Análisis Noticiosos
Iniquidad en las pensiones públicas
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14 años agoon
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LA REDACCIÓNPor: Juan Bolívar Díaz
Tan pronto sea aprobada y puesta en vigor la Ley de Regulación Salarial del Sector Público que se discute en el Congreso, habrá que dar otro paso trascendental para revisar el ordenamiento legal de las pensiones de los funcionarios y trabajadores del Estado, donde las inequidades e iniquidades pueden resultar todavía mayor que en el régimen de sueldos.
Y no es que falte una regulación legal, pues el 11 de diciembre de 1981 el presidente Antonio Guzmán promulgó la Ley 379 que establece “un nuevo régimen de Jubilaciones y Pensiones del Estado Dominicano para los funcionarios y Empleados Públicos”, sino que la misma es violada sistemáticamente hasta por el presidente de la República e ignorada por una gran parte de los organismos autónomos y descentralizados del Estado que se han dado sus propios regímenes de pensiones y jubilaciones, disponiendo abusivamente de los dineros de los contribuyentes y creando una situación de irritante privilegio.
La inequidad fue puesta de manifiesto el jueves por el director general de Impuestos Internos, el ilustre Juan Hernández, quien señaló que con más de 20 años de servicio público, si le tocara pensionarse de acuerdo a la ley, quedaría con una asignación de 40 mil pesos mensuales.
Ello así porque el párrafo del artículo 2 de la ley establece que “En ningún caso el monto de la Pensión será menor al sueldo mínimo nacional vigente, ni mayor a la cantidad que resulte de la suma de ocho de estos sueldos ni será gravado por ningún tipo de impuesto”. Como el salario mínimo del Estado es 5 mil pesos, el máximo a recibir, no importa los años de servicio, méritos acumulados ni el nivel salarial, sería 40 mil pesos mensuales.
Eso cuando el empleado público logra que el Poder Ejecutivo otorgue la pensión solicitada, porque muchos han muerto sin conseguirla tras cumplir el mínimo de 20 años de servicio, en cuyo caso le corresponde sólo el 60 por ciento del promedio devengado en los últimos tres años. Sube hasta el 80 por ciento en tres escalones con mínimo de 25, 30 y 35 años de servicio. Por ejemplo entre los maestros siempre hay miles mendigando las pensiones a que tienen derecho y que por sus niveles salariales cuando las consiguen no alcanzan los 20 mil pesos.
Pero resulta que funcionarios del mismo Estado, por el privilegio de la autonomía o la descentralización, se pensionan hasta con cientos de miles de pesos. Hace unos años hizo escándalo público que Leonardo Matos Berrido se hizo aprobar una pensión de 450 mil pesos mensuales cuando acababa de ser designado administrador del Banco Nacional de la Vivienda. Un consejo de directores subordinado le aprobó la pensión, heredable hasta 2 años después de su muerte. En otros organismos estatales se dan pensiones superiores a ese monto, mientras la mayoría de los pensionados del Estado no alcanzan a 20 mil pesos mensuales.
Por otro lado la inequidad es mucho mayor cuando se observa que sólo el presidente Leonel Fernández ha otorgado cientos de pensiones, con montos oscilantes entre 25 y 50 mil pesos a artistas, deportistas y comunicadores, que en su mayoría no han trabajado para el Estado. En muchos casos se trata de personas ricas, en plena edad productiva. Es parte del reparto político del Estado que este país tiene que superar.
Y mientras tanto, miles de antiguos trabajadores de otro órgano autónomo, el Consejo Estatal del Azúcar, dan pena clamando en las calles por una pensión de 5 mil pesos para la cual cotizaron, y se mueren de pena y pobreza frente a la burla de haber visto que en el reparto de la última campaña electoral el presidente Fernández dispuso pensionar a 1057 “cañeros” muchos de ellos propietarios de tierras y asociados políticos.
¡Ay, cuánto mérito acumularía Danilo Medina si le entrara como a la conga a tantos privilegios, inequidades e iniquidades. Sería ciertamente lo que nunca se ha hecho en esta tierra de María Santísima!
Artículo publicado originalmente en el periódico Hoy
Análisis Noticiosos
La acción de amparo, una figura que pierde su credibilidad.
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5 días agoon
julio 8, 2026Por José Cabral
Se ha vuelto un cliché en los tribunales de la República Dominicana las decisiones que toman los jueces referentes a las acciones de amparo, cuya figura casi siempre tiene como destino la inadmisibilidad.
Regularmente los jueces se acogen a lo que dispone el artículo 70 de la Ley 137-11 para declarar inadmisible las acciones de amparo.
