Conecta con nosotros

Nacionales

JCE suprime y modifica puntos de resolución que regula el período previo al inicio de la precampaña

Published

on

Santo Domingo, RD.-Acogiendo dos recursos de reconsideración a la Resolución 28-2021 que regula el período previo al inicio de la precampaña en los partidos, agrupaciones y movimientos políticos de cara a la selección interna de candidaturas en 2023, la Junta Central Electoral (JCE) emitió una nueva resolución que suprime y modifica algunos aspectos de este reglamento.

Estas reconsideraciones fueron interpuestas por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y Fuerza del Pueblo (FP), el pasado 15 y 16 de noviembre.

Esta nueva resolución no modifica el inicio formal de la precampaña a iniciarse el domingo 2 de julio de 2023, por lo que hasta entonces los aspirantes presidenciales no podrán ser declarados de manera oficial como precandidatos.

A través de la Resolución 2-2022, el órgano electoral a petición del PLD suprimió el contenido del numeral 7 del artículo 6 que establecía “no incurrir en acciones que pudieran afectar la moral y la honra de sus compañeros de partido, agrupación o movimiento político que también hayan manifestado una aspiración para el mismo nivel de elección u otros”.

Modificó el contenido del numeral 5 del artículo 8  sobre prohibiciones durante el período previo al inicio de la precampaña. De ahora en adelante en este numeral solo se leerá como prohibición “la colocación de mensajes o promociones pagadas de índole política en los medios radiales, televisivos, medios de mensajería instantánea entre otros”.

El anterior numeral prohibía la colocación de estos tipos de mensajes sin hacer distinción si eran o no pagados.

La JCE también modificó el numeral 6 del artículo 8, sobre prohibiciones para que en lo adelante se lea “la producción y uso de propaganda alusiva a los aspirantes, en grupo de personas, como son camisetas, gorras, banderas, cintillos promocionales, salvo que los mismos sean utilizados de manera exclusiva en el interior de los locales de las agrupaciones políticas a propósito de una actividad interna”.  

También a petición del PLD, el órgano electoral modificó el contenido del artículo 11 para que en lo adelante se lea “Articulo 11: Supervisión partidaria. Los partidos, agrupaciones y movimientos políticos velarán porque los y las aspirantes al interior de dichas organizaciones políticas cumplan con lo dispuesto en la presente resolución, ejerciendo una labor diligente de orientación y supervisión de las labores que realizan los aspirantes”.

Con esta modificación la JCE suprime las sanciones a los partidos políticos por “ser corresponsables” del accionar de los aspirantes de esas organizaciones.

El órgano electoral modificó el numeral 3 del artículo 6 sobre deberes a cargo de los aspirantes en los partidos y agrupaciones.  En lo adelante se leerá de la siguiente manera: “No difundir arengas o realizar alusiones directas a la población a través de los medios de comunicación y redes sociales por medio de publicidad pagada”.

A petición de Fuerza del Pueblo la JCE suprimió el contenido del numeral 9 del artículo 8, que prohibía la difusión de encuestas o sondeos en la población sobre el nivel de simpatías de los aspirantes, a través de cualquier medio en razón de la opinión pública.

El órgano electoral también eliminó el contenido del párrafo II y III del artículo 9, que establecía sanciones en caso de la contratación de publicidad y mecanismos de promoción a través de las redes sociales, como Facebook, Twitter, Instagram, Tiktok, Youtube y cualquier otra plataforma de comunicación digital.

De igual forma, las sanciones a empresas encuestadoras que difundan encuestas, mediciones y sondeos a la población a través de la televisión, radio y medios digitales.

Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Nacionales

Reunion bilateral se produce entre Abinader y la mandataria electa de Costa Rica, Laura Fernández

Published

on

Santo Domingo, R.D.-El presidente Luis Abinader sostuvo una reunión bilateral en el Museo de Arte Costarricense con la presidenta electa de Costa Rica, Laura Fernández Delgado, en la que abordaron diversos temas de interés común orientados a continuar fortaleciendo los lazos fraternales, comerciales y diplomáticos entre ambas naciones.

Durante la reunión, ambos líderes intercambiaron muestras de afecto y reafirmaron la cercanía histórica entre la República Dominicana y Costa Rica; además, abordaron la importancia de mantener un diálogo permanente y de continuar trabajando de manera conjunta en iniciativas que contribuyan al desarrollo, la integración regional y el fortalecimiento de las relaciones entre ambos pueblos.

La presidenta electa expresó su interés en continuar consolidando los lazos fraternales entre ambos países, promoviendo mayores oportunidades de intercambio comercial y fortaleciendo la cooperación en áreas estratégicas para el desarrollo de ambas naciones.

De igual forma, reafirmó el compromiso de Costa Rica con la Alianza para el Desarrollo en Democracia (ADD), destacando que su gobierno continuará formando parte activa de este mecanismo regional de cooperación.

