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JCE intima también al PRM y advierte severas sanciones por proselitismo

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Santo Domingo.– La Junta Central Electoral (JCE) emitió una intimación preventiva contra el Partido Revolucionario Moderno (PRM) por la realización de actividades consideradas como hechos notorios de precampaña y campaña anticipada, acciones prohibidas por la normativa electoral vigente.

La medida, ejecutada mediante un acto de alguacil, busca preservar la equidad entre aspirantes y garantizar el respeto al marco legal que regula los períodos de proselitismo político en República Dominicana.

Según el documento, la JCE actuó en cumplimiento de su rol preventivo y garante de la igualdad de condiciones para todos los aspirantes a cargos de elección popular.

La institución fundamentó su decisión en el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador Electoral y en la reciente sentencia TSE/0011/2025, que ratifica que durante el lapso previo al inicio oficial de la precampaña «está prohibida toda promoción de precandidaturas o candidaturas orientadas a la captación de votos».

En la intimación, la JCE ordena formalmente al PRM que adopte las medidas necesarias para que dirigentes, miembros y militantes se abstengan de realizar actividades públicas o mediáticas que promuevan aspirantes como precandidatos o candidatos, en cualquiera de los niveles de elección, antes del inicio legal de la precampaña o campaña electoral.

¿Qué declararon sobre la intimación y sus consecuencias?

El órgano electoral señala que ha constatado «hechos notorios» de pronunciamientos públicos con contenido proselitista difundidos por algunos miembros del PRM en medios de comunicación y redes sociales.

La JCE estableció un plazo de diez (10) días hábiles para que el PRM presente ante la Secretaría General del órgano electoral una constancia fehaciente de que informó a toda su militancia sobre la prohibición y sobre la obligación de acatar la normativa. Este depósito debe incluir evidencia de que la advertencia fue oficialmente comunicada a sus dirigentes y miembros.

El documento advierte que, en caso de incumplimiento, el Pleno de la JCE podrá disponer de forma inmediata:

1. Aplicación de medidas cautelares

Las cuales serían ejecutadas por la Unidad de Sanciones Administrativas Electorales y Medidas Cautelares, conforme a lo establecido en las leyes 33-18 y 20-23, y en el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador Electoral.

2. Apertura de un procedimiento sancionador

Si persisten las acciones prohibidas, la JCE iniciará formalmente un proceso administrativo que podría conllevar sanciones mayores.

Aunque el texto no detalla tipos específicos de sanciones, la intimación enfatiza que se aplicarán todas las consecuencias legales correspondientes, que pueden surgir tanto del incumplimiento de la advertencia como de la continuidad de actividades ilícitas en materia electoral.

Se recuerda que, la Junta Central Electoral también notificó formalmente al partido Fuerza del Pueblo (FP), una intimación y advertencia luego de la marcha realizada este domingo, encabezada por Leonel Fernández y el diputado Omar Fernández, actividad que la entidad consideró susceptible de confundirse con actos de carácter político-partidario.

Asimismo, el órgano electoral observó que, según medios de comunicación y redes sociales, la marcha contó con la presencia de dirigentes del FP y de ciudadanos portando distintivos de la organización. Según el documento, estos elementos podrían configurar acciones «de naturaleza político-partidaria» que exceden el ejercicio neutro del derecho a la protesta social.

Sobre la Ley 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos

La Ley 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos establece un marco estricto para regular el proselitismo y evitar ventajas indebidas en períodos no autorizados.

De acuerdo con el artículo 44, toda actividad de difusión pública —incluyendo promociones, discursos, marchas, caravanas y cualquier acción destinada a atraer simpatizantes— solo puede realizarse durante la campaña interna, etapa formalmente definida por las organizaciones políticas. Fuera de ese período, las acciones de promoción de figuras, aspirantes o corrientes internas son consideradas proselitismo prohibido.

La normativa también fija limitaciones claras a la propaganda visual y mediática. El artículo 47 prohíbe la colocación indiscriminada de afiches, vallas, pancartas y cualquier material publicitario fuera de las zonas permitidas, restringiendo su uso a espacios autorizados por las municipalidades.

  • Asimismo, impide la propaganda que afecte bienes públicos, áreas protegidas, cercas, postes o edificaciones del Estado, estableciendo que toda colocación no autorizada constituye una infracción sancionable.

Estas disposiciones buscan evitar que partidos o aspirantes adelanten campañas disfrazadas o generen ventajas competitivas antes del período legal, una práctica que la ley considera nociva para la equidad electoral.

