la siguiente manera:

ARTÍCULO 2.Las empresas industriales, agroindustriales, agropecuarias, metalmecánica, de zona franca, turísticas, metalúrgicas y energéticas, así como todo tipo de empresas permitidas por las leyes dominicanas, que existen a la fecha de promulgación de la presente ley, y las que se instalen en el futuro dentro de los límites de cualquiera de las provincias señaladas en el artículo uno (1) de esta ley, disfrutarán de las facilidades y exenciones que se indican en el párrafo siguiente.

PÁRRAFO. Las empresas industriales, agroindustriales, agropecuarias, metalmecánica, de zonas francas, turísticas, metalúrgicas y energéticas, y de todo tipo de empresas permitidas por las leyes dominicanas establecidas y que se establezcan en el futuro, que operen dentro de los límites de las provincias de Pedernales, Independencia, Elías Piña, Dajabón, Montecristi, Santiago Rodríguez y Bahoruco, disfrutarán de una exención de un cien por ciento (100%) del pago de impuestos internos, de aranceles aduaneros sobre materias primas, equipos de maquinarias, así como cualquier tipo de impuesto, durante un período de veinte (20) años. Se les otorga, además, un cincuenta por ciento (50%) en el pago de libertad de tránsito y uso de puertos y aeropuertos.

ARTÍCULO 3. Se fija para las empresas instaladas y a instalarse en las provincias señaladas una reducción del cincuenta por ciento (50%) de cualquier otro impuesto, tasa o contribución vigente a la fecha o que se establezcan en el futuro, mientras estén vigentes los veinte (20) años de las exenciones contempladas en esta ley para las provincias indicadas en el párrafo del artículo dos (2).

ARTÍCULO 4.Salvo las exenciones arancelarias, que serán efectivas desde la promulgación de esta ley, los plazos de las exenciones y facilidades indicadas en el artículo dos (2) que se otorguen, comenzarán a correr desde la fecha en que haya fijado sus instalaciones e iniciado sus operaciones, cada empresa dentro del área de la provincia señalada, y se computarán los períodos completos a cada empresa en la forma que se indica en el artículo siguiente.

ARTÍCULO 5.Se otorga un plazo de cinco (5) años para que toda empresa que se establezca disfrute del término completo del período de exenciones. A partir del término de cinco (5) años que se indica en este artículo, las nuevas empresas que se establezcan sólo disfrutarán de la parte de período de exención que quede vigente, contando desde el día siguiente del vencimiento de los cinco (5) años a que se refiere este artículo, hasta la fecha en que se venzan dichos plazos a contar de ese día.

El autor es catedrático de la PUCAMAIMA Y APEC

 

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Análisis Noticiosos

Lo bueno y lo malo de un “outsider”.

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Por José Cabral.

Nadie puede negar que la República Dominicana está en medio de la gran posibilidad de que pueda surgir un “outsider” en la política nacional, aunque el problema descansa en que no se ha articulado una propuesta que responda al nicho que se ha creado en esta dirección.

Prácticamente todas las encuestas colocan en un 54 ó 55 por ciento, aunque se piensa que es mucho mayor, las personas que no sienten ningún respeto ni vinculación con los partidos políticos, los cuales han llegado a un nivel de descrédito que nadie podía imaginarse.

Es tan grave el problema que esa realidad amenaza la democracia representativa, ya que en las últimas elecciones el país ha terminado con autoridades que no cuentan con la legitimidad necesaria para garantizar una buena gobernabilidad.

Pero frente a esa realidad la pregunta que todo el mundo se hace es si valdría la pena que en el país se produzca el fenómeno del “outsider” como que ya ha pasado en muchas naciones latinoamericanos e incluso en los Estados Unidos de América.

El último caso de este tipo se ha producido en Colombia, donde un abogado penalista, un depravado, defensor de narcotraficantes, de evasores de impuestos y de los paramilitares ha quedado en primer lugar en las  elecciones presidenciales.

A Abelardo de la Espriella, un ultraderechista, sin ningún mérito, pero sin venir de las estructuras tradicionales del partidarismo político, se ha colocado en la puerta de la presidencia de Colombia, con un discurso agresivo y con una visión de cuestionamiento del derecho internacional que lo acerca al actual jefe de Estado de los Estados Unidos, Donald Trump, quien incluso ya lo ha apoyado.