De su lado, el presidente Abinader reiteró la disposición del Gobierno dominicano de continuar afianzando las relaciones de amistad, cooperación y entendimiento mutuo con Costa Rica. Asimismo, destacó la importancia de mantener una agenda conjunta orientada al crecimiento económico, la defensa de la democracia y el fortalecimiento de los vínculos regionales entre ambas naciones.

Continue Reading

Nacionales

Incautan 1,295 paquetes de drogas en costas de Pedernales

Published

on

Santo Domingo, R.D.-Un cargamento de 1,295 paquetes de presunta cocaina y marihuana fueron confiscados por  agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) durante dos operaciones simultáneas ejecutadas en las costas de Pedernales.

En la intervención fueron arrestados tres dominicanos y un venezolano.

El vocero del organismo antinarcóticos, Carlos Devers, identificó a los detenidos como Walkin Marino Montás Tapia, Luis Alberto Figueroa Ariza, Manolo Resello Amador y Luis Alberto Acosta Santana.

Señaló que los 1,295 paquetes fueron enviados al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), bajo estrictos protocolos de cadena de custodia, para determinar el tipo y peso exacto de la sustancia.

Devers explicó que las operaciones fueron realizadas por efectivos de la Armada de República Dominicana (ARD), la Fuerza Aérea (FARD) y organismos de inteligencia del Estado, con el apoyo de la Fuerza de Tarea Interagencial Sur (JIATFS) y la DEA de los Estados Unidos.

Indicó que la primera lancha era una embarcación de 24 pies con motores de 100 HP. Allí se arrestó a Resello Amador y Acosta Santana, incautando 16 pacas que contenían 314 paquetes de cocaína y 89 de marihuana (403 en total).

Mientras que, en la segunda lancha, fue neutralizada tras una intensa persecución en coordenadas cercanas. En esta se ocuparon 836 paquetes de marihuana y 56 de cocaína (892 en total). Fueron arrestados Montas Tapias y Figueroa Ariza.

El vocero reafirmó que se continuarán fortaleciendo las operaciones de interdicción como parte de la política de seguridad del Gobierno dominicano para garantizar la soberanía y la paz nacional.

Continue Reading

Nacionales

Rechazan traslado de proceso de Donni Santana a otra jurisdicción

Published

on

Santo Domingo, R.D.-Por sospecha legitima el Pleno de la Suprema Corte de Justicia desestimó la demanda en declinatoria por causa interpuesta por Donni Mayobanex Santana Cuevas, exembajador del Consejo Nacional de Frontera.

Este hombre, que cumple una condena de 20 años de prisión por la violación sexual de su hijastra menor de edad, buscaba que su proceso judicial fuera transferido fuera de la jurisdicción de San Cristóbal.

Santana Cuevas, quien se encuentra en libertad tras un permiso laboral, presentó el recurso contra la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Cristóbal.

El Pleno de la Suprema Corte, encabezado por su presidente Luis Henry Molina Peña, determinó que la defensa de Santana no logró probar hechos graves o concordantes que permitieran inferir una falta de imparcialidad u objetividad por parte de los magistrados de San Cristóbal.

En su resolución, la Suprema fue enfática al aclarar que “la simple discrepancia con decisiones judiciales desfavorables no constituye un fundamento válido para alegar sospecha de parcialidad”.

Asimismo, la Suprema ratificó como correcta la actuación de la Corte de Apelación al fallar sobre recusaciones previas con sus propios integrantes, siempre que se cumpla con el cuórum legal requerido.

La solicitud de declinatoria, depositada el pasado 9 de diciembre de 2025, argumentaba que existía un «ambiente hostil» debido a la presión mediática y un supuesto comportamiento prejuiciado de los jueces.

Pese a la decisión mayoritaria, el fallo contó con el voto disidente de los magistrados Fran Soto, María Garabito Ramírez, Rafael Vásquez Goico y Yorlin Vásquez Castro.

Los jueces disidentes argumentaron que la figura de la «declinatoria por sospecha legítima» no está contemplada de forma expresa en la normativa procesal penal vigente, lo cual ha provocado decisiones contradictorias dentro del mismo órgano judicial en ocasiones anteriores.

Sostienen que el ejercicio de un poder público debe realizarse acorde a la ley vigente y su jurisdicción; por tanto, el examen de la cuestión planteada por ante esta Alzada lesiona el principio de legalidad, como se ha indicado precedentemente.

En ese orden, alegan que su posición radica en establecer que en todos los casos de solicitud de declinatoria por seguridad pública o sospecha legítima, lo que procede es declarar la inadmisibilidad de la misma, por carecer de base legal, como ocurre en otras materias y se ha expuesto en el cuerpo del presente voto.

Con esta resolución, el expediente de Donni Santana permanecerá en San Cristóbal, donde se decidirá finalmente la validez de los beneficios carcelarios que reclama el condenado.

Continue Reading

Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
www.larepublicaonline.com  / Email: periodico@larepublicaonline.com
Copyright © 2021 Blue National Group