La normativa también prevé sanciones administrativas para las organizaciones que violen estas reglas, las cuales pueden incluir advertencias formalesmedidas cautelares y la apertura de procedimientos sancionadores a través de la Junta Central Electoral.

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COE pide prudencia a la población durante Semana Santa 2026

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Santo Domingo.- El general Juan Manuel Méndez, director del Centro de Operaciones de Emergencias (COE),  llamó a la población a actuar con prudencia durante el asueto de Semana Santa 2026, al advertir que la conducta individual sigue siendo determinante para evitar tragedias en este período.

Durante su participación en el programa «Reseñas, el podcast», el funcionario explicó que el operativo nacional iniciará “el jueves 2 a partir de las 2:00 de la tarde” y se mantendrá “hasta el Domingo de Resurrección a las 6:00 de la tarde”, abarcando los días de mayor desplazamiento de personas.

Indicó que más de 50,000 hombres y mujeres de distintas instituciones estarán desplegados en todo el territorio nacional, incluyendo organismos de socorro, seguridad vial y salud, con el objetivo de prevenir incidentes y dar respuesta oportuna ante emergencias.

No obstante, insistió en que la prevención depende en gran medida del comportamiento ciudadano. “Nadie te puede cuidar mejor que tú”, afirmó, al subrayar la importancia de respetar las normas de tránsito y actuar con responsabilidad.

El director del COE recomendó a los conductores verificar las condiciones mecánicas de sus vehículos, evitar el consumo de alcohol si van a manejar, respetar los límites de velocidad y utilizar sistemas de seguridad, especialmente en el caso de niños.

Asimismo, advirtió sobre el alto riesgo del uso de motocicletas durante este período: “Tuvimos 32 fallecidos, dos de ellos fueron asfixia por inmersión y los 30 restantes por accidentes de tránsito”, señaló, al referirse al operativo anterior. Además, precisó que “el 86% de la fatalidad eran motocicletas”.

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Por Semana Santa sector público sólo laborará hasta el 1 de abril.

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Santo Domingo.- Los dias de trabajo en la Semana Santa de 2026 para el sector público se extenderan hasta el miercoles 1 de abril a las 4:00 de la tarde, según lo dispuso el Ministerio de Administración Pública (MAP).

La medida está contenida en la circular número 001054, emitida el 26 de marzo de 2026, y dirigida a ministros, directores generales, titulares de instituciones descentralizadas y demás entidades del Estado.

De acuerdo con el documento, el horario aplica de manera general para la administración pública, en cumplimiento del rol del MAP como órgano rector del empleo público y de los sistemas administrativos.

No obstante, la institución establece que los titulares de órganos, entes y empresas públicas podrán ajustar horarios o disponer jornadas especiales cuando la naturaleza del servicio lo requiera. Esto incluye áreas que deben mantener operaciones para garantizar la atención a la ciudadanía.

La disposición busca organizar la jornada laboral durante el asueto de Semana Santa, manteniendo la continuidad de los servicios esenciales en el sector público.

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Piden un año de prisión preventiva para fiscal que recibió soborno de US$10,000

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Santo Domingo, R.D.-La imposición de una  prision preventiva de un año fue solicitado este domingo por el Ministerio Público como medida de coerción contra el procurador fiscal Aurelio Valdez Alcántara, imputado de gestionar y recibir la suma de 10,000 dólares de una persona que se encontraba bajo investigación.

El arresto del imputado se produjo en flagrante delito el pasado viernes, durante una entrega controlada previamente autorizada por un tribunal, según informaron las autoridades.

La solicitud fue depositada por el procurador fiscal Andrés Mena ante la jueza de la Instrucción Especial de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, Ysis Muñiz Almonte. El expediente consta de unas 50 páginas.

  • De acuerdo con la investigación, Valdez Alcántara habría exigido inicialmente 200,000 dólares a la persona investigada, monto que luego redujo a 150,000 dólares. Además, presuntamente manifestó interés en recibir un reloj marca Rolex y un vehículo Mercedes Benz, modelos 350 o 450.

Debido a que el imputado posee privilegio de jurisdicción, la procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, solicitó la designación de un juez especial ante el presidente de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, Julio César E. Canó Alfau. En respuesta, la corte designó a Muñiz Almonte como jueza de la instrucción especial.

En la instancia, el órgano acusador también solicitó la fijación de la audiencia para conocer la medida de coerción.

La investigación es dirigida directamente por la procuradora general, quien reiteró que no se tolerarán actos de corrupción dentro de la institución.

«Jamás toleraremos actos de corrupción, sin importar quién lo haga», expresó Yeni Berenice Reynoso, al calificar el caso como grave y subrayar la responsabilidad de los fiscales en la persecución de los delitos.

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