El asunto es que este tipo de “outsider” no es saludable para que ningún país del mundo, porque representa un antivalor, un enemigo del derecho internacional y además un depravado que no respeta absolutamente nada ni a nadie.

Entonces, si la República Dominicana se viera en ese espejo estaría en un escenario que significa un evidente retroceso al bienestar que se supone debe garantizar todo aquel que se opone a la partidocracia, que nadie puede negar que en todas estas naciones ha implicado una gran desgracia para los pueblos.

Por esta razón es que creo que, si en la República Dominicana se crean las condiciones, como ya parece que ocurre, para desplazar del poder a los partidos políticos, tiene que ser para bien, no para mal, ya que debe ser un “outsider” que cuente con un plan programático y estratégico a corte, mediano y largo plazo para poder lograr las transformaciones que demanda la sociedad.

Naturalmente, la preocupación de que el problema del país no sólo descansa en el funcionario público, el cual procede de los partidos políticos, instancias totalmente corrompidas y enemigas del progreso nacional, sino también en la visión y actitud distorsionada del ciudadano como resultado del neoliberalismo salvaje introducido en el país por Leonel Fernández.

Tal vez ahí esté la explicación de que una opción con una visión colectiva, no individual, no haya podido consolidarse en el país, ya que articular este tipo de propuesta implica, según lo que se ve, romper con lo que luce ser una utopía por la forma en que el neoliberalismo se ha apropiado de la mente y el sentir de la gente.

Pero si Dios quiere y en razón de que las condiciones están dadas para que en el país surja un “outsider”, ojalá sea para bien y no para mal, contrario a como se observa que se produce en Colombia y en otros países latinoamericanos.

El “outsider” dominicano tiene que ser para romper con la vieja  política, a los fines de acabar con la corrupción y los principales males que aquejan a la sociedad en asuntos tan fundamentales para tener crecimiento y desarrollo nacionales como el empleo, la institucionalidad, la seguridad pública y ciudadana y en otros aspectos que durante décadas han representado una retranca para la nación.

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Análisis Noticiosos

El sistema de justicia nacional y una democracia que agoniza.

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Por José Cabral.

Los jueces y juezas son considerados emperadores que tienen el privilegio de juzgar la conducta de los demás, pero nunca la de ellos, convirtiéndose muchas veces en los funcionarios públicos que violan más que cualquier otro agente del Estado los derechos de las personas.

La explicación del abuso de poder desde la condición de juez, jueza o fiscal consiste en que somos una nación donde la democracia existe más de apariencia que de realidad y que ello obedece a la herencia patriarcal, machista, caudillista y de amiguismo que genera mucha tolerancia con el que infringe la ley desde la sombrilla del Estado, cuya visión descansa en la herencia histórico-cultural anti-democrática.

La República Dominicana ha pretendido desarrollar una democracia en la que prevalezca el principio de legalidad, juridicidad y de igualdad, pero este propósito ha resultado ser una utopía porque los tiempos de dictaduras tienen un fuerte peso en la vida nacional.

En el Estado democrático los derechos no están por encima de los deberes, ambos van de la mano, pero en los países con escaso nivel de desarrollo la gente piensa que no tiene que cumplir con sus obligaciones y que los derechos son absolutos.

Hace muy pocos días que los actores del sistema de justicia se lanzaron a un paro de labores en demandas de mejores condiciones salariales y de trabajo en sentido general, lo que nadie le regatea porque la realidad es que las mismas son deprimentes, aunque ello no justifica la forma en que muchos tribunales se manejan en los casos que les llegan.

Todo el mundo sabe o por lo menos constitucionalmente está establecido que los jueces son garantes fundamentales de la justicia y la paz social, ya que su principal papel es administrar justicia mediante la solución de conflictos de manera imparcial, aunque este concepto luce ser una utopía.

Los jueces se supone que actúan como puente mediador entre las leyes y los ciudadanos, asegurando la equidad, el respeto a las garantías constitucionales y la estabilidad del Estado de Derecho, ya que en la sociedad contemporánea el ejercicio de la judicatura abarca funciones esenciales que van más allá de simplemente aplicar la ley escrita, sobre todo en una época en que el derecho ha entrado en un profundo proceso de constitucionalización.