Pero el destino de esta figura jurídica, que sirve para restablecer la violación de derechos fundamentales por parte de funcionarios públicos o particulares, es el de renegar de las razones que los originaron.
La tendencia con la acción de amparo ha creado la impresión en el ciudadano de que la misma sirve de poco, porque sea por el argumento que ahora se ha hecho muy general de que el sistema de justicia está saturado de tantas demandas de este tipo o porque es más fácil inclinarse por la inadmisibilidad para los juzgadores.
El artículo 72 de la Constitución de la República habla muy claro de las características del amparo y de igual modo la Ley 137-11, que es por la que se rige la figura jurídica, pero como se puede observar ya el mismo no cumple ni se ajusta espíritu de la figura, dado que más que proteger los derechos fundamentales se ha vuelto una vía para negar la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa.
La inadmisibilidad del amparo crea tanta decepción en el justiciable que apoyarse en esta figura implica perder el tiempo, porque es la opcion más común de los jueces, aunque no haya razon para ello, tanto a nivel de primera instancia o de la jurisdiccion contenciosa administrativa y lo propio debe decirse del Tribunal Superior Electoral.
Lo que ocurre con el amparo también pasa con los recursos de casación, cuyos jueces después de la entrada en vigencia de la Ley 2-23 se inclinan por la vía mas fácil que es declarar inadmisible el mismo, a los fines de eliminar la desgraciada mora judicial.
La acción de amparo recorre el mismo camino de la crisis que se produce en todo el sistema de justicia nacional, en el que los jueces se van regularmente por la vía más fácil, porque de ese modo no tienen que ponderar el fondo de la demanda.
Lo que ocurre con la acción de amparo en la República Dominicana es sólo una muestra de un sistema de justicia en crisis, cuyo derecho constitucional existe sólo en el papel, pero no en la realidad.
La acción de amparo, una figura que crea sueños para el que busca que se restablezcan los derechos fundamentales violados, pero la verdad es que se trata de una quimera que genera descredito y desconfianza en el sistema de justicia nacional.
Análisis Noticiosos
El Clientelismo y la Instrumentalización Económica del Elector y Electora.
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2 semanas agoon
julio 1, 2026Por Robinson Lebrón Céspedes.
La mercantilización del sufragio: Compra de votos y pérdida de autonomía.
A pesar del blindaje garantista introducido por la reforma constitucional de 2010 y la modernización logística de la Junta Central Electoral (JCE), el mercado electoral dominicano durante el periodo 2006-2026 ha seguido condicionado por la persistencia del clientelismo sistémico. La práctica de la compra directa e indirecta de votos en las inmediaciones de los recintos electorales comúnmente operada a través de las denominadas «casas de campaña» informales o logísticas partidarias de último minuto constituye una de las agresiones más severas a la dignidad humana.
Desde una perspectiva ética y sociológica, la transacción monetaria o el intercambio del voto por bienes materiales (como raciones de alimentos, materiales de construcción o promesas de empleo público) despoja al ciudadano de su condición de agente político libre y deliberativo. Este fenómeno genera una «mercantilización del sufragio», donde el votante es percibido por las élites partidarias no como un depositario de la soberanía nacional, sino como un recurso transaccional cuantificable. La autonomía moral del individuo núcleo esencial de la dignidad según la doctrina constitucional queda subordinada a la coacción de sus necesidades materiales básicas, viciando el consentimiento político y erosionando la legitimidad moral de la representación democrática. El uso político-electoral del gasto social estatal.
La instrumentalización de los programas de asistencia social del Estado representa otra vulneración estructural a la dignidad de los sectores más vulnerables de la sociedad dominicana. Durante las últimas dos décadas, y a pesar de la introducción de legislaciones restrictivas como la Ley No. 33-18 de Partidos Políticos y la Ley No. 20-23 Orgánica del Régimen Electoral, la frontera entre la acción institucional del Gobierno y la promoción de las candidaturas oficialistas ha sido históricamente difusa.
El condicionamiento implícito o explícito de subsidios condicionados, tarjetas de ayuda social, programas de transferencias monetarias y planes de empleo coyunturales durante los meses previos a los comicios electorales lesiona gravemente la dignidad ciudadana. Al utilizar los recursos públicos —que constituyen un derecho colectivo— como un mecanismo de chantaje o de inducción del voto, el aparato político instrumentaliza la pobreza. Esta práctica reduce al ciudadano a una condición de dependencia y subordinación psicológica ante el gobernante de turno, transformando lo que constitucionalmente debe ser un ejercicio de libertad soberana en un acto de supervivencia económica forzada.
Desigualdad en el financiamiento y la exclusión de candidaturas idóneas.
La dignidad humana, en su vertiente política, no solo ampara el derecho a elegir en libertad, sino también el derecho a ser elegido en condiciones de equidad e igualdad de oportunidades (artículo 39 de la Constitución). Sin embargo, el ecosistema electoral dominicano ha operado bajo una profunda distorsión provocada por el alto costo de las campañas políticas y la insuficiencia de los mecanismos de fiscalización del financiamiento privado.
La irrupción de capitales no transparentes y el desborde de los topes de gastos permitidos por la ley generan una plutocratización fáctica de la política. Aquellos ciudadanos e intelectuales idóneos que aspiran a puestos de elección popular, pero que carecen de grandes fortunas personales, el patrocinio corporativo o el acceso a redes clientelares, quedan excluidos de facto de la competencia electoral. Esta asimetría económica no solo vulnera el derecho a la igualdad de los aspirantes, sino que limita la libertad de opción de los electores, quienes ven reducida su oferta política a opciones validadas por el poder económico y no por el mérito programático, consolidando una democracia de exclusión que lesiona la dignidad del debate público.
Las prácticas de clientelismo, la instrumentalización de los programas sociales y la desigualdad en el financiamiento electoral representan desafíos estructurales para la democracia dominicana, al comprometer la dignidad humana y la libertad del sufragio. Superar estas distorsiones requiere fortalecer la transparencia, la fiscalización y la educación cívica, garantizando procesos electorales más equitativos y respetuosos de los principios constitucionales y del Estado social y democrático de derecho.
Robinson Jesús Lebrón Céspedes.
Abogado y Docente Universitario.
Análisis Noticiosos
Irresponsabilidad del Estado ante la posible ocurrencia de un terremoto en Santiago.
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2 semanas agoon
junio 29, 2026Por José Cabral
La indignación del ciudadano dominicano no tiene otra razón de ser que la irresponsabilidad, la negligencia y la complicidad de las autoridades edilicias de Santiago y de todo el Estado ante la posibilidad de que el país pueda ser afectado por un terremoto que supere los siete grados como ha ocurrido en Venezuela.
Ya Santiago muchas décadas atrás fue víctima de un fenómeno natural que prácticamente borró del mapa a la segunda ciudad en importancia del país.
Sin embargo, por las propias características de una ciudad que ya representa una gran metrópolis como lo es Santiago, sus residentes están expuestos a un gran peligro, a una tragedia nacional de magnitudes insospechadas.
Los grandes terremotos son cíclicos, ya que hay expertos que sostienen que se producen cada 60 ó 70 años, el cual no debe ser el punto de referencia para que las autoridades tomen las medidas pertinentes, no para que no ocurran, sino para que los daños no sean tan cuantiosos, sobre todo en lo que respecta a pérdida de vidas humanas.
Pero como el asunto tiene su base en una cultura como la improvisación y la falta de planificación estratégica de las autoridades que gobiernan el país, no sólo de las actuales, sino también de las pasadas, en Santiago, cuyo suelo no es recoso, han permitido la construcción de grandes torres que representan una gran amenaza ante la ocurrencia de este tipo de fenómeno natural.
Lo peor de todo es que nada les sirve de escarmiento y sólo el problema se aborda cuando surge una tragedia, como la que ha afectado a Venezuela, la cual luce que esperan tanto las autoridades municipales como las nacionales.
Un ejemplo de la irresponsabilidad y cómo opera el tráfico de influencia es que, por la propia naturaleza del tipo de suelo de Santiago, la ciudad tenia prohibida la construcción de edificios que superaran las cuatro plantas, pero de unos años para acá ha tolerado el levantamiento de altas torres en lugares como “La Trinitaria”, donde algunas alcanzan hasta casi los 30 pisos.
El tema ha sido puesto sobre el tapete ante los terremotos y la gran tragedia que se ha producido en Venezuela por causas parecidas a las que se concretan en Santiago, donde la llamada falla de la zona Septentrional atraviesa la cordillera del mismo nombre, cuyo desplazamiento horizontal parte del límite de la que se conocen como las placas de Norteamérica y del Caribe.
Esta falla atraviesa el norte del país por unos 228 kilómetros desde la bahía de Manzanillo en Montecristi y llega hasta la de Samaná, la cual tiene una gran cercanía a centros urbanos como Santiago y Puerto Plata, la cual es considerada la más peligrosa y con mayor potencial para generar grandes sismos en la región.
Lo más grave del asunto es que hay personas que se les ha ocurrido construir viviendas hasta en la falda de la Cordillera Septentrional, cuyo peligro tiene mucho que ver con la tolerancia, la ignorancia, pero sobre todo con la irresponsabilidad de las autoridades.
A Dios que reparta suerte.