Sin embargo, cuando el sistema de justicia no cumple con su rol, entonces llega la distorsión que tiene que ver con la vía de hecho, dado que éste tiene la misión teórica de darle a cada ciudadano lo que le corresponde, a los fines de evitar hacer justicia con sus propias manos y para garantizar una convivencia ordenada.

La justicia también debe velar porque prevalezca el principio de legalidad y de juridicidad para el control del poder, ya que representa un contrapeso vital al supervisar que los actos de los otros órganos del Estado se ajusten a la Constitución y al bien común, pero todo ello requiere, además, que los jueces, juezas y demás actores de la judicatura nacional también  ajusten  sus actuaciones a los deberes que les impone la ley sustantiva de la nación y las normas por las que se rige el Poder Judicial.

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Análisis Noticiosos

Es imperdonable que Subero Isa haya mal asesorado al presidente de la República.

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Por José Cabral

Cuando el Congreso Nacional aprobó en violación de la Constitución la promulgada Ley 13-26 que persigue anular las candidaturas independientes, muchos confiamos en la amplia formación y la vocación democrática del expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, quien ahora se desempeña como Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo.

Siempre pensé que lo mínimo que podía sugerirle Subero Isa a Luis Abinader era no promulgar esa pretendida ley y en su lugar recomendar observarla por constituir una violación muy grave a la Constitución de la República y a una jurisprudencia del Tribunal Constitucional que el jefe de Estado prometió cumplir cuando se juramentó en el cargo.

Pero aun después de la promulgación en una conversación con el promotor de la acción directa de inconstitucionalidad en contra de los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23, Alberto Fiallo, éste decía que parece que Subero Isa no había jugado ningún papel en semejante agravio a la democracia y al proceso de constitucionalización del derecho en la República Dominicana.

E incluso planteó el amigo Fiallo que Subero Isa no había tenido ninguna participación en semejante disparate jurídico, porque se veía que se trataba de un asunto manejado políticamente desde el Partido Revolucionario Moderno (PRM), lo cual parece lógico en razón de que fue algo manejado por los cuadros más importantes de la organización oficial.

Sin embargo, luego de ver la recomendación al presidente Abinader de Subero Isa en su condición de consultor jurídico del Poder Ejecutivo de que no se meta en lo referente al conflicto entre los jueces, juezas y demás personal del Consejo del Poder Judicial, todo indica que de igual modo debió haberlo hecho con la promulgación de la Ley 13—26.

No hay ninguna razón de que Subero Isa no haya intervenido en la decisión del presidente en lo que respecta a la promulgación de la Ley 13-26, máxime cuando el consultor jurídico ya había hecho pública su posición en contra de las candidaturas independientes.

De ser así, Subero Isa ha incurrido en su peor error como hombre público y jurista de una larga trayectoria, porque se trata de una acción antijurídica y que de alguna manera desmiente la creencia que nos hemos creado muchos de que este expresidente de la Suprema Corte de Justicia es un profesional del derecho lo suficientemente acabado y formado para el mejor de los consejos.

Si esta hipótesis es cierta entonces estaríamos ante un gran fiasco, porque no sé si Subero Isa sabe que con lo que podría ser esa asesoría a un hombre como el presidente Abinader, quien no tiene la menor idea de asuntos constitucionales, lo ha sumergido en una grave violación al derecho interno y externo, lo cual perdurará para toda la historia del país.

Sería imperdonable que Subero Isa no entienda la importancia que tiene en la democracia nacional el proceso de constitucionalización del derecho que se inicia en el país con la Constitución del 2010 y de la que se deriva la referida figura jurídica y que tampoco digiera el fenómeno que tiene que ver con la defensa y preservación de los derechos fundamentales en la sociedad dominicana, ya que la decisión de Abinader busca arruinar y eliminar el derecho, valores y principios de legalidad, proporcionalidad, pro participación y de dignidad humana.

No es que Subero Isa no tiene el derecho de estar en contra de lo que considere, pero de igual modo se entiende que es totalmente inaceptable que él se ponga en contra de una jurisprudencia que tiene el sustento del mandato de la Constitución.

Considero que la figura de Subero Isa se degrada y queda muy mal parada cuando entra en el juego de la politiquería al recomendar, si fue que así ocurrió, la promulgación  de la Ley 13-26, que en buen derecho  no  es más que un contrasentido jurídico y que no puede tener otro destino que su nulidad.